08 febrero 2013

PROCEDIMIENTO DE IMPUGNACIÓN DE ALTAS MÉDICAS EXPEDIDAS POR LAS MUTUASDE ACCIDENTES DE TRABAJO

Este procedimiento, conocido como "disconformidad" con el alta médica de las mutuas, permite prolongar unos días la situación de baja médica del trabajador. Aunque es algo complejo vale la pena instarlo, ya que evita la reincorporación del inmediata del trabajador, percibiendo el subsidio durante esa prórroga. A continuación, extraído de la web del INSS, adjunto explicación y formulario.

Frente a las altas médicas emitidas en los procesos de IT derivados de contingencias profesionales con anterioridad al agotamiento del plazo de los 365 días de duración de dicha situación, el interesado podrá iniciar ante la Entidad gestora competente, el procedimiento administrativo especial de revisión de dicha alta, de acuerdo con lo previsto en los apartados siguientes:

La tramitación del procedimiento debe considerarse preferente por la Entidad gestora, con el fin de que se dicte resolución en el menor tiempo posible.

El interesado podrá instar la revisión del alta médica emitida por la entidad colaboradora en el plazo de 10 días hábiles siguientes al de su notificación (anteriormente a 1/9/2014 era solo 4 días), mediante solicitud presentada a tal efecto ante la Entidad gestora, en la que manifestará los motivos de su disconformidad con dicha alta, a la que acompañará necesariamente el historial médico previo relacionado con el proceso de IT de que se trate o, en su caso, copia de la solicitud de dicho historial a la entidad colaboradora.

El mismo día en que presente la solicitud o en el siguiente día hábil lo comunicará a la empresa.

La mera iniciación del procedimiento suspenderá los efectos del alta médica emitida, debiendo entenderse prorrogada la situación de IT derivada de contingencia profesional durante la tramitación del procedimiento, manteniéndose, en su caso, el abono de la prestación en la modalidad de pago delegado, sin perjuicio de que posteriormente puedan considerarse indebidamente percibidas las prestaciones económicas de la IT, en los términos previstos los párrafos siguientes.

El INSS o el ISM, en su caso, comunicará a la Mutua de AT y EP competente el inicio del procedimiento especial de revisión para que, en el plazo improrrogable de 2 días hábiles, aporte los antecedentes relacionados con el proceso de IT e informe sobre las causas que motivaron la emisión del alta médica. Si no se presentara la mencionada documentación, se dictará la resolución que proceda, teniendo en cuenta la información facilitada por el interesado.

La Mutua podrá pronunciarse reconociendo la improcedencia del alta emitida, lo que motivará sin más trámite el archivo inmediato del procedimiento iniciado por el interesado ante la Entidad gestora.

Asímismo, la Entidad gestora competente comunicará a la empresa el inicio del procedimiento en el plazo de los 2 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud por parte del interesado. Cuando el interesado hubiera presentado a la empresa parte médico de baja emitido por SPS, aquélla, con el fin de coordinar las actuaciones procedentes, deberá informar de dicha circunstancia al INSS o al ISM, con carácter inmediato.

A su vez, cuando el interesado solicite una baja médica derivada de contingencia común y, del reconocimiento médico, se desprendiera la existencia de un proceso previo de IT derivado de contingencia profesional en el que se hubiera emitido un alta médica, el SPS deberá informar al interesado sobre la posibilidad de iniciar, en el plazo de los 4 días naturales siguientes al de notificación del alta médica emitida por la entidad colaboradora, este procedimiento especial de revisión y, además, comunicará con carácter inmediato a la Entidad gestora competente la existencia de dos procesos distintos de IT que pudieran estar relacionados.

En estos casos, se iniciará el abono de la prestación de IT por contingencias comunes hasta la fecha de la resolución del procedimiento, sin perjuicio de que cuando el alta expedida por la Mutua de AT y EP de la Seguridad Social no produzca efecto alguno, ésta deba reintegrar a la Entidad gestora la prestación abonada al interesado y a éste la diferencia que resulte a su favor.

El Director provincial competente de la Entidad gestora correspondiente dictará, en el plazo máximo de 15 días hábiles, a contar desde la aportación de la documentación por parte de la entidad colaboradora, la resolución que corresponda, previo informe preceptivo del equipo de valoración de incapacidades que debe examinar y valorar el caso concreto.
La resolución que se dicte determinará la fecha y efectos del alta médica o el mantenimiento de la baja médica fijando, en su caso, la contingencia de la que deriva el proceso de IT, así como, en su caso, la improcedencia de otras bajas médicas que pudieran haberse emitido durante la tramitación de este procedimiento especial por el SPS. En consecuencia, el procedimiento terminará con alguno de los siguientes pronunciamientos:

- Confirmación del alta médica emitida por la Mutua de AT y EP de la Seguridad Social y declaración de la extinción del proceso de IT en la fecha de la mencionada alta.

- Mantenimiento de la situación de IT derivada de contingencia profesional por considerar que el interesado continúa con dolencias que le impiden trabajar. Por tanto, el alta médica emitida por la entidad colaboradora no producirá efecto alguno.

- Determinación de la contingencia, común o profesional, de la que derive la situación de IT, cuando coincidan procesos intercurrentes en el mismo período de tiempo y, por tanto, existan distintas bajas médicas. Asímismo, se fijarán los efectos que correspondan, en el proceso de IT, como consecuencia de la determinación de la contingencia causante.

Cuando el interesado hubiera recuperado la capacidad laboral durante la tramitación del procedimiento, se podrá declarar sin efectos el alta médica emitida por la entidad colaboradora por considerarla prematura. En estos casos, la resolución determinará la nueva fecha de efectos del alta médica y de extinción del proceso de IT.

Cuando la Entidad gestora competente confirme el alta médica emitida por la entidad colaboradora o establezca una nueva fecha de extinción de la situación de IT, se considerarán indebidamente percibidas las prestaciones económicas de la IT, derivada de contingencias profesionales, que se hubieran abonado al interesado a partir de la fecha establecida en la resolución.

Las comunicaciones efectuadas entre las EEGG, la entidad colaboradora, el SPS y la empresa se realizarán preferentemente por medios electrónicos, informáticos o telemáticos que permitan la mayor rapidez en la información.

Si durante la tramitación de este procedimiento especial, se cumpliera el plazo de los 365 días de duración de la situación de IT, la Entidad gestora competente resolverá de conformidad con lo previsto en el 128.1a) de la LGSS.

El abono de la prestación, durante la tramitación de este procedimiento, será incompatible con las rentas derivadas del ejercicio de la actividad profesional.

Las resoluciones emitidas por la Entidad gestora, en el ejercicio de las competencias establecidas en este procedimiento, podrán considerarse dictadas con los efectos atribuidos a la resolución de una reclamación previa, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por RD Legislativo 2/1995, de 7 de abril, lo que se hará constar en la resolución que se dicte.

195 comentarios:

  1. Buenas Miguel.
    Justo hoy me han confirmado el alta después de la revisión del INSS pero estoy fatal, casi no puedo moverme. ¿He de reincorporarme de inmediato ?¿Qué vía me queda aún abierta? .
    Muchas Gracias de verdad.

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    1. Sí, te has de reincorporar. No obstante habla con la empresa, por que, si no disfrutastes las vacaciones, puedes hacerlas ahora. La vía que te queda ahora es la interposición de demanda ante el Juzgado de lo Social.

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    2. Buenos días, estoy en un caso similar y me surge la siguiente duda, si me han confirmado el alta por el INSS con la fecha que me la dio la mutua, que pasa con el periodo que se había prorrogado, me lo paga la empresa? o cuenta como si fueran vacaciones?

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    3. No, en dicho caso la empresa no tiene obligación de pagar ese periodo. Intenta que vayan con cargo a vacaciones.

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    4. Hola miguel arenas mañana tengo una cita con la mutua estoy de baja laboral x accidente de moto tengo un problema el viernes mi hija de 19meses estaba mala la lleve al medico estube llamando ese dia a ka mutua xq no podia acudir a su cita ellos m dijeron q sino acudia me daban de alta el mismo viernes pero al final me han dao una cita para mañana lunes llevando un justificante lo q llevo es el papel de demanda de asistencia qm dijo la medica q eso valia tengo miedo qm diga q no vale y qm de el alta desde el viernes mañana si es así habré faltado dos días al trabajo q puedo hacer. Gracias

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    5. Creo que además del justificante has de llevar, si lo tienes, el libro de familia y si tuviste que adquirir medicamentos, la receta. Obraste de buena fe, no creo que te exingan la baja médica.

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  2. gracias por la informacion... Cuantos dias hay para interponer demanda ante el juzgado de lo social? desde q te confirma el alta la SS? 20 dias verdad? pero son habiles o naturales?

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    1. Los 20 días son procesales, lo que quiere decir que no computan ni los sábados, ni los domingos, ni los festivos. Tampoco computan el 24 y 31 de diciembre.

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  3. Buen día Miguel mira presente una revisión del alta que me dio la mutua ya que esta alta no me la dio por mejoría(lumbalgia) si no por transferencia a otro facultativo por tener infección a las vías urinarias aceptaron mi solicitud y tendré una revisión el día 15 por el CAISS hoy fui por urgencias por el dolor de espalda nuevamente mi pregunta es la siguiente quien me cubre estos días que no iré a trabajar por mi empresa me dijo que era mi problema por que ellos no me.pagaran y que estoy en tierra de nadie espero por favor me saques de esta duda o que es lo que debo de hacer ,muchas gracias.

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    1. Es que tienes que cursar, inmediatamente, la baja con el médico de familia, que debería ser desde el día siguiente al alta médica de la mutua. Así que muévete ya!!!

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  4. Me dijo mi médico de cabecera q no me podía dar la baja por q esta en un proceso de impugnación por favor que puedo hacer o que me sugieres muchas gracias.

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  5. Anónimo4/1/15 14:39

    Parece que se ha cometido un error importante en el contenido del presente artículo, donde dice, "el interesado podrá instar la revisión del alta médica emitida por la entidad colaboradora en el plazo de 4 DIAS..." debe decir, en el plazo de 10 DIAS... según dispone el R. D. 1430/2009 de 11 de diciembre. En otro orden de cosas, pregunto: ¿para impugnar el alta médica derivada de contingencias profesionales expedida por la mutua, es preceptivo agotar el procedimiento especial de revisión ó se puede acudir directamente a formular reclamación previa a la vía jurisdiccional, a la luz de lo dispuesto en el art. 71 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social?.

    Te saluda cordialmente, José Miguel.

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    1. Tienes razón en cuanto al plazo, que ahora es de 10 días y no de 4 para la formalización del procedimiento de disconformidad, pero no es un error. El "post" está redactado en fecha 08/02/2013, y en aquel momento el plazo era el de 4 días. Es posteriormente el RD 625/2014 el que modifica el plazo, pasando a ser de 10 días con efectos de 01/09/2014. De todas formas te agradezco la observación y, aunque ya indiqué en otra entrada de este blog el nuevo plazo, lo rectificaré para no llevar a nadie a equívocos.
      Y, en cuanto a tu pregunta, a día de hoy no existe obligación de presentar la disconformidad con carácter previo a la reclamación previa, por lo que podrías acudir directamente a la formalización del recurso. Ahora bien, el propio RD atribuye a la "disconformidad" efectos suspensivos a la reincorporación laboral, prorroga los efectos económicos y además tiene valor de reclamación previa. Evidentemente aconsejo presentar "disconformidad".

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  6. Hola!
    Soy un chico ciego trabajador de la once, tengo una baja por accidente de trabajo por una fractura de tobillo. Ahora hace 10 meses y me han hecho u estudio biomecánico y según el traumatólogo de fremap dice que que el tribunal me dará el alta con esos resultados, pero yo voy cojo y necesito una muleta y si trabajo tendré queir con muleta y bastón de ciego. Me encuentro casi con una depresión.
    Que puedo hacer?
    Según dice el traumatólogo que me ha dado tres semanas más pero el 16 de abril me dará el alta
    Gracias y un saludo

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    1. Puedes formalizar una reclamación contra el alta de la muta. Durante el trámite de la misma no tendrás que reincorporarte a trabajar. El plazo es de 10 días. Te dejo el enlace: http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/123164.pdf

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  7. Buenas tardes Miguel,

    Tuve un accidente laboral in itinere, la Mutua me dio la baja y después de rehabilitación, al tiempo me dio el alta. Tengo una osteopatia pubica y no puedo realizar mi trabajo, no puedo estar ni de pie ni sentada, y aún así me han dado el alta, me inyectan inzipan para que aguante y no me duela, pero es algo momentaneo, al tiempo el dolor es inaguantable.
    Mi medico de cabecera me ha dado de baja como contingencia comun, pero realmente es un accidente laboral, me ha dado la baja para que tramite la baja de la inspección. Podría solicitar una determinación de contingencia, estoy en plazo?? Y la baja de la inspección que es ¿una denuncia?
    Muchas gracias de antemano. Un saludo.

