03 febrero 2013

ES COMPATIBLE LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO IMPROCEDENTE CON LA DERIVADA DE INCAPACIDAD PERMANENTE

La STS 6221/2012 (Recurso: 3705/2011), de la que es Ponente el Magistrado JORDI AGUSTI JULIA, establece, en un supuesto de despido, la compatibilidad de la indemnización por despido improcedente con la derivada de la declaración de incapacidad permanente total.

Reitera así la doctrina de las SSSTS 28 de junio de 2006 (rcud 428/2005 ) y 4 de mayo de 2005 (rcud 1899/2004), que revisó y rectificó la doctrina sobre la incompatibilidad de percepciones que se expresaba en la sentencia de 9 de diciembre de 1999 (rcud. 4467/1998), afirmando que la duplicidad no comporta incompatibilidad porque la indemnización por despido cubre el daño producido por privación injusta del empleo, que tenía ese carácter en el momento que se acordó, mientras que la indemnización reclamada en este proceso repara los daños derivados de un accidente de trabajo, que han limitado de forma permanente la capacidad de trabajo de la actora no sólo en lo que afecta a su empleo en la empresa, sino respecto a todos los empleos de su profesión habitual. De ello se sigue que tampoco ha existido enriquecimiento sin causa. Nos congratulamos, evidentemente, ante esta doctrina jurisprudencial, protectora de los derechos de los trabajadores en un momento tan duro como el actual, en que lo "normal" es recortar derechos.

25 comentarios:

  1. Tengo 54 años y 15 cotizados , si dejo de trabajar y de cotizar ,a los 67 años cobraré el 50 % de mi jubilación ?

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  2. Buenas tardes, hace un par de meses le escribí, por si era viable solicitar la incapacidad permanente por un Síndrome de Meniere y me contestó que lo hiciera ya que como mínimo tendría la total. Como llevaba 2 meses aproximadamente de baja el INS me reclamó una visita. Después de haber ido a la cita con el EVI me han dado seis meses para que vuelva a la próxima visita con un documento rellenado por el especialista,ya que la próxima cita con éste la tengo dentro de 6 meses.
    Después de preguntarle que si puedo solicitar una incapacidad me dicen que no hay inconveniente pero que casi seguro me quede el 50% por ser menor de 50 años. Tengo 15 cotizados y soy autónoma colaboradora. NO estoy segura de lo que tengo que hacer. He solicitado una minusvalía , y me han dicho que me dentro 4 o 5 meses me citarán para valorar el grado de minusvalía que tengo ¿Es aconsejable tener el grado de minusvalía y el documento relleno del especialista donde pone si soy apta o no para ejercer la vida laboral antes de solicitar la incapacidad permanente?. Ahora de baja cobro un poco más que si me dieran la incapacidad total pero tengo que seguir abonando el autónomo de 264€. Un cordial Saludo y Gracias.

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    1. No tengas prisa....espera un poco y sigue cotizando......

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  3. Anónimo5/5/15 08:12

    Buenos dias, hace una semana la empresa donde trabajaba me despidió, alegando causas objetivas de conformidad con el art. 52.d por ausencias al trabajo, las ausencias de trabajo que hace referencia la carta de despido es una baja de larga enfermedad profesional con intervención por la mutua de trabajo (19 meses de baja profesional). Mi pregunta es la siguiente, se puede conseguir la nulidad del despido, la letra d del citado precepto, se establece que no se computarán bajas por enfermedad superiores a 20 días, como es el caso, por lo que el despido carecería de motivación.
    Muchas gracias.

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    1. Creo que estás en lo cierto -e incluso podría asimilarse la enfermedad profesional a accidente de trabajo, lo cual sería también motivo de nulidad-.

