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25 octubre 2012

INCAPACIDAD PERMANENTE. BREVE ESQUEMA DE RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL.

Podemos reclamar tanto las resoluciones desfavorables –denegación de la pensión- como favorables –por ejemplo, si no estamos de acuerdo con la base reguladora, fecha de efectos, grado de incapacidad, etc…-. En ambos casos hacemos referencia a las resoluciones dictadas por el INSS dentro de su ámbito de actuación.

La reclamación tiene dos fases sucesivas:

  1. RECLAMACIÓN PREVIA. A destacar las siguientes características:
  • Se presenta ante el propio INSS (en ocasiones es posible que también ante otros organismos como las mutuas colaboradoras de la seguridad social, etc..).
  • Delimita el alcance de la petición en vía judicial. Lo que no se discuta en esta reclamación NO podrá plantearse en la posterior demanda judicial.
  • El plazo es de 30 días desde que se notificó la resolución.
  • En principio no se adjunta documentación ni requiere citación ante ningún organismo.
  • Es un trámite imprescindible –sin él no puede plantearse la demanda posterior-.
  • Como norma general el INSS desestima la reclamación sin más trámite.
  • El trámite suele ser rápido (pocos días).

  1. DEMANDA JUDICIAL. Señalamos como características:
  • Se presenta ante el Juzgado de lo Social (existe un sistema de reparto).
  • Ha de incorporarse el original de la reclamación previa.
  • Pueden discutirse todos los extremos de la resolución del INSS con los que no estamos de acuerdo.
  • No es preciso adjuntar documentación médica.
  • La actual situación de colapso judicial supone una total incerteza sobre el plazo en que se resolverá el procedimiento, que puede ser de unos pocos meses o de más de una año, en función del juzgado.
  • Se celebrará una vista oral en la que, como norma general, si se trata de una cuestión médica, debe acudirse con un médico. Es también frecuente que la Seguridad Social acuda con facultativo médico –pero no siempre-. Las mutuas de accidentes de trabajo acuden siempre con médicos. Lo anterior suele comportar que aquellas entidades citen antes del juicio a nuestro cliente para ser reconocido médicamente. Aunque por norma debe acudirse, antes debe consultarse dicho extremo con el abogado/a que dirija el proceso.
  • Pueden ser precisos otros expertos –técnicos de prevención que elaboren una descripción del puesto de trabajo- y, en ocasiones, con testigos.
  • Normalmente el demandante no debe intervenir ni es preguntado en el acto de juicio.
  • Una vez celebrado el juicio, en un plazo aproximado de 1 mes, se dicta sentencia.
  • La sentencia puede ser estimatoria (favorable total o parcialmente) o desestimatoria. En cualquier caso cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia –por escrito, no es un nuevo juicio- y, si la sentencia estimó la petición de la pensión, aunque las partes contrarias recurran –que lo suelen hacer por sistema-, en un plazo de aproximadamente 2 meses, se inicia el cobro de la pensión. El trámite del recurso es, de media en Catalunya, de varios meses.

462 comentarios:

  1. Buenas noches Miguel,

    Le han dado el alta a mi madre, no obstante ciertamente las secuelas que le van a quedar la incapacitan para desarrollar su profesión habitual.

    Nos quedan un par de días para la presentación de la reclamación previa a la notificación de alta y estamos pensando interponerla, especialmente tras leer las recomendaciones de tu blog, pero nos asaltan algunas dudas que a lo mejor nos podrías ayudar a resolver:

    - Como no nos queda mucho tiempo y generalmente no estiman las reclamaciones previas, cabría la posibilidad de hacer una reclamación muy escueta sin mencionar la enfermedad padecida, las secuelas existentes y motivos por los que no puede desarrollarse la actividad, o esto ya supondría pillarnos los dedos y no poder alegar nada en juicio? la idea es interponer la reclamación para que no se nos pase el plazo y posteriormente que un abogado lleve el caso y profundice.

    - Una amiga mia opositora me comento que cabe la posibilidad de pedir el expediente, ¿cómo hago esto? ¿puedo hacerlo en la propia reclamación? esque sin el expediente y sin ser la resolución de alta motivada es dificil contestar!

    - qué plazos tenemos una vez presentemos la raclamación previa frente a la resolución de alta?

    - puede estar escapasandome algo?

    MUCHISISISISIMAS GRACIAS de antemano, la verdad es que tu blog es todo un descubrimieno, enhorabuena.

    Un saludo

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    1. Gracias a tí por tus amables comentarios...te contesto por el mismo orden:

      - la reclamación puede ser escueta, pero haz referencia, como mínimo, a los diagnósticos de todas las enfermedades que padezca tu madre.

      - sí, debes dirigirte al INSS -te aconsejo que vayas directamente, si es posible, a la Dirección Provincial-...si no va tu madre directamente, lleva una autorización de ellas + fotocopia DNI, y que te autorice EXPRESAMENTE para acceder a la documentación médica.

      - Ojo!!! el plazo para interponer reclamación previa es diferente si se formaliza contra la denegación de la incapacidad permanente -ve más arriba en esta entrada- o si es con respecto al alta médica...en este último caso son 11 días para formalizar la reclamación, y si en 7 días no han contestado -que es lo habitual- se entiende denegada y se abre el plazo de 20 días para formalizar demanda.

      - No, vas bien, muy bien!!! Has estudiado derecho?? A lo mejor lo has visto ya, pero en el siguiente enlace tienes modelo de reclamación y procedimiento:

      http://miguelonarenas.blogspot.com.es/2013/04/modelo-de-reclamacion-previa-para.html


      Mucha suerte.....A

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  2. Buenas noches Miguel gracias por tu blog.
    Tengo una juicio por Síndrome de Fatiga Crónica para 2014, al ir a evaluarme el perito para hacer la demanda me encontró otra patología que se ha confirmado , el SPS me ha pedido la incapacidad y me la han denegado, al tratarse de otro expediente hay que volver a repetir el proceso e ir a juicio, mi pregunta es ¿ hay alguna manera de incluir esa nueva patología en el primer expediente para que en el primer juicio se tenga en cuenta? . Un abogado me ha comentado que eso casi imposible, y otro que si se puede hacer. Me gustaria saber tu opinión.

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    1. El segundo abogado tiene razón. El Tribunal Supremo entiende que en el acto de juicio deben valorarse TODAS las enfermedades que padezca el trabajador, incluso las de nueva aparición.

      Dicho lo anterior, esto es un tema de "estrategia". Si el juicio del primer proceso se ha de celebrar ante un juzgado de los, digamos poco favorables para los trabajadores, pondría todos mis esfuerzos en el segundo, y más aún si el SPS te ha pedido la incapacidad.

      Suerte!!!

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    2. Te agradezco en el alma tu respuesta

      El abogado que me dijo que se podía incluir la última patólogía en el primer juicio me comentó que se tenía que hacer solicitando la acumulación de acciones y hasta me insistió en ue si no lo hacía podrían perjudicarme los abogados del INSS, que no le echara cuentas al juzgado que me había tocado, también me comento que lo hiciera el mismo abogado que me está llevando el caso de la primera incapacidad que no es él , por cierto las dos incapacidades me las ha solicitado el SPS y como si ná.
      Por último un comentario, para hablar con mi agobado al que pago tengo que solicitar audiencia, solo puedo hablar con la secretaria que obviamente no controla todo, y contigo en pocar horas he obtenido respuestas y he aprendido mucho.
      Felicidades por tu blog y muchas, muchas gracias, ojalá viviera en Barcelona.

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  3. Hola, quería explicarte mi caso particular. Pedí la incapacidad en el INSS y me han dado la total, como no era la que iba buscando (absoluta), he aportado dos documentos nuevos para la reclamación de esta resolución inicial.

    Crees que en este caso en particular donde aporto dos informes nuevos, que considero que tienen bastante peso y además se observa una agravación respecto a los documentos médicos presentados en el trámite inicial, es posible que resuelvan a mi favor con una incapacidad permanente absoluta?

    Te explico, tengo retinosis pigmentaria e hipoacusia, lo que presenté inicialmente fue una audiometría (no importante) y un informe médico de Hospital Gral. donde explicaba mi problema de campo visual reducido a los 10º centrales.

    En el recurso de esta resolución he presentado la carta de afiliación a la ONCE y las pruebas oftalmológicas que me hicieron para ver si era apta para la afiliación. En ellas se ve que la agudeza visual que en el informe inicial era de 1, ahora es de 0,4 en ambos ojos y que el campo visual está reducido por debajo de los 10º, este último es el motivo por el que me han afiliado.

    Por otro lado presenté también en el recurso, un informe firmado por tres médicos de Hospital Gral, donde pone que han secuenciado el gen mutado que provoca mi enfermedad y convirtiéndose así en mi primer diagnóstico de Síndrome de Usher tipo II y ya no retinosis pigmentaria por un lado e hipoacusia por el otro.

    Por todo esto me gustaría saber si crees que existe posibilidad de que me pueda ahorrar ir por la vía judicial y con este recurso me den la absoluta... o por el contrario es sistemático que aún aportando documentación nueva, ignoren todos los recursos...?

    Muchas gracias y perdona por el 'ladrillo'...

    Un saludo!

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    1. la hipoacusua, incluso la profunda, solo es objeto de declaración de incapacidad permanente total. Por agudeza visual no estás en parámetros para que te reconozcan la absoluta...pero, valorando conjuntamente, y teniendo en cuenta el campo de visión tan limitado, creo que se puede probar la absoluta.

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    2. Muchas gracias por tu pronta respuesta!

      En realidad mi duda se limita básicamente en saber si con la reclamación previa se puede conseguir, o estas por sistema siempre vienen denegadas (aún aportando informes nuevos y que demuestran agravación)? Ya... ya se que ahora están con el puño cerrado, pero es por ver un poco la perspectiva de futuro que me espera si he de enfrentarme sí o sí a un juicio.