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    1. Lo de la "baja de Inspección" no lo entiendo.....En cuanto a la determinación de contingencia el plazo es de 5 años, por lo que puedes tramitarla sin ningún problema...este es el formulario:
      http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/189095.pdf

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  8. Buenos días Miguel, te escribo en atención a una serie de dudas, a ver si me puedes ayudar.

    Estaba de baja hasta el día de hoy por accidente laboral. La mutua me ha dado de alta hoy y no estoy de acuerdo al considerar que no estoy todavía recuperado y el diagnostico dado en el parte del alta no coincide con la realidad. Mi caso es un poco particular y por eso me surgen dudas:

    En primer lugar la empresa en la que trabajaba me despidió hace 6 meses consecuencia de un procedimiento de despido colectivo. Mi adscripción al despido fue de manera voluntaria, ya que, estoy cerca de la edad de jubilación, por lo tanto empecé la situación de IT estando en activo en la empresa, pero después del despido he seguido 6 meses de baja. Durante estos 6 meses, desde el despido, nadie ha cotizado a la seguridad social, ya que la mutua me ha dicho que no tiene por que realizar las cotizaciones al no ser la empleadora y en el INSS tampoco me han dicho que ellos sean los responsables y por supuesto la empresa desde hace 6 meses ya no es mi empleadora y por lo tanto tampoco se hace responsable ¿entonces quien es responsable de las cotizaciones durante estos 6 meses??.

    Me surge otra duda respecto del procedimiento de revisión, ¿tengo que enviar copia a la empresa al estar despedido??. En cuanto al expediente médico a adjuntar tengo algunos informes médicos pero estoy seguro que me falta mucha documentación ¿¿puedo aportar la documentación que tengo y a la vez requerir el expediente a la mutua???.

    En cuanto al desempleo, voy ya a solicitarlo??? o me espero a que se resuelva el procedimiento de revisión?? ya que, como indicas el inicio del procedimiento suspende el inicio del alta médica.

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    1. Por orden:
      - es correcto, nadie tenía la obligación de cotizar durante el periodo de IT posterior a la extinción del contrato....podías haber suscrito un convenio especial.
      - no, a la empresa ya no le has de comunicar el alta.
      - sí, puedes aportar la documentación que creas conveniente.
      - no, no solicites el desempleo, espera a que resuelvan el procedimiento.

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  9. Hola buen dia, no se si llego el anterior por las dudas, vuelvo a intentarlo estoy de baja desde el 26/12/14, por microrroturas en el tendon de aquiles, he recibido un alta hace unos tres meses sin estar recuperado y a los dos dias tuve una recaida, ahora intentan darme el alta de nuevo en las mismas condiciones que la anterior, tendon inflamado y no puedo estar mas de quince minutos de pie sin que me duela y se inflame, agradezco la ayuda que puedas darme u orientacion, un saludo, tengo 55 años y una minusvalia por protuciones discales del 50%, soy camarero.

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    1. Solo puedo decirte que impugnes el alta médica, es un procedimiento bastante rápido......

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  10. hola miguel mira mi caso es raro el dia 6 ispeccion medica de la mutua me dio el alta medica pero no estoy conorme puesto q no tengo mejoria y en los informes esta reflejado q loq tengo ya es cronico y el mismo medico asi me lo dijo y q buscara un trabajo q pudiera realizar porq el q realizo ya no podria realizarlo mas q puedo hacer aparte de interponer mi disconormidad y si tengo q presentar el alta a la mutua o tengo q esperar el recurso gracias

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    1. No entiendo. ¿quién te da el alta médica, Inspección o la Mutua?.

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  11. Hola Miguel,te comento mi caso:ME HAN ECHO ARTROSCOPIA EN LA MUTUA,POR ACCIDENTE DE TRABAJO,TAMBIEN ME HAN DICHO QUE TENGO CONDROMALACIA ROTULIANA,Y A LOS DOS MESES DESDE LA OPERACION,EL MEDICO ME HA DADO EL ALTA,PERO YO SIGO TENIENDO MUCHO DOLOR Y CAMINO COJEANDO.SE LO HE DICHO PERO DICE QUE YA ES MUCHO TIEMPO Y TIENE QUE DARME EL ALTA.EN PRINCIPIO COBRE DE LA EMPRESA,Y A POCO TIEMPO LA EMORESA ME ECHO POR MOTIVO DE FIN DE CONTRATO (CONTRATO DE FIN DE OBRA),Y PASE A COBRAR DE LA MUTUA.QUIERO IMPUGNAR EL ALTA,PERO TODO ESE TIEMPO DE TRAMITE,LO QUE DURARA,QUIEN TIENE QUE PAGARME,O SI TENGO DERECHO DE COBRAR.HE LEIDO QUE NORMALMENTE ES LA EMPRESA QUIEN TIENE QUE PAGAR,PERO,EN MI CASO COMO TIENE QUE SER?Y OTRA PREGUNTA:SI DESPUES DE IMPUGNAR EL ALTA DE LA MUTUA,CON EL MOTIVO QUE TENGO DOLENCIAS QUE ME IMPIDEN TRABAJAR,EL INSS CONFIRMA EL ALTA EMITIDA POR LA MUTUA,Y YO NO PUEDO TRABAJAR,QUE ME QUIEDA POR HACER?Y SI ME DAN A MI LA RAZON Y ANULAN EL ALTA,QUE PASARA,SEGUIRE EL TRATAMIENTO DE RAHABILITACION CON LA MUTUA?SEGUIRAN PAGANDOME ELLOS?(LE COMENTO QUE TRABAJO EN LA CONSTRUCCION,MONTADOR DE PLADUR)

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    1. Lo primero es que reclames inmediatamente contra esa alta médica. Si te dan la razón y la anulan, seguirás cobrando la baja médica por parte de la mutua. Si por el contrario se confirma el alta médica, deberás acudir al desempleo.

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  12. Hola miguel,te expongo mi caso,,yo estaba de baja laboral accidente de trabajo,me dio el alta la mutua segun ellos no veian de donde me venia el dolor,pedi a la seguridad social revision de alta me dieron cita fuy al icam y me mandaron un sms concediendome la revision(Resuelta revision alta de mutua:Se mantiene baja por accidente de trabajo. Recibira resolucion en breve.) eso ponia,pero el problema es k e mirado el ingreso de la nomina y solo me han ingresado 199€ del sueldo,,,,quien me tiene k pagar el resto?y otra cosa los 10 dias de vacaciones de navidad me pertenecen aal estar de baja no?

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    1. Tiene que pagarte la mutua. Si has continuado de baja, es como si no hubieses disfrutado las vacaciones que podrás realizar tras el alta médica.

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  13. Buenas tardes
    Hoy he impugnado un alta de la mutua y en la inss me han dicho que mientras dure el procedimiento no tengo que ir al trabajo pero me ha llamado mi empresa y me ha dicho q sería absentismo injustificado ya que el papel que me han dado solo justifica que he iniciado la reclamación pero nada más
    Es correcto tendría que ir a trabajar?

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    1. El INSS tiene razón. el art. 3.3 RD 1430/2009 dice expresamente: "La mera iniciación del procedimiento especial de revisión suspenderá los efectos del alta médica emitida, debiendo entenderse prorrogada la situación de incapacidad temporal derivada de contingencia profesional durante la tramitación de dicho procedimiento, manteniéndose, en su caso, el abono de la prestación en la modalidad de pago delegado, sin perjuicio de que posteriormente puedan considerarse indebidamente percibidas las prestaciones económicas de la incapacidad temporal, en los términos previstos en el apartado 8 de este artículo".

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  14. Hola buenos días mi caso es el siguiente el día 5 me dio el alta la mutua me dijo que pedirá secuelas por mi deformidad en la pierna y ya está ami me despidieron del trabajo al acabar mi.contrato estando de baja yo tengo aun mucho dolor y no puedo ponerme ni las.botas de seguridad entonces puse una impugnación de alta en el inss el día 8 aun nadie me ha contestado y nose si la mutua me tiene que pagar estos días puesto que ni puedo trabajar ni cobrar paro ni nada y si es así como lo puedo saber o reclamar gracias

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    1. Sí, si presentaste en el INSS el formulario de revisión de alta médica emitida por la mutua, se prorroga la situación de baja médica y tienes derecho, en principio, a seguir percibiendo el subsidio a cargo de la mutua.

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  15. Buenas el día 5 impugne el alta de la mutua xq seguía con mucho dolor me chafe la pierna con una traspaletta y tuve rotura muscular de 6 cm X 2,9 me.dieron el alta sin hacerme pruebas para comprobar que ya estaba todo bien y si se me había ido el coagulo que tenia bueno pues ayer 15 bajando del sofá note un clic y mucho dolor me fui al.urgencias y tengo otra posible rotura de fibras me mandan a la mutua xq es una recaída y me dice que ellos asta que no resuelva el inss no se hacen cargo aunque si me ha mandado una ecografia estoy aquí la espera del inss xq ni puedo trabajar ni puedo pedir paro y claro la mutua no me paga me gustaría saber si puedo hacer algo gracias

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  16. Anónimo1/3/16 20:25

    Buenas tardes, te cuento, el 15 de junio del 2015 me dan la baja por accidente en asepeyo, epicondilitis. Después de 8 meses, infinidad de tratamientos, físico, factores de crecimiento, e.p.i., cirugía y por último ondas de choque, la mutua el 25/2/2016 me da el alta, me dirigí a la s. Social y solicite revisión del alta porque tengo el brazo mal y las secuelas me impiden el desarrollo normal de mi trabajo con garantías, tengo pérdida de movilidad, dolor, falta de fuerza etc... Me dicen en la mutua asepeyo que han decidido después de agotar todo medicamente que no me van a hacer más porque una segunda intervención u otra terapia es posible que empeore mi estado. Estoy en espera de que me notifiquen la carta de la seguridad para ir a ver a un inspector de s. Social. Es asi? O directamente me contestaran si es procedentes no el alta? En todo caso, que puede pasar? Hay que solicitar aparte para que me valoren una incapacidad? O con la revisión del alta me van a ver y se decide todo. Tengo muchas dudas, lo único que echó es poner reclamación en la mutua y revisión del alta en la s.social. me han parado el alta mientras deciden pero estoy un poco perdido de las diferentes cosas que puedan pasar. Esperó que me podais aclarar un poco todo esto. Gracias.

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    1. Ha de pasar un reconocimiento médico por parte de los servicios médicos del INSS -en Catalunya lo realiza el ICAM- y despuñes recibirás la resolución del INSS. Sí, creo que deberías plantear la incapacidad permanente pero espera a resolver la impugnación del alta médica.

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  17. Buenas tardes, le expongo mi caso. En el mes de octubre del 2015 sufrí un accidente in itinere,en el q me diagnostican cervicalgia, en noviembre comienzo rehabilitación por la mutua pero continúo trabajando hasta el mes de enero en el que me dan la baja porque el dolor es limitante, tras pasar por el neurólogo me derivan a la unidad del dolor donde ne diagnostican, cefalea de arnold, sindrome miofascial y facetario, me inyectan botox y me recetan estupefacientes. Tras una keve mejoría en cuanto a la frecuencia e intensidad de los dolores de cabeza el médico de la mutua me da el alta por curación pese a q yo sigo con dolores. ¿Qué puedo hacer? Gracias de antemano

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    1. Impugnar el alta médica si aún estás en plazo!!!

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  18. Hola,en el año 2000 me diagnósticaron una hipoacusia bilateral por trauma sonoro originados por ambiente laboral. En aquel entoces sólo me indicaron por parte la mutua que tenía que llevar cascos protectores y nada más.en el año 2015 pedí todos los informes Médico co a la mutua y me llevé la sorpresa que en ellos ponía enfermedad pero sional por hipoacusia. A mi nunca me indicaron nada de que estaba afecto a dicha enfermeradad profesional.
    Mi Pregunta es, puedo ahora pedir que se declare la misma?,
    Tengo ahora una IPT desde 2008 y entre ellas una hipoacusia por enfermedad común.

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    1. El problema es que hace 5 años de la declaración de IPT, así que en principio estaría prescrito. No obstante, si pudiese acreditarse ahora un empeoramiento actual que pudiese llevar a la declaración de IP (en grado de total o parcial) quizás pudiese solicitarse la declaración.....pero es difícil salvar la prescripción en este caso....no puedo decirte mucho más sin saber cual fue la enfermedad(es) que dieron lugar de forma principal a la IPT y la evolución con audiometrías de tu hipoacusia neurosensorial.

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  19. Aida Díaz18/4/16 09:10

    Buenos días, mañana tengo visita con el especialista de la mutua, estoy de baja por ansiedad, trastorno de adaptación, tengo dos dudas:
    1- Que te hacen en la visita con el especialista?
    2- La mutua puede darte el alta? o ellos pueden proponer el alta y es el tribunal el que decide?

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    1. 1. Un control rutinario. Normalmente preguntan por el motivo de la baja médica y examinan la documentación médica.
      2. No pueden emitir alta médica, pero sí proponerla a Inspección Médica.