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  4. Hola Miguel:
    El jueves pasé revisión en la inspección médica con un informe del traumatólogo donde se recoge:CIFOESCOLIOSIS,ESPONDILOARTROSIS,HERNIAS DISCALES CERVICALES C4-C5 y C5-C6.El procolo de mi puesto de trabajo indica:CARGAS,POSTURAS FORZADAS,CONDUCCION,RIESGOS BILOGICOS.Actualmente estoy recibiendo rehabilitación.Estoy a la espera de la resolución.¿Qué me puedo esperar?¿Me llegará el alta? ¿Puedo solicitar una IP,en caso de que me prorrogue la ILT.
    Muchas gracias.
    Rubén Bustelo.

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    1. Creo que podría estar en los parámetros de una incapacidad permanente -pero necesitaría ver informes médicos para poder asegurarte mi opinión-, pero si estás en rehabilitación debes esperar a la evolución de las lesiones....

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  5. Anónimo5/7/15 14:07

    Buenos días Míguel, gracias de antemano por su atención y su labor. Se trata del caso de mi marido, que tiene 53 años y prácticamente toda su vida ha trabajado de repartidor, lleva 31,5 años cotizados. En los últimos 11 años ha prestado sus servicios, de fijo discontinuo, en la misma empresa de kátering en el Aeropuerto sirviendo las comidas a los aviones con un camión.Julio 2014 se queda enganchado por una hernia discal que le oprime un nervio y está 15 días que no puede sentarse hasta que lo operan. No obstante sigue teniendo daño y se dan cuenta de que tiene otra hernia que está peor y le han de fijar la L4-L5 y S1, y ahora está esperando una segunda operación por la Seguridad Social. (la primera fue urgente y por privado). hay 2 años de espera, llevamos unos 6 meses esperando. En unos días, la mutua le ha dicho que lo mandan para el tribunal médico. Según la misma mutua y el traumatólogo no podrá ejercer su trabajo habitual. Mi marido está muy nervioso porque la gente comenta que es muy difícil lo de dar una invalidez, incluso los hay que han tenido que esperar 8 años, está a base de pastillas que lo tienen atontado y no le quitan el dolor, hay muchos días que solo tiene ganas de llorar. Sabemos que es posible que le alarguen 6 meses más la baja, pero después ¿que?, ya que probablemente la operación aún no se la hayan practicado. Está por enfermedad común, ya que la mútua al saber que se iba a operar por lo privado lo pasó a la seguridad social.Y se ve con 54 años que tendrá a final de año, impedido para hacer su trabajo y sin oportunidad de encontrar otro trabajo por la edad, la coyuntura económica y por su enfermedad. Por otra parte su empresa se ha quedado sin su principal cliente, con lo cual está despidiendo a un montón de empleados, ¿cree que, fijándose en la situación de mi marido, a la empresa le conviene despedirlo?. Y por último, ¿ve posibilidades de que le concedan la invalidez permanente? y ¿cual es la fórmula para calcular lo que le quedaría de pensión, teniendo en cuenta su situación de fijo-discontínuo?.

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    1. No creo que lo despidan, por que es bastante evidente que será una incapacidad permanente en grado de total. La forma de cálculo es teniendo en cuenta el promedio de lo cotizado en los últimos 8 años. A partir de los 55 años se incrementa en un 20% la pensión, con lo que pasaría a percibir el 75% de la base reguladora.

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  6. 1.- Mi esposa ha estado de baja 2 meses por una enfermedad (migraña crónica), luego a continuación el medico de cabecerá le cambio en el parte de confirmación de la baja, la causa de la renovación de la baja por una enfermedad diferente (riesgo de embarazo), estando en dicha situación 4 meses, y a continuación, en una nueva visita al médico de cabecera, le vuelve a cambiar la causa de la baja a la enfermedad inicial que motivo la baja (migraña crónica). Actualmente lleva 11 meses de baja, un total de 7 meses por migraña y 4 por riesgo para el embarazo. En la mutua en la última revisión le han dicho que el INSS le llamará dentro de un mes para valorar si le dan una prórroga de 6 meses mas o el alta laboral. Mi consulta es si no debería esperar el INSS a que lleve 12 meses de baja por migraña, o si la revisión se produce a los 12 meses independientemente que la baja sea motivada por la misma o por diferentes patologias.

