27 mayo 2026

PODCAST LABORALISTAS: PROCEDIMIENTOS DE INCAPACIDAD PERMANENTE.

INCAPACIDAD PERMANENTE en 2026: cómo se gana ahora un juicio | Miguel Arenas | LABORALISTAS | Ep. 25

Incapacidad permanente en 2026: cómo se gana ahora un juicio | Miguel Arenas | Laboralistas | Ep. 25

Mi paso por el Episodio 25 del podcast Laboralistas.

Creo, sinceramente, que el trabajo que están efectuando Elias Lloves y Álvaro Robles es magnífico, y realizan una divulgación en materia de derecho del trabajo y seguridad social que nadie está realizando con ese "toque" de proximidad que ellos han conseguido.

Solo una cosa más antes de dejaros con el resumen y el vídeo. No es una guía para ganar ahora un juicio de seguridad social, es para sobrevivir a los acontecimientos y reformas que se nos han tirado encima.

🎙️ Acceso al podcast completo: Escuchar en Spotify

Puntos clave del episodio

1. Visión global de la seguridad social

Destaco la importancia de no enfocar todos los casos exclusivamente hacia la incapacidad permanente. Existen alternativas de protección (Ingreso Mínimo Vital, rentas garantizadas, subsidio para mayores de 52 años) que pueden ser la solución adecuada para una persona enferma que no puede trabajar, sin necesidad de ir a un largo litigio.

2. La trampa de los grados de incapacidad

Se aconseja pedir exactamente el grado que corresponde (Total, Absoluta, etc.) y huir de pedir "lo máximo por pedir". Los juzgados detectan rápidamente las peticiones infladas. Además, señala una preocupante brecha de género: a menudo se exige a las mujeres demostrar una mayor severidad en sus enfermedades para conseguir la incapacidad total debido a la catalogación de los esfuerzos físicos en sus profesiones.

3. Vía administrativa y reclamación previa

Un error en la vía administrativa no es el fin del mundo. En materia laboral, existe flexibilidad. Puedes pedir un grado superior en el juicio respecto al solicitado en la reclamación previa, ya que se considera una calificación jurídica. Ante la duda al calcular bases reguladoras complejas, aconsejo solicitar la base máxima en la reclamación previa.

4. El informe médico de síntesis y pruebas

El informe de síntesis es el documento rey. Hay que estudiarlo a fondo. Muchas veces, un buen informe público de sanidad tiene muchísimo más peso en el juicio que los costosos informes médicos privados. La prueba debe centrarse en demostrar la cronicidad y gravedad de las lesiones mediante informes de especialistas de la sanidad pública.

5. La demanda debe ser una "propuesta de sentencia"

Las demandas deben ser claras, concisas (3-4 páginas es ideal) y directas. Un juez lee docenas de ellas a la semana; no hay que enredarse en jurisprudencia innecesaria, sino detallar: profesión, lesiones documentadas, cómo afectan al trabajo, base reguladora y fecha de efectos.

6. El nuevo artículo 174.5 de la LGSS

Sobre la compatibilidad de la pensión y el trabajo, concluyo que el controvertido nuevo artículo finalmente reitera lo que ya existía: si el trabajador sigue realizando las mismas funciones, la pensión se suspende.

El uso de herramientas de Inteligencia Artificial (como NotebookLM) también se mencionó como una táctica excelente para que los juristas analicen jurisprudencia dialogando con sus propios documentos.

¿Te ha resultado útil este resumen? Pues no olvides ver el video completo o el podcast para no perderte ningún detalle técnico y os animo a escuchar/visualizar capitulos anteriores. Creo que, como dije al principio, Álvaro y Elías están realizando un trabajo estupendo.

26 mayo 2026

ABSENTISMO EN LAS AULAS UNIVERSITARIAS, TANTO PRESENCIALES COMO VIRTUALES. UNA BREVÍSIMA Y QUIZÁ EQUIVOCADA REFLEXIÓN

Confieso que sí, para mí la docencia de la Seguridad Social es divertida. Lo es principalmente porque llevo prácticamente 30 años dedicándome a esto, y no es raro que el artículo de una ley, o una sentencia, o quizás una pregunta de alguien que se inicia en esta materia, me recuerde a un juicio que tuve en tal juzgado, o una resolución que se emitió por tal o cual entidad gestora, o aquel procedimiento de jubilación que finalizó más o menos bien… En fin, es lo que tiene “peinar canas”, donde el conocimiento y la experiencia se unen y me permiten canalizar ambos en una misma dirección: que mis alumnos aprendan. Es mi única aspiración.

