29 diciembre 2013

ÚLTIMAS REFORMAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL. PARTE 2 de 3.

Seguimos con el análisis de las últimas normas publicadas y que han efectuado reformas importantes en materia de Seguridad Social. Analizamos ahora la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.

No es fácil resumir una norma de más de 500 páginas en una entrada del blog, pero, sin perjuicio que pueda haber pasado por alto alguna otra reforma o cuestión de interés oculta o poco visible, resumo lo que entiendo más destacado en materia de seguridad social y pensiones –aunque con alguna referencia también al ámbito laboral-. Y así:

ÚLTIMAS REFORMAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL. PARTE 1 de 3.

Tres recientes normas han venido a efectuar diversas reformas en el orden social, especialmente graves en materia de Seguridad Social, y aunque algunas de ellas ya eran conocidas, como puede ocurrir con el nuevo índice de revalorización de las pensiones públicas o la congelación del salario mínimo interprofesional, otras se han efectuado sin que la ciudadanía tenga conocimiento exacto de la repercusión de la reforma, como ocurre con el factor de sostenibilidad de las pensiones o la congelación de la base de cotización mínima. E incluso, en materia de incapacidad temporal e incapacidad permanente se han establecido, con un oscurantismo evidente, nuevas trabas para impedir el acceso a las prestaciones derivadas de las mismas, sin que ni por el Gobierno –ni por la oposición- se haya dicho “esta boca es mía”….

14 diciembre 2013

SUBSIDIO DE DESEMPLEO PARA MAYORES DE 55 AÑOS: UN JUEZ DE LO SOCIAL RECTIFICA EL CRITERIO RESTRICTIVO DEL S.P.E.E.

Ya es conocido que la nueva regulación de la prestación de desempleo para mayores de 55 años dificulta enormemente el acceso de los trabajadores al subsidio, lo que produce, en el contexto actual de crisis y enormes tasas de desempleo, que muchos ciudadanos se encuentren en situaciones de total desamparo (sin trabajo, sin desempleo, sin jubilación, sin futuro....). Pero si la ley es dura, la aplicación práctica de la misma, es decir, los criterios administrativos del SPEE, aún son más restrictivos todavía. Mantenemos desde Col.lectiu Ronda una importante lucha para evitar esa injusta situación y, en ocasiones, como la que ahora comentamos, los jueces de la jurisdicción social, nos dan la razón.

09 diciembre 2013

ACTUAL RÉGIMEN DE COMPATIBILIDAD ENTRE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN Y EL TRABAJO (breve pincelada).

Los artículos 1 á 4  del RDLey 5/2013 han establecido un nuevo régimen de compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena. Esta nuevo régimen de compatibilidad -que no deroga los anteriores supuestos de compatibilidad, sino que coexiste con los mismos-, es de aplicación a todos los regímenes del sistema de la Seguridad Social, excepto al Régimen de clases pasivas del Estado, que se regirá por lo dispuesto en su normativa específica (regulado en la D.A. 2ª y 3ª).