      Por otro lado, enhorabuena por este blog, es increíble el tiempo que dedicas de forma altruista en ayudar a todos los que nos sentimos perdidos en estos temas de los que poco o nada conocemos y que desgraciadamente tanto nos afectan...

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    3. En Barcelona las reclamaciones previas son desestimadas por sistema -salvo muy pocas excepciones-....Un abrazo.

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  4. Hola buenas ..mi consulta es la siguiente estado de baja poe contingencias comunes epicondilitis y tendinitis 18meses se me propuso para vaja permanente pero el inss determino q no era procedente ...pasados 2 mese e idi al medico para solicitar la baja por hernia discal L-5 S-1 con discopatia y afectacion de la cadera con dolores y movilidad reducida..pero el inss denegi esra nueva baja por consiserar q no han pasado 6 meses desde la ultima baja y que sectrara de igual u semejante patologia q la anterior.e ido al abogado se presento escrito y ya an pasado 4mese sin respuesra sigo sin percibir prestacion economica, yo sigo pagando mi actividad como autonomo cuota mensual .... ¿cuanto pueden teberme asi? ¿Que puedo hacer? Ya que mi situacion economica es carente por temas del oficio impagos y demas que me a dejado muy mermada la situacion economica...alguien ppdria infirmarme de como salur decesta situacion u almenos que hacer para lograr algo de ayuda economica ¿aque oeganismo deveria acudir cual es la solucion??gracias un saludo...

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    1. Si ya reclamaste contra la denegación de la incapacidad permanente, y no puedes asumir los gastos derivados de tu inscripción en el RETA, puedes darte de baja en el sistema, y por lo menos ahorrarte la cuota. Consúltalo con tu abogado.

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  5. Anónimo7/3/14 17:13

    Hola. Tengo 65% Discapacidad desde 2005. Sufro trastorno bipolar. Acaban de denegarme la incapacidad permanente y estoy preparando el recurso y algo desanimada por lo que he leido aquí.No tengo muy claro qué es la profesión habitual. Yo he sido durante más de 20 años administrativo, pero los últimos 10 me he dedicado a otras profesiones y querría saber si insistir en cual es mi profesión o, en caso que me la den, será para el trabajo que estoy haciendo ahora y lo tendré que dejar

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    1. En principio se valora la última profesión, salvo que se haya realizado de forma esporádica, ya que entonces se entiende como tal la realizada de forma preponderante en los últimos años. Sin embargo, los trastornos mentales, cuando son graves, suelen ser incapacitantes para todo tipo de profesión, por lo que esa cuestión no es relevante. No te desanimes por lo que leas aquí...normalmente solo escribe quien ha tenido problemas con la seguridad social...te animo a que reclames!!!

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  6. Buenos días:

    soy un compañero novato en el tema laboral y mi duda es desde el punto d vista de la empresa. Una trabajador ha reclamado la incapacidad a la Seguridad Social y en la demanda ha incluido a la Mutua y a la propia empresa. Yo tengo que ir como abogado de la empresa, pero entiendo que a la misma no se le está reclamando nada; no sé si debo alegar falta de legitimación pasiva, oponerme, o qué hacer... Gracias en todo caso por ofrecer tu blog y tu experiencia.

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    1. Simplemente, si la empresa está al corriente en las cotizaciones con la seguridad social, es comparecer -está demandada para conformar correctamente el litisconsorcio pasivo necesario- y en la contestación a la demanda señalar que es la mutua quien asume la responsabilidad en el pago de las prestaciones y que "estaréis al resultado de la prueba"....no proponer prueba -salvo los TC´S y nóminas anteriores al accidente para que quede claro que habéis cotizado por el trabajador, pero solo si la mutua dijese que hay incumplimiento empresarial-..y a definitivas....

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  7. Buenos días, tengo un caso de Incapacidad permanente y voy como abogado de la empresa, ya que la han demandado también, aunque lo que se pide es la declaración de incapacidad permanente, por lo que no sé si debo alegar falta de legitimación pasiva, si debo oponerme, o qué hacer. Entiendo que por el art. 140 LJS no era necesario demandar a la empresa.... Gracias en todo caso por este blog y por compartir tu experiencia.

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    1. Si es contingencia profesional (AT/EP) sí procede que sea demandada...si es contingencia común, no -salvo problemas de cotización, alta, etc...-

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    2. Muchas gracias por tu respuesta. Es una caso de fibromialgia, y nada se ha reclamado sobre cotizaciones etc. No es por accidente, así que salvo mejor opinión alegaré falta de legitimación pasiva y lo que no sé es si oponerme, no oponerme o qué decir en conclusiones. Muchas gracias de nuevo desde Soria.

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    3. perdón, se me olvidaba: no es nuestra intención oponernos porque sí, la trabajadora seguramente tenga razón, es sólo que no sé si es lo que debo hacer o no. Gracias de nuevo.

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    4. Pues tienes razón, alega falta de legitimación pasiva y no hace falta que te opongas, basta con que digas que "no tienes nada que alegar en cuanto al fondo del asunto" y en conclusiones "a definitivas"....de todas formas, habla antes con el magistrado, y es posible que desistan antes de entrar en sala o al ratificarse en la demanda.

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  8. Así lo haré. De nuevo muchas gracias y ya comentaré cómo quedó el tema.

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  9. Hola Miguel:
    Soy compañero generalista, y tengo varias dudas.
    Cliente autónomo, de baja por IT desde abril de 2013.
    1.- Mientras está de baja y cobrando el subsidio por IT, accidente de trabajo, ¿tiene la obligación de seguir pagando sus cuotas a la SS?
    Las ha estado pagando, pero no tengo claro si debería haberlo hecho o no.
    En la SS, me dicen que debe hacerlo mientras no se dé de baja en la actividad.
    Pero si lo hace, ¿igual tiene problemas para cobrar la prestación?
    ¿Cómo lo ves?

    2.- La IT la tiene contratada con una mutua.
    Ésta recurrió la situación de IT por accidente de trabajo, pero la SS se lo rechazó.
    Y dijo que la mutua debe pagar las prestaciones.
    El caso es que la mutua ha dejado de pagarle desde noviembre, aunque aún sigue de baja, y hay una resolución de la SS que le condena a hacerlo. E incluso ha pedido que se le devuelva lo que pagó antes.
    La mutua no ha impugnado esa resolución judicialmente, es firme.
    No obstante, se opone a pagar a mi cliente.
    Creo que no queda más alternativa que reclame judicialmente el pago.
    ¿Cómo lo ves? ¿Uso la vía específica sobre reclamaciones de prestaciones de la S.S. de los artículos 140 y siguientes Ley 36/2011?
    ¿O el cauce del proc. ordinario del artículo 76 y siguientes?
    Antes de ir a la vía judicial, ¿presento una reclamación previa del art. 71 Ley 36/2011? ¿o un SMAC al ser sobre cantidad?

    Un saludo!

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    1. Te contesto:

      1.- La información que os han dado es correcta. Cabe cursar la baja en el sistema -y se sigue percibiendo igualmente la prestación-, pero si no se lleva a cabo continúa la obligación de seguir pagando cuotas a la seguridad social. A efectos de una futura pensión, mejor cotizar....
      2.- Sí, no tienes más remedio que reclamar, por el procedimiento especial de SS del art. 140 LRJS, previa solcitud de pago en la mutua,y si contesnta negativamente, o no contesta en 30 días, entonces formaliza reclamación previa del art. 71, que te aconsejo presentes tanto en el INSS como en la mutua.

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  10. Hola Miguel:
    tuve un grave accidente de trabajo del que he sacado fracturas en ambas munecas y craneo mientras me tenian trabajando sin contrato.
    tras el accidente el empresario me formalizo un contrato y su mutua llevo toda mi recuperacion, posteriormente me despidio estando de baja y la mutua se a echo cargo de todo.
    La mutua me propuso al inss para una incapacidad permanente parcial que el inss aprobo pero que a mi no me interesa debido a mis secuelas.
    tengo el juicio por lo social en un mes y la pregunta es:
    Puedo tener problemas yo con la mutua si en el juicio estos se enteran que la empresa me hizo un contrato posterior y falsificaron mi firma en documentos sobre seguridad (teniendo en cuenta que yo he denunciado a la empresa por ello, ganando varios juicios)podria la mutua denunciarme a mi por no informarles?
    Muchas gracias y enorme tu blog

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    1. Es un problema de falta de alta y de cotización, QUE A TÍ NO TE PERJUDICA, por que la mutua tiene obligación de anticipo de las prestaciones en todo caso. Habla con tu abogado, pero ni te beneficia ni te perjudica ponerlo en conocimiento de la mutua y del INSS -aunque yo lo comunicaría-.

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  11. Anónimo6/6/14 11:00

    Soy autónomo y creo que podría obtener una incapacidad permanente. ¿Tengo que darme de baja primero o puedo solicitarla y seguir cotizando?

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    1. Te recomiendo que la solicites sin haberte dado de baja, es decir, continuando cotizando.

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  12. Anónimo4/9/14 09:44

    Buenos dias. Me gustaria comentarte mi caso. Llevo de baja 9 meses por perdida de vision. Tengo miopia magna con todas las complicaciones que conlleva. Corioretinopatia miopica, rotura de vitreo oi catarata subcapsular oi y catarata cortical od, edemas. Todo esto hace que mi av sea 0.05 oi 0.15 od. La mutua de la empres solicito una inca pacidad a la s.social que esta a su vez tambien la solicito al tribunal medico y estos tambien solicitaron la incapacidad. Y mi sorpresa fue que solicitando la incapacidad 3 organismos me dieron el alta. Tube que arreglarlo con mis vacaciones y ap por ser imposible mi incorporacion. Solicite una nueva baja por depresion. Recurrimos via administrativa y... silencio administrativo. Ahora el viernes presentamos via judicial. La verdad que todo este proceso me esta volviendo loca. Me ha dicho la abogada que el juicio sera dentro de un año o dos. Tendre que incorporarme y no se que voy a hacer. Pues soy cartera de correos y no puedo leer mas de 2 lineas seguidas. Que puedo hacer si tengo que incorporarme? Es posible que todos me digan que estoy incapacitada y me den el alta? Gracias de antemano.