    2.-Otra pregunta, suponiendo que el INSS le prorrogue otros 6 meses la baja, entiendo que la empresa le dará de baja, pero cotiza para la futura pensión de jubilación, o por el contrario estará 6 meses sin cotizar, y tengo entendido que esos 6 meses cobrará menos dinero al mes, sabe usted exactamente cual será su sueldo en relación con su sueldo cuando trabaja. ¿Y le cambiaran la base de cotización estos 6 meses, o seguira cotizando por el mismo importe que el primer año de baja?

    3.-Otra consulta, si en esa prorroga de 6 meses, mejora y desea coger el alta laboral, donde debe acudir, al INSS o a su medico de cabecera? Y si una vez esta de alta, vuelve a recaer antes de que transcurran 6 meses desde su alta, donde debe acuidir a por una nueva baja, al INSS o a su medico de cabecera.

    4.-Y la ultima consulta, si una vez el INSS le da el alta a una persona, bien sea a los 12 meses de IT, o bien a los 18 meses de IT, y transcurren mas de 6 meses, tengo entendido que en ese caso, una nueva baja por la misma patología la da el medico de cabecera, pero sabe usted si el INSS revisa esa baja rapidamente, o si por el contrario, lo revista a los 365 dias.
    Muchas gracias

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    1. Te comento, por orden:
      1.- Sí, yo también creo que no son bajas acumulables a efecto de determinar la duración de 12 meses.
      2- Durante la prórroga de 180 días sigue vinculada a la empresa, que sigue cotizando. Percibirá el 75% de la base reguladora, pero en modalidad de pago directo con la mutua.
      3.- Al INSS, será el único competente para dictar el alta médica.
      4.- En esos supuestos el INSS revisa rápidamente para darle (o no) eficacia económica a la nueva baja médica

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  7. Hola buenas tarde solo queria que me aclaran una duda que tengo sobre una incapacidad parcial que tengo

    Desde hace 20 años por una fractura de vertebra tengo una invalided del 33%

    Y el año pasado tengo otra nueva patologia que es

    Ostoeartrosis vertebral con pinzamientos multiple De L2-L3 L3-L4.
    L4-L5. L5-S1
    La duda que tengo es que si se puede dar el caso de que me vuelvan a dar otra invalided parcial del 33%. o ya pasaria ala siguiente invalided del 55% de cotizacion

    Que podria pasar con esta nueva patologia si yo me pasara una revision por agravamiento
    Gracias

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    1. Aunque sería posible una nueva incapacidad permanente parcial por las nuevas lesiones, lo lógico es valorar todas conjuntamente para efectuar la declaración del grado de total.

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  8. Entonce se puede decir que esta nueva patologia es una invalided y no estoy acto para trabajar en el puesto de carretillero
    El dia 26 tengo cita en valoracion de cadiz
    Y no se si e hecho biem e pedirla
    Llevo dos semanas que estoy preocupado
    Al no llegar ala invalided del 55% de mi salario bruto que tengo de 1,700€ y no pueda llegar al la pension de los 1,000€ o 1,100€

    Otra duda. Es oblgatorio cojer la invalided que ellos me dan o yo puedo pedir quedarme como estoy trabajando de carretillero y pasar los dias como mejor pueda como e estado este año ??
    Lo ke temo es ke me deje. 700€ en total por las
    Dos invalidades

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    1. Yo creo que has hecho bien pidiendo la valoración de tu situación actual. Pero, claro, es el 55%, hasta que cumplas 55 años, que se incrementaría en un 20% más.

