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26 junio 2019

¿QUÉ HACER SI ME DENIEGAN LA RENDA GARANTIDA DE CIUTADANIA?. GUÍA DE ACTUACIÓN.

En plena efervescencia de la conocida como #LleiAragonés, formalmente denominada  Projecte de llei de contractes de serveis a les persones, creo que parece clara la deriva del actual Govern de la Generalitat hacia políticas que pueden ser calificada como se quiera, pero desde luego no de "sociales". Aquí desgrana la CUP los motivos de oposición al proyecto de ley: ACCESO.

Y, claro, ocupados en privatizar servicios, los derechos sociales pasan a un segundo plano. Y entre ellos la Renda Garantida de Ciutadania. Ya explicamos en su momento las virtudes, que son muchas, de esta prestación básica para luchar contra la situación de pobreza y exclusión (aquí y aquí), pero también que la Generalitat está incumpliendo de forma sistemática con la normativa, denegando, o simplemente no tramitando, las solicitudes presentadas por miles de ciudadanos (comunicado al respecto de Col.lectiu Ronda).

Afortunadamente, La Comissió Promotora de la ILP de la RGC no se disolvió tras la aprobación de la LLEI 14/2017, del 20 de juliol, de la renda garantida de ciutadania, y desde su entrada en vigor está denunciando el mal funcionamiento del Departament de Treball en la gestión de la prestación -ya sea como prestación básica o como complemento de otras prestaciones- que nos están llevando a una situación incluso de mayor desprotección que con respecto a la antigua renta de inserción....y ese no era el objetivo de la ley. Valga, a título informativo, el comunicado efectuado el pasado 12/06/2019, en que se llevó a cabo una nueva manifestación exigiendo el cumplimiento de la Llei 14/2017:

"Davant el greu incompliment pel Departament de Treball, Afers Socials i families de la llei de la Renda Garantida de Ciutadania (RGC), així com la transgressió de la Llei de Transparència posada en evidència per la resolució 114/2019 de la Comissió de Garantia del Dret a l'Accés de la Informació Pública (GAIP), la burla a la Moció del Parlament de Catalunya de 22 de novembre 2018 que obliga a revisar totes les sol·licituds rebutjades fins a li data, i el dolor, patiment i desesperança causat desenes de milers de persones i famílies a qui s'ha rebutjat injustament la sol·licitud de la prestació de la RGC, la Comissió Promotora de la RGC, amb el suport d'altres moviments socials contra la Precarietat, de Marea Pensionista, la Coordinadora d'assemblees de treballadors/es en atur de Catalunya, etc., hem convocat una concentració per exigir el ple compliment de la llei RGC el dimecres 12 de juny, a les 19 hores a Plaça. Sant Jaume de Barcelona".

Pero, de la Comissió Promotora quiero destacar no solo su acción "politica", sino también, y muy especialmente -por la dedicación y esfuerzo- su actividad de asesoramiento jurídico y técnico de las personas afectadas. Al margen de las guías y modelos de reclamación que ya constan en su web (acceso aquí), ahora han publicado, y aquí me hago eco, la siguiente guía de urgencia para reclamar contra la denegación o silencio por parte de la Generalitat (acceso):


La Renta Garantizada de Ciudadanía es un derecho

1.- Para defender tu derecho a la Renta Garantizada de Ciudadanía, si cumples con los requisitos o tu situación hace excepcional tu derecho por estar en situación de extrema necesidad, siempre es imprescindible haber agotado todas las vías antes de poner el contencioso administrativo, siempre dentro de los términos y por escrito, es importante ir guardando toda la documentación vinculada así como toda aquella justificativa o acreditativa, de manera ordenada, los papeles son muy importantes.

2.- Una vez agotadas las opciones de reclamación al Gobierno de la Generalidad, creemos conveniente interponer siempre la demanda contencioso administrativa. El contencioso administrativo deberá presentarse siempre el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, no hay que perder tiempo en poner la demanda en cualquier otro juzgado. Recuerda que tienes la opción de justicia gratuita a través del despacho del Colegio de Abogados existente en cada Partido Judicial.

3.- Una vez tienes la demanda interpuesta no aceptes cerrarla o retirarla debido a que te hayan dicho que te pagarán, o por el hecho de que te hagan un pago parcial, espera cobrar los atrasos completamente y verificar el cobro mensual, y siempre pidiendo la opinión de tu abogado, también respecto a las opciones a posteriori en caso de no recibir los pagos pendientes.