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    1. Aunque ya has iniciado la vía judicial -bien hecho-, intenta tramitar una nueva baja médica......de hecho no agotastes el periodo máximo de 545 días.

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  13. Hola buenas tardes. Soy autonoma y estoy de baja por un accidente de trafico. La it me la ha pagado la mutua. Ahora me deniega el inss la incapacidad permanente y tengo que demandar. Tengo que demandar tambien a la mutua o solo al inss? Muchas gracias por la respuesta.

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    1. Entendiendo que se trata de accidente no laboral, solo debes demandar al INSS.

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  14. Buenos días! me ha parecido muy interesante tu artículo y tus respuestas a las preguntas que te formula la gente. mi duda es q tengo q presentar una demanda por habersele denegado la viudedad a una señora cuyo compañero falleció sin haberse inscrito en ningun registro de parejas de hecho. la cuestion es q tengo claro q tengo q demandar al INSS ya que fue tal organismo el q se la denegó, pero estoy viendo en muchos formularios y sentencias q tb demandan a la TGSS y no entiendo el porque... Si sabe algo de este tema, te agradecería tu respuesta. Un saludo y gracias de antemano

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    1. El INSS es la entidad gestora -quien reconoce la prestación- y la TGSS el servicio común -quien recauda y luego paga-. En Barcelona, solo demandamos al INSS, pero en otros foros es a los dos. Cúrate en salud y demanda a ambos. En cuanto al fondo del asunto, mira bien la doctrina reciente del TC, que establece, "....a los efectos del reconocimiento de la pensión de viudedad, exige la previa inscripción registral de la pareja de hecho o su constitución en documento público...". Te dejo el acceso: http://www.boe.es/boe/dias/2014/06/03/pdfs/BOE-A-2014-5862.pdf

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    2. muchas gracias!

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  15. Buenas Miguel!
    Muchas gracias por este magnífico blog y por la ayuda que nos prestas a todos...
    Quisiera comentarte mi caso tengo sindrome de Usher tipo II (retinitis pigmentaria e hipoacusia bilateral) con una Agudeza Visual de 0,5 en cada ojo y Campo Visual: campo residual central, inferior a los 10º centrales, y una pérdida de audición del 70% en ambos oidos, según informes médicos del Hospital de Sant Pau y la secuenciación genómica del hospital la Fé de Valencia.
    Actualmente estoy en paro por ERE de extinción de plantilla y voy a solicitar la incapacidad permanente absoluta, fuí al INSS a solicitar el formulario para ir rellenándolo pero NO me lo dieron porque, según me dijeron, ahora lo rellenan al momento sólo me pidieron que debía estar de baja y que trajera el DNI y el número de cuenta corriente.
    Por lo que buscando por la web de la Seg. Social encontré el formulario para incapacidad permanente.
    Aún así ¿Necesito rellenar algún formulario más? ¿Debo pedir algún certificado al SEPE o a mi antigua empresa?
    ¿Crees que con estos informes me concederán la incapacidad absoluta? y los debo presentar todos los informes, el de Sant Pau, la audiometria y el de la secuenciación genómica.

    Disculpa por el tocho que te he soltado...

    Saludos y gracias de antemano.

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    1. Basta con presentar el formulario de incapacidad permanente. No es preciso que solicites certificado alguna -antes sí era necesario, ahora ya no-. Sí, creo que los parámetros son de absoluta -no por la agudeza visual, pero sí por el reducido campo visual más la hipoacusia-. En todo caso, también cabe la declaración de incapaicdad permanente total -pero no sé cual es tu profesión, ni la edad que tienes-.

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  16. Buenos días, soy compañera novata en temas laborales y tengo un tema consistente en: Situación de IT 18 meses se inicia expediente de incapacidad permanente por el tribunal médico y al día siguiente se deniega. Presento reclamación previa y estoy a la espera de respuesta para formular demanda.
    Mis dudas son varias:
    Plazo de la Administración para resolver la reclamación previa:30 días o 7 días.
    La demanda la formulo frente a la tesorería y el INSS. No incluyo a la empresa verdad? es baja por enfermedad común.
    Que prueba propongo?
    pericial médica? el juzgado tiene peritos o mandan uno de la seguridad social??no se qué prueba puedo incluir que no sea un perito particular
    debo citar a un representante de la empresa?

    Muchas gracias de antemano

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    1. Antes de contestar. Si el trabajador tiene contrato en vigor, aunque reclames tiene que reincorporarse a su puesto de trabajo. En caso contrario -la relación laboral no está vigente-, tiene que acudir al SPEE para tramitar las prestaciones de desempleo que puedan corresponderle.
      Te comento: si la resolución del INSS solo extinguía la situación de IT y no se pronunciaba sobre la incapacidad permanente, el plazo del silencio es de 7 días -se tramita como impugnación de alta médica-. SI le denegarion expresamente la incapacidad permanente, el plazo para resolver es de 45 días.....La prueba se propone, no con la demanda, sino en el acto de juicio, en que presentarás la documentación médica y, como bien dices, la pericial médica privada. Lo normal es que el INSS lo cite antes de juicio para practicar su propia pericial -al menos así lo hacen en Barcelona, aunque en otras provincias es diferente-. Y es competencia del Juez el remitirlo o no a forense....que no es ni mucho menos lo más habitual. Suerte, te dejo mi mail para cualquier consulta: marenas@cronda.coop

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  17. Buenas soy compañera novata y tengo un tema de incapacidad permanente parcial, la cuestión es que tras el accidente de trabajo, alta y valoración del EVI, le dan unas lesiones permanentes no invalidantes, yo interpuse reclamación previa (solo ante el INSS no sabía que había que interponerla también ante la Mutua) y luego interpuse demanda. La cuestión es que tengo el juicio el 26 de marzo en que demande a INSS, MUTUA Y EMPRESA, no se que va a pasar por no haber realizado la reclamación previa y si se puede subsanar ahora.
    Agradecería mucho tu respuesta estoy preocupada.
    Gracias y un saludo.

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    1. Pues que tienes que estar muy tranquila. Por lo general nunca presento RP contra la mutua y sí contra entidad gestora, y hasta día de hoy, y llevo unos cuantos años, no he tenido problema. Fijate que elk art. 71.1 LRJS dice "Será requisito necesario para formular demanda en materia de prestaciones de Seguridad Social, que los interesados interpongan reclamación previa ante la Entidad gestora de las mismas", y eso supone presentarla exclusivamente ante el INSS. Y si te lo alegan, que no lo creo, explicas lo que dice ese apartado, y que solo cabe reclamación previa contra la mutua cuando emitió la resolución o acuerdo, y no es el caso........Suerte!!

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    2. Muchas gracias por tu rápida y tranquilizadora respuesta. Un saludo.

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  18. Anónimo8/2/15 01:41

    Miguel,
    Agradecer tu blog el cual me ha ayudado mucho en el largo proceso de mi baja y me ha aclaradado muchas dudas, tengo una enfermedad de espondilitis anquilosante la cual se me ha agudizado mucho, hace 7 meses el medico de cabecera me dio la IT y la mutua me ha ido haciendo el seguimiento, hasta que hace un mes me envio al tribunal medico, icam, e hico la propuesta de incapacidad permanente, la cual me la han concedido, tengo 43 años , ahora voy a poner una reclamación previa pidiendo que me concedan la IP absoluta, la cual no me la concederan y tendre que poner una demanada judicial, tu crees que tengo posibilidades de ganar el juicio, ire con un abogado especializado y un perito.



    Muchas Gracias por hacer esta tarea, para mi me esta sirviendo de mucho todos tus comentarios

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  19. Hola Miguel, de antemano, muchas gracias, por tu opinión.

    Tengo pendiente un juicio por incapacidad permanente, el cual es fruto de una acumulación de acciones por haberse demandado dicha incapacidad tanto por accidente de trabajo, como por enfermedad común (el INSS, pese a estar de baja por AT y agotar el plazo, emitió 2 expedientes, uno con las patologías aportadas de enfermedad común, y otro con lesiones permanentes no invalidantes por AT).
    Como ha pasado mucho tiempo desde la denegación de incapacidad permanente por parte del inss, reclamación previa, citación de cada acto de juicio y nueva citación por acumulación de acciones, mi cuestión es que ha habido agravamiento de las patologías existentes en la demanda, y otras nuevas, de mucho peso, que, a mi juicio, serían muy favorables para mí en el acto de juicio. La cuestión es que mi abogado ya presentó informe pericial de un perito forense privado junto con la demanda por AT, tras el devenir de mi clínica y, con la aparición de estas nuevas patologías, considero que la mejor vía para lograr la incapacidad es la de enfermedad común. Podría presentar nuevos informes para incorporarlos a la demanda? y en cuanto al informe del perito forense, podría modificar el ya presentado, incorporando las nuevas patologías y el evolutivo de las anteriores y cargar contra la seguridad social vía enfermedad común?
    Me han dicho que otra vía es presentar una nueva solicitud de incapacidad ante el INSS, e incluir en ella todas las patologías que tenga, claro que esto supondría empezar de nuevo otro proceso y, por ende, dilatarse más en el tiempo.

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    1. No, yo no creo que debas iniciar un nuevo proceso. Además, no hay ningún problema por que aportes en el acto de juicio nuevos informes y nuevo informe pericial -evidentemente la alegación de nuevas patologías exige una preparación de jurisprudencia en ese sentido, que existe-.

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  20. Me retiraron la permamente absoluta y me enviaron a trabajar quitando todo. Como hacia menos de dos años tengo ki trabajo pero presente reclamacion y me han citado otra vez en el icam.no veo q a nadie le contesten las reclamaciones.esto signifoca q me la concederan?

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    1. Depende...es cierto que no es habitual que vuelvan a citar con el ICAMS tras presentar la reclamación...habrá que esperar a ver que te contestan....suerte!!!