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  20. Hola Miguel que tal?

    Mi consulta es si impugno el alta de la Mutua por contingencias profesionales accidente laboral y voy a mi medico de cabecera a por la baja por contingencias comunes, todo lo percibido por IT lo tendria que devolver a la Mutua?

    O si el INSS diera como valida el alta de la Mutua tendria que devolver el dinero percibido de la baja o no?

    Gracias por tu tiempo, espero tu pronta respuesta.

    Saludos.

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    1. Lo que hace la seguridad social es compensar el nuevo subsidio de accidente de trabajo con lo ya percibido por enfermedad común.

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    2. Muy buenas,estoy en situación parecida...A la espera del inss,si el inss esta de acuerdo con la mutua pasa?Te go que devolver el dinero?Y yo que cobro si el medico me ha dado la baja por que sabe que estoy mal?

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    3. Si has causado una nueva baja por enfermedad común, y el INSS no la anula -que a veces procede en ese sentido- percibirías el subsidio correspondiente a esa baja médica en caso de confirmarse el alta médica de la mutua.

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  21. Anónimo5/5/16 12:05

    Hola muy buenas tardes Miguel he solicitado una alta de impugnación de la mutua ya que me han dado el alta porque no han considerado que una patología que antes del accidente de trabajo que me ocurrió hace 8 meses con diferentes varias altas y bajas en este tiempo lo descartan de tener relación con el accidente enfermedad que no tenía que se me generó en todo este proceso, y acudí a la doctora de cabecera quien paralelamente ha seguido mi caso y evolución y me dijo que ella me daba la baja, porque no puedo trabajar,pero que el proceso era desde la seguridad social y sin más razones ellos me direccionaron en este proceso, me solicitan el informe ultimo de la mutua el cual no poseo porque tarda 15 días y ya los 10 días hábiles que tengo no me van alcanzar.
    ¿es conveniente presentarme con la documentación que poseo y exponer que sigo en espera del informe poseo el historial completo de la S.s de todo mi accidente y el inicio de mi tratamiento tengo estudios médicos por presentar y mi situación es limitante que debo de hacer?

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    1. Lo que indicas es correcto, adjunta el historial clínico.

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  22. Buenas tardes Miguel,

    Tuve un accidente de tráfico en horario laboral, como consecuencia, sufrí una fractura vertebral.
    Me dieron el alta médica el 29 de Abril con el resultado de un tac que solicité porque me querían dar el alta sin realizarme ninguna prueba médica y yo seguía teniendo dolencias. Tenían bastante prisa, me dieron el alta porque el informe salía satisfactorio pero no me dieron las imágenes de la prueba porque no estaban.
    Yo notaba (y noto) dolor pero los distintos traumatólogos (Mutua, aseguradora del coche y SS) me decían que era normal y que me podía dolor durante un año. Dicho esto y con un informe que dice que esta todo bien, pensaba que efectivamente estaba todo bien.
    Cuando me dieron el alta seguía con la rehabilitación, entonces para no faltar ni a mi trabajo ni a las sesiones no he ido a recoger la prueba hasta ahora.
    Mi sorpresa ha sido que en las imágenes se aprecia que la fractura sigue estando.
    He acudido a mi médico de cabecera y me ha dicho que tramitara esto pero el plazo de 10 días para presentar las disconformidad se me ha pasado, ¿qué puedo hacer?




    Gracias!

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    1. Reitero la respuesta. No puedes presentar disconformidad, se ha pasado el plazo. Ahora debes acudir a la mutua para que te den una nueva baja médica por recaida. Si se niegan, acude a tu médico de familia, que emita una baja médica por enfermedad común, e inicia un procedimiento de determinación de contingencia.

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  23. Hola tengo la baja por enfermedad profesional,me tenian que operar del tunel carpiano,me he quedado embarazada y me dicen que no me operan pero que me mandan a trabajar,trabajo en una cadena de montaje,me han dicho que puedo impugnar la baja o ir a mi medico de cabecera coger la baja y solicitar que sea baja por enfermedad profesional.que opinas? Gracias

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    1. Que primero impugnes el alta médica y, si no estiman tu pretensión entonces, en segundo lugar, causes baja médica por el médico de familia y tramites una determinación de contingencia.

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  24. Anónimo1/6/16 18:40

    Hola buenas tardes, el año pasado tuve un accidente de trabajo y desde entonces estoy de baja con dos operaciones la última el 11 diciembre,me han dado el alta el 29 de abril e impugne la misma porque no estoy bien el 2 o 4 de mayo todavía no me han contestado del inss pero la mutua me ha pedido que les firme un documento de incapacidad permanente y repito no tengo explicación ni contestación de l inss ni la mutua me ha explicado nada de porqué este paso. Que debo hacer ahora? Todavía no les he firmado nada

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    1. Firmar, es posible que se trate del expediente para que el INSS valore las secuelas del accidente. Si no estás de acuerdo con la resolución final podrás reclamar.

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  25. Anónimo6/6/16 08:38

    Gracias por tu ayuda y por tu blogspot se ve que eres buena persona

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  26. Buenos días Miguel. Tengo una duda, me operaron de una fisura en la muñeca, operación complicada y larga en cuanto a recuperación. Llevo de baja 9 meses, entre escayola, rehabilitación, y ejercicios para recuperar el movimiento...ahora me duele y aun no hago bien el movimiento. Tengo que esperar a que me vea la cirujana el 28 de julio para valorarme. El otro día en la mutua me citaron para el día 16/06/16 para entregar mi cita de tac para acelerarlo, la llamé a la doctora de la mutua para preguntarle si era posible enviarla dicha cita por fax, a lo que ella me contestó que sí. Se la envié por fax puesto que el día 16 tenía examen de la Universidad. El 20 acudí a firmar una autorización pendiente de una prueba y me dijo que me quitaba la remuneración por no asistir a la cita que previamente dijo que no asistiera y que la enviará por fax. Ha solicitado el alta médica y me ha mandado al inss.fui al médico de cabecera y me a dado otro parte de baja porque sigo con dolor y no estoy recuperada. Envié el justificante del examen del día 16 a la mutua y hoy me llaman y me dicen que ha sido rechazado y que me dan el alta en la mutua. Estoy pendiente de informes que acrediten mi mala recuperacion. Me gustaría poner una reclamación pero nosé muy bien como puedo hacerlo para que el día que me cite el inss llevar esa reclamación también. Muchas gracias. Un saludo

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    1. Tienes que presentar reclamación previa contra la decisión de la mutua -ante el INSS pero también ante la mutua-, adjuntar el fax y la justificación documental del examen...si no había mucha diferencia horaria entre la cita médica y el examen deberían entender justificada la inasistencia. Explica en tu escrito que hablaste con la doctora, la hora de la llamada y que te autorizó verbalmente.

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  27. buenos días miguel, mi consulta es la siguiente. soy camarera y en semana santa por las prisas hice un mal
    esfuerzo ,me cruje la columna y se me durmio el pie izquierdo ,voy a la mutua y me han hecho varias pruebas
    en la resonancia me sale ,discopatía degenerativa L5-S1 , en la electroneurografía sale radiculopatía lumbosacra y en la gammagrafía sacroilitis , me dice el doctor que estoy inflamado el hueso sacro ,me envían con el ficioteraupeta y aun que no puedo caminar ni sentarme me dieron el alta
    yo impugne por que no puedo trabajar con una muleta ,y no aguanto el dolor
    yo tengo 52 años ellos dicen que es la edad ,no sufro de osteoporosis yo estaba bien asta ese dia
    muchas gracias por la respuesta

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    1. Tienes dos posibilidades, por orden de preferencia:
      1. Impugnar el alta médica según explico en esta entrada.
      2. Si no lo has hecho y ya no estás a tiempo, pide baja médica por enfermedad común y luego solicita una determinación de contingencia -busca en el blog-.
      Las lesiones que padeces, con tu profesión, podrían ser una incapacidad permanente total.

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  28. Buenas tardes,

    Soy fija discontinua en un hotel. Estaba de baja por accidente laboral. Mutua me dio el alta. Pero luego medico de la seguridad social medio la baja. He puesto reclamacion previa contra el alta de la mutua. Pero me han dicho que sino me dan la razon tendre que devolver el dinero de la mutua y de la seguridad social. Es cierto? Que he de hacer pues ahora tengo la baja de la seguridad social?
    Por otro lado, estando de baja he recibido un burofax comunicandome el despido. El despido era del dia 19, pero recibi el burofax el dia 20. Puedo hacer algo? El despido es por causas organizativas y productivas y en mi puesto de trabajo han puesto una empresa de trabajo temporal. Es un despido improcedente? Gracias.

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    1. Lo de la devolución de la mutua es falso. Y sí, puede que haya opciones de impugnar el despido.

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  29. Anónimo3/8/16 01:47

    Hola miguel arenas,a ver si me puedes ayudar un dia 13 de agosto en el puesto de trabajo me desvaneci y me llevaron al hospital,sali del hospital 6 horas mas tarde con un diagnostico de crisis convulsiva y hemiparesia izquierda,al dia siguiente ya no me movia me llevan a la mutua la mutua ve la paralisacion de la zona izquierda y coje mi caso,a la semana me hacen una resonancia y me diagnostican un ictus con hemiplejia izquierda,bueno pues estoy 8 meses de baja y la mutua me da un alta sin secuelas,hice una reclamacion de alta indebida y el tribunal medico me da tambien el alta para ir a trabajar alegando q el ictus era de antiguos infartos,mi medico perito me manda a buscar mis informes a la mutua y vemos q el informe de la resonancia craneal pone,antecedentes de ictus,mi medico me manda a buscar todas mis bajas medicas y no aparece nada de ictus ni nada!mi medica de cabecera me manda al neurologo y me hace varios informes de ictus y con mis secuelas,la mutua me denuncia diciendo q el ictus no es una enfermedad profesional a la cual un juez en juicio ya celebrado dice q todo accidente en puesto de trabajo es accidente laboral,ahora me galta el juicio de incapacidad para diciembre de este año,pero resulta q en junio del año pasado me dio algo raro y me mandaron al hospital pensando q era un accidente cerebro vascular temporal,me hacen un tac y me dice una neurologa del hospital q en el tac no sale ningun ictus ni viejo ni de ahora!!mi pregunta es el hospital al saber q ya conmigo fallo una vez puede esconder pruebas para q no le caiga una sancion?y abtodas estas yo con un aparato en la pierna q me lo puso el medico rehabilitador del hospital!!gracias ante todo.

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    1. No creo que el Hospital esté ocultando pruebas...en ese sentido quédate tranquilo. El juicio de incapacidad será seguro accidente de trabajo, a ver si te conceden también el grado que solicitas. Suerte!!

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  30. Hola, quizás me puedan informar...expongo mi situación...durante un contrato laboral de un año de duración se me reconoció un enfermedad laboral, por lo que la mutua confirmó mi baja, me realizaron varias operaciones. Durante esta baja mi contrato terminó y continúe cobrando por parte de la mutua hasta que decidieron tramitarme un alta con secuelas permanentes no invalidantes. Me acogi a la prestación por desempleo que llevo cobrando unos meses. Hace unos días el INSS me llamo y tuve una cita con una doctora que valoró mi situación y el extediente tramitado desde la mutua por las lesiones permanentes no invalidantes, supuestamente la doctora debía dar curso y según baremo yo hubiese percibido una indemnización por estas secuelas, pero no fue así. La doctora me dijo que al no haber concluido las soluciones médicas en mi caso no podía tramitar este asunto, me dijo que la mutua aún debía hacerse cargo de una operación más. Me dijo que esperará una llamada por parte de ellos o de la mutua y que tendría que volver a estar de baja para que la mutua finalice mi caso...mi pregunta es...¿esta baja sería retroactiva? Es decir, el alta que me dieron en su día ¿ sería válida ?...¿ que ocurre con los meses que he cobrado de paro?...¿desde cuando contaría esa nueva baja?...¿ es una nueva baja o la continuación de la que ya tenía?...gracias por atender mi caso.

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    1. Es más fácil. No afecta a lo ya percibido, y en el momento en que la mutua decida realizar la intervención quirúrgica procedería cursar esa nueva baja médica y percibir el subsidio correspondiente. Después, ya vendría la valoración para percibir la lesión permanente no invalidante. Acude a la mutua y que te aclaren cuando realizarán esa intervención -no entiendo por que no la han realizado, entonces...-.

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  31. Ola buenas migel.te comentó un poco mi caso,llebo un año en la mutua por accidente labora el pasado martes día 23 de agosto pasé por el Tribunal médico y ese mismo día me llamaron de La mutua por que por lo visto le pidieron unos informes más en el Tribunal total que fui ala mutua el jeves dia25 y cuándo llegó me dice el médico que me daba el alta y que me busque trabajo claro me quedé a cuadros por ese mismo médico me dice una seman antes que no iba a poder trabajar más en el campo que fue donde me Di de baja y que para la seman siguiente me iba a dar un informe con las secuelas qye me an quedao claro y por lo visto yo cumplía el año en la mutua el día 28 entonces ya ellos no me podrían dar el alta asta resolucion .mi pregunta es que puedo Acer ante esta jugarreta que me a exo la mutua .un saludo y grasias

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    1. Tienes que presentar YA el formulario que he enlazado en esta entrada para que el INSS diga que el alta médica es incorrecta.

