29 septiembre 2016

XERRADA CONSCIÈNCIA CRÍTICA EN EL CENTRE TON I GUIDA: SALVEMOS LAS PENSIONES

Otra vez tengo el enorme privilegio de compartir charla sobre el actual sistema de pensiones con Antonio Castán, esta vez en mi barrio (Nou Barris), con nuestra gente. Os esperamos. Miércoles, 5 de octubre, a las 19:00h, en el Centre Ton i Guida.

Con el apoyo, como siempre, de la Marea Pensionista. ACCESO A LA PONENCIA EN PDF.


22 septiembre 2016

NESCAFÉ, EL SUBSIDIO DE DESEMPLEO PARA MAYORES DE 52 AÑOS Y EL REQUISITO DE NECESIDAD ECONÓMICA.

Curiosa la sentencia que diversos medios de comunicación han comentado estos días (acceso a la noticia en La Vanguardia), en la que, en resumidas cuentas, el SPEE obliga a una persona beneficiaria del subsidio de mayores de 52 años a devolver 17.000 euros, en concepto de prestaciones indebidamente percibidas, ya que simultaneaba la percepción del subsidio con el sueldo que Nescafé le venía pagando desde el año 2008 con un importe mensual bruto al parecer de 1.520 €. Y según la noticia, no he tenido acceso a la sentencia, la persona en cuestión no ocultó sus ingresos, y ya  indicó en la solicitud inicial del subsidio que percibía dicha cantidad, y además declaraba en el IRPF anual aquel "sueldo para toda la vida" de la marca cafetera. En algunos medios, no sin cierta ironía, dicen que "ha sido un trago amargo". Sin embargo, a pesar de la enorme difusión de la noticia, la verdadera realidad es que, sin negar que la señora se ha llevado un disgusto, nunca debió haberse reconocido el derecho al subsidio, que la administración actuó tarde y que existen algunos aspectos de aquel subsidio de desempleo que son -que deberían ser- objeto de nuestra crítica y rechazo. Lo comentamos a continuación.

13 septiembre 2016

Y, ENTONCES, ¿CON QUÉ EDAD PODRÉ JUBILARME? VER. 3.0

¿Tendré que esperar a los 67 años para poder jubilarme? Esta es una de las dudas más frecuentes de nuestros clientes a la que nos enfrentamos los abogados laboralistas en la actualidad: cual es actualmente la edad ordinaria de jubilación. La respuesta, más o menos sencilla, es doble, ya que dependerá de la carrera de cotización del trabajador, y por tanto debemos atender a lo dispuesto en el artículo 205.1. a) LGSS RDL 8/2015:


1) Si el trabajador ha cotizado de forma efectiva más de 38 años y 6 meses, su edad ordinaria de jubilación es la de 65 años.

2) Sin embargo, si la cotización es inferior a 38 años y 6 meses, su edad ordinaria de jubilación es la de 67 años.

No obstante, la Ley 27/2011, de 1 de agosto (actual D.T. 7ª LGSS RDL 8/2015), estableció un periodo transitorio, por lo que, sin haber alcanzado aquel periodo de más de 38 años cotizados, y hasta el año 2027, no será efectiva la jubilación con 67 años. Así, se irá incrementando progresivamente el periodo de cotización exigible anualmente y, por ejemplo:

- en el actual año 2018 quien cotizó 36 años y 6 meses o más se podrá jubilar con 65 años y quien cotizó menos de 36 años y 6 meses se jubilará a partir de los 65 años y 6 meses.

- en el año 2020 quien cotizó 37 años o más se podrá jubilar con 65 años y quien cotizó menos de 37 años se jubilará a partir de los 65 años y 10 meses.

- en el año 2024 quien cotizó 38 años o más se podrá jubilar con 65 años y quien cotizó menos de 38 años se jubilará a partir de los 66 años y 6 meses.