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  21. Anónimo9/3/15 20:59

    Hola Miguel, en primer lugar enhorabuena por el blog, lo he encontrado por casualidad y llevo dos horas leyendo, muy interesante.
    Soy compañero, Graduado Social, y he llevado varios temas de Incapacidades, no muchas la verdad, y tengo una duda que no he logrado solventar a día de hoy, te comento:
    No tengo claro cuando incluir la peritacion médica de parte, es decir, yo solicito la incapacidad, el señor va al tribunal, se la deniegan, luego presento reclamacion previa pero ......¿normalmente se incluye en esta reclamacion el informe del perito combatiendo ya el informe del EVI? Mi duda es que si no incluyo este informe en la reclamacion previa el INSS puede decir que no lo conocía.
    Yo ahora suelo añadirlo en la reclamacion previa pero no sé si lo estoy haciendo bien más aún cuando el cliente tiene que pagar al perito antes de tiempo.

    Gracias de antemano y de nuevo enhorabuena.

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    1. Dos consejos:
      1) no incluyas la pericial físicamente en la reclamación previa ni en la demanda...cuando hay que presentarla es en el acto de juicio.
      2) en el cuerpo de la reclamación previa y demanda relata las lesiones, enfermedades y secuelas que te indique tu perito.

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  22. Ok, te haré caso. Gracias de nuevo y te animo a seguir con el Blog, estás ayudando a la gente.

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  23. En primer lugar feelicitarte por ser claro y resolutivo con tus respuestas. En primer lugar me presentó me llamo Javier, tengo una incapacidad total concedida, actualmente me encuentro trabajando y por causa de mi incapacidad los dolores han incrementado causa por la cual me doy de baja. Tras estar tres meses de baja recibo carta urgente para ir a consulta de inspección medica, la cual aun en con grande pendiente de una nueva intervención quirúrgica, esta me ha dado el alta alegando que mis dolores son causa de mi invalez y que el trabajo actual lo puedo realizar, que hago no m da la baja no puedo estar sentado ni de pie debido a estos dolores, gracias de antemano

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    1. presenta reclamación previa contra el alta médica. Utiliza mi modelo: http://miguelonarenas.blogspot.com.es/2013/04/modelo-de-reclamacion-previa-para.html

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  24. Juan Antonio21/4/15 13:55

    Hola Miguel. Muchas gracias por todo lo que haces por nosotros. Te comento. En el año 1999 me operaron de miopia en los dos ojos, con cirugía refractiva y con implante de lentes. En el año 2009 sufri un traumatismo en el ojo izquierdo con desprendimiento de retina que requirió explantar la lente, catarata e implante de otra lente intraocular, vitrectomia y aceite de silicona.
    En el ojo derecho he perdido mucha visión. He tenido varios casos de Desprendimiento VItreo posterior en el OD. Tengo Glaucoma crónico en los dos ojos con tratamiento con colirios de por vida. Y en el Ojo izquierdo también tengo ecos correspondientes al aceite de silicona que me dificulta la visión en el OD.
    Tengo una visión del OI con cuenta dedos a 1m y del OD de 0,1
    El pasado septiembre del 2014, me otorgaron un 80% de minusvalia. Yo estoy de baja desde el 4 de noviembre de 2014.
    He ido dos veces a que me concedan la incapacidad y las dos me la han denegado. Una el 12 de enero de 2015 y la segunda, con un recurso, el pasado 23 de marzo de 2015. Ni me dan la total ni la absoluta pq dicen que las posibilidades terapéuticas no están agotadas y que necesito asistencia sanitaria. Mi abogado me ha citado para el próximo lunes 27 de abril para poner una reclamación judicial. Él lo veía todo muy fácil desde el principio, según él me iban a dar la absoluta. Tengo 44 años y ahora siento que me he quedado con una mano delante y otra detrás. Yo todavía estoy de baja, y ya estoy cansado de tanto ir arriba y abajo. La que me paga es la mutua de la empresa si le digo que hasta dentro de 6 u 8 meses no se celebra el juicio pueden quitarme mi mensualidad? ¿La empresa me puede despedir? Ya no se que hacer la verdad. Muchas gracias por tu atención. Saludos.

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    1. Primero de todo, tranquilo, nadie va a quitarte la prestación de la baja médica. Segundo, tu abogado ha hecho lo correcto, y mi consejo es que, por si acaso, reclames judicialmente....es más, reúnes los requisitos para una gran invalidez...en el foro hay una sentencia sobre el concepto de ceguera y la gran invalidez. Ánimos y suerte!!

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    2. Juan Antonio25/4/15 14:51

      Hola de nuevo Miguel. Muchas gracias por contestarme. Tengo una duda. Cuando te refieres a: "y mi consejo es que, por si acaso, reclames judicialmente" a que te refieres al por si acaso? Ya te comenté que las dos veces que me citaron en el ICAM las dos me han denegado la incapacidad argumentando que las posibilidades terapéuticas no están agotadas y que necesito asistencia sanitaria. Mi abogado ya me ha citado para el próximo lunes 27 de abril para poner una reclamación judicial. Gracias por todo. Saludos.

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    3. Los juzgados están aún bastante colapsados y tardan bastante en citar a juicio...si presentas ya la reclamación podrás realizar antes el juicio.

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  25. Hola miguel me gustaria preguntarte que estado de baja18 meses por problemas de vejiga hiperactiva tengo infecciones de orina de repeticion,solor crinico y retencion de orina me tengo que hacer autosondajes en casa. A raiz de esto estoy con depresion. Quiero reclamar al inss por que me pone que estoy curada cosa que es mentira. Tu crees que un caso como el mio podria ganar? Podrian darme una incapacidad permanente? Tambien me gustaria preguntarte si conoces a un abogado que se llama albert diaz me lo han recomendado pero me gustaria saber opiniones.
    Muchas gracias

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    1. Sí, creo que tienes posibilidades, te recomiendo que reclames, claro que sí. No, no conozco a Albert Diaz.....

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  26. Buenas tardes Miguel, enhorabuena por el bloc y por ayudar a tanta gente. Me gustaría hacerte una consulta...Mi novio tiene espondilitis anquilosante y lleva de baja casi 2 años de baja y tras pasar el Tribunal Medico varias veces al final le dieron la permanente. Poco mas tarde (al los 2 meses aprx) se volvieron a poner en contacto con el diciendo que revisaran sus informes de nuevo...en fin hoy ha llegado la carta de INSS en la que le deniegan la permanente que en un principio habían concedido y que tiene un plazo de 30 días para reclamar. Te comento...el es conductor de gruas de coches(va en caso de accidente con el coche, avería..etc) y en el informe pone que es"operador de gruas" , (y creo no se refieren exactamente a su profesión) Mi pregunta es...¿Tendrá más posibilidades de ganar el juicio si contamos con que de primeras se la daban y luego retrocedieron, que su trabajo es muy responsable ya que transporta coches y debe tener la fuerza suficiente para poder hacer su trabajo correctamente y a él le es casi imposible con los dolores que tiene, y por último que la profesión que aparece en la resolución no es del todo correcto?

    Muchísimas gracias de antemano Miguel
    Un saludo

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  27. Buenas noches, felicitarte primero de todo por ayudar a tantos que tenemos dudas! Mi caso es que via judicial la semana pasada me concedieron la invalidez absoluta, mi abogado me ha comentado que el Inss ha recurrido, pero como me puse muy nerviosa cuando fui a buscar la resolución me quedaron dudas. Cuanto tarda en resolverse un recurso presentado al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña? Después puede variar la sentencia? Y cuando empezaré a cobrar mi pensión ? Disculpa si te he hecho demasiadas preguntas pero es que no puedo dormir ya de los nervios de no haberme enterado de las cosas
    Muchísimas gracias

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    1. Tardan un mínimo de 6 meses, y puede durar hasta 2 años....pero tu cobras durante todo ese periodo -lo normal ahora es un año-....Iniciarás el cobro en breve, en eso no tardan, y casi siempre el TSJ ratifica la sentencia de primera instancia, pero claro, siempre hay una pequeña posibilidad de que estimen el recurso.

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  28. Hola Miguel voy a interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social contra una denegación de incapacidad permanente. ¿Tengo que acreditar, junto con la demanda, el importe de la base reguladora a los efectos del cálculo de la pensión? En caso afirmativo ¿ la tengo que calcular yo personalmente? ¿en que documentos me baso?

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    1. La base reguladora es un promedio de la cotización de los últimos años, pero depende el cálculo de la edad y de la contingencia. Aquí tienes más información: http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Incapacidadpermanen10960/RegimenGeneral/Prestaciones/Incapacidadpermanen28700/CuantiaAbono/42804

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  29. Anónimo3/6/15 14:41

    Hola Miguel:
    Soy Manuel, de Madrid.
    Enhorabuena por tus consejos y respuestas.

    En Julio de 2013 sufrí un episodio de escleritis necrosante en ojo derecho, visión reducida en ese ojo al 20%, fotofobia extrema y dolor permanente. Tras agotar el año, se me concedió prorroga de 6 meses, y al agotarse también , se me indicó que solicitase la incapacidad permanente.
    Durante la demora de calificación, recibo la denegación de la incapacidad permanente e interpongo recurso.
    En ambos casos , el INSS se ha INVENTADO una enfermedad que ellos llaman "epiescleritis necrozante" , ya que los términos epiescleritis y escleritis se parecen pero son patologías diferentes. Tampoc existe la epiescleritis necrosante. El informe presentado ante el tribunal médico era del hospital La Paz, y detalla claramente como diagnostico ESCLERITIS NECROSANTE, escleromalacia, perdida de agudeza visual, fotofobia y dolor intenso, aparte de secuelas producidas por tantos meses de medicación, altas dosis de corticoides y tres tipos de inmunosupresores , sin éxito. Sigo en tratamiento, pero incorparado al trabajo, sin poder efectuar las labores de mi puesto (consultoría informática).
    Solicité el informe de sintesis, Y NO LO TIENEN, no existe, han resuelto con el informe presentado antes de solicitar la incapacidad.
    Tendré que presentar la demanda ante el juzgado de los social, pero es necesario acudir con abogado que te represente, o se puede acudir solo ?
    Mi hermano es abogado en Santander, y podemos hacer el escrito de la demanda a presentar, pero no me puedo costear un abogado.
    Algún consejo ?
    Gracias de antemano

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    1. Puedes presentar la demanda e incluso realizar el juicio sin necesidad de abogado.