4.- Cuando retires la demanda estad atentos a los pagos dado nos han informado se están dando casos en que dejan de pagar.

5.- Normalmente las personas afectadas pueden acudir a la justicia gratuita, tiene que saber que el abogado de oficio debe estar de su lado, y tiene todo el derecho del mundo a tener una reunión presencial con su abogado, llevarle toda la documentación que desea añadido a la demanda, estar informados del estado y previsiones de vuestra demanda, También procedimiento y calendarios, y recibir copia de todas las acciones de su abogado, También tienes derecho a reclamar el Colegio de Abogados y al Síndic de Greuges si ve que sus derechos no son atendidos.

6.- Agradeceremos que todas aquellas personas afectadas con demanda interpuesta contacten con nosotros vía nuestro correo asesoriargc@gmail.com para hacer seguimiento de los casos y poder tener información que pueda ser de utilidad a otras personas afectadas.

7.- Recordemos siempre la conveniencia de denunciar ante el Síndic de Greuges todas las resoluciones erróneas, injustas, equivocadas, irregulares conforme la ley, también denunciar los casos de falta de respuesta, las respuestas fuera de término, así como las situaciones de maltrato de la administración e indefensión, por acción y por omisión, y los incumplimiento de las resoluciones.

8.- También sugerimos denunciar públicamente a través de los medios de comunicación todas aquellas situaciones de irregularidad, de injusticia, de falta de cumplimiento de resoluciones, de no aplicación de la ley, de manera que se consigue dar visibilidad y defender su derecho a la Renta garantizada de Ciudadanía.

Desde aquí, mi más sincero agradecimiento a los miembros de la Comissió Promotora por su labor. Seguimos luchando.

Concentración del 12/06/2019.





08 septiembre 2017

LA RENTA GARANTIDA DE CIUTADANIA, ¿PUEDE OPERAR COMO COMPLEMENTO DE LAS PENSIONES DE SEGURIDAD SOCIAL?.

El 15 de septiembreentra en vigor la RGC (renda garantida de ciutadania) aprobada por laLlei 14/2017, de 20 de juliol. La RGC tiene como objetivo erradicar la pobreza y la exclusión social, desarrollando lo previsto en art. 24.3 de nuestro Estatut. La plataforma que llevó a delante la ILP ha elaborado diversos documentos al respecto para que actúe como guía, y la propia Generalitat ha editado una infografía para difundir el alcance y contenido de la nueva "prestación".

Aún así, es una ley, bajo mi punto de vista, compleja, y sin perjuicio de posteriores análisis más detallados, voy a intentar explicar como esta RGC puede completar las pensiones, sean contributivas o no contributivas.

La Llei 14/2017 define a la RGC como una prestación social de naturaleza económica, que se configura como un derecho subjetivo, que a su vez se divide en dos:

a) una prestación garantizada siempre que se cumplan los requisitos legales.

b) una prestación complementaria de activación e inserción, social y laboral. Se liga a un plan de inclusión o inserción laboral que ayude a dejar la situación de necesidad.


La prestación básica garantizada es del 100% de la cuantía del Indicador de Renta de Suficiencia de Catalunya (IRSC), aunque de forma transitoria para el 2017 es del 85%. Por tanto, si solo existe un titular que sea a su vez el único beneficiario, estamos hablando de 564 € mensuales. Si concurren otros beneficiarios, los importes serían los siguientes:

Fuente: Gencat
La prestación complementaria es de 150 € mensuales.

Ahora bien, el art. 4.5, subrayando el carácter complementario y subsidiario de la RGC, establece tajantemente que, además de quien perciba el desempleo,  "los perceptores de pensiones contributivas y no contributivas de la seguridad social no tienen derecho a la prestación económicia de la RGC....". Sin embargo, remite a la DA 3ª de la propia ley, en la que regula lo que denomina "supòsits de complementarietat". Esta disposición adicional modifica el artículo 21 de la llei 13/2006, de prestacions socials de caràcter econòmic, y crea un derecho subjetivo específico -prestación complementaria- para, entre otros, complementar las pensiones públicas. Y realiza una diferencia entre las no contributivas y las "pensiones diferentes".

Así, con respecto a las pensiones no contributivas por invalidez o jubilación crea una prestación complementaria a cargo de la Generalitat -que de hecho ya existía antes de la aprobación de la RGC-. Su importe es el que resulte necesario para alcanzar las cuantías que constan en la DT 3ª de la Llei 14/2017. A saber:


Un ejemplo práctico en un titular de una jubilación no contributiva, que percibe 5.164,60 € anuales (368,90 € por 14 pagas), y que según el IRSC de 2017 debería llegar a 6.768 € anuales (564 por 12 pagas, en la RGC no hay pagas extras), debería percibir una prestación complementaria de 1.603,40 € anuales, que en 14 pagas supone 114,53 € mensuales.

