La reciente Ley Orgánica 1/2025 introduce una profunda reforma en la organización de la Administración de Justicia. Dos de los pilares fundamentales de esta transformación son la creación de los Tribunales de Instancia y la reorganización de la Oficina Judicial. A continuación, explicamos gráficamente cómo se estructuran estos nuevos elementos según la infografía del Ministerio.
1. Los Nuevos Tribunales de Instancia
El cambio principal es la superación del modelo de juzgados unipersonales. Se pasa de 3.900 juzgados unipersonales a 431 Tribunales de Instancia colegiados, uno por cada partido judicial.
Estos tribunales se organizan en Secciones. El modelo varía según el tamaño y la especialización del partido judicial.
Modelo 1: Partido Judicial con Sección Única (Tipo 1)
Este modelo se aplica a partidos judiciales (como el "Partido Judicial X" del gráfico) que actualmente tienen Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. Todos los jueces se integran en una única sección.
- Juzgado de 1ª Instancia e Inst. Nº 01
- Juzgado de 1ª Instancia e Inst. Nº 02
- ... (etc.)
Todos los jueces se integran en una única estructura colegiada:
Modelo 2: Partido Judicial con Múltiples Secciones (Tipo 2 y 3)
En partidos judiciales más grandes (como el "Partido Judicial Y") que ya cuentan con juzgados especializados (Civil, Penal, Social, etc.), el Tribunal de Instancia se organiza en diferentes secciones por materia.
- Juzgado de 1ª Instancia Nº 01, 02...
- Juzgado de Instrucción Nº 01, 02...
- Juzgado de lo Social, Menores...
- ... (etc.)
Los jueces se integran en secciones especializadas:
2. La Nueva Oficina Judicial
La Oficina Judicial es la organización que da soporte y apoyo a la actividad de los jueces y tribunales. Deja de ser una secretaría por cada juzgado y se convierte en una estructura única de apoyo al Tribunal de Instancia.
Esta nueva oficina se basa en Servicios Comunes, y su estructura puede variar (Modelo A, B o C) según las necesidades.
Servicio Común de Tramitación
(Presente en todos los modelos: A, B y C)
Se encarga de la ordenación del procedimiento y la asistencia directa a jueces y magistrados.
Servicio Común General
(Presente en modelos B y C)
Realiza funciones transversales como registro y reparto, atención al público, actos de comunicación y auxilio judicial.
Servicio Común de Ejecución
(Presente en modelo C)
Especializado en la ordenación y gestión de todos los procesos de ejecución.
Así, un Modelo A solo tendría el S.C. de Tramitación. Un Modelo B tendría Tramitación y General. Y un Modelo C, el más completo, tendría los tres servicios comunes.
Infografía - Tribunales de Instancia (Ministerio de Justicia)
También puedes consultar aquí el:
Directorio de órganos judiciales
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