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    2. Anónimo8/6/15 13:09

      Muchas gracias

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  30. Hola Miguel,

    Soy Esther,

    En 2013 mi marido sufre un derrame cerebral, con inducción al coma, se complicó con neumonía e intubacion y traqueotomia durante tres semanas. Tuvo suerte y recupero poco a poco pero en noviembre del mismo año repitió ictus isquémico con parestesia y pérdida de sensibilidad en el lado derecho.Ha sido tratado con lírica y vimpat para combatir dolor en la planta del pie derecho sin resultados. Ahora mismo va a ser tratado en la unidad del dolor con la combinación de vimpat y opiáceas para el dolor neurólogico que padece...Asimismo padece de hiperhomocisteinemia, portador homo cigoto de la mutación c677t del gen de la mthfr( considerado factor de riesgo independiente para ictus isquemico) Con todas las exploraciones hechas durante este periodo Han encontrado un nódulo de 3 centrimetros en la tiroides pendiente de gammografia.actualmente tratado en neuropsicologia desde hace más de un año con un diagnóstico principal de hemiplejia no especificada afectación de lado no especificado y diagnóstico secundario trastorno mental persistente no especificado.Valoracion: el paciente muestra síntomas relacionados con una alteración ejecutiva moderada, que interfiere sobre los sistemas mnėsicos y atencionales. Esta alteración impide la correcta realización de las actividades de la vida básica y ciertas instrumentales e impiden la correcta realización de las actividades productivas y laborales que realizaba previas al ictus. Como puedes comprobar tiene de todo, pues bien hoy he entrado en la sede electrónica de la seguridAd social y han resuelto con una incapacidad permanente total( lo he deducido por el importe de la prestación 429,08 € que le han concedido....) Quisiera gestionar la reclamación previa para solicitar la incapacidad permanente absoluta y me gustaría saber su opinión de como lo ve, con la información que le he expuesto.Mi marido era asesor fiscal y laboral, tiene. 51 años y 26 años cotizados a la seguridad social, los últimos veinte como autónomo.


    Muchas gracias anticipadas y enhorabuena por sus respuestas,tan valiosas para todas las personas que compartimos esta incertidumbre durante este tiempo tan prolongado hasta obtener la resolución.

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    1. En cuanto te comuniquen la resolución has de formalizar reclamación previa en vía administrativa ante el propio INSS...en el blog tienes un modelo...y te recomiendo solicites la gran invalidez y subsidiariamente la incapacidad permanente absoluta. Suerte!!

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  31. BUENAS TARDES MIGUEL, FELICIDADES Y ENHORABUENA POR TUBLOG.
    TE COMENTO MI CASO:
    PADEZCO RETINOSIS PIGMENTARIA, TENGO LA INCAPACIDAD ABSOLUTA, HE SOLICITADO LA GRAN INVALIDEZ YA QUE ESTOY YA CERCA DE LA CEGUERA Y NECESITO LA AYUDACONTINUA
    DE MI ESPOSA.
    ME LA HAN DENEGADO CON AGUDEZA VISUAL EN AMBOS OJOS DE MENOS DE 0,05 Y CON UN CAMPO VISUAL EN AMBOS OJOS DE MENOS DE 5 GRADOS.
    MI PREGUNTA ES SI VES FACTIBLE PONER UNA RECLAMACIÓN PREVIA.
    SOY DE CADIZ.
    PERDON SI HAY FALTAS PERO EL PROGRAMA QUE TENGO INSTALADO Y EL MÓVIL NO SE LLEVAN BIEN.
    EL INSS ES DE CADIZ.
    UN SALUDO Y GRACIAS.





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    1. Sí claro que sí. Cumples con criterios de gran invalidez. Mira esta entrada en que comento una reciente sentencia del TS al respecto:

      http://miguelonarenas.blogspot.com.es/2014/04/doctrina-del-tribunal-supremo-sobre-la.html

      http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-Judiciales/La-ceguera-parcial-constituye--gran-invalidez--a-efectos-de-prestaciones--segun-el-TS

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  32. Buenas tardes Miguel

    Según resolución del Instituto de la Seguridad Social se ha aprobado una Incapacidad Permanente en el grado de Absoluta para todo trabajo, considerando que debía concederse una Gran Invalidez.
    La pregunta es la siguiente:
    Si se planteara la Reclamación Previa y la misma fuera desestimada, teniendo que interponer posteriormente la correspondiente demanda, lo que conllevaría un largo periodo de tiempo. ¿Se recibe algún tipo de prestación económica durante ese periodo? ¿Se recibiría lo que corresponde por la Incapacidad Permanente Absoluta concedida?

    Un saludo y gracias de antemano.

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    1. Aunque recurras, la absoluta se cobra durante todo el tiempo que dure el procedimiento, no hay problema.....

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  33. Anónimo4/8/15 19:56

    Hola Miguel, disculpa si te escribo otra vez pero es que no estoy muy ducho con esto de los blogs y como no veo mi comentario esperando tu respuesta, pues no sé si lo hice bien hace un par de días cuando lo escribí
    La cuestión es que yo he tenido 3 operaciones en cada ojo, reducciòn de dioptrias con lasik, cataratas y glaucoma y además desprendimiento de vitreo en el ojo izquierdo, tengo bastante reducido el campo visual y una agudeza de 0,3 y0,5., aunque todavía puedo desempeñar mi trabajo habitual, con esfuerzo. La cuestión es si con estos datos se puede obtener una incapacidad permanente parcial o no?
    Muchas gracias por tu atención y por el servicio que prestas a tanta gente que tiene estos problemas

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    1. Tienes criterios para una incapacidad permanente parcial, pero también para una total.

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  34. Buenas noches Miguel y enhorabuena por tu blog, te leo desde hace tiempo y me parece estupendo que en la vida siga habiendo gente buena.
    Mi caso es el siguiente; accidente laboral hace 18 meses, con artrodesis lumbar ( dos operaciones, una para instrumentar y otra para quitármelo todo), protusiones incipientes (posteriores a la operación) que provocan parestesias en pierna derecha, omoplato regenerado por completo en situación diferente y dolorosa que provoca una rotura de manguito de rotación del hombro derecho.
    Paso el EVI y dictamina SÓLO lesiones permanentes no invalidantes , basándose SÓLO en la cicatriz que me ha quedado de la operación de la fijación lumbar y NADA MÁS.
    Mi abogado está preparando reclamación previa y para ello va a incluir examen pericial porque dice que se hace porque el escrito es vinculante para el posterior juicio. Esto es así????
    Otra duda: Mi empresa me ha hecho reconocimiento médico especial porque estoy de ALTA, pero
    me he cogido las vacaciones del 2014 y del 2015, y va hacer un informe el SPA de mi
    estado de salud actual, que ya me dijo el médico que no era apta para desempeñarlo.
    Teniendo en cuenta que mi puesto de trabajo ya no existe , por perdida de carga de trabajo de la empresa, y que no se puede hacer una adaptación de mi puesto de trabajo a mis nuevas condiciones; este reconocimiento médico puede llevar a una ineptitud adquirida por mi parte y sería un despido procedente con indemnización???
    No se si el dato es importante, pero la inspección de trabajo declaro culpable a mi empresa y un recargo del 30% en todas las prestaciones.
    Gracias por adelantado
    Saludos y mi enhorabuena por su trabajo

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    1. - Lo que te indica tu abogado es correcto, mejor preparar bien y de forma anticipada la pericial médica.
      - Sí, la empresa, si resultas "no apto" podría despedirte por ineptitud sobrevenida, con una indeminzación de 20 días por año de servicios -y tope de una anualidad-.

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  35. Hola Miguel, después de presentar reclamación previa por denegación de incapacidad permanente, ahora tengo que presentar demanda ante el Juzgado de lo Social, ¿es inhábil el mes de agosto para este tipo de procedimientos?
    Tras agotar todos los plazos y prorrogas posibles me dieron el alta y me mandaron a trabajar, pero en una nueva prueba se comprobó que mi problema se había agravado, me dieron una nueva baja médica pero el inss, a través de una carta, me comunicó que, al ser la misma potología, no tengo derecho a prestación económica. Estoy pendiente de la demanda judicial que puede tardar bastante ¿tendré que estar sin cobrar y sin ninguna prestación hasta que termine todo el proceso?
    Gracias.

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    1. Sí, sí, agosto es inhábil. Y sí, claro, mientras no se resuelva la reclamación no cobras...puede que sea mejor que estés de alta médica.

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  36. Hola compañero, estoy preparando una demanda solicitando la IPA, subsidiariamente en grado de total, contra una resolución que le reconoce una incapacitad permanente parcial (dorsolumbalgia crónica. artdesis instrumentada). necesito su consejo, pido solamente la ABSOLUTA o las dos? tengo miedo de que su señoría lo interpreta mal de que pido lo mas para mi cliente.
    otra consulta de plazo procesal LOJS ART 43, el mes de agosto es inhábil? para estos tipos de demandas (incapacitada permanente).
    Muchas gracias, un saludo

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    1. 1. No te preocupes, es habitual solicitar dos grados de incapacida....lo que ocurre es que por ese tipo de patología la absoluta es muy complicada. Pero no te agobies, es correcto lo que haces.
      2. A efectos de incapacidad permanente agosto es inhábil.
      Te dejo mi mail por si necesitas algo: marenas@cronda.coop

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    2. Hola Miguel, muchas gracias por tu contestación, por lo menos ya tengo plazo para dedicar mas tiempo a este asunto, tenia esa duda, si el mes de agosto es hábil o inhábil, gracias por su ayuda. Mil gracias!!!! pondré en contacto contigo, ya sabes siempre hay una primera vez,

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  37. Hola Miguel. Muchas gracias de antemano. Llevo poco tiempo en esto y tengo que presentar mi primera demanda por incapacidad permanente total por enfermedad comun.
    Tengo claro que hay demandar al inss y a la tesoreria. ¿Y a la mutua y a la empresa tambien?
    Por lo que he podido ver, si la causa hubiera sido por accidente laboral, si tendría que incluirlos, pero por enfermedad comun, no lo veo claro.
    Mil gracias!