Aunque podría parecer que es un avance, el complemento anterior que ya pagaba la Generalitat era de 107 € mensuales, con lo que, lo siento mucho, pero no hemos avanzado nada, por lo menos con respecto a las prestaciones no contributivas. Quizás, en aquellos casos que el titular sea miembro de una unidad familiar con varios beneficiarios, la ayuda complementaria pueda ser superior, pero creo que sigue siendo entonces -serán hijos a cargo- aún más insuficiente.

La duda que se me genera es que la redacción del artículo permite al titular de la prestación complementaria percibir también la cuantía de la "prestación complementaria de activación e inserción, social y laboral", que recordemos es de 150 €. Pero si esta va ligada a un plan de inclusión o inserción laboral que ayude a la persona a dejar la situación de necesidad, si el beneficiario está jubilado o incapacitado, se me antoja que es imposible en la práctica que cumpla con dicho requisito.

En referencia a las pensiones contributivas -también para otras ayudas o prestaciones-, también se permite a sus perceptores recibir el indicado complemento, en las mismas condiciones que hemos indicado -además con idéntica reflexión respecto a la prestación complementaria de activación e inserción-. Aunque en principio es francamente difícil que un pensionista no llegue a la cuantía anual del IRSC (recordemos, 6.768 €). Estos son los importes mínimos de las pensiones públicas:


Por tanto, solo nos encontraremos en supuestos muy contados en que no se supere el importe del ISRC por parte del pensionista, como puede ser con la IPT en menores de 60 años - además em aquellos en que no derive de enfermedad común no hay garantía de mínimos- y que sean trabajadores a tiempo parcial (estamos viendo pensiones incluso inferiores a la no contributiva en esos supuestos). O bien en pensiones del SOVI, orfandad o en favor de familiares. En fin, que va a ser prácticamente imposible que un pensionista perciba este complemento de la RGC. Sirva además la reflexión respecto a la "prestación complementaria de activación e inserción, social y laboral", aquellos 150 € para las prestaciones no contributivas. Pero, vuelvo a repetir, si esta va ligada a un plan de inclusión o inserción laboral que ayude a la persona a dejar la situación de necesidad, si está jubilada o incapacitada, es materialmemte imposible que pueda cumplir con dicho requisito.

En fin, no parece que la prestación complementaria de la RGC sea un gran avance para nuestros pensionistas. Lo que, evidentemente, no impìde entender que pueda, si se elevan las cuantías de la RGC, ante una poderosa arma para erradicar la pobreza extrema.


Acceso a la guía elaborada por la plataforma ILP


02 noviembre 2016

RESUMEN RUEDA DE PRENSA SITUACIÓN PROPUESTA DE LEY RENTA GARANTIZADA DE CIUDADANÍA

Comisión Promotora Renta Garantizada de Ciudadanía
Nota: El texto íntegro y las fotografías han sido redactado y realizadas por los compañeros de Comisión Promotora Renta Garantizada de Ciudadanía. Con esta entrada quiero darles todo mi apoyo en su iniciativa y, si es posible, servir de altavoz.

Ante la presencia de numerosos medios de comunicación se ha desarrollado la rueda de prensa convocada por la Comisión Promotora de la Renta Garantizada de Ciudadanía para informar del momento en que se encuentra la tramitación, de los objetivos y convocatorias de acción, así como de los recientes apoyos recibidos de la Diputación de Barcelona y el Área Metropolitana.


Junto al representante de la Comisión Promotora han intervenido para aportar datos del drama de la pobreza en Catalunña y apoyar la propuesta de ley Rosa de Marea Turquesa, Núria Carreras del Colegio Oficial de Trabajo Social de Cataluña, Carlos Macías portavoz la PAH de Barcelona, ​​Joan Carles Gallego secretario general de la CONC ha informado sobre la convocatoria de manifestación del 19 de noviembre en defensa de unos presupuestos sociales y de la Renta garantizada de ciudadanía, y Rosa Cañadell representante de la Asamblea Amarilla que ha anunciado la movilización del 12 de noviembre en defensa de la educación.