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    2. Este es el enlace al formulario:
      http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/123164.pdf

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  32. Anónimo5/9/16 21:08

    Hola Miguel, te explico mi caso. Me hicieron un contrato de 2 meses este verano en una fabrica trabajando en cadena (trabajo de mucha fuerza). Ya desde los primeros dias me hice una contractura en la espalda pero aún y así aguanté un mes.. a base de medicación y masajes al fisio. Cuando llevaba un mes me quedé clavado y tuve que coger baja 5 dias por accidente laboral. A la vuelta, como castigo me volvieron a poner en la maquina donde me lesioné y sin descanso durante 8 horas... y aguanté 2 dias. Tuve que volver a coger la baja y hacer rehabilitación hasta finalizar el contrato.
    En la mutua me dijeron que no me preocupara, que si no estaba recuperado seguiria alli haciendo rehabilitacion. Me hicieron resonancia en los ultimos dias y ha salido hernia discal. A los 2 dias de acabar mi contrato con la empresa, la mutua me ha dado el alta alegando que ya no pueden hacer nada mas por mi...que esa lesión yo la traia de antes... Yo antes de trabajar aqui estaba perfectamemnte, hacía varios deportes.. y ahora no estoy curado en absoluto.
    El informe que tengo que presentar para hacer la impugnación es el que me dará la propia mutua.. tengo que buscarme la vida por otro lado, con algun otro informe? tengo solo 10 dias..

    ***( en el informe medico que me hizo la mutua antes de entrar a trabajar ya ponia "Protocolo: cargas, movimientos repetidos miembro superior, posturas forzadas, ruido y turnicidad")

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    1. Pues será difícil que en tan corto plazo de tiempo puedas conseguir un informe de la sanidad pública, pero sería aconsejable -acude a tu médico de familia, por ejemplo, solicitando derivación a traumatología-.

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  33. Hola Miguel, te comento hace 3 meses tuve un accidente provocado por una electrocución en un trabajo en altura, me partí una costilla y varias contusiones que me detectó la mutua ya que si me dolía algo más me decían que ya no era normal la dolencia, después que estuve pegado en alta tensión 30 segundos y me caí de 5 metros de altura. El caso es que después de 35 días la mutua me da el alta yo sigo con dolores de espalda y el brazo izquierdo no lo puedo levantar más de 90 grados, la mutua me dice que estoy para trabajar y decido recurrir el alta mediante mi abogada, el caso es que la seguridad social me pide ami el informe médico actualizado se lo mando, después de 15 días me dicen que el parte de alta que me dio la mutua es ilegible voy a la mutua a por un parte nuevo y se lo envío entre tanto me voy haciendo pruevas en la seguridad social y me encuentran 2 vértebras rotas y aplastadas en la espalda y una fractura en el hombro el médico indica en el informe que es por causa de la caída, a todo esto estoy de baja por la seguridad social. Mi pregunta es en que informes se basa la seguridad social para dar la resolución de contingencia en el informe de la mutua, en los informes del médico de cabecera y especialistas, yo cuando me pidieron el parte de alta nuevo aproveche y adjunte el informe médico donde indica las lesiones detectadas por las pruebas de la seguridad social.
    Muchas gracias por tu labor y un saludo

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    1. En todos los informes y en la constatación de tu estado de salud que efectúe la EVI, que ha de visitarte.

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  34. Buenos días,

    Mientras estas en espera de respuesta impugnación alta médica mutua. La empresa te puede descontar esos días de espera de las vacaciones. Entiendo yo que no.

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    1. Tienes razón. Hay que esperar a la resolución, ya que si es favorable sigues en situación de baja médica.

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  35. HE HANADO UN JUICIO DE IMPUGNACION AL ALTA MEDICA, PERO ESTOY A LA ESPERA DE QUE ESTA SENTENCIA SE HAGA FIRME QUE ME HA DICHO MI ABOGADO TARDARIA UNOS DIAS. MI SITUACION ACTUAL ES QUE SIGO TRABAJANDO HASTA QUE LA SENTENCIA SE HAGA FIRME. Y MI PREGUNTA ES A QUE TENGO DERECHO CUANDO ESTA SENTENCIA SE HAGA FIRME, A DARME DE BAJA DESDE QUE FECHA HASTA QUE FECHA Y A ALGUN TIPO DE INDEMNIZACION. GRACIAS.

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    1. Tienes que comentarlo con tu abogado, que es quien tiene conocimiento exacto de tu procedimiento. Pero, en principio, el procedimiento de alta médica es exclusivamente para anular la misma y seguir en situación de baja médica.

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  36. Buenas Miguel,

    Tengo una duda impugne alta mutua el dia 24/11 el día 29/11 me llama el INSS y me da cita con ICAM el día 02/12 fui y me dijeron que me resolvería el INSS.

    Cuando tendré respuesta? tengo miedo que hayan contestado con silencio administrativo.

    También comentar que el día 06/12/2016 finalizo mi contrato y la empresa no me renueva el contrato.

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    1. En breve, es un procedimiento muy rápido. Si anulan el alta médica debe pagarte la mutua.

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  37. Buenas Miguel,

    te comento perdi la impugnación del alta.

    Tengo un informe del hospital ya que el seguro del accidente me envio a un traumatologo y dicho traumatologo me dijo que me tienen que hacer rx.

    Lo dicho me hicieron RX y el resultado es este:

    RX CERVICAL Y ESCAPULAR DERECHAS (20/12/2016): Rectificación de la lordosis cervical, desalineación de articulacion AC DERECHA.


    Se que tengo que reclamar ahora por juzgado social y lo recurriré con este informe y reclamaré que hubo negligencia médica ya que no me hizo rx y me dio de alta sin hacer eso. Una vez echa la demanda la mutua me puede citar? tendré la obligación de ir?


    Buenas fiestas.

    Gracias por todo.

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    1. Si la mutua considera necesario citarte para efectuar reconocimiento médico pericial y te cita a través del juzgado, debes comparecer, si así lo acuerda el juez.

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  38. Buenas Miguel,me acaban de dar el alta en la mutua por un accidente de tráfico y sigo con dolores,también es posible que la aseguradora me de el alta,me gustaría saber si con impugnar el alta de la mutua mediante el procedimiento administrativo de revisión es suficiente(y que modelo de formulario sería correcto utilizar),o si debo reclamar también en la propia mutua y también a la entidad aseguradora

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    1. Es el procedimiento y formulario que indico en esta entrada. Se presenta ante el INSS, aunque también hay que informar a la mutua -a la que se le solicita la historia clínica- y a la propia empresa.

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  39. Buenas noches Miguel,quería hacerte una consulta,te comento.

    He estado de baja por accidente laboral un mes,del día 24 de octubre al 28 de noviembre,mi mutua es Ibermutuamur pero me han estado tratando en Asepeyo de Collado Villalba por cercanía a mi domicilio.El día 28 la mutua me dio el alta aún indicandoles que tengo mucho dolor y molestias en la zona afectada,a lo que la medico hizo caso,no me han hecho pruebas tan solo rehabilitación.

    El día 29 informe a la empresa que iba a solicitar la revisión del alta en el INSS y el día 30 de noviembre la curse,la empresa me despidio ese mismo día 29 de noviembre.

    En el INSS me dijeron que al solicitarla revisión el alta queda como nula hasta que se pronuncie la resolución y me dijeron que estuviera tranquilo que la mutua me seguiria pagando mientras dure el tramite.Ha día de hoy aún esta pendiente de resolución,he pasado por el INSS y me han dicho que se ha retrasado por las vacaciones y de más pero que no tardarán mucho en pronunciarse.

    Me he puesto el lunes día 9 en contacto con la mutua para preguntarles que día se cobra,y para mi sorpresa me han informado que tenia que haber entregado una documentación y una solicitud de pago directo,y le he dicho que nadie me había informado,despues de un rato al telefono y contarle lo que sucede y mi situación me ha dijo que pasara hoy por la oficina administrativa de la mutua y que llamara antes a un teléfono que me ha facilitado y que les comentara el caso.Así lo he hecho y las chicas que han hablado conmigo me han dicho que pasara,que no habría problema de entregar todo dada mi situación y desconocimiento y que con eso ya me pagarían.

    Para mi sorpresa cuando he acudido a las oficinas la señora que me ha atendido me ha indicado que la mutua no suele pagar en casos como el mío por si el INSS no me da la razón y luego he de devolver lo que me han pagado.Al final despues de hablar un buen rato ha ido a hablar con el superior y a vuekto al rato para decirme que me iba a recojer la documentación y he rellenado la solicitud del pago directo,y me ha dicho que lo va a valorar el superior y que en caso de que lo acepte me pagaran en lo que queda de mes,si lo acepta claro.

    Le he agregado también una nota donde les explico mi situación grave,ya que mientras se tramite la revisión del alta no puedo solicitar prestaciones o subsidios en el INSS y que dependo del pago directo de la mutua,el retraso tan grande del INSS me está perjudicando seriamente,si la mutua no acepta mi solicitud corro peligro de exclusión social ya que sin éste pagp no puedo pagar el alquiler y me van a hechar.

    Mi pregunta es,la mutua se puede negar a pagarme estando en mi situación de revisión del alta?,por ley no estan obligados a pagarme aunque luego me toque devolverlos si el INSS no me da la razón?.Estoy de los nervios,ésto me ha dejado bloqueado,me tienen atado de pies y manos.

    Gracias de antemano y recibe un saludo.

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    1. Desgraciadamente es así. Te explico:
      - una vez despedido es necesario presentar la solicitud de pago directo ante la mutua para que efectúen el pago.
      - en el procedimiento de revisión por el INSS, esta entidad puede prorrogar la situación de efectos económicos hasta la emisión de su resolución o anular el alta médica. En ambos casos la consecuencia es que cobrarías ese periodo de baja médica.
      - pero también puede resolver que el alta médica es correcta. Entonces puede no prorrogar los efectos económicos.
      En consecuencia, tienes que presentar la solicitud -ya hecho- pero la efectividad del pago queda condicionada a la resolución del INSS. Lo siento, pero hay que esperar.

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  40. Hola Miguel! En febrero del 2016 me dieron la baja por cervicagia, el médico de cabecera, ya que en el trabajo se negaron a darme el papel para la mutua y fue allí donde me quedé que no me podía mover!! Hice una determinación y me dieron la razón, pero yo no me quejaba de cervicales yo me quejaba de los hombros! La mutua me daba largas y no creían que tenía dolor, me mandaron al ICAM y me volvieron a dar la razón, a los 7 meses ( porque 6 estuve por la s.social) me hacen por fin una resonancia, resulta que tengo los tendones del hombro ritos, me operan haciéndome una artroscopia, sigo quejándome del otro hombro y me dicen que como no tengo parte de lesiones no me van a hacer nada, el día 6 de febrero voy al medico y seguro que me dan el alta y yo sigo con muchos dolores, no puedo hacer esfuerzos porque a la mínima me quedo engarrotada, a todo esto tengo que añadir que en la mutua me han tratado muy mal, me han amenazado , me han insultado y bejado! Lo tengo todo grabado! Que puedo hacer si me dan el alta y no me miran el otro hombro?? El 23 de febrero hará un año de mi baja, y me dijo que si podía evitaría pedir prórroga. Gracias

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    1. Pues, sin ninguna duda:
      1) impugnar el alta mñédica de la mutua según el procedimiento que aquí explicamos -si el alta es antes de los 365 días-.
      2) inmediatamente acudir al médico de familia para que curse una nueva baja médica e iniciar expediente de determinación de contingencia.

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  41. Buenos dias Miguel
    Tengo varias dudas y no se como actuar. Te expongo mi caso:
    Soy dependienta y en 2013 sufri un accidente laboral por el cual fui operada del nervio cubital. Esta operación no fue efectiva y curse nueva baja el 15 de septiembre de 2016 para operarme de una transposición del nervio cubital.
    Tras 3 meses de rehabilitación la dra me quiere dar el alta en 15 dias y a dia de hoy el movimiento de la muñeca y del codo es limitado, ademas de tener dolores y nada de fuerza.
    Con estas condiciones no me veo capacitada para volver a mi trabajo ya que las secuelas que tengo no me permiten realizar mi trabajo.
    En mi puesto de trabajo realizo masajes,limpio,descargo mercancia,trabajo de almacen,empaquetado..
    Que debo hacer y en que plazos? Impugnar el alta?pedir una inacapacitacion parcial? Baja por la ss?
    Muchas gracias por tu ayuda
    Un saludo

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    1. Al margen de impugnar el alta -en la entrada explico cómo hacerlo- deberías plantear la posibilidad de solcitar la declaración de incapacidad permanente para tu profesión habitual....pero sin ver informes no puedo darte mi opinión.