El pasado viernes acabé las clases presenciales en la UAB de este semestre. Allí, el problema del absentismo, presente en el debate académico, es ya una realidad. Un paréntesis: es muy recomendable esta lectura del profesor Ángel Guillén, “El síndrome de las aulas vacías en la universidad”. Y es que, aquel último día, de un grupo de apenas 20 alumnos, en los que realizar clases con 5 o 6 personas es ya un auténtico lujo para mí, después de la clase teórica realizamos una práctica con solo dos personas. Pues bien, antes que una “tragedia”, fue un auténtico placer, porque no solo estuve a la entera disposición de ellos dos y sus dudas, sino que además, al finalizar, pude escuchar sus reflexiones, ver sus miradas hacia el futuro, hacerme partícipe de sus próximas luchas una vez finalicen próximamente el grado, oir sus miedos —que eran los míos con su edad—. Pude escuchar a Rubén y a Rocío, y ellos fueron en ese momento mis profesores. Solo puedo darles un enorme “gracias”.

Pero ojo, el absentismo también está presente en las aulas virtuales. Los foros ya no se activan. El alumnado ya no hace casi preguntas a través de los canales de comunicación… el silencio es casi perpetuo. Sin embargo, a espaldas del profesorado se multiplican los grupos de WhatsApp y Telegram del alumnado de la UOC y la UNED de grados de Derecho y Relaciones Laborales, organizados por asignaturas, en los que se preguntan cuestiones que, no lo entiendo, deberían realizar a sus docentes.

No voy yo a ser quien busque respuestas y soluciones a lo que está pasando. No las tengo, así como tampoco la formación ni los datos para averiguarlo. Pero sí me atrevo a recomendar la lectura de este estudio de la UAB y aplaudir iniciativas como la organizada por mi Universidad, la UOC, “XVI Jornada de Innovación Docente Universitaria e Inteligencia Artificial: retos para las disciplinas jurídicas y sociales”.

Eso sí, lanzo una propuesta. Hay que abandonar el excesivo rigor en la transmisión del conocimiento, al menos en la asignatura que yo “domino”, la Seguridad Social, e incluso en el ámbito procesal. En la era de la #IA, las redes sociales, la velocidad y la urgencia, podemos y debemos comunicar de otra manera. Y para muestra, un botón:

Seguimos…

24 mayo 2026

JUBILACIÓN E INCAPACIDAD PERMANENTE. BREVES PINCELADAS ENTRE LA PROTECCIÓN CONTRIBUTIVA Y LA ASISTENCIAL

La protección contributiva y no contributiva en la Seguridad Social (2026)

La protección contributiva y no contributiva en la Seguridad Social: jubilación e incapacidad permanente

El sistema de Seguridad Social español articula su acción protectora en torno a dos grandes niveles: el nivel contributivo y el nivel no contributivo o asistencial.

El nivel contributivo tiene un marcado carácter profesional; sus prestaciones buscan sustituir las rentas salariales que se dejan de percibir ante contingencias como la vejez o la enfermedad de quienes han aportado cotizaciones. Por su parte, el nivel no contributivo, universal y financiado por los Presupuestos Generales del Estado, garantiza ingresos mínimos de subsistencia a ciudadanos sin recursos que nunca han cotizado lo suficiente.

Este brevísimo estudio compara únicamente las prestaciones de jubilación y de incapacidad permanente en ambos niveles de protección, siendo las contingencias más importantes de nuestro modelo de bienestar. A continuación se detalla la comparativa, aplicando de forma estricta las cuantías y normativas actualizadas para el año 2026.

1. JUBILACIÓN: Contributiva vs. No Contributiva

A) Jubilación Contributiva

Finalidad y Requisitos

Sustituir los ingresos laborales dejados de percibir al retiro.

Exige estar afiliado y cotizar mínimo 15 años (2 en los últimos 15). En 2026, la edad ordinaria es de 66 años y 10 meses (o 65 años con 38 años y 3 meses o más cotizados).

Novedad Cálculo 2026:

La base reguladora se calcula dividiendo entre 352,33 la suma de las 302 mejores bases de cotización de los últimos 304 meses (se descartan las 2 peores). Hay norma transitoria hasta 2040 para usar el sistema anterior (últimos 25 años) si resulta más favorable.