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    1. Perfecto, es tal y como dices. Por tanto, al ser enfermedad comúnm solo has de demandar al INSS y la TGSS. Si quieres que le eche un vistazo o necesitas modelo, envíame un mail: marenas@cronda.coop

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    2. Muchas gracias Miguel!!!

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  38. Buenas tardes.
    Despues de 17 meses y medio de IT por claudicacion MII a 300M y a menos en cuestas me dan de alta el pasado dia 24 y el 25 hago el escrito de disconformidad. Hoy recibo la carta donde me indican que tengo 11 dias para la reclamacion, esto es diferente a la disconformidad?
    Soy comercial de venta directa a puerta fria de productos de gas y la claudicacion me impide caminar todo lo que necesito para trabajar.
    Entiendo que devo buscar un abogado para pedir la incapacidad total,
    Porfavor cual es tu opinion?

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    1. Los 11 días es para presentar reclamación previa.......Sí, estoy contigo, creo que debes buscar un abogado para solcitar la incapacidad permanente total.

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  39. Hola Miguel, en primer lugar gracias infinitas por tu blog y por contestar a todas las dudas que te planteamos.
    En mi caso, solicité una incapacidad permanente total por accidente laboral en julio 2015. Como no me citaban para el reconocimiento médico para la voloración y determinación del grado de invalidez, interpuse una reclamación previa solicitando dicha citación a principios de agosto. A dia de hoy todavía no ha recibido respuesta.
    Mis dudas son las siguientes: 1) Interponer la reclamación previa tal y como hice estuvo bien o debía esperar al transcurso de los 135 días (silencio administrativo) y luego interponer la reclamación previa? 2) En el primer caso, entiendo que ahora debo esperar a que transcurran 45 días antes de interponer la demanda judicial ¿verdad?
    Muchas gracias de antemano

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  40. hola me diagnosticaron esquizofrenia paranoide i medieron 33 de minusvalia puse una reclamacion i me la desestimaron i pasaron los 30 dias i no fui a juicio sabrias que deveria hacer ?? gracias un saludo

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    1. Volver a solicitar en vía administrativa revisión del grado de discapacidad.

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  41. Hola Miguel, ante todo enarobuena por ser un verdader crak, bueno empiezo ,espero no aburrirte pero es largo de contar jjejej. Tube un accidente laboral ,me operaron de ligamento cruzado y menisco atraves de la mutua (2009) ,empeze de nuevo a trabajar 2010 sin secuela ,vuelvo a romperme ligamento cruzado y menisco ,la mutua en vigor , tras hacerme resonancia me dice q tengo osteomelitis y me manda a la seguridad social con urgencia( 2012) ,pues bien me opera la s.s( 2013) de ligamento cruzado y meniscos ,a los 5 dias me operan de nuevo por artritis septica ,una vez me dan el alta reclamo al ins y se acepta la reclamacion ,teniendome q indemnizar la mutua.2012 comienzo a tener problema(acceso rodilla ) voy a la mutua y me dicen q es un barrillo o algo asi,bueno acudo a la s.s y ellos me operan practicando limpieza quirurjica y varios pinzamiento sin solucionarse nada ,2014 la ss vuelve a operarme retirandome tornillos sujeccion de plastia y limpieza quirurjica ,pues bien acudo a un.perito medico y me diagnostica osteoporosis,artitris septica en mestea tibial y meniscopatia al igual q una movilidad inferior al 50 por ciento en rodilla,paso tribunal medico y me reconocen ipt,la mutua reclama al ins y esta lo desestima ,pues bien mi pregunta es:que tiempo tiene la mutua para demandar al ins y ami y q crees q pasara,,muchas gracias de ante mano y eso eres un crak la gente q lo pasamos mal con estas cosas admiramos tu interes y tu ayuda.mil gracias

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    1. Pues desde la denegación tienen 30 días para formular demanda. Lo que ocurre es que la notificación, si hay demanda, tú la recibirás mucho tiempo después.

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  42. hola buenas tardes. tengo una duda y es desde cuando enpiezan los efectos retroactivos desde que solicite la revision por agravamiento desde que pase el tribunal o desde la sentencia que mea sido favorable un año y medio mas tarde? en la sentencia no pone fechas, tanpoco pone la cuantia de la pension aunque si dice el 100% de su base reguladora, dice al final abonarlela pension que corresponda en la cuantia y con los efectos legal o reglamentariamente establecidos, gracias por su atencion.

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    1. Es la fecha de la resolución administrativa que te lo denegó.

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  43. Hola ..muchas gracias por sus respuestas tan acertadas....sin mas preambulos le formulo mi caso. Hace 6 anos fui operada de un carcinoma de endometrio..me vaciaron por completo, ..tuve una complicacion quirúrgica y se me hizo un hematoma que me desplazo la vejiga y el ileo...me volvieron a operar para deshacer el hematoma....a los dos anos de eso me volvieron a operar de una eventracion de los rectos abdominales....al ano me operaron de vesicula pero tambien sufri otra complicacion y oor la noche me vajaron de nuevo a quirofano por un derrame en el lecho del higado...y a los dos anos de esto ...ahora..me han vuelto a operar de otra hernia inguinal y me han hecho una plicatura en la otra nalla que llebo de la otra eventracion. ? En la ingle tambiem me han ouesto malla y es la ingle en la cual yo tuve el primer hematoma....yo he pedido la incapacidad permanente...he sido cocinera, actualmente en paro,con 20 anos aroximado de cotizacion, pero me la han denegado.....con este cuadro si voy a juicio que posibilidades veria usted de ganar......, yo alego debilidad abdominal y tengo un informe que lo acredita firmado oor los ginecologos...gracias

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    1. Yo creo que como mínimo deberían declarar tu derecho a percibir una incapacidad permanente para tu profesión.

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  44. sebastian5/11/15 17:39

    Hola Miguel. Muchas gracias de antemano.
    pedi hace dos años una incapacidad por hipoacusia era conductor de autobus y el dia 16/10/2015 el juez me da la razon condenando a inss tenian un plazo de 5 diaz para recurrir preguntamos y dijeron que habian echo apunte de recurso a fecha de hoy no se nada si han recurrido o no tampoco se cuanto tardan en notificarme
    gracias

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    1. Es que después de los 5 días, se pone, más tarde, a disposición del recurrente el expediente para que formalice el recurso....y eso según el juzgado puede demorarse entre un mes y 3 ó 4 meses más. Tranquilo, aunque recurran, antes, se inicia el pago de la pensión.

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    2. hola de nuevo
      se trata que a 1 diciembre no me han iniciado el pago de la pension no se si es normal ya que el juez me dio la razon el 16/10/2015 tampoco han notificado que hayan recurrido o no
      gracias

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    3. Estás aún en el periodo razonable para que inicien el pago (2-3 meses).

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  45. sebastian6/11/15 14:32

    muchas gracias

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  46. Hola Miguel, llevo trabajando 23 años de administrativo disimulando una fóbia social, pasando por varias depresiones pero sin dejar de trabajar. Ahora llevo 1 año de baja por ansiedad y depresión provocados por la fobia social. El año pasado tuve 2 intentos de suicidio. Tengo informe de un psiquiatra privado de reconocido prestigio en el que me diagnostica de trastorno de fóbia social.
    Me van a llamar en breve del Tribunal Médico.
    Crees que tengo posibilidades de que me concedan la incapacidad ? Por que ahora ir a la oficina se me hace imposible por la fóbia.
    Gracias y un saludo.

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    1. Ya sabes que los informes privados no son siempre "bien vistos", pero en principio -si se trata de un médico de prestigio-, y ante dos intentos de autolisis, creo que deberían dictar continuación de la incapacidad temporal. No puedo darte mi opinión sobre la incapacidad permanente sin ver informes médicos.

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  47. Hola! Llevo 2 operaciones de L4/L5 en 10 años, en la última operación me pusieron placas y tornillos, tras un empeoramiento me derivan a unidad del dolor por dolor crónico, tengo informes que desaconsejan otra intervención y que tengo una espalda fallida. Tras solicitar incapacidad permanente, voy a juicio contra el INSS y lo gano, pero lo recurren y a los 7 meses me niegan la incapacidad el Tribunal Supremo de Valencia. Puedo hacer algo para reclamarle? Se basan en que soy administrativa, pero yo tengo una minusvalía del 37% y un dolor crónico que muchos días no me deja caminar. Gracias

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    1. Supongo que tu abogado te habrá informado de que es muy, muy difícil poder recurrir al Tribunal Supremo. Solo queda entonces, pasado un tiempo, volver a iniciar los trámites demostrando que se ha agravado el cuadro de dolor....pero será francamente complicado. En el binomio lesión ostemuscular-trabajo administrativo es muy difícil conseguir la incapacidad permanente....

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    2. Hola.
      Me han concedido la invalidez permanente total pero la cantidad que se me ha quedado es poco, me parece que me han dado el mínimo, he decidido de momento seguir cobrando la ayuda familiar de momento. El caso es que era jugador de fútbol profesional y las nóminas que tenía no eran muy altas, me caí de las escaleras y me hice daño en la cadera y fui a urgencias y me diagnosticaron artrosis de cadera pero nunca antes me había dolido la cadera hasta esa caída. A partir de ahí hice todo lo que había que hacer para solicitar una invalidez. En todos los partes de baja que tengo pone por accidente no laboral y creo que me lo han concedido por enfermedad común y creo quechua me interesa que sea por accidente no laboral. Tengo un amigo que le vino poco y reclamo y ahora cobra casi el doble de lo que le daban al principio. No se si intentan engañar y pagar menos por si no me doy cuenta y aceptarlo. Crees que puedo reclamar para que me den más. Gracias.

