25 abril 2026

ÚLTIMAS STS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL, A 25/04/2026

La mayor parte de las sentencias son reiterativas, por lo que ni hago comentario ni pongo enlace.

COMPLEMENTO DE MATERNIDAD

STS, a 30 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1645/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1645
  • Sala: de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA ORELLANA CANO
  • Nº Recurso: 1788/2025

RESUMEN: COMPLEMENTO DE MATERNIDAD EN LA SITUACIÓN DE JUBILACIÓN ACTIVA. El importe sobre el que se ha de aplicar el porcentaje para el cálculo del complemento por maternidad es el del reconocimiento inicial, primero u originario de la pensión de jubilación, al que, a tenor del artículo 214.2 de la Ley General de la Seguridad Social, aún no se le habrá aplicado el 50 % propio de la situación de la jubilación activa.

Comentario personal: Pues la ponente lo tiene claro “… el derecho al complemento coincide con el nacimiento de la pensión a la que complementa y participa del régimen jurídico de ésta en cuanto a la duración, suspensión, extinción y actualización, en su caso, por lo que no se incluyen las vicisitudes que puedan afectar a la pensión, tal como la reducción de su importe al 50 % en los supuestos de jubilación activa”.

STS, a 26 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1631/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1631
  • Sala: de lo Social
  • Nº de Resolución: 324/2026
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
  • Nº Recurso: 5181/2024

RESUMEN: Indemnización de 1.800 euros por daños y perjuicios al varón pensionista de jubilación que se vio obligado a acudir a la vía judicial para obtener el complemento de maternidad del artículo 60 LGSS, cuando la entidad gestora procedió al reconocimiento administrativo del complemento con posterioridad a la interposición de la demanda pero con anterioridad a la celebración del juicio oral. Sentencia de señalamiento adicional.

STS, a 30 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1644/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1644
  • Sala: de lo Social
  • Nº de Resolución: 336/2026
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA ORELLANA CANO
  • Nº Recurso: 402/2025

RESUMEN: COMPLEMENTO DEL ARTÍCULO 60 DE LA LGSS. Abono de la indemnización de daños y perjuicios de 1.800 euros. Sentencia de señalamiento adicional.

Enlace a la sentencia (CENDOJ)

STS, a 25 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1625/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1625
  • Sala: de lo Social
  • Nº de Resolución: 317/2026
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 2015/2025

RESUMEN: Respecto del complemento por aportación demográfica solicitado por pensionista varón y denegado por el INSS invocando la prescripción, obligando a reclamarlo judicialmente, también procede que el INSS abone la indemnización complementaria por vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo (1.800 euros). Aplica doctrina de las SSTS 735/2025, de 16 de julio (rcud 3146/2024), y 740/2025, de 17 de julio (rcud 3172/2024). Señalamiento adicional.

Enlace a la sentencia (CENDOJ)

STS, a 25 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1626/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1626
  • Sala: de lo Social
  • Nº de Resolución: 316/2026
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 1935/2025

RESUMEN: Complemento por aportación demográfica solicitado por pensionista Indemnización de 1.800 euros. El INSS deniega la solicitud presentada con posterioridad a la STJUE de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18), invocando la prescripción y obligando a reclamarlo judicialmente. La Entidad Gestora debe ser condenada al abono de la indemnización complementaria por vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo. Cumplimiento de STJUE de 14 de septiembre de 2023 (C-113-22). Aplica y explicita doctrina de STS 977/2023, de 15 de noviembre (rcud. 5547/2022) y otras muchas. Reitera SSTS 740/2025, de 17 de julio, rcud. 3172/2024, 735/2025, de 16 de julio, rcud. 3146/2024. Señalamiento adicional.

Enlace a la sentencia (CENDOJ)

STS, a 25 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1410/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1410
  • Sala: de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 2439/2025

RESUMEN: Respecto del complemento por aportación demográfica solicitado por pensionista varón y denegado por el INSS invocando la prescripción, obligando a reclamarlo judicialmente, también procede que el INSS abone la indemnización complementaria por vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo en la cuantía de 1.800 euros, incluso en el supuesto de que el complemento sea reconocido después de presentar la demanda, pero antes del día del juicio. Aplica doctrina de las SSTS 735/2025, de 16 de julio (rcud 3146/2024), y 740/2025, de 17 de julio (rcud 3172/2024). Señalamiento adicional.

STS, a 25 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1408/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1408
  • Sala: de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUISA MARIA GOMEZ GARRIDO
  • Nº Recurso: 429/2025

RESUMEN: Complemento del art. 60 de la LGSS. El beneficiario mantiene el derecho a la percepción de la indemnización por vulneración de derechos fundamentales en su cuantía íntegra de 1.800 €, sin que proceda realizar minoración alguna porque la entidad gestora reconociera el derecho después de presentarse demanda pero antes de celebrarse el acto del juicio y dictarse sentencia. Reitera doctrina de la STS 53/2006.