Cuantías 2026 (14 pagas)

  • Pensión máxima: 47.034,40 euros/año (3.359,60 euros/mes).
  • Pensión mínima: 17.592,40 euros/año (1.256,60 euros/mes). (Ej. titular 65 años con cónyuge a cargo).
  • Brecha de Género: Complemento de 36,90 euros/mes extra por cada hijo para quienes (principalmente mujeres) perjudicaron su carrera por cuidados.

B) Jubilación No Contributiva

Finalidad y Requisitos

Garantizar una renta mínima en la vejez a quienes no han cotizado lo suficiente.

Exige tener 65 años, residir legalmente (10 años, 2 previos a la solicitud) y carecer de ingresos suficientes.

Límite de Rentas (UEC) en 2026:

El límite de ingresos aumenta progresivamente cuantos más convivientes haya. Si vive solo es de 8.803,20 euros/año. Si convive con familiares:

  • Parientes de segundo grado (ej. hermanos): 13.439,86 euros (2 personas), 18.973,92 euros (3 personas) y cantidades superiores para 4 o más.
  • Parientes de primer grado (padres o hijos): Beneficio por 2,5. Sube a 33.599,65 euros (2 personas), 47.434,80 euros (3 personas) y cantidades superiores para 4 o más.

Cuantías 2026 (14 pagas)

  • Importe íntegro: 8.803,20 euros/año (628,80 euros/mes).
  • Puede reducirse si los convivientes superan ciertos ingresos, con un mínimo garantizado del 25 por ciento (2.200,80 euros/año o 157,20 euros/mes).
  • Complemento Alquiler: Pago único anual de 525 euros para pensionistas que vivan habitualmente de alquiler (sin parentesco con el propietario).

2. INCAPACIDAD PERMANENTE: Contributiva vs. No Contributiva

Nota terminológica: Legalmente, la tradicional "invalidez no contributiva" ha pasado a denominarse "incapacidad no contributiva" para evitar términos peyorativos.

A) Incapacidad Perm. Contributiva

Finalidad y Requisitos

Proteger a la persona trabajadora con reducciones anatómicas o funcionales graves que merman o anulan su capacidad laboral.

Afiliado y con cotización previa según edad (salvo accidente laboral o enfermedad profesional).

Grados de Incapacidad:
  • Parcial: Indemnización 24 mensualidades.
  • Total (profesión habitual): 55 por ciento de la base reguladora (mas un 20 por ciento adicional si tiene 55 años o más).
  • Absoluta (todo trabajo): 100 por ciento de la base.
  • Gran Incapacidad: 100 por ciento mas complemento para tercera persona (mínimo el 45 por ciento de la pensión).

Cuantías 2026 (14 pagas)

  • Pensión máxima: 47.034,40 euros/año (3.359,60 euros/mes).
  • Mínimo Absoluta: 17.592,40 euros/año (1.256,60 euros/mes) con cónyuge a cargo.
  • Mínimo Gran Incapacidad: 26.385,80 euros/año (1.884,70 euros/mes) con cónyuge a cargo.
  • Brecha de Género: 36,90 euros/mes extra por hijo o hija.

B) Incapacidad No Contributiva

Finalidad y Requisitos

Cobertura a personas de 18 a 65 años que no pueden trabajar por discapacidad y carecen de recursos (sin historial de cotización).

Discapacidad del 65 por ciento o superior, residir en España 5 años y estar bajo los límites de rentas (aplican las mismas estrictas reglas de UEC que en jubilación no contributiva).

Complementos Específicos:
  • Tercera Persona: Si la discapacidad es del 75 por ciento o superior y requiere ayuda vital, se abona un complemento adicional.
  • Alquiler: Pago único anual de 525 euros (mismos requisitos que en jubilación).

Cuantías 2026 (14 pagas)