Aunque esta entrada no tiene más intención que clarificar que aún no está en vigor la jubilación con 67 años, también quiero dejar claro que elevar la edad ordinaria para acceder a la pensión no solo impide el acceso a una edad más temprana, sino que también perjudican al beneficiario muy seriamente en el resultado de su pensión final. A saber:

- Porque con respecto a la jubilación anticipada en la práctica puede suponer, por ejemplo en la jubilación anticipada voluntaria, que el acceso "anticipado" sea con 65 años.

- Porque, y esto ha pasado sin demasiado debate ni crítica, la elevación de edad también ha supuesto el incremento de los años necesarios de cotización para acceder al 100 por cien de la pensión, que hasta la reforma era de 35 años, y que se incrementa, paulatinamente, hasta 37 años.

- Porque, el subsidio de desempleo para mayores de 52 años ha pasado, en virtud del Real Decreto Ley 20/2012, a reconocerse A LOS MAYORES DE 55 AÑOS. Es decir, se ha incrementado tres años el acceso a la prestación -cuando la adecuación a la nueva edad de jubilación debería ser paulatina y como máximo incrementarse en 2 años-, en un subsidio asistencial que venía funcionando como una auténtica prejubilación, además de endurecer otros requisitos para su acceso. Ya tratamos esta concreta reforma con más profundidad en este artículo que podrás encontrar en formato pdf en la web de Col.lectiu Ronda. Y peor aún, consecuencia del RDLey 5/2013 se exige cumplir con el requisito económico en unidad familiar (actual regulación del subsidio para mayores de 55 años).

Cumpliré 67 años en el 2037, con una expectativa de cotización de 40 años. ¿Podré jubilarme?. Mucho me temo que será bastante difícil.....y puede que además sin acceso al subsidio para mayores de 55 años.....



http://mareapensionista.org/

01 septiembre 2016

LOS DIRECTIVOS DEL BBVA REHUYEN LA RECEPCIÓN DE UNA CARTA DE LA "MAREA DE MAREAS".

Más de un centenar de activistas de diversos movimientos sociales de Marea Pensionista, Marea Blanca, Coordinadora de trabajadores/as en paro de Catalunya, Assemblea Groga, etc., que se coordinan en la “Marea de Mareas” se han concentrado hoy martes 30 de agosto a partir de las once horas delante de las oficinas del BBVA del centro de Barcelona para protestar contra la ofensiva del BBVA que pretende, a través de las propuestas de su Servicio de estudios, presionar al nuevo gobierno que se forme para aplicar más recortes salariales a través de una nueva reforma laboral, rebajar en 2,3 puntos las cotizaciones sociales poniendo en riesgo la sostenibilidad de las pensiones, y el recorte de la prestación de desempleo de 24 a 18 meses a las personas sin empleo, entre otros recortes sociales.


En las oficinas de calle Vergara y Pza. Catalunya nº 9, los responsables de BBVA han rehuido recibir la Carta que una delegación de los movimientos sociales intentaba pacíficamente hacer llegar a la Dirección y accionistas del BBVA, dando muestras de una falta de educación y cortesía elemental, en coherencia con su gestión usurera y despreciativa de la ciudadanía.

En la concentración final frente a la oficina en Paseo de Gracia nº 25, los responsables de dicha oficina han cerrado la puerta a cal y canto y se han negado a recibir a una delegación de las personas concentradas y la Carta correspondiente.

Al finalizar la concentración, se ha dado lectura a la Carta a la Dirección del Banco y se ha informado de la voluntad de persistir en la denuncia y oposición a los objetivos antisociales del BBVA, llamando al boicot a dicho Banco y reivindicando una Banca Pública. También se ha invitado a los presentes a participar en el festival de marea de mareas que tendrá lugar el 1 de octubre en el “Parc Nou” de Prat de Llobregat.



Video concentración: https://youtu.be/xdpxF0vgZEY


Cabecera de la manifestación.

Leyendo el manifiesto.

Cierre de la sucursal.