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    3. El cálculo entre que se trate de enfermedad común o accidente no laboral es diferente....creo que deberías mirarlo bien, ya que puede que sí sea interesante reclamar.

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  48. Gracias Miguel por contestar, solo tengo una duda, con el simple hecho de que los partes de baja que tengo pone accidente no laboral tendría alguna posibilidad de cuando vaya a recurrir me cambien de enfermedad común a accidente no laboral. Muchas gracias y un abrazo.

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  49. Buenas y buen trabajo!!! Aqui va mi rafaga de dudas....en mayo me operaron de escafoides de mi mano derecha, con injerto radio distal, actualmente llevo 6 meses de baja y tras varias pruebas me dicen que tengo que volver a pasar por quirofano en 3 o 4 meses, en este caso fijaran mi muñeca perdiendo movilidad, yo soy mozo de almacen lo cual cojo peso, podria pedir una I.P.T para no agravar mis extremidades? En el caso de ser si.....donde? Como? Y donde? Gracias

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    1. Sí, sí, tu situación es muy clara de IPT....no tienes que hacer nada, sigue de baja médica y, en principio, de oficio por parte del INSS, se iniciará expediente de incapacidad permanente -cuando las secuelas sean definitivas o como máximo a los 18 meses-.

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  50. hola buenos días,actualmente tengo una discapacidad física por hernias discales del 34 .Lo que me denegaro es la incapacidad permante total .Me gustaría saber si uniendo vejiga hiperactiva tendría alguna opción.gracias

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    1. No tengo información suficiente para darte una opinión. No sé ni tu profesión, ni tu edad, ni el alcance de las lesiones.

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  51. Hola Miguel un saludo de antemano. Mi hermano tuvo un accidente laboral en julio de 2013. La mutua lo trató durante 11 meses. Fue operado en Sevilla de una dolencia grave de rodilla. Actualmente está sin cobrar nada y fue dado de alta por curación total. En diciembre se prevee una operación de protesis de rodilla completa, por las secuelas , lo hará la seguridad social , tiene hecho el preoperatorio desde mayo. El 15 de diciembre tenemos un juicio, donde se demanda al inss y a la tesoreria, para solicitar una incapacidad. Hay plazo para ampliar la demanda a la mutua y a su empresa. Mi hermano trabajaba en la construcción, su profesión revocador de fachadas. Tiene 43 años.

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    1. Si amplías ya la demanda hay tiempo suficiente para que los citen a juicio....pero tiene que ser ya!!

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  52. Hola buenas, tengo dudas de como han calculado lo que me han dado por la incapacidad permanente total por enfermedad comun, tengo 38 años y me imagino que se habra calculado de esta forma. Si el período mínimo de cotización exigido es inferior a 8 años, la base reguladora se obtiene dividiendo la suma de las bases mensuales de cotización que correspondan, en virtud del período mínimo exigible, por el número de meses a que dichas bases se refieran, multiplicando este divisor por el coeficiente 1,1666 y actualizándolas como en el caso anterior. Mi pregunta es si el minimo de cotizacion es inferior a 8 años como se calcula? Tengo que sumar los 96 meses de cotizacion o son menos. Gracias y un saludo.

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    1. Son menos, se utilizan los meses correspondientes al periodo necesario para acceder a la pensión y se divide por el mismo multiplicado por 1,1666. O sea, son menos.

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  53. Cual es el periodo necesario para acceder a la pensión? que son las ultimas nomina, 1 año....!!!!

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  54. Hola Miguel,

    Hace poco solicité una incapacidad permanente a través del procedimiento de “convenios internacionales” y en ecuador me la han denegado. Soy ecuatoriana, pero llevo cotizando en España el tiempo suficiente como para solicitarla por el procedimiento normal. Además se trata de una incapacidad permanente derivada de accidente laboral. Recurrí al convenio bilateral con ecuador porque así me lo aconsejaron en el INSS. El caso es que todavía tengo tiempo para interponer la demanda judicial, pero me estoy planteando paralizar el procedimiento y reiniciarlo a través del proceso normal, aplicando la ley española. ¿Puedo hacerlo? La semana que viene tengo una cita con un abogado. Mi pregunta es: ¿puedo reiniciar un procedimiento solicitando la incapacidad permanente por la vía normal o tengo que seguir con la de convenios internacionales? ¿Ya no hay vuelta atrás?

    Muchas gracias de antemano.
    Cordialmente
    Liliana

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    1. Puedes iniciar un nuevo procedimiento sin necesidad de invocar la cotización en Ecuador, ya que el accidente de trabajo no precisa cotización previa, con lo que no necesitas aquella cotización. Puedes iniciar la vía administrativa o, según la resolución, recurrir directamente contra el INSS....pero esto segundo no puedo asegurártelo al no haber visto la resolución. Pero si, estás en lo cierto, puedes volver a empezar los trámites.

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  55. Hola Miguel:

    Con sorprendente rapidez,juicio social favorable el 22/4/15,su correspondiente apelación por parte del INSS y sentencia favorable del TSJC el 2/11/15, creo que por fin acabó todo (o casi todo).

    Es ese casi todo el que me preocupa y seré breve y conciso:

    -De los atrasos hasta el "hecho causante", ¿me tienen que descontar hasta el paro que me gané yo a fuerza de hacer de 14 a 16 horas cada dia? ¿Euro por euro? Vale que me desquiten el subsidio porque si hubiese estado cobrando la pensión no me lo hubieran dado,pero algo mío (&%"·$+wtf).

    -¿Pueden citarme para revisar mi estado mas adelante e intentar quitarme la pensión? Para orientarte te diré que soy operador de grúa torre en altura y sufro de hipoacúsia con problemas de vértigo e inestabilidad incurables y sin tratamiento.

    -Me enteré yo por medio de blogs como el tuyo de la "doctrina del paréntesis" (en que pensaría mi abogado) y claro el juez dijo que eso era harina de otro costal y tema para otro juicio puesto que no se hizo en la reclamación previa.Me he esperado a que acabara todo para reclamarlo y no liar mas la cosa.¿Lo ves factible teniendo reconocida la enfermedad antes de que se acabara el periodo máximo de IT.Si es así iré al colectivo a que me lo llevéis.

    Gracias de antemano y saludos.

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    1. Por orden:
      - sí, el desempleo se descuenta.
      - todas las incapacidades son revisables, pero si no hay mejora, no debes preocuparte.
      - la aplicación del paréntesis es absolutamente excepcional. Creo que sería muy difícil....

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  56. Hola, solicite un abogado de oficio para una demanda contra el INSS, después de la reclamación previa y toda esa burocracia. El caso es que mi abogado ha solicitado un forense para que me examine y el juzgado lo ha denegado, es esto normal? Si no tengo dinero para un perito médico que otra cosa puedo hacer?.
    Muchisimas gracias por tu blog, aportas mucha luz en temas que le interesa sigan siendo oscuros. Un saludo. rocio

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    1. En el acto de juicio tu abogado puede volver a solicitar que seas remitido al médico forense. También, coméntalo con tu abogado, existe la posibilidad que te asignen un perito médico a través de justicia gratuita.

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  57. Hola,queria preguntarle si me han concedido la incapacidad permanente, pero quiero hacer un recurso en contra de la resolución para que me den la absoluta aportando un informe del psiquiatra actualizado con mi patología de trastorno bipolar, aunque en el incapacidad permanente ya lo habían valorado, podría hacer algo en mi favor para que me aprobarán la absoluta, y durante este trámite si hago el recurso seguiría cobrando la prestación de incapacidad y también saber si hay un modelo para hacer recurso

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    1. Por orden:
      - sí, claro que hay que valorarse el trastorno bipolar.
      - Tienes un modelo en blog para reclamar.
      - Sí, mientras recurras sigues cobrando la prestación ya reconocida.

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  58. Hola Miguel soy un compañero tuyo generalista y quería pedirte tu opinion sobre una cosilla que me ha caido. Señora que trabajando sufre un fuerte dolor en la espalda.Le dan de baja por accidente de trabajo en la mutua.A los 15 dias le dan el alta sin ella querer y le dicen que si le duele se vaya a su medico de cabecera que le dará la baja.Asi ocurre y le dan la baja pero por depresion.La mutua deniega la prestación por no acreditar el periodo de carencia.Se interpone reclamacion previa contra la mutua que la desestima.Le dan treinta dias para interponer demanda pero el plazo ha pasado. He visto que hay un procedimiento para solicitar que te cambien las contingencias de comunes a accidente de trabajo .Creo que tengo que tirar por ahi contra el INSS.¿Tu que opinas? En caso de que sea así, la señora se puede dar de alta o debe estar de baja? ¿Que la baja sea por depresión influye en el resultado o puede considerarse una secuela de la lesión que sufrio?Un saludo

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    1. Si ya ha pasado el plazo de formalización de demanda, la única posibilidad es la que señalas, iniciar un procedimiento de determinación de contingencia. Aquí tienes el modelo en pdf:
      http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/189095.pdf
      Puede seguir de baja mientras lo tramitas -aunque nada impide que se realice el pricedimiento una vez de alta médica-. Aquí el problema es la distinta causa de la baja médica, lumbalgia versus depresión no parece que sean la misma lesión....complicado, bastante complicado.

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  59. Hola Miguel y encantado de hablar contigo,soy vigilantes de seguridad desde hace 30 años en el año 2009 sufri un accidente laboral con resultado de estres postrumatico cronico ademas de algunas patologias asociadas al mismo,mi incapacidad laboral me la denegaron y ahora en primavera espero el juicio,me gustaria saber tu opinion al respecto y que valoraras en conjunto el tema ,,,,gracias de antemano por tu ayuda.

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    1. Es difícil que pueda opinar sin haber visto informes médicos....pero si puede decirte que el estrés postraumático puede llegar a ser muy invalidante...mucha suerte!!!

