tag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post1190397456877220748..comments2024-03-28T00:49:59.926+01:00Comments on otroblogmás, pero este es el mío!!!!: JUBILACIÓN EN CLASES PASIVAS. BREVE PINCELADA.miguel arenashttp://www.blogger.com/profile/14959128567268126576noreply@blogger.comBlogger18125tag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-17898539502227241392017-09-24T12:24:49.872+02:002017-09-24T12:24:49.872+02:00Ese artículo pretende que el acceso a la jubilació...Ese artículo pretende que el acceso a la jubilación en clases pasivas comporte un mínimo de tiempo con la condición de funcionario, y evitar que alguien, por ejemplo, que siempre haya sido trabajador por cuenta ajena y acceda a la condición de funcionario, puede jubilarse inmediatamente en esa nueva condición.miguel arenashttps://www.blogger.com/profile/14959128567268126576noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-35956760332102599552017-09-20T13:52:05.348+02:002017-09-20T13:52:05.348+02:00Hola, quería consultare: he aprobado una promoción...Hola, quería consultare: he aprobado una promoción interna de estado y me tengo que pasar a seguridad social, pero quiero jubilarme en clases pasivas con 30 de servicio y 60 años y mi pregunta es atendiendo al art. "Si para completar los treinta años exigibles hubieran de computarse cotizaciones a otros regímenes de protección social por aplicación de las normas sobre cómputo recíproco de Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-53975301997551653552017-01-01T20:40:43.895+01:002017-01-01T20:40:43.895+01:00Le agradezco muchísimo su comentario y que me ha s...Le agradezco muchísimo su comentario y que me ha sido de utilidad. Oscar López. Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-19256746666303337672016-12-29T13:07:47.286+01:002016-12-29T13:07:47.286+01:00Las cotizaciones posteriores a la declaración de i...Las cotizaciones posteriores a la declaración de incapacidad permanente del año 2007 no pueden añadirse a la pensión ya reconocida.miguel arenashttps://www.blogger.com/profile/14959128567268126576noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-36458808235549505142016-12-24T17:46:43.926+01:002016-12-24T17:46:43.926+01:00Soy Oscar López y le doy las gracias por atender ...Soy Oscar López y le doy las gracias por atender mi consulta, su trabajo es digno de elogio, le felicito. Tengo una pensión de clases pasivas, por incapacidad permanente desde julio del año 2007 y en octubre de este mismo año empecé a cotizar en régimen de seguridad social, sólo tengo cotizados 7 años y meses, le pregunto:<br />Se puede solicitar el cómputo recíproco por estos años cotizados en Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-40902920902004617812015-09-14T19:17:08.083+02:002015-09-14T19:17:08.083+02:00Si se superponen entiendo que computa como cotizad...Si se superponen entiendo que computa como cotizado el referente al régimen en que causas el derecho pero, a efectos de base reguladora se aplica la Disposición adicional trigésima octava LGSS, "Efecto de las cotizaciones superpuestas en varios regímenes en orden a las pensiones de la Seguridad Social": Cuando se acrediten cotizaciones a varios regímenes y no se cause derecho a pensión miguel arenashttps://www.blogger.com/profile/14959128567268126576noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-86407533677286308352015-09-14T08:25:59.819+02:002015-09-14T08:25:59.819+02:00Gracias Sr. Arenas, eso ya lo tengo en cuenta; el ...Gracias Sr. Arenas, eso ya lo tengo en cuenta; el asunto es que en periodos cotizados en ambos sistemas a la vez (Seg. Social y Der. Pasivos) ¿qué periodo te computan? ¿el que da derecho a mayor pensión o el que corresponde al sistema en el que te jubilas? ¿dónde está establecido?Andrewhttps://www.blogger.com/profile/06214542093262230021noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-22800615209850952162015-09-10T15:21:42.194+02:002015-09-10T15:21:42.194+02:00Es que entonces has de pedir que te apliquen el &q...Es que entonces has de pedir que te apliquen el "cómputo recíproco de cotizaciones" del Real Decreto 691/1991, de 12 de abril, sobre cómputo reciproco de cuotas entre Regímenes de Seguridad Social.<br /><br />http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/097317miguel arenashttps://www.blogger.com/profile/14959128567268126576noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-3316505490276441492015-09-10T10:52:59.496+02:002015-09-10T10:52:59.496+02:00Interesante ...
Dices "Caso de haber cotizado...Interesante ...<br />Dices "Caso de haber cotizado simultáneamente por varios regímenes o conceptos se computa solamente el que dé derecho a mayor pensión" Hice la consulta a Clases Pasivas y me dijeron que cuando los periodos se superponen cada régimen paga sólo lo cotizado en lo suyo, me quitan un par de años que coticé en SS grupo 1 (simultáneamente), porque en CP lo tengo cotizado Andrewhttps://www.blogger.com/profile/06214542093262230021noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-46876772399358424972014-08-18T16:57:44.345+02:002014-08-18T16:57:44.345+02:00Muchas graciasMuchas graciasAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-28238413252014571542014-08-17T21:03:45.533+02:002014-08-17T21:03:45.533+02:00No, no, es diferente el régimen jurídico, la forma...No, no, es diferente el régimen jurídico, la forma de impugnar las altas, el control del proceso, la jurisdicción competente.....bastante diferente...tienes más información en:<br /><br />http://www.muface.es/miguel arenashttps://www.blogger.com/profile/14959128567268126576noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-69986014000218715262014-08-17T15:19:20.459+02:002014-08-17T15:19:20.459+02:00Los funcionarios, que tienen Bajas Médicas a cargo...Los funcionarios, que tienen Bajas Médicas a cargo de facultativos de MUFACE ¿son equiparables a los de la Seguridad Social? Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-77195904368542236132013-10-06T17:54:44.365+02:002013-10-06T17:54:44.365+02:00Con 65 años.Con 65 años.miguel arenashttps://www.blogger.com/profile/14959128567268126576noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-88618976145232052392013-10-06T17:03:58.214+02:002013-10-06T17:03:58.214+02:00Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-52104755533486541722013-10-06T17:03:00.627+02:002013-10-06T17:03:00.627+02:00celador del s.v.s de la comunidad valenciana con 3...celador del s.v.s de la comunidad valenciana con 36 años de servicio desde 1977 ininterumpidamente de servicio asta el dia de hoy y 56 años de edad desearia saber cuando me puedo jubilar con el 100% de mi salario sin mas gracias anticipadasAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-11725790210179584892013-08-01T09:08:46.707+02:002013-08-01T09:08:46.707+02:00La pensión media, por culpa de las reformas del PP...La pensión media, por culpa de las reformas del PPPSOE ya están empezando a bajar. La previsión es que nuevamente desvinculen el incremento de las pensiones del IPC real, lo cual en la práctica supone reducir las prestaciones.miguel arenashttps://www.blogger.com/profile/14959128567268126576noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-28022108881142118592013-08-01T08:34:19.119+02:002013-08-01T08:34:19.119+02:00Se bajaran en dinero las pensiones en enero del 20...Se bajaran en dinero las pensiones en enero del 2014Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1289389268277831033.post-74941134535123222312013-02-01T03:36:21.463+01:002013-02-01T03:36:21.463+01:00gracias http://www.facebook.com/pages/colpensiones...gracias http://www.facebook.com/pages/colpensiones/306892882665286?ref=hlSOAJOHN2https://www.blogger.com/profile/02625849559632962687noreply@blogger.com