Aunque la comunidad #laboralista ha destacado la publicación del nuevo SMI para 2026, incrementando su importe hasta los 1.221 euros mensuales, creo que poco se habla de su proyección como herramienta para la reducción de la brecha salarial entre hombres y mujeres, y así lo ha destacado la Ministra de Trabajo en diversas ocasiones, y en concreto en la más reciente ha dicho que:
"Es una medida de justicia de género; un salario mínimo digno contribuye directamente a cerrar las brechas que aún sufren las mujeres en el mercado laboral".
Comparto plenamente su reflexión. Además, como señala el SEPE, cito literalmente, “en la estimación obtenida con datos a partir de la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2024, la subida beneficiará a unos 2,5 millones de personas trabajadoras en nuestro país”.
Pero vuelvo al SMI como herramienta de lucha contra la brecha de género salarial. Al respecto recomiendo pasar por la web de la Fundación Mujeres, que es el “Observatorio igualdad y empleo” y especialmente a sus entradas de 22 de febrero de 2026 sobre la “Evolución de la brecha salarial de género” en que se afirma al respecto que existe un:
“marcado descenso en 2019 asociado al incremento del Salario Mínimo Interprofesional de un 22,3%, con un impacto muy positivo de crecimiento en el salario medio de las mujeres”.
Ahora bien, como reflejan perfectamente en su entrada de 19 de febrero de 2026, “SMI para enfrentar la brecha salarial de género”, denuncian que aún queda mucho camino por recorrer:
“El salario mínimo actual supone un 66% del salario medio de las mujeres. Esto supone una mejora, pero España continúa sin cumplir el mandamiento de la Carta Social Europea, que indica que el SMI debe alcanzar el 60% de la media salarial de todas las personas trabajadoras. Existen, por tanto, dos vías de actuación. Los poderes ejecutivo y legislativo deben trabajar por cumplir el mandato de la Unión. Por su parte, para atacar otros niveles de la brecha salarial, es necesario el impulso del diálogo social, utilizando la subida del SMI como impulso para el incremento y la eliminación de las brechas en salarios superiores”.
Cuantía SMI 2026
Por día: 40,70 €
Para finalizar, insistiendo en que es una noticia positiva el incremento del SMI, quiero mencionar que la Directiva (UE) 2023/970 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 por la que se refuerza la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor a través de medidas de transparencia retributiva y de mecanismos para su cumplimiento, establece que los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la Directiva a más tardar el 7 de junio de 2026. Y la directiva no acepta la existencia de una brecha retributiva de más del 5% en cualquier categoría de trabajadores que no esté justificada por el empleador sobre la base de criterios objetivos y neutros con respecto al género. Tic, tac, el tiempo apremia.
Por cierto, la directiva establece, y creo que ha pasado desapercibido que “los Estados miembros podrán decidir que los plazos de prescripción no comiencen a correr mientras una infracción esté en curso o antes de que finalice el contrato de trabajo o la relación laboral. Tales plazos de prescripción no serán inferiores a tres años”. Y es evidente que el actual artículo 59 ET y su plazo anual no cumplen con el mandato europeo. Esperaremos y estaremos atentos a la necesaria reforma.
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Publicación: BOE nº 44 de 19/02/2026, p. 25607 a 25610