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    2. Muchas gracias Miguel por tu respuesta, pero tengo una pregunta es posible impugnar el alta y solicitar la incapacidad al mismo tiempo?

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  42. Buenas tardes, estoy buscando información sobre como actuar en mi caso ya que es un poco complicado. Le explico por si me puede orientar un poco. El 04 de Noviembre tuve un accidente itinere que me costó el trabajo en el que estaba ya que cuando llevaba un mes de baja me despidieron. A partir de ese momento fue la mutua quien se hizo cargo de mi baja. Hoy me han dado el alta considerando que ya me encontraba plenamente recuperada pero la realidad es que me encuentro con dolores que me impiden realizar trabajos como estar con el ordenador ya que debido al accidente tengo una tendinitis en el hombro y esguince cervical. He visto que en el alta solamente hacen referencia al esguince cervical haciendo caso omiso del informe del hospital que me hicieron el mismo dia del accidente.
    Mi duda es que puedo hacer ahora mismo, ya que no se si puedo reclamar el alta o al no encontrarme en la empresa en la que estaba ya no puedo reclamar nada. En caso de poder reclamar, que pasos he de seguir y qué documentación tengo que presentar, ya que he solicitado el informe a la mutua pero me han comunicado que tardaran unos días.
    Quedo enormemente agradecida de antemano. Un saludo.

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    1. Sí, sí, debes impugnar inmediatamente el alta médica de la mutua. Acude el lunes al INSS y te informarán -es un procedimiento denominado revisión de altas médicas expedidas por las mutuas-. Aquí explico algo más, y más arriba tienes el formulario para descargarlo: http://miguelonarenas.blogspot.com.es/2014/07/disconformidad-con-las-altas-medicas.html

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  43. Buenas tardes Miguel. Queria pregubtarte por mi caso puesto que estoy bastante perdida. El 04 de Noviembre tuve un accidente itinere con el coche y fue culpa del otro conductor. Este accidente me costó el trabajo puesto que cuando llevaba un mes de baja me despidieron. Bueno pues yo tengo un parte de lesiones del hospital en el que se indica que tengo contusiones, una tendinitis en el hombro y esguince cervical. Me fui a la mutua y me dieron la baja. Ayer me dieron el alta médica alegando que ya no podian hacer nada mas para mejorar mis lesiones, ya que mi médico cree que estoy fingiendo los dolores. Sigo con un gran dolor en el hombro y en la zona de los omóplatos y en la parte inferior del cráneo. Estos dolores no me permiten hacer una vida normal por lo que me estoy planteando reclamar el alta. Me gustaría saber si puedo hacerlo y qué debo presentar y hacer ya que como te comentaba estoy bastante perdida en este sentido.
    Muchas gracias de antemano por tu ayuda.
    Un saludo

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    1. Claro que puedes impugnar!! sigue los pasos que aquí explicamos con el formulario que está enlazado.

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  44. Hola miguel
    Paso a explicarte mi caso en el año 2010 sufrí un accidente de caída por una ventana en mi trabajo acudí a la mutua la cual en un principio ni siquiera quiso atenderme y de pues de hablar por teléfono con mi jefa la cual llamo a la mutua por fin me atendieron y me mandaron hacer un tac.
    Me inyectaron y me dieron el alta.diciéndome de palabra que tenia una vértebra desplazada y me estaba pinza do un nervio.
    En el año 2011 volví a recaer y mediante escrito me verifican que tengo una vértebra desplazada pero a la vez pone Tac normal (cosa que no entiendo)actualmente el día 26 de enero 2017 vuelvo recaer y hasta hoy 5 febrero 2017 estoy de baja por accidente en la mutua ya me dijeron que ellos me trataban solo el dolor que el seguimiento de la lesión tendría que ser en la seguridad social que era degenerativo,lo comente con mi médico de cabecera y me dijo que claramente la mutua se quería desentenderse de mi caso.
    Mi intención mañana que tengo que acudir a la mutua y sigo con el pinzamiento continuo es impugnar la baja.
    ¿conviene poner hoja de reclamación en la mutua?
    Una vez presentada la impugnación se supone que la baja por accidente se subroga automáticamente aun asi¿tengo que ir al medico de cabecera a por la baja por contingencias comunes?
    Muchas gracias por adelantado por tu ayuda.

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    1. Es indiferente que tramites la hoja de reclamación de la mutua -no harán caso-.
      Una vez reclames no tienes obligación de reincorporarte al trabajo, y la baja méidica por contingencia común puedes hacerla o no -yo te aconsejo que sí lo hagas-.

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  45. Hola:
    Mi caso es el siguiente;
    Sufro un accidente de trafico trabajando el dia 23/12/2016, me tratan por la mutua y el dia 03/02/2017 me dan el alta. Fui tres dias a trabajar pero me resulto imposible. El dia 17/02/2017 voy al traumatologo y me manda una electromialgia, que descanse y no coja peso. Recurri el alta, el dia 21/02/2017 dictaminan dandole la razon a la mutua, me lo notifican el dia 03/03/2017. Ese dia me envia una carta la empresa diciendome que en 24 horas tengo que volver a mi puesto de trabajo, acudo al medico de cabecera y me da la baja por que ve que no estoy en condiciones de trabajar.
    Quiero interponer contra la resolucion una demanda como me indican en el escrito, para asi aportar los documentos de los especialistas.
    Los dias desde el 9/02/17 al 27/02/17, no me los ha pagado nadie ni mutua ni seguridad social ni empresa.
    No queda claro si tengo que reclamar cantidad a la mutua o la seguridad social, ya que cuando fui a la seguridad social el 06/02/2017, el medico de cabecera no me dio la baja por que el tenia muy claro que era derivado del accidente laboral, asi como el otorrino y el traumatologo. Mi sueldo era de 1036 euros brutos y he cobrado 270. La baja de la seguridad social comenzo el dia 28 de Febrero.
    ¿De que manera puedo actuar?, ¿Debo reclamar inicialmente a la mutua o la seguridad social cuando haga el escrito?
    Gracias de antemano por tu tiempo.
    Un saludo

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    1. Para reclamar el pago de esos días tienes que formalizar demanda contra el INSS, la mutua y la empresa solicitando la nulidad de aquel alta médica. La responsable del pago es la mutua.

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    2. Muchas gracias Miguel por tu tiempo.
      ¿Tienes algun formulario standar para este caso en cuestion o me valdria el de reclamar cantidad que tienes colgado en el blog?.
      Gracias por contestarme tan rapido.

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    3. No, no lo tengo colgado...lo siento.

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  46. Hola de nuevo miguel, me pedian un minimo de 200 euros por el escrito, he encontrado esto trasteando por la red, http://myslide.es/documents/demanda-al-juzgado-de-lo-social-para-impugnacion-de-alta-medica.html .
    Una ultima pregunta, demando a la mutua a la seguridad social y ¿a la empresa?, no veo mucho el sentido de denunciar a la empresa, ya que no me han puesto ningun tipo de impedimento al facilitarme el parte de asistencia para acceder a la mutua.
    ¿Debo de incluir en la demanda a la empresa?, si la incluyo se que abra represalias, solo si fuera extrictamente necesario la incluiria.
    Un saludo y gracias por tu tiempo.
    Espero que el link os pueda servir de apoyo para otras consultas.

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    1. Es necesario demandar a la empresa. EL formulario hace referencia a normativa ya derogada y es para impungar un alta médica...creo que no es válido.

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  47. Anónimo8/4/17 15:42

    Hola,Miguel!
    Nesecito tu ayuda,por favor!En marzo sufri un tiron en la espalda en el trabajo(mozo de almasen).La Mutua me dio de baja por accidente de trabajo por espasmo muscular, dolor en espalda,incluida la columna y las vertebras dolsolumbares.Me estaban tratando 1 mes y dolor suigue.Me han hecho resonancia magnética y tengo hernia discal y discopatia degenerativa en evolución.El medico de la MUTUA me mando a Servicio Publico de salud,con el motivo que no es una efermedad profesional.De acuerdo,pero sigue el accidente de trabajo que me provoco el dolor(llevamos peso ).EL dia suigente de la alta de la MUTUA,mi medico de cabecera me dio de baja,tengo dolor en la pierna,ando cojeando.El medico de cabecera me dio el formulario de solicitud de determinación de la contingencia de IT y la pregunta es que via escojer -solicitud de determinación de la contingencia o disconformidad de alta medica por la Mutua?. Mientras estaba de de baja ,se termino mi contrato y ETT no lo quería renovar hasta que no me recupero,entonses ahora la nueva baja la tengo que llevar el INEM,verdad?I otra pregunta-si solicito el disconformidad tengo que llevar en INEM la dicha solicitud como desempleda en este momento, y cuando tengo que solicitar el paro

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    1. - Llegados a este punto haz la determinación de contingencia.
      - Debes presentar la solicitud de pago directo de la nueva baja médica, ante el INSS o la mutua, según con quien haya cubierto la incapacidad temporal por enfermedad común tu empresa. Por tanto, hasta que no se produzca el alta médica no debes acudir al INEM -actual SPEE-.

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  48. hola q tengo que hacer .si no me encunentro bien .x la mutua no me da recaida graciaes

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    1. Pide al médico de familia que curse baja médica por enfermedad común e inicia procedimiento de determinación de contingencia.

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  49. Hola Miguel, he impugnado el alta de la mutua dentro del plazo establecido He leído que mientras dure el procedimiento sigo en situación de baja por la mutua por lo que seguiré cobrando, mi duda es cuando el Icass dicte resolución si confirma el alta de la mutua si yo tengo que devolver el dinero que he cobrado mientras dura el procedimiento, si es así no sería mejor coger la baja por la seg.soc.ya que mi dra.me la ha ofrecido, así de este modo por lo menos cobraría y no tendría que devolver lo cobrado por la mutua, u si sale a mi favor supongo que en la misma resolución se determina la contingencia

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    1. Sí, es aconsejable lo que planteas....pero tiene el problema que puede acelerarse el control de la baja médica y cursen alta médica por Inspección....creo que es mejor esperar a la resolución del INSS.

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  50. Anónimo5/9/17 09:17

    Hola gracias de antemano,hace 2 meses tuve una accidente de trabajo,lesionando me la rodilla.se me práctico una resonancia siendo estos los resultados.esgince grado 1 del ligamento colateral interno, distensión del retinaculo extensor medial de la rotula,ligera distensión de las fibras musculares distales del vasto medial,ligero derrame articular,y condropatia difusa grado 2 de la rotula,la y a día de hoy me sigue doliendo bastante la rodilla,sin poder hacer fuerza hacia el lado interno. He impugnado el alta mi pregunta es que debo hacer ahora.gracias

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    1. Espera a la resolución del INSS. Si es negativa acude a tu médico de familia para que curse baja médica e inicia el procedimiento de determinación de contingencia. Aún es pronto para valorar posibles secuelas.

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  51. Buenas tardes, el día 6 de octubre la mutua laboral me dio el alta médica sin estar bien, la impugne y hoy, por fin, he tenido la primera visita en el ICAM. El médico del ICAM me ha dicho que lo más seguro es que me den el alta.
    Mi gran preocupación, a parte de tener que empezar a trabajar sin estar bien, es que desde que me dieron el alta hasta el día que ICAM me diga que efectivamente estoy de alta quién asume estos días que no he trabajado? Lo tengo que pagar yo? Me lo descuentan de la nómina directamente como si fuera una baja por enfermedad no laboral? Es la mutua laboral quien me lo puede reclamar? Estoy muy perdida...
    Muchas gracias por su respuesta.

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    1. Depende. Has de esperar a la resolución del INSS, que puede ratificar el alta médica y la fecha de efectos, o prorrogar hasta la resolución denegatoria. Aunque últimamente están actuando de acuerdo a la segunda posibilidad.

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  52. Buenos días, yo en su día impugne mi alta médica por baja laboral y el ICAM, aunque no estoy bien, le ha dado la razón a la mutua y me dan el alta. Según tengo entendido la mutua me puede reclamar estos días que he estado pendiente de la resolución del ICAM. Me gustaría saber de qué cantidad estamos hablando. La mutua me puede reclamar el 100% de mi sueldo en estos 15 días o más que ha tardado la resolución?
    Creo que es una vergüenza como nos tratan a los trabajadores, palabras textuales del médico del ICAM: "aunque no estés bien, independientemente de lo que trabajes, te doy el alta porque no estás lo suficientemente grave como para seguir de baja y si ves que no puedes trabajar, vuelve a que te den la baja". Es una vergüenza, dan altas sabiendo que el trabajador no está bien.
    Bueno, gracias de antemano por su respuesta.

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    1. Pero ¿qué fecha de efectos ha determinado el INSS en su resolución?

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  53. Hola.
    El día 30 de Noviembre la mutua meda el alta por accidente de trabajo.
    El dia 1 de Diciembre reclamo al inss, hoy día 22 aun no me ha contestado.