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  9. Hola miguel acabo de ir hoy a la nueva valoracion por empeoramiento me a preguntado el trabajador social de de grupo de valoracion que porke quiero una nueva valoracion ke lo mismo puede ser ke baje el del 33% que tengo actualmente
    El medico me a dicho ke esa nueva patologia es por tener la operacion anterior y ke a adelantado alas demas el desgaste
    Y que tendria que buscar otro trabajo mas adecuado por los sintomas que tengo de las dolencia
    Mi pregunta es la siguiente el equipo de valoracion de incapacidades es el tribunal medico que decide si toy acto para trabajar o no ? O es solamente para derme en grado de invalided estoy hecho un lio porque no se
    Que puede pasar ahora me an dicho ke en un mes me mandara una carta para la resolucion de grado de invalided pero no me an hecho ninguna pruebas ni me an pedido rx ni tag ni nada ni solo si estoy trabajando y si mi mujer trabaja los hijos ke tengo y cuanto cobro mensualmente lo e visto todo muy raro no se creia que iva a ser de otra manera
    Que es lo siguiente que puede pasar

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    1. Lo normal es que no soliciten nuevas pruebas, y solo valoren los informes médicos que aportas. De todas formas, creo que lo que has pedido no es que te declaren el derecho a la pensión, sino el grado de discapacidad, que es independiente y que no vincula al INSS, que es quien reconoce el derecho a percibir la pensión. ¿Puedes aclararme a que organismo has pedido la revisión?. Gracias.

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  10. Cuando me llegue la carta que tengo que pedir el pasar un tribunal medico
    Porke yo creo que donde me hacen la valoracion de invalided es otra cosa diferente no yo no e ido a niingun tribunal medico solo a que me hagan una valoracion nuva

    A partir de que me llegue la carta de la valoracion de invalided que es lo ke tendria que hacer. ???

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  11. Me lo mando a pedir el medico de cabecera a traves de la trabajadora social del centro medico y me lo a pedido a c.v.o. De cadiz
    Es centro de valoracion y orientacion de cadiz
    Asi se llama donde e ido a revicion
    Hay me preguntaron que cuanto cobraba yo y mi mujer
    Cuantos niños tenia
    Si la casa era de alquiler
    Que puesto de trabajo tenia
    Y poca cosa mas.

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    1. Pues eso es solo para el grado de discpacidad -hacen valoración médica y social-...para la pensión tienes que presentar solicitud en el INSS.

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  12. Ok muchas gracias por todo y henorabuena por la labor que haces

    Un saludo desde jerez de la frontera

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  13. Hola Miguel, te explicó mi caso hace casi un año y medio acudo al medico por un bulto en el pecho que resulto no ser NASA, pero en el TAC me en algo en los pulmones, y tras pruebas respiratorias me y con unos resultados de 60% de capacidad pulmonar, me dicen que puede ser fibrosis pulmonar y me derivan a bellvitge a la doctora Maria Molina muy conocida, me hacen biopsia el cual se examina en USA, se descarta fibrosis pulmonar pero si neumonitis laboral fibrosante y que debo dejar de trabajar allí o acabo en fibrosis pulmonar. Pido el cambio de contingencias comunes a laboral lo que aun no se ha hecho, y ya me han propuesto para la incapacidad por agotamiento de la baja.Se que ya ha pasado el inspector de trabajo y ha enviado a un técnico y doctor a examinar la empresa,la cual en 17 años solo se me han hecho dos revisiones medicas por la mutua, y las medidas de seguridad dejan mucho que desear. Según la doctora es lo mas seguro por las taladrinas y desde q no trabajo mi capacidad pulmonar ha ido subiendo ahora estoy al 64%, y tal como dice la doctora esta claro q es enfermedad laboral. Como lo ves , para que mela diagnostiquen como tal, y posibilidad de la incapacidad? Gracias

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    1. No solo creo que deben reconocerte la pensión, entiendo que debería ser laboral (habría que ver si como enfermedad profesional, que es lo más probable, pero sino como accidente de trabajo). Si es así -si no deberías reclamar-, además debería responder la empresa por mediante el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad y la posible indemnización civil adicional por el daño que te han causado. Te dejo mi mail: marenas@cronda.coop

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    2. Muchas gracias, y te pido disculpas porque al escribirte me hice un lio y te volvi a escribir, pero en otro hilo el de formulario para la incapacidad. Cuando me digan algo, segun como acabe ya me pondre en contacto a traves del mail, por ahora viendo como va los tramites de la incapacidad ya ha pasado un mes y solo me sale el punto 1 concluido los otros 7 en pendiente, asi que a esperar. Gracias

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