DESEMPLEO

STS, a 25 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1637/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1637
  • Sala: de lo Social
  • Nº de Resolución: 303/2026
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUISA MARIA GOMEZ GARRIDO
  • Nº Recurso: 4775/2024

RESUMEN: Las cotizaciones ya computadas a los efectos de causar una previa pensión de incapacidad permanente total, pueden luego volver a considerarse para generar el derecho a percibir un subsidio de desempleo para mayores de 52 años, de forma tal que resulten compatibles la pensión y el subsidio, sin perjuicio del régimen que resultara aplicable en cada caso después del reconocimiento del subsidio. Reitera doctrina establecida a partir de las SSTS de 29 de septiembre de 2025 -recs. 5128/2023, 4435/2023 y 3628/2023-. Señalamiento adicional.

Enlace a la sentencia (CENDOJ)

STS, a 09 de abril de 2026 - ROJ: STS 1651/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1651
  • Sala: de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
  • Nº Recurso: 806/2025

RESUMEN: La cuestión controvertida consiste en determinar si una persona trabajadora contratada por tiempo indefinido a tiempo parcial, en la modalidad de jornada concentrada, tiene derecho a percibir la prestación por desempleo durante los periodos en que permanece en situación de inactividad, con ocasión de un ERTE por causa de fuerza mayor derivado del COVID-19. Se reitera la doctrina según la cual los períodos de inactividad en una jornada concentrada no generan derecho a prestación por desempleo (entre muchas otras SSTS 487/2025, de 27 de mayo, rcud 5505/2023; 627/2025, de 24 de junio, rcud 1442/2024; 982/2025, de 21 de octubre, rcud 579/2024; 1057/2025, de 12 de noviembre, rcud 5418/2023; 1067/2025, de 12 de noviembre, rcud 2813/2024 ó 104/2026, de 29 de enero, rcud 5448/2024). Sentencia de señalamiento adicional.

STS, a 08 de abril de 2026 - ROJ: STS 1653/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1653
  • Sala: de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 96/2025

RESUMEN: Competencia funcional. Es recurrible en suplicación la sentencia sobre incidencia del tiempo pasado en ERTE por causa del Covid en las ulteriores prestaciones por desempleo. Concurrencia de afectación general (art. 193.1.c LRJS). Estima recurso del SEPE, aplicando doctrina general y reiterando criterio de SSTS 204/2025 y 1256/2025. Sentencia de señalamiento adicional.

STS, a 25 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1466/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1466
  • Sala: de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 1376/2025

RESUMEN: Prestaciones por desempleo tras finalizar ERTE-Covid. Ese periodo no computa como cotizado a efectos de percibir una nueva prestación de desempleo. Aplicación de las normas comunes, al no existir previsión contraria en la regulación especial por tales ERTEs. Aplica STS Pleno 980/2023, de 16 noviembre (rcud 5326/2022), seguida por otras muchas, descartando también que quepa aplicar una especie de "doctrina del paréntesis”.

Comentario personal: Ya teníamos claro que aquel periodo erte-covid no computaba para prestaciones por desempleo posteriores, pero tampoco, deja claro la sentencia, se aplica paréntesis alguno a dicho periodo.

STS, a 25 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1411/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1411
  • Sala: de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 1123/2025

RESUMEN: La prestación por desempleo de nivel contributivo cuando el desempleo es total, pero como consecuencia de la pérdida de un trabajo a tiempo parcial, ha de calcularse en función del promedio de las horas trabajadas durante el período de los últimos 180 días (base reguladora), proyectando ese porcentaje de parcialidad sobre los topes máximo y mínimo a que se refiere el precepto (art. 270.3 LGSS) y no sobre la base reguladora (art. 270.1 LGSS). Reitera doctrina de STS 1118/2016 de 27 diciembre (rcud 3132/2015), invocada de forma confusa por las SSTS 329/2018, de 22 marzo (rcud 3068/2016); 698/2019, de 9 octubre (rcud 655/2018); 195/2024, de 29 enero (rcud 4525/2022).

Comentario personal: Aquí he comentado la sentencia https://miguelonarenas.blogspot.com/2026/04/el-tribunal-supremo-ratifica-la.html

STS, a 26 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1620/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1620
  • Sala: de lo Social
  • Nº de Resolución: 323/2026
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISABEL OLMOS PARES
  • Nº Recurso: 4597/2024

RESUMEN: Air Europa y Sepe. Prestaciones por desempleo. Derecho a la percepción de prestación por desempleo de una persona trabajadora durante el tiempo en que permanece en situación de inactividad siendo contratada por tiempo indefinido a tiempo parcial con concentración de la jornada y cuyo contrato es suspendido por un ERTE por causa de fuerza mayor Covid-19. Reitera doctrina contenida en SSTS 487/2025, de 27 de mayo (rcud 5505/2023) y 627/2025, de 24 de junio (rcud 1442/2024). Sentencia de señalamiento adicional.