    El medico de cabecera me ha dicho que según normas de la inspección de la seguridad social para darme de baja el con carácter retroactivo desde el día 1 de Diciembre tengo que hacer un escrito a la inspección de la s. social para que se lo autoricen en caso que la resolución del inss sea negativa, el me da la baja pero no con tanto retraso.
    No la solicite al medico de cabecera el mismo día 1 para que según entendi no tener 2 procesos al mismo tiempo que luego se podria pedir por contingencias...

    La verdad estoy preocupado y hecho un lio, no responde el inss y como no me de la razón voy a perder dinero y esto se prolonga mucho¡¡.

    Qué recomiendas que haga?.
    Gracias por tu respuesta de antemano.

    Felices Fiestas y a tod@s los lectores del blog ¡¡

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    1. Hiciste lo correcto, no te preocupes, has de esperar la resolución del INSS. En todo caso acude al propio INSS para saber en que punto está el trámite de la reclamación. Felices Fiestas a tí también.

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    2. Hola Miguel. Gracias por tu respuesta.

      Al final el día 2 de Enero consigo personalmente en el INSS que me den la resolución, que aparece desde el día 28 de diciembre. Dando el alta con fecha que dio la mutua. Ayer día 10 me llega notificación certificada¡¡.

      Ese mismo día 2 el doctor de cabecera me da baja, se ve que el código de la baja o motivos coinciden con el alta de la mutua¿?? y me llaman del trabajo que la inspección a denegado la baja por la resolución del inss??.

      El caso es que la baja principal de la mutua era sinovitis muñeca y mano.
      Durante la rehabilitación a los 2 meses se me hinchó la zona y el doctor de la mutua me dice que eso es un ganglion y es de la sgss, aun asi me hacen una resonancia por fin ¡¡¡ y me manda al traumatólogo que me opera y desde ese momento pone el motivo de baja (que fue accidente de trabajo ) "Ganglion ¡¡.

      El doctor de cabecera puso en diagnóstico.- Tendinitis: Ganglion y quiste de sinovia, tendón y bolsa. Código CIE-9 MC: 727.4

      Pues según inspección esa baja esta anulada.(comunicada por mi empresa via telf.)

      Segun inspeccion es por motivo parecido a la baja que tuve con la mutua.

      Corriendo expuse ayer el caso al doctor de cabecera y me ha hecho con caracter retroactivo desde el día 2 otra baja cambiando el motivo (aún que a el no le salia por ningún sitio esa resolucion de denegación ni yo tampoco personalmente), vamos que anula la primera y hace otra con diagnostico.-- Tendinitis: Sinovitis y tenosinovitis y en descripción, inflamación.

      La verdad no comprendo todo esto, he hecho bien solicitando el cambio de diagnóstico? pueden empecinarse el inss y volver a anular?,y atengo citas para pruebas etc. No comprendo y no se como poder actual ante tamaña injusticia.

      Un saludo y gracias de antemano.

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    3. Bien por la actuación de tu médico. Ahora lo que debes hacer es iniciar ante el INSS un proceso de determinación de contingencia.

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  54. Hola mi marido sufrio un accidente laboral el dia 7 de noviembre , se le cayo una escalera telescopica en el pie.Debido a ello sufrio un edema .Le hicieron una radiografia tanto en el hospital de la ss como en la mutua y le dijeron que no tenia nada roto.Le tuvieron 3 dias de reposo y luego comenzaron a darle rehabilitación aun teniendo el edema y dolor en los dedos .La fisioterapeuta al verlo le dice que no le va a tocar mas ese pie y pide que le hagan una ecografía, cuando llega el resultado de esta le dicen que no se ve nada debido a la inflamación y que la ecografa del hospital privado le manda a hacer un Tac .Sin haber llegado el resultado el dia 12 de diciembre le dan el alta .Ese mismo dia por la tarde acude a urgencias de la ss y un traumatólogo le dice que tiene un edema y le manda reposo 2 o 3 dias y que vuelva a la mutua, asi hacemos al dia siguiente y nos dicen que tenia el pie hinchado por haber empezado a trabajar y que era normal.Pero al decirle que no era asi salio con que no estaba tan hinchado, y poniendo mil excusas mas .El dia 18 de presentamos la disconformidad en la ss aportando todo lo que teniamos incluido el papel del hospital de la ss.Nos guataria saber si tienen que pagarle la mutua o no le pagaran hasta que llegue la resolucion.Muchas gracias por tu ayuda

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    1. No sabremos si cobrará hasta que el INSS emita resolución. Hay que esperar.

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  55. Hola Miguel a mi pareja le han dado el alta porque dice que no le encuentran y a él le sigue doliendo pero las pruebas creo que aparece algo pero tampoco como no soy médica no lo entiendo pero vaya que a él le sigue doliendo le han dado el alta y lo que no ha aconsejado el médico que vayamos a impugnar el alta al se Seguridad Social pues hemos ido lo hemos impugnado ahora bien que tenemos que esperar sin cobrar nada o puede echar de mientras el paro agrario y si le dan la razón luego se devuelve el paro o como gracias

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    1. Me faltan datos, ¿es un alta emitida por la mutua o por Inspección Médica?

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  56. Buenas tardes,

    Llevo casi 365 días de baja por un accidente de tráfico yendo al trabajo. Que ocurre cuando se llega a esos 365 días? Se sigue de baja laboral por la mutua?

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    1. Deberás ser evaluada por los servicios médicos del INSS -en algunas comunidades autónomas realiza esa evaluación la Inspección Médica, como en Catalunya, que lo realiza el ICAM/SGAM- y entonces decide aquella entidad gestora:
      1. Alta médica (extinción IT).
      2. Inicio de expediente de incapacidad permanente.
      3. Prórroga de la situación de IT hasta un máximo de 180 días -prolongar la baja médica, para posteriormente volver a evaluar al trabajador-.
      Recibirás una resolución administrativa al respecto y si se produce la opción 2 ó 3, deberás tramitar en la mutua el pago directo de la prestación.

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    2. Gracias por tu respuesta. Quería hacerte una pregunta: en caso que el ICAM me prorrogue la baja, las visitas de seguimiento y tratamiento quien la hace el ICAM o la mutua de trabajo?
      Muchas gracias

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    3. La mutua, pero finalmente volverás a pasar por el ICAM.

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  57. Hola buenas
    Verás el día 2 de marzo de 2018 me dan el alta medica la mutua (después de un accidente laboral en septiembre de 2017, con 3 operaciones)impugno el alta y me dan la razon pero mientras solicité los 4 meses que tenía de paro, al darme la baja otra vez , la mutua me pagó todo el mes de marzo, pero ahora el 10 cobraba el primer mes de paro, tendría que devolverlo al SEPE ?un saludo

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    1. Sí, así es. De hecho el SPEE revocará el derecho que te reconoció y te pedirá que devuelvas las prestaciones de desempleo. Eso sí, si se produce una nueva alta médica tienes derecho a solicitar nuevamente el desempleo completo.

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  58. Buenas tarde me acidente trabajando en julio se me rompio el tendon del hombro a los 3 meses me operaron ahora tengo capsulitis brazo derecho el isquierdo de sobrecargarlo 9 meses tengo rotura parcial mas del 50 % la mutua no se hace cargo me mando al medico de cabecera yo entiendo que es la mutua la que me lo tiene que tratar es por sobre uso ya que el derecho no lo puedo usar que debo hacer muchas gracias

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    1. Tienes que iniciar un procedimiento de "determinación de contingencia" -en el blog hay una entrada explicando el proceso, que es muy sencillo-. Además si tienes una actividad de esfuerzo y exigente con las extremidades superiores es muy factible que puedas conseguir una pensión por incapacidad permanente.

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  59. Hola miguel estuve de baja laboral desde el 8 de febrero con la mutua y eo dia 6 de marzo mi mandado la mutua para hacer una reconancia el dia 7 tinea el proximo revision el dia 15 de marzo mi acude la mutua el dia 15 de narzo para ver el resultado de la reconancia mi han modifecado el parte de baja de corto alargo porque tengo las vertevras c3 c4 c5 c5 muy desgastadas y mi dejo la mutua eso muy linto para recuperar y min handado cita el dia 30 de marzo ira un vernes santo mi acude a la mutua estaba cerada y mi fue el lunes el dia 2 de abril mo dejeron que man dado alta el dia 21 de marzo por incomparecencia y mi recibo el alta el dia 3 de abril echo el impugnacion de alta ante lanmtua en el inss antes depues de una semana mi an llamado el inss mi dado cita mi fue mi hasvisto la doctora mi echo otro informe i mo dejo vamos astudiarlo y ti vamos amandar una carta o sms y me dijo que vamos a nular la alta de el dia 21 de marzo y la verdad no se lo que va apasar mucha gracias

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    1. Habrá que esperar a la resolución. Espero que sea positivo.

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  60. Buenas tardes, Miguel,
    Quería hacerte una pregunta, estoy apunto de hacer los 365 de baja laboral por accidente de trabajo, en caso que el ICAM me prorrogue la baja, las visitas de seguimiento y tratamiento quien los hace el ICAM o la mutua de trabajo?
    Muchas gracias

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    1. Seguirá realizándolas la mutua, aunque finalmente te remitirá al ICAM/SGAM.

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    2. Buenos Días; he estado de baja por enfermedad laboral por 18 días, ayer el medico me da el alta después de una resonancia que no entiendo porque reconoce que no debo ir a trabajar pero me da el alta medica, y yo no puedo ni estar mas de pie mas de tres minutos continuos sin que me venga un dolor insoportable, de hecho ayer por la noche fui a urgencias hoy avise a mi jefe que no podría ir a trabajar pues hoy ya debería haberme presentado a mi puesto. QUE PUEDO HACER

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    3. Seguir el procedimiento que explico en esta misma entrada. Pide ya hora (cita previa) con el INSS y solicita por escrito a la mutua copia de tu historia clínica (si no te la entregan han de sellar tu escrito de solciitud). Hasta que la seguridad social no resuelva no deberás reincorporarte....pero tienes que hacer los trámites YA.

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  61. Anónimo8/6/18 17:56

    A 13 días de hacer los 12 meses de baja laboral, la mutua me ha dado el alta médica.
    Yo continuo con mareos e inestabilidad.
    Hasta el 03/04/2018 no me han diagnosticado Vértigo posicional paroxístico benigno postraumatico y ahora que tenemos un diagnóstico y hemos empezado el tratamiento, me dan el alta sin estar bien.
    He ido al INSS y he solicitado la revisión del alta médica, he aportado todos los informes médicos.
    Ahora estoy a la espera de lo que diga el INSS.
    Si el INSS ratifica el alta de la mutua, que puedo hacer? Mi doctora de cabecera puede darme otra baja o como llevo tanto tiempo de baja ya no puede?

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    1. Hay que esperar a la resolución, claro...pero sí, podrías acudir al médico de familia para que te diese una nueva baja médica.

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  62. Buenos dias, Me dieron el alta pero al no encontrarme en condiciones para trabajar puede que me despidan.Si impugno el alta en la mutua me pueden despedir do todas maneras? Lo que mas me interesa es volver a estar bien

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  63. Hola, buenas MIguel. Tengo un trabajador, al cual la mutua le dió de alta médica por accidente laboral. El trababajador impugno el alta al dia siguiente, y no se incorporó a trabajar. Hable con la mutua, y me aconsejaron no aplicar subsidio alguno en las cotizaciones, ya que si saliera favorable a favor de la mutua, tendría que devolverlo. Finalmente la resolución ha sido favorable a la mutua, y la fecha efectos del alta es desde que la emitió la mutua. Justo, con la resolución, finalizaba el contrato del trabajador a. Tengo que abonarle al trabajador por el tiempo que ha estado ausente, 2 meses, tiempo que ha tardado el inss en resolver???, sí le he abonado en el finiquito su indemnización y los diás de vacaciones no trabajados. Muchas gracias.

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    1. Pues la mutua está en lo correcto...si se ha confirmado como fecha de efectos la del alta médica, no corresponde subsidio.

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  64. Hola, le explico. He impugnado el alta médica de la mutua, pues sigo con dolores de cuello, que apenas me dejan dormir. Ayer presente la impugnación y ahora quién me receta la medicación para los dolores, hasta que responda la seguridad social. Gracias

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  65. hola he presentado una solicitud de alta medica sin el historial clinico de la mutua ni solicitud de historial pero si con toada la documentacion de baja alta y medicacion y parte de urgencias de accidente laboral, en el inss me dijo quien me atendio que estaba bien,que le diera toda la documentacion que tuviera y en la mutua solo me dieron los partes debaja alta y tratamiento,es correcto? Muchas gracias

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    1. Sí, no te preocupes, ahora te tiene que citar la seguridad social a una revisión médica para determinar si el alta médica fue correcta o no.