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  60. Hola Miguel.

    Me han concedido la invalidez permanente total, y mi pregunta es cuanto ¿tarda en llegar la carta de la resolución?. Hace casi 1 mes que me la concedieron, ¿tienen un tiempo limite para mandarlo?,¿ deberia de ir a la seguridad social a preguntar? Gracias.

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    1. Puedes ir al INSS y solicitar una copia de la resolución.

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  61. Hola Miguel,

    En primera instancia el tribunal de lo social estimo parcialmente una demanda- por una incapacidad parcial debido a no poder trabajar noches por problemas de insomnio dereviados del trabajo a turno rotativos. El INSS recurrió al TSJ y fallo a su favor, si bien reconoce cierta limitación no la considera incapcitante y exonera al INSS de pagar lo correspondiente a dos años de la base reguladora del salario. Sin recurrir al Supremo, muy difícil y costoso, ¿puedo poner una demanda de nuevo?. Muchísimas gracias por su atención y gracias de antemano.

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    1. Muy difícil y no te lo aconsejo, salvo que se acredite una importante agravación de las lesiones.

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    2. Muchas gracias por la información Miguel. Un saludo.

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  62. Hola buenos dias. Paso a explicar mi caso. Soy paciente de 33años con una enfermedad de las reconocidas raras que afecta gravemente a pulmones. El año pasado me conceden una IPT. Mi abogado entiende que se puede conseguir la absoluta y se hacebla reclamacion previa. En este tiempo mi situacion ha empeorado, me hicieron las pruebas pre-trasplante pero me denegaron como candidato por unas operaciones quirurgicas en los mismos incompatibles con el trasplante. Toda esta nueva info esta adjuntada a mi abogado quien tambien me ha mandado a un medico privado para que me realicen un informe, a pesar de que tanto medico de cabecera, como neumologo especifican que no consideran que este en condiciones de trabajar en nada. En breve tengo el juicio. ¿que posibilidades cree que tengo de conseguir la absoluta? Creo que informes aparte cuando me proponen para trasplante y de un organo tan vital como el pulmon no es que no sólo no este en condiciones de trabajar sino que demasiado hago con seguir vivo. Y tambien preguntarle..

    - si me deniegan la IPA cabe recurrir de nuevo o que opciones tendria??

    - Cuanto tarda en dar la sentencia del juicio?? Un saludo y gracias por su labor

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    1. En principio, por lo que explicas, tu abogado ha actuado más que correctamente y yo también creo que es una absoluta. Te contesto:
      - Sí, si la sentencia es negativa cae recurso de suplicación, pero entonces es ya mucho más difícil.
      - Depende del juez, pero lo normal es aproximadamente un mes.

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  63. Hola MIGUEL,me encanta tu blogs para ayudarnos nos es de mucha ayuda sobre todo para mi,mi caso es el siguiente,mi profesion es ,construccion de invernaderos,estuve 12 meses de baja en esos doce meses de baja me despidieron del trabajo,coji depresio, mis patologias son condropatia rotuliana grado3 en rodilla derecha gonartrosis multicontapartimental,hernia discal l3l4 l4l5, asma bronquial leve moderada, depresion con estres postraumatico y cuando fuy al evi me trataron muy mal y no me dejaron ni hablar,y a los 4 dias me vino el alta sin poner ninguna esplicacion, a finales de octubre puse recurso pidiendo incapacidad y a dia de hoy no me an contestado todavia.
    crees que tengo posibilidades de una ipt , y cuanto tardan en responder.
    muchas gracias y un saludo

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    1. sí creo que tienes posibilidades de una IPT, pero si te dieron el alta, aunque impugnases aquella, para acceder a la pensión tienes que iniciar los trámites de "solicitud de incapacidad permanente", presentando la documentación correspondiente.

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  64. MIGUEL buenas de nuevo , los tramites de ''solicitud de incapacidad permanente '' ya los presente a ultimos de octubre ,pero a dia de hoy no me an contestado y no se si eso es normal.

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    1. Estás en plazo, pero es extraño. Acude al INSS y pregunta como está tu expediente.

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  65. Hola mi pareja tiene cotizados 9 años.cuando tenia 25 le dio psicosis la cual hoy en dia no le permite trabajar ahora el tiene 33 años de edad en el 2013 solicito la incapacidad se la denegaron por no tener suficiente cotizado .el caso es que el no estaba de alta en el momento de los hechos ya que cuando se produjo el suceso la semana antes en su delirio le dijo a su jefe le diera de baja que se iba de viaje producto de su imaginacio.y justo ay causa la baja.yo queria saber si se podria reclamar ya que hemos vuelto solicitar la incapacidad y estamos ala espera respuesta .quisiera saber si ay posibilidad de conseguirlo demostrando que el causo esa baja por enajenación mental.muchas gracias. No sabemos que hacer.

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    1. Si no hay sentencia del anterior procedimiento se podría intentar, defendiendo que las lesiones ya eran incapacitantes antes del procedimiento de incapacidad permanente.....

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  66. Hola.Miguel en la de 2013 la doctora que nos atendió en el Tribunal nos dijo que ellos le habian concedido la incapacidad permanente absoluta. Pero no se la habian dado por lo de la.cotización. por eso ahora es cuando quiero llevar informes sobre que el causo lo baja.y si lo deniegan.interponer reclamación. O ya mediante juzgado. Gracias.

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    1. Primero se realiza la reclamación administrativa ante el propio INSS. Y si no contestan o lo hacen de forma negativa: demanda judicial.

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  67. Hola Miguel mi pregunta tuve un acidente de trabajo me corté co una maquina los tendones del primer,segundo y tercer dedo después de la operación me dieron reabilitacion durante cuatro meses y la empresa me despide pocos días después la mutua me da el alta para trabajará Despues presentó en ivi solitario de secuelas pero me conceden la imbalider permanente total la mutua la inpuna la ss se la deniega y la mutua Lo denucia en el jugado de lo social a mi a ss y ala empresa esto prcupado porque nose si tendré q debober el dinero de la pension y si mela quitaran la pension porque tengo tan sólo 25 años cotizados cuando sale el juicio tendré sesenta y cinco años y cinco mese será en junio 2016 me guarida q me digieren q debo de hacer si tengo q llevar un médico al juicio o no es necesario o lo q tengo q haces un saludo y muchas gracias por la labor q haces




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    1. Tienes que hacer dos cosas:
      1. Defenderte, y para ello debes acudir con abogado y perito médico, sin ninguna duda.
      2. Reclama contra la empresa, porque es posible que hubiese negligencia empresarial y que tuvises derecho a una indemnización por parte de la empresa y a un incremento de la pensión por falta de medidas de seguridad.

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  68. Anónimo1/2/16 14:25

    Hola Miguel,

    Mi caso es mas raro... a un familiar le reconocen la Total, pero ella quiere trabajar, en lo suyo... como se articular eso?

    He visto que gente recurre para optar a la absoluta, no para irse a currar...

    Saludos

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    1. Muy raro. Debería presentar reclamación previa para que revoquen la resolución, y si no lo hacen, demandar judicialmente....pero que se lo piense muy bien, puede quedarse sin trabajo y sin pensión.

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  69. Hola Miguel, el blog es fenomenal.
    Te comento:me denegaron la incapacidad permanente y queria reclamar, pero no sé como plantear la reclamacion...me operaron del tunel carpiano izq y luego, a consecuencia, otra vez pero del cubital y canal Guyon. Estuve de baja por enfermedad comun, cobrando el 75%, hasta el maximo de 545 dias cumplidas el 12 dic 2015 mas los dias hasta hoy para el plazo de investigacion. He perdido dinero( los dias de baja× el 15% restante que no he cobrado), salud y calidad de vida para que despues de esperar tanto( sin saber si voy a tener trabajo al que volver) que me denieguen la incapacidad... Que debo hacer??

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    1. Sin ninguna duda reclamar, primero en vía administrativa y después judicialmente.

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    2. Es lo que pienso hacer, pero no sé como plantear la reclamacion inicial(ellos dicen que con mis secuelas leve moderadas no presento reducciones anatomicas o funcionales que disminuen o anulen mi capacidas laboral- de levantar peso hasta 15kg!!!). Y yo me quedo con la mano rigida de los calambres que me dan al coger el plato de comida😡😢😢.
      Por el otro lado tengo intencion demandar a la seg social por las lesiones provocadas y veo que eres especialista en esto? Que me puedes aconsejar? El dictamen propuesta del inss me puede servir de peritaje ( aparecen mencionadas las lesiones/secuelas), aunque no es favorable para incapacidad( aún no, porq lo voy a reclamar)??
      Tengo entendido que tb va de mi parte si la segunda operacion es distinta de la primera(1.tunel carpiano; 2.a consecuencia de la primera, neuropatia cubital con canal Guyon).
      He leido muchos dictamenes de juicios desfavorables de tunel carpiano para el demandante, pero es verdad que mi situacion es distinta comparando con esos: el propio INSS reconoce las lesiones con secuelas( ademas de que tengo pruebas medicas e informes que me respaldan). Que opinas?

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    3. Que tienes que indicar lo que señalas en el primer párrafo de tu comentario. Y que es mejor que un médico especialista en Medicina del Trabajo efectúe un informe al respecto.

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    4. Anónimo4/2/16 00:10

      Hola Miguel,
      Estamos en un proceso de ITP.Tras demora de calificacion,se ha denegado la ITP.Nos han dicho que las estan negando todas al finalizar la demora.Estamos recurriendo para poner demanda en el Juzgado de lo Social.Nos han dicho que no son viables este tipo de demanda porque la ley de reforma lab del 2012,ha otorgado mas poder al testimonio del perito valorador del Evi que a los informes de los medicos especialistas.Sabeis de casos que favorables para el demandante?que porcentaje de casos son favorables? Escucho gente a la que no se le ha dado la incapacidad pero no se de casos que asistiesen a juicio y se les denegase.Gracias.Un saludo a todos.

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    5. Desconozco las lesiones y