OTRAS CUESTIONES

STS, a 27 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1641/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1641
  • Sala: de lo Social
  • Nº de Resolución: 328/2026
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA ORELLANA CANO
  • Nº Recurso: 2581/2024

RESUMEN: Falta de contradicción. Requerimiento por la mutua de la devolución de la indemnización a tanto alzado de la pensión de viudedad a la viuda, en la sentencia recurrida, se había declarado, con posterioridad, que el óbito derivó de enfermedad común. Y, en la sentencia de contraste la mutua le reclama al Instituto Nacional de la Seguridad Social la devolución del capital coste de la indemnización, no siendo parte en este procedimiento la viuda.

Enlace a la sentencia (CENDOJ)

Comentario personal: En este caso se desestima el recurso por falta de contradicción y consolida que una viuda no está obligada a reintegrar la indemnización a tanto alzado tras recalificarse el origen del fallecimiento de su cónyuge de accidente de trabajo a enfermedad común. Y menos mal.

STS, a 25 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1652/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1652
  • Sala: de lo Social
  • Nº de Resolución: 297/2026
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 3412/2024

RESUMEN: FALTA DE COMPETENCIA FUNCIONAL. Impugnación de alta médica; pretensión de que esta quede sin efecto y que la entidad gestora abra de oficio un expediente de incapacidad permanente. Se declara de oficio la incompetencia funcional ya que la pretensión principal es la impugnación del alta médica, con independencia de que se solicite también que la entidad gestora inicie de oficio un expediente de incapacidad permanente, cuestión que no impide a la parte efectuar la correspondiente solicitud.

Enlace a la sentencia (CENDOJ)

Comentario personal: Creo que sí procedía la nulidad de la sentencia de suplicación por falta de competencia funcional, recordando la regla de que las sentencias dictadas en procesos de impugnación de alta médica son irrecurribles en suplicación. Y entiendo que no existe indefensión para la persona trabajadora, que de hecho, en procedimiento paralelo ya cuestionaba la situación de incapacidad permanente, pero no correspondía en el de alta médica.

STS, a 25 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1636/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1636
  • Sala: de lo Social
  • Nº de Resolución: 308/2026
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 5426/2024

RESUMEN: Familia monoparental. Prestación por nacimiento y cuidado de menor. Se reconoce el derecho de la única progenitora a la prestación adicional de 10 semanas que le hubieren correspondido al otro progenitor. Reitera doctrina de las SSTS del Pleno 118/2025, de 19 de febrero (rcud 878/2022) y 121/2025, de 21 de febrero (rcud 1562/2023), que aplican la STC 140/2024, de 6 de noviembre, que declara la inconstitucionalidad de los arts. 48.4 ET y 177 LGSS. Señalamiento adicional.

Enlace a la sentencia (CENDOJ)

STS, a 25 de marzo de 2026 - ROJ: STS 1472/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1472
  • Sala: de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUISA MARIA GOMEZ GARRIDO
  • Nº Recurso: 595/2025

RESUMEN: Doctrina del paréntesis en el caso de una pensión de jubilación. No procede aplicarla en el momento en que el interesado se sitúa como demandante de empleo, después de cuatro años sin actividad ni demanda de empleo, y posterior interrupción de dicha demanda de un año, en lugar de en el momento en que cesa la obligación de cotizar. Lo contrario implicaría desactivar los requisitos de carencia específica, sin que este Tribunal haya admitido nunca que el paréntesis se aplique en varios lapsos distintos.

Comentario personal: Rechaza aplicar la "doctrina del paréntesis" para cumplir la carencia específica de la pensión de jubilación, ya que el solicitante tuvo un vacío prolongado de cuatro años sin estar inscrito como demandante de empleo. Sigue la senda de la interpretación restrictiva de esta figura por parte del TS.

STS, a 09 de abril de 2026 - ROJ: STS 1655/2026

  • ECLI: ES:TS:2026:1655
  • Sala: de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 2798/2024

RESUMEN: Gran invalidez (actualmente denominada gran incapacidad) por ceguera. De conformidad con el Ministerio Fiscal, se estima el recurso del INSS porque la sentencia recurrida aplica la tesis "objetiva", cuando, desde las SSTS del Pleno 199/2023, de 16 de marzo (rcud 3980/2019), y 200/2023, de 16 de marzo (rcud 1766/2020), la doctrina de la Sala IV es que debe aplicarse la tesis "subjetiva", siendo uno de sus últimos exponentes, por ejemplo, la STS 1000/2025, de 21 de octubre (rcud 3845/2023). Sentencia de señalamiento adicional.

Comentario personal: Reitera la "tesis subjetiva" para conceder la gran invalidez por ceguera, determinando que no basta con presentar una deficiencia visual objetiva severa, sino que debe probarse la necesidad real de una tercera persona para los actos esenciales de la vida. Recomiendo la lectura, muy crítica con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, pero que comparto plenamente, en este artículo: Leer artículo completo (PDF)

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