Nuevos Modelos de Certificación para Servicios Sociales (IMV): Resolución de 2 de marzo de 2026
El pasado 17 de marzo de 2026 se publicó en el BOE la Resolución de 2 de marzo de 2026, del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Esta norma actualiza y sustituye los modelos que los Servicios Sociales deben cumplimentar para acreditar situaciones especiales que dan derecho al Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Análisis de la Reforma
La necesidad de mayor precisión técnica y la experiencia acumulada desde 2022 han llevado al INSS a renovar estos formularios. El objetivo principal es agilizar la tramitación para colectivos en riesgo de exclusión, personas sin hogar o unidades de convivencia complejas donde el padrón no refleja la realidad social.
Esta resolución deroga los modelos anteriores de enero y octubre de 2022, obligando a usar exclusivamente los nuevos anexos para cualquier solicitud o revisión a partir de ahora.
¿Qué contienen los nuevos anexos?
Es el modelo principal. Permite acreditar situaciones como el empadronamiento en domicilios ficticios, inexistencia de vínculos de parentesco, o la constitución de la unidad de convivencia durante los últimos 6 meses. Incluye un desglose detallado de hasta dos personas empadronadas y sus relaciones.
Descargar Anexo ISe utiliza cuando en el domicilio conviven más personas de las que caben en el Anexo I. Es fundamental para un análisis completo de la situación convivencial de unidades de convivencia extensas.
Descargar Anexo IIResponde a la obligación anual de los Servicios Sociales de informar al INSS si las circunstancias de exclusión o convivencia especial que dieron lugar a la prestación siguen vigentes.
Descargar Anexo IIIReferencia legal
La resolución se fundamenta en los siguientes preceptos de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre:
10. La situación de riesgo de exclusión social se acreditará mediante certificado expedido por los servicios sociales correspondientes.
Para consultar el texto íntegro y descargar los modelos oficiales, puedes acceder al enlace oficial del BOE:
Acceder al BOE (Referencia ELI)
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