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    2. Muchisimas gracias,tengo un a pregunta mas ,esto me ha ocurrido en mitad de un contrato indefinido temporal a traves de una ett(a mediados de semana santa en el lugar donde he estado trabajando me dijeron que mi contrato lo habian cambiado de 35 a 40 horas y que le debia horas a la empresa asi que tuve que trabajar mas de 10 horas sin descanso varios dias y me lesioné,una vez de baja, fui a la ett y era cierto, me habian cambiado el contrato sin aviso asi que firmé el cambio de horas osea otro contrato)ahora me han llamado de la ett y me han dicho que mi contrato se ha terminado el dia 30 de abril y a que vaya a firmar unos papeles con los cuales ya se ocupa la mutua y que yo ya estoy desempleado,es esto correcto también?
      Para los dolores estaba pensando en ir a urgencias porque es que estoy rabiando pero he leido en un comentario anterior que pida cita con mi medico de familia asi que eso voy a hacer.Muchas gracias

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    3. Sí, es correcto -lo de los "papeles" para firmar para la mutua- es el trámite del pago directo de la baja médica.

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  66. Hola Miguel: antes de nada felicitarte por tu ayuda a quienes tenemos tantas dudas. Te cuento mi problema. Después de sufrir un accidente no laboral me fracturé tibia, peroné y me rompí los ligamentos en septiembre de 2017. Tras todo el proceso médico y al cumplir el año y medio de baja, el Tribunal médico me da el alta un jueves de Febrero de 2019. Hasta ahí todo el proceso lógico (aunque las secuelas y la osteosíntesis de tobillo me inmovilizan el pie). El caso es que ese mismo jueves recibo llamada del hospital para ingresar el lunes siguiente y pasar por quirófano el martes. Es decir, estuve de alta tres días (incluyendo sábado y domingo). En el hospital me hicieron una baja médica y mi médico de cabecera ha ido haciendo los partes de confirmación sin problema, y yo los he entregado puntualmente pero la empresa no me paga porque declara que la baja no es válida. Aún sigo haciendo rehabilitación y espero acabar pronto, pero no sé qué hacer.
    Muchas gracias de antemano. Un saludo

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    1. Porque la empresa entiende que es el INSS quien debe declarar la efectividad económica de la nueva baja médica. Presentad un pequeño escrito en el INSS junto con la nueva baja médica y algún informe médico reciente y pide que se pronuncien expresamente sobre "la efectividad económica de la nueva baja médica".

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    2. Gracias, así lo he hecho y efectivamente la empresa reconoce la baja como nueva y con derecho a prestación. Ahora espero que el tema económico se arregle pronto. gracias de nuevo.

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  67. Hola . Inpugne el alta emitida por la mutua el 18 de octubre de 2019 y la resolución me llego el día 25 de noviembre. Con fecha de la resolución el 19 de noviembre. Dando efecto la resolución del inss ala fecha dada el alta por la mutua . La empresa me pagó esos días el día 3 de diciembre me despiden en mi empresa. Tengo que devolver el dinero percibido en el trankte de la inpugnacion de alta emitida por la mutua?? En la resolución del inss no indica que tenga que devolver ninguna cantidad percibida y hace un mes ya de la resolución y la mutua tampoco me está reclamando nada.que ocurre en este caso tengo que devolver el dinero percibido ?? Gravias

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    1. No tienes que devolver nada, tienes derecho a percibir el subsidio hasta la fecha de notificación de la resolución administrativa.

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  68. Hola Miguel gracias por contestarme entonces no tengo que devolver nada de lo que me pagaron mientras el inss resolvió el alta a favor de la mutaa no le debo ningún dinero ni ala mutua ni ala empresa.aunque la resolución ee inss diera efecto ala fecha dada en su día a el Alta de la mutua?? No me lo reclamaran esos 31 días no?un saludo

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  69. Hola buenas noches estuve de baja 2 meses y medio por una epicondilitis con rehabilitación y tres infiltraciones el día 12 me dieron el alta solo justo un mes después de las infiltraciones y nada no me han hecho nada sigo teniendo mucho dolor y sin saber que podía impugnar el alta me incorpore a trabajar, trabaje 2 días y cogí una semana de vacaciones que tenía del año pasado, ahora llevo ya esta semana trabajando pero sigo con mucho dolor y la mutua no acepta que sea una recaída que no lo es és que ya no estaba bien cuando me dieron el alta, mi pregunta es como impugnar el alta o que debo hacer

    Gracias

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    1. Ahora lo que te recomiendo es que causes baja médica con tu médico de familia, por el tiempo que sea necesario, y que acudas al INSS inmediatamente para iniciar un procedimiento administrativo de determinación de contingencia.

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  70. Hola, tuve un accidente laboral y me fracture la a pelvis, he Estado de baja por la Mutua tres meses aproximadamente. Me dan de alta para trabajar aunq quieren q siga en rehabilitación.El inconveniente es que mi trabajo es de Bombero y Aunq el hueso este consolidado persiste el dolor al desempeñar ciertos movimientos,me indican q se ve hematoma residual derivado de mi fractura,He avisado en mi empresa d mi disconformidad,con el alta, y m comentan q tengo q poner una reclamación en la mutua y dirigirme a la S. Social para q m den la baja. Bien, pues en la mutua cuando he ido no saben ni tienen formulario. Como se hace??? Hay plantillas y si el médico de cabecera no m da la baja? No creo q necesite mucho tiempo pero no me quiero incorporar sin encontrarme bien. Se puede pedir revisión y aplazar el alta.

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    1. Sí, te han aconsejado lo correcto. Presenta inmediatamente el formulario siguiente en el INSS y se prorroga la situación de baja médica -aunque tiene matices-.

      https://sede.seg-social.gob.es/wps/wcm/connect/sede/075998a7-fe47-41ff-995b-c7cd44fa6cec/C-062_Castellano_v4_0.pdf?MOD=AJPERES&CVID=

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  71. Hola Miguel ,buenas tardes , el día 10 impugne alta de mutua por accidente laboral , ma habían dado 4 días de baja por lesiones en pierna y un esguince , la duda que tengo es que hoy día 14,sábado , me pasa sms mutua para cita el lunes a las 11 ,estoy obligada a ir ? Es manera de informar por sms ? O tengo que esperar a resolución del INSS ? Aparte creo que hay establecidos por el insss los días de baja por cada lesión y por esguince creo que mínimo son 15 aunque igual estoy equivocada, gracias un saludos

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    1. Una cosa es la duración objetiva de una baja médica, y otra cosa es lo que debe durar realmente el proceso, que puede ser mayor o menor. Quizás no sea la forma más oportuna de citarte, en eso tienes toda la razón.

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  72. Hola Miguel,el día 30 me dieron los de la mutua el alta medica y quiero impugnarla via telematicamente por el estado de alarma no esta abierto el inss y no se como hacerlo en que sección hay que entrar? Y por otra el tiempo que pasa hasta que me den la resolución porque en esta situación en la que estamos van a tardar un montón porque las revisiones medicas estan paralizadas, quien me va a pagar voy a cobrar algo ? Porque soy autónomo y no tengo ningun ingreso,muchas gracias ,saludo.

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    1. Entiendo que eres autónomo pero la baja era por accidente de trabajo. Tienes que impugnar, claro, por esta vía:

      https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/CiudadanoDetalle/!ut/p/z0/rY_BCoJAFEV_RRcu640ahkuJEEuhCMlmIw9ntKmYUWeSPj9tm7RqeQ-Pc-8DCgVQiYNo0Agl8THmCw1K3w1WbkjcNCbJlkR5ts9D_-jHiQsnrmEH9MeRF0wWr882WQO0RXNdCFkrKAbsBVZjj8W4xdAoDQXx5ihcxK3raAS0UtLwl4FCc8bLT5KCKe2QCTikEk-GDOVEvk0OmfX_3j8--ccBQmpdekt_De09Ph_SOtORbb8BJmrAsA!!/

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  73. Hola Miguel, la mutua me dio el alta la semana pasada tras 11 meses y sigo sin estar recuperado. La impugné en tiempo y forma a pesar de la situación del covid por lo que se entiende prorrogada la baja. Pues bien, la empresa me ha abonado solo medio mes diciéndome que al estar de alta ya he pasado al erte y ya me pagará el SEPE. Al estar impugnada deben seguir abonándome la IT y además a mi no me han notificado el ERTE, qué soluciones ves a esta situación? me espero a la resolución y en su caso pido baja por contigencias comunes? que consecuencias tiene el no notificarme el ERTE además de no cobrar casi seguro? si recibo dinero del SEPE entiendo que es indebido pues la obligación de pagarme es la empresa al estar impugnada el alta, no? gracias.

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  74. Tienes razón en cuanto a que al impugnar el alta médica, se prorroga la situación en IT. El problema es que la resolución del INSS puede confirmar el alta y entonces no se extiende al periodo de reclamación -aunque sí estaba justificada la no reincorporación-. Tienes que esperar a la resolución del INSS y entonces:

    1) si anulan alta médica, no te afecta el ERTE y sigues cobrando la baja médica.
    2) si confirman el alta médica, tienes derecho a percibir el desempleo extraordinario.

    Me sabe mal, pero tienes que esperar....

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  75. Buenas.
    Mi caso es que tuve un accidente de tráfico in itinere, alcance por atrás cuando estaba parado en semáforo. Me atiende la mutua de una cervicalia dando calor y 5 minutos de masaje y como sigo con mucho dolor me hacen resonancias y me indican cambios degenerativos supuestamente anteriores al accidente, aunque yo antes de él no tenía ningún dolor ni molestia.
    La mutua me da el alta por una mejoría que no existe antes del estado de alarma y yo la impugno pero antes de la revisión del inss se aplaza todo por el estado de alarma. La semana pasada el inss me cita y paso la inspección y aunque aun no recibí la resolución me acaba de llamar hoy la mutua para una nueva valoración del médico de la mutua que me trato. He llamado al inss y me confirman que la resolución me la mandaron por carta y debo estar a punto de recibirla y que es favorable a mí, anulando el alta de la mutua y prorrogando la baja.
    Ayer he ido a la cita de la mutua y me atendió el mismo medico, me ha explorado durante un par de minutos y luego le ha pedido a la enfermera que me hiciera unas radiografías. Me ha dejado dolorido y tuve que tenderme en la camilla unos minutos y antes de que viera las radiografías ha llegado el médico con el parte de alta.
    No salía de mi asombro, el inss impugno su alta anterior y vuelve a darme el alta después de una exploración sin nada más.
    -me ha indicado que tenía instrucciones de revisarme y lo ha hecho y entonces me vuelve a dar el alta con el mismo criterio que me dio el alta anterior, además como el mismo dijo, ahora pasaron más de 3 meses de reposo por lo que tengo que estar mejor!
    ¿Puede darme el alta inmediatamente después de que el inss anule la anterior sin haberme realizado ningún tratamiento para solucionar mis problemas y dolor?
    en el parte de alta pone por mejoría, ¿que mejoría?
    – Puedo denunciar al médico por faltar a la verdad y trato no profesional?
    Debo volver a impugnar?
    Hable también con la directora de la mutua y me ha indicado que ella no se puede meter en el criterio medico del doctor pero se compromete a que si después de volver a impugnar ante el inss si vuelven a anular el alta de la mutua me citaran con otro doctor, tal y como dice la directora por falta de empatía con el que me venía llevando.

    Muchas gracias por su atención.

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    1. Está claro que "van a por tí". Sí, lo que debes hacer es volver a impugnar de la misma forma que hiciste antes esta nueva alta médica. Intenta conseguir, ya sea de forma privada o a través de tu servicio público de salud, informes médicos que acrediten que la dolencia está latente.
      No sé si servirá de mucho, pero puedes denunciarlo al colegio de médicos de tu provincia.

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    2. Acabo de recibir hoy dia 29 la resolucion del inss en la que determinan que la fecha de efectos del alta medica es el 23 de julio no siendo coincidente con la fecha de alta medica de la mutua que era del 10 de junio y que se considera extinguido el proceso de incapacidad temporal derivado de contingencias profesionales.
      si no estoy conforme puedo presentar demanda ante la via jurisdiccional en el plazo de 20 dias.

      Que deberia hacer?

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    3. 1) Si tienes contrato en vigor, aquí te dejo los siguientes consejos: https://miguelonarenas.blogspot.com/2013/05/consejos-para-reincorporarse-al-trabajo.html

      2) Si no tienes contrato, acude inmediatamente al SEPE para solicitar la prstación de desempleo

      En cualquiera de los dos casos puedes plantear la demanda, pero no sé decirte si vale la pena o no, me faltan datos para valorar.