El representante de la Comisión Promotora se ha extendido en el momento en que se encuentra el trabajo de la ponencia y sobre el acuerdo mayoritario alcanzado sobre la cuantía económica de las prestaciones de los representantes de Cataluña Sí que es Pot, Ciutadan’s, CUP, PSC y PP: 100% del IRSC anual (664 euros/mes) para la persona individual, 50% del IRSC para la segunda persona de la unidad familiar o de convivencia que tenga derecho, 30% del IRSC para las otras personas que tengan derecho, 100 euros más por cada hijo/a. Plazo de enero a abril de 2017 para que el gobierno prepare la implementación administrativa. Inicio de aplicación efectiva de la Renta Garantizada de Ciudadanía el 1 de mayo 2017 con el 90% de la prestación básica, y 100% de las prestaciones el 1 de enero 2018.

Expresó el interés de la Comisión Promotora que Junts pel Si se sume al acuerdo mayoritario e informó del compromiso de este grupo parlamentario de hacer una nueva propuesta (sobre su posición inicial) en la próxima reunión de ponencia el viernes 4 de noviembre.

También ha explicado la preocupación para que se apruebe esta ley antes de finalizar el año, con la debida dotación presupuestaria y ha anunciado diversas iniciativas de acción para exigir su aprobación, entre ellas la realización de una huelga de hambre o ayunos de tres días antes del primer pleno de debate presupuestario.

Se ha dado lectura a la declaración final con la participación de Arcadi Oliveres, Laura Massana ex diputada ICV, Gabriela Serra diputada de la CUP, Luis Blanco portavoz de la IAC, Josep Bel en representación de Barcelona en común, Eva Granados diputada del PSC , David Papiol portavoz de UGT, Jaume Botey representante de Cristianos siglo XXI, Patrizia Manzo (Asamblea de trabajadores / as en paro de Barcelona), Clara Rivas por el Frente Cívico y finaliza Diosdado Toledano de la Comisión Promotora.

Finalmente se ha cerrado la rueda de prensa después de responder a las preguntas de los diversos medios de comunicación.

Queremos comunicar nuestro reconocimiento a las personas activistas de los diversos movimientos y organizaciones sociales que han ayudado a preparar la rueda de prensa, o que han estado presentes para expresar su apoyo, Sixte Garganté de la Comisión Promotora, APE (alianza contra pobreza energética), Casal de niños, Coordinadora de Asambleas de trabajadores / as en paro de Cataluña, Marea Blanca, Marea pensionista, Marea Turquesa, Marea de Mareas, PAH de Barcelona, ​​PAC, Co.bas, Proceso Constituyente, Xsuc-Socialisme21, los diputados de Cataluña Si Que se puede Luis Rabell, Marta Ribas (ICV), Jessica de Podemos, Juan José Nuet (EUiA), el diputado Raul Moreno del PSC y Mireia Vehí diputada de la CUP.

Nos disculpamos de antemano por los posibles olvidos en esta relación.

Enviamos declaración en archivo adjunto y alguna foto.

Informamos de la emisión en tiempo real de la rueda de prensa y de su grabación en vídeo que comunicaremos oportunamente.

Barcelona 2 de noviembre 2016





Medios que han difundido la rueda de prensa:

http://www.lavanguardia.com/vida/20161102/411521415799/els-impulsors-de-la-renda-de-ciutadania-reclamen-a-junts-pel-si-que-sadhereixi-a-lacord-majoritari-del-parlament.html
http://www.eldiario.es/catalunyaplural/Renda_Garantida_de_Ciutadania-Pobresa-ILP-Parlament_de_Catalunya-_Junts_pel_Si_0_576043061.html
http://www.btv.cat/btvnoticies/2016/11/02/grup-promotor-ilp-renda-garantida-pressiona-govern/ (video)
http://www.btv.cat/btvnoticies/tag/parlament/ (notícia)           
http://www.catalunyapress.cat/texto-diario/mostrar/524040/entitats-i-sindicats-demanen-els-pressupostos-govern-incloguin-renda-garantida
http://www.ara.cat/societat/Entitats-redoblen-Renda-Garantida-Ciutadania_0_1679832142.html
http://www.vilaweb.cat/noticies/entitats-defensen-la-renda-garantida-de-ciutadania-per-acabar-amb-la-pobresa-energetica/
http://elmon.cat/noticia/175223/convoquen-una-vaga-de-fam-per-la-renda-garantida-just-abans-del-debat-de-pressupostos
http://www.semprealesquerra.cat/la-comissio-promotora-de-ilp-de-la-renda-garantida-de-ciutadania-reclama-a-junts-pel-si-se-sumi-a-lacord-majoritari/