  • Importe íntegro básico: 8.803,20 euros/año (628,80 euros/mes)
  • Con complemento de tercera persona: Suma 4.401,60 euros/año (314,40 euros/mes) haciendo un total de 13.204,80 euros/año (943,20 euros/mes).
```

8º CONGRESO DE DERECHO LABORAL ICAB. 18 Y 19 JUNIO.

8º Congreso de Derecho Laboral ICAB
Comisión de Cultura / Formación | Laboral | Congreso | Sección de Derecho Laboral

8º Congreso de Derecho Laboral: una mirada a los nuevos retos de las relaciones laborales

Fechas: Los días 18 y 19 de junio de 2026

Lugar: 8ª planta (c/ Mallorca 283), Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB)

Formato: Presencial y On-line

Organizado por la Sección de Derecho Laboral del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, este 8º Congreso se presenta como una cita ineludible para los profesionales del derecho frente a las profundas transformaciones del mercado de trabajo.

El encuentro abordará los principales desafíos actuales que redefinen las relaciones laborales. Analizaremos desde el impacto disruptivo de la Inteligencia Artificial en el control empresarial y los derechos de información (art. 64 ET), hasta los efectos tangibles del cambio climático materializados en permisos climáticos y fuerza mayor.

Además, el congreso dedicará especial atención al análisis detallado de la jurisprudencia más reciente y determinante. Se realizará un examen profundo de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), prestando especial atención a casos paradigmáticos como el caso Obadal, y las cuestiones relativas a la discriminación por discapacidad. Finalmente, contaremos con una sesión monográfica dedicada al estudio crítico de la doctrina relevante sentada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña para el periodo 2025/2026, ofreciendo una perspectiva práctica y actualizada directamente de la mano de la magistratura.

Precios de Inscripción

Descripción Importe
Colegiados/as ICAB 70,00€
Personas Asociadas 70,00€
No Colegiados/as ICAB 90,00€
Todos (Formato Online) 60,00€

Programa del Congreso

📅 JUEVES 18/06/2026

  • 15:00h Acreditaciones
  • 15:30h
    BIENVENIDA Y PRESENTACIÓN DEL PROYECTO SOLIDARIO Vinculado en el Congreso dentro del programa del ICAB "12 Congresos, 12 Causas". Presentación de la Fundación e Inauguración.
    • Pilar Baltar Fillol, presidenta de la Sección de derecho laboral del ICAB.
    • Andrés Pérez Subirana, vicepresidente de la Sección de derecho laboral del ICAB.
    • Jaume González Calvet, presidente de Sala de lo Social del TSJ Cataluña.
    • Miquel Sàmper i Rodríguez, conseller de Empresa y Trabajo.
  • 16:10h
    Mesa 1. Inteligencia Artificial. Impacto de la IA en las relaciones laborales: flexibilidad interna, externa y derecho de información y control de la RLPT a la luz del artículo 64 ET.
    • Ponentes: Anna Ginés Fabrellas (ESADE) y Víctor Ballester Alarcón (ITSS Barcelona).
    • Modera: Pilar Baltar Fillol.
  • 17:45h
    Mesa 2. Límites de la responsabilidad concursal del grupo de empresas. Conflicto de jurisdicción y otros supuestos colindantes.
    • Ponente: Berta Pellicer Ortiz (Magistrada Especialista Sección Mercantil nº 4 de Barcelona).
    • Modera: Christian Navarro Díaz.

📅 VIERNES 19/06/2026

  • 09:15h Acreditaciones
  • 09:30h
    Mesa 3. Permisos climáticos, ius resistentiae y fuerza mayor. Efectos del cambio climático en el derecho laboral.
    • Ponentes: Jesús Gómez Esteban (Magistrado TSJ Cataluña) e Ignacio Fernández García (Director provincial ITSS Barcelona).
    • Modera: Montserrat Arcos Pichardo.
  • 11:00h ☕ Pausa Café
  • 11:30h
    Mesa 4. Doctrina TJUE. Entre Obadal, INF y la discriminación por discapacidad (Ca Na Negreta/ Bervidi y cuestiones no resueltas).
    • Ponentes: Javier Núñez Vargas (Magistrado TSJ Catalunya) y Emilio Palomo Balda (Magistrado emérito TSJ Madrid).
    • Modera: Loli Rubio Echevarria.
  • 13:00h
    Mesa 5. Doctrina Relevante de la Sala de lo Social TSJ de Cataluña 2025/2026.
    • Ponentes: Sara Pose Vidal (Magistrada TSJ Cataluña) y María del Mar Mirón Hernández (Magistrada TSJ Barcelona).
    • Modera: Desirée Fuertes Martínez.
  • 14:00h
    Clausura y entrega de Premios "Memorial Miquel Queralt" Sobre derecho del trabajo y de la Seguridad Social.
    • Vanessa Sánchez Balboa (Diputada del ICAB).
    • Pilar Baltar Fillol (Presidenta Sección derecho laboral).
    • Ramon Alexandre Salvat Seoane (Secretario Sección derecho laboral).
    • Representante de la Fundación.
  • 14:30h 🍽️ Comida de unión en el Patio de Columnas.