29 diciembre 2013

ÚLTIMAS REFORMAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL. PARTE 3 de 3.

Y, ya podemos finalizar esta serie, indicando que la Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social, ha venido a consagrar todo lo que proponía en su anteproyecto -a salvo de una posible subida del IPC +0,50 puntos en tiempos de "bonanza económica" (sic)-, con lo que ya podemos afirmar que esta ley es injusta, inmoral e inconstitucional. 

Os dejo en enlace a la entrada en que analizaba el anteproyecto, y el anuncio de que en breve iniciaremos una campaña de oposición a esta, insisto, injusta norma.

2 comentarios:

  1. :


    Mi marido tiene una empresa de excavaciones su actividad o ramo es el de cond-maquinista y transportista de camiones. En julio de 2012 cogio la baja por la seguridad social ya que le dio una lumbalgia muy fuerte a raiz de este hecho le comenzaron a realizar pruebas y vieron que tiene una discopatia degenerativa en la zona lumbar con protusiones discales. a los 4 meses de estar de baja el ICAM le dio el alta, como es autonomo a los pocos meses se dio de baja de autonomos ya que no puede ejercer su actividad de hecho los medicos le aconsejan que cambie de ramo, pasado un tiempo concretamente el 17/09/2013 vuelve a coger la baja puesto que le da otra lumbalgia, ahora pasados otros cuatro meses el ICAM le ha dado el alta, volveremos a impugnar el alta como hicimos la primera vez, pero estamos pensando en solicitar una pension por incapacidad permanente. Puesto que no puede trabajar de lo suyo y se obligado a cambiar de ramo. Como lo ves si la pedimos, cuando es el mejor momento, es mejor solicitarlo con abogados, o es una perdida de tiempo porque no se lo van a dar. Estamos un poco confusos, a ver si nos puedes orientar.

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    1. El trámite para solicitar la incapacidad permanente es sencillo, y no es preciso que intervenga abogado. Teniendo en cuenta lo que me describes, creo que deberías solicitarlo ya. Es importante, por el tipo de patología, que aportéis informes de especialistas -traumatología- y pruebas específicas -resonancias magnéticas, electromiografías-, etc...
      Tienes acceso al formulario y una breve explicación aquí:

      http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/PensiondeIncapacida45982/index.htm

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Te contestaré lo más rápido que me sea posible, pero ten paciencia. Mi opinión no sustituye la de un profesional jurídico que pueda asesorarte directamente y examinar documentación.