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  76. Hola don Miguel perdón por molestar pero quería saber si opinión sobre este tema yo tuve un accidente de trabajo por el cual en una caída tuve un traumatismo craneal y a raíz de eso en menos de 24 h empecé a perder la visión nítida de mi ojo izq ,el tema es el siguiente mi mutua me da el alta como curación con secuelas haciendo caso omiso al diagnóstico de el neurólogo que me trató diciendo este que es una amaurosis retrobulbar postraumatica y poniendo en el parte de alta de la mutua que es una neuritis óptica resuelta en el primer mes de tratamiento ,yo a día de hoy sigo sin tener imagen de mi ojo tan solo veo luz y nadie me da una solución ,poco más que llamarme mentiroso les quedó en el tintero ,no se como una mutua puede pasarse por el forro el diagnóstico de un especialista al que me derivan ellos y poner en su defecto el que les viene en gana yo ya no se que hacer me dieron el alta estando en tratamiento psiquiátrico por culpa de mi accidente y además siendo la empresa condenada por inspección de trabajo.sin más espero su humilde opinión y gracias por todo un cordial saludo

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    1. Al darte el alta con secuelas, se emitirá resolución con el derecho a percibir una pequeña indemnización. Se trataría de unas "lesiones permanentes no incapacitantes". En cuanto recibas esa resolución contacta con la mutua para cobrar ese dinero. No obstante, aún cobrando, puedes reclamar contra dicha resolución, solicitando una incapacidad permanente, ya sea la total -con derecho a pensión- o la parcial -indemnización de 24 mensualidades-. Piensa que también tienes derecho a solicitar ser indemnizado por tu empresa -o su compañía aseguradora- como consecuencia de los daños derivados del accidente.

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  77. Buenas Miguel,
    Voy a intentar ser lo mas breve posible, tengo un par de dudas por si me pudieras ayudar con tu experiencia.
    Me dieron el alta en la mutua y por supuesto que la voy a impugnar, pero veo que en el documento que hay para cubrir dice que se podrá solicitar el tramite a través de la sede electrónica de la seguridad social. Sin embargo yo no soy capaz de encontrar dicho procedimiento (https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RegistroElectronico/TodosLosTramites), tu sabrías indicarme donde esta?. Es que no tuve forma de que me cojan el teléfono en el inss.
    Lo otra duda es que, a mi al dejar de atenderme durante el tiempo que dure la reclamación, la medicación sigo necesitándola y supongo que tendré que pedírsela al medico de familia pero puedo luego pedirle a la mutua que me pague el dinero que me cuesten dado que no son pocas las pastillas que tomo?
    Gracias de antemano y un saludo

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    1. Te comento:
      1. La reclamación puedes hacerla incluso a través del servicio de Correos o por este link: https://w6.seg-social.es/ProsaInternetAnonimo/OnlineAccess?ARQ.SPM.ACTION=LOGIN&ARQ.SPM.APPTYPE=SERVICE&ARQ.IDAPP=FRCOGENE&ORGANISMO=I
      2. Sí, si te estiman la reclamación pide a la mutua que te paguen la medicación.

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  78. Buenas de nuevo, gracias por contestar tan rápido.
    Espero tener suerte y que la mutua se de cuenta, no solo porque el inss me de la razón, que cometió un error y intenten solucionar el problema que al final es lo que todos deberíamos querer.
    Sin embargo, me cuentan un caso que me puso a pensar y me genera dudas, resulta que a otro trabajador de mi empresa le dio la razón el inss en la reclamación, volvió a la mutua y a los pocos días de volver le dieron de nuevo el alta...... por no andar en líos, no reclamo mas y esta trabajando aguantando malamente.....
    Ese no va a ser mi caso, no pienso aceptar nada que no sea poder realizar mi trabajo al 100%.
    Que opciones hay en caso de que me pasara algo similar?????

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    1. Pues desgraciadamente, yo también he visto casos como el que mencionas...solo quedan dos opciones:
      1. Nueva reclamación contra el alta médica.
      2. Solicitar la baja médica al Dr. de Familia y solicitar la determinación de contingencia.

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    2. Buenas Miguel,
      Lo primero comentarte que me dieron la razón y la mutua tuvo que volver a atenderme. Lo de volver a atenderme es un decir porque noto el ambiente muy raro. He podido averiguar que ellos lo que pretendían era pasarle el marrón a la seguridad social y al medico de familia para que dejara de ser por contingencia profesional puesto que mis problemas dicen que son desgaste.....
      Que me recomendarías hacer si vuelven a darme el alta sin estar bien? la opción de la reclamación o baja en medico de familia y que luego discutan entre ellos quien paga.....

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    3. Reclamar contra el alta médica!.

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    4. Buenas Miguel,
      Tristemente, mes y medio después de nuestra ultima comunicación, muy a mi pesar puedo asegurar que lo que ya por aquel entonces comentaba de un ambiente raro, se ha convertido en una autentica pesadilla. Citas cada 2 semanas con la doctora, viajes a fuera de la provincia a visitar supuesto especialista que ni 10 minutos estuvo conmigo y que no hizo nada nuevo.
      Dando a entender que me quejo pero que en la resonancia no sale nada......, cuando tengo traumatólogos que con dichos resultados de resonancia dicen que la única solución que pondría solución definitiva a mi problema seria operar.....
      A nivel medico estoy valorando seriamente pedir el alta y irme al medico de familia a que me de la baja. A mi entender (poco porque es la primera vez que me veo en una de estas), no seria buena idea porque la mutua se supone que debería ser mas ágil realizando pruebas y practicando tratamientos pero como te decía en mi caso no esta siendo así y desde que "gane" la impugnación del alta no hubo nada novedoso. Lo único que se hizo (infiltraciones) las pague de mi bolsillo en el traumatólogo que me busque cuando me dieron el alta que luego impugne.
      Hay algo en la parte jurídico administrativa que pueda hacer????

      Un saludo y como siempre gracias.

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    5. Me es complicado poder decirte algo al respecto que pueda ser efectivo... Quizás lo que señalas, pedir el alta voluntaria y acudir a tu médico de familia. No obstante, creo que deberías presentar una queja formal en la mutua.

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  79. Buenas Miguel,
    Gracias de nuevo y perdona que te consulte tantas dudas, de verdad que eres un crack. Nunca me vi en una de estas y por tanto no conocía tu blog, pero que sepas que tienes un seguidor mas en mi. Desde el Viernes esta en mi barra de marcadores.....
    Veras, me comentan que ahora mismo con la situación del covid no están mandando a nadie a la valoración (al menos aquí en Galicia) y que se basan en los informes médicos que presentas para tomar la decisión, en base a esto tengo otra duda, perdona que incordie tanto pero mi cabeza no para de pensar.....y eso que muchas ya las resolví gracias a las respuestas que diste a otros usuarios.....
    ¿Puedo adjuntar a los documentos uno hecho por mi mismo donde exponga que me dieron el alta y el mismo día me dieron una cantidad importante de recetas de medicamentos para 15 días? Por supuesto incluiría fotocopias de dichas recetas......
    En mi opinión, es una prueba mas de que me dieron el alta sin estar completamente curado, pero sin que me llamen a valoración no se como exponer este hecho, solo con las fotocopias de las recetas pienso que no van a saber que hace eso ahí.....

    Saludos
    David

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    1. Es complicado que eso conste en tu historia clínica, pero tienes dos opciones:
      1. Remitir el escrito y la documentación al INSS junto con la reclamación.
      2. Hablar con tu Médico de Familia para que lo incorpore en la historia clínica.

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    2. Buenas Miguel,
      Ya tengo todo en marcha, gracias por la ayuda. Me gustaría comentarte para que quede reflejado en el blog y así poder ayudar (a mi me ayudo leer las preguntas y tus repuestas para resolver muchas de las dudas que yo tenia), que cuando quieres exponer algo como lo que te comentaba de las recetas de medicamentos o cualquier otra cosa que consideres sirve para poner en duda el alta de la mutua, efectivamente como me comentabas puedes hacer un escrito dirigido al inns, firmarlo y entregarlo en el mismo momento que el resto de los documentos.
      Ahora toca esperar, pero como el que espera, desespera, me pregunto:
      ¿Sabes si hay alguna forma de realizar seguimiento del proceso (sede electrónica)? o ya hasta que el inns resuelva no se sabe nada de nada......
      Saludos

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    3. En peticiones genéricas creo que no se puede hacer un seguimiento y hay que esperar a que resuelvan...no puedo concretarte más....

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  80. Buenas Miguel,
    Como a mi me ayudo y mucho leer tu blog, así como también las preguntas y respuestas de esta entrada, me gustaría actualizar la situación. Luego también me gustaría plantear una duda....
    En cuanto a lo que comente en una pregunta anterior, que por la situación del COVID no llamaban al EVI a nadie, tengo que decir que me aseguran que estaba siendo así hasta hace poco, a mi si quisieron verme y el pasado Jueves pase por el "tribunal medico".....
    De todas formas tengo que decir que lo único que me hicieron fueron preguntas, ni me tocaron, es mas, si por comodidad de postura me echaba hacia delante en la silla, me llamaban la atención, y eso que estaba a 3 metros o así .......

    Por otro lado, yo como no puedo perder el tiempo en estas historias, dado que mi principal objetivo es recuperarme y volver a mi vida normal, me busque un traumatólogo privado (de pago vamos) y que tuviera buenas referencias. Lo encontré y resulta que el tratamiento que estaba llevando en la mutua, no solo no me beneficiaba, sino todo lo contrario. El diagnostico era erróneo y me tenían polimedicado sin sentido, además de que los ejercicios de rehabilitación, lejos de ayudar estaban empeorando la lesión.
    Se puede pedir responsabilidades a la mutua por esta situación?
    Si el inss me da la razón y tengo que volver con ellos, hay alguna forma de obligarlos a que el tratamiento sea el que yo considere mejor para mi? Bueno yo no, el especialista privado que tengo ahora.....

    Saludos
    David

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    1. Ambas cosas son complicadas, David:

      1. Habría que acreditar la mala praxis médica de la mutua...y eso no es fácil.

      2. La mutua realiza la asistencia sanitaria con sus servicios médicos, propios o concertados, y no están obligados a asumir la propuesta de facultativos externos.

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  81. Buenas de nuevo Miguel,
    Ya me estaban tardando y al final llego el día, de nuevo y sin haber hecho nada para resolver mi problema, la mutua me da el alta. Entre otros, también gracias a ti, afronto esta nueva reclamación con algo mas de tranquilidad dado que tengo la experiencia de la anterior ocasión.
    Solo tengo una duda, si en esta ocasión el EVI le da la razón a la mutua y pierdo el recurso, el medico de cabecera podría darme la baja por el mismo problema de hombro??????
    Gracias como siempre por todo, un saludo
    David

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    1. Sí, en caso de resolución confirmando el alta médica de la mutua puedes acudir a tu médico de familia para cursar una baja médica -y entonces puedes iniciar un procedimiento de determinación de contingencia de esa nueva baja médica en el INSS-.

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  82. Buenas Miguel,
    En este tipo de procedimiento de reclamación ante el inss contra un alta de la mutua hay lo que llaman silencio administrativo????? y si es así cuantos días hábiles son desde que se presenta la reclamacion?
    Te lo pregunto porque en la vez pasada (Marzo) a estas alturas ya había pasado el EVI y en esta ocasión ni me han llamado todavía para darme cita......

    Por otro lado, si le dan la razón a la mutua y quisiera reclamársela judicialmente como seria el proceso, tendría que reincorporarme al trabajo mientras no se resuelva?

    Gracias y un saludo

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    1. Es curioso, pero lo único que dice el art. 4 RD 1430/2009 es que "El director provincial competente de la entidad gestora correspondiente dictará, en el plazo máximo de quince días hábiles, a contar desde la aportación de la documentación por parte de la entidad colaboradora, la resolución que corresponda, previo informe preceptivo del equipo de valoración de incapacidades, que debe examinar y valorar el caso concreto". Se entiende, que el silencio sería negativo...pero creo que debes esperar...

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  83. Buenas tardes Miguel,
    Me encuentro en esta situación: alta médica de la mutua por accidente laboral, mientras estaba de baja la empresa me finalizo contrato. He impugnado el alta. Mientras solicito el paro? La mutua no me esta paganado, dice que si me dan la razón el INSS lo harán cuando resuelvan. Lo de solicitar el paro es porque me encuentro en la duda, ya que si representa que al impugnar sigo con los efectos de la baja, no me daran el paro? Pero es que si espero a la resolución, y dan la razón a la mutua, con la fecha de efectos la misma que la de la mutua, se me habrá pasado el plazo de solicitar el paro. Que debo hacer? O en estos casos si llevo la carta del INSS con la resolución de la impugnación (aunque haya pasado el plazo, entiendo que sln 15 dias como siempre) te lo tramitan igual?no encuentro esta respuesta y tampoco cojen el teléfono en el INSS... muchísimas gracias!! Saludos

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    1. Como te comenté en privado, es mejor solicitar el desempleo. Una vez reconocido, puedes causar nueva baja médica, y en su caso, solicitar determinación de contingencia.

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  85. Hola Miguel.
    La mutua me dio el alta, la impugné y después de un reconocimiento de la inspección médica, me llegó un mensaje de la seguridad social diciendo que seguía estando de baja porque no estaba en condiciones de trabajar, o sea, que la impugnación salió a mi favor. Deel mensaje me llegó el viernes día 9 de este mes y estamos a miércoles día 13 y la mutua no se puso en contacto conmigo
    Mi pregunta es, ¿tengo que esperar a que me llamen o tengo que ir yo a la mutua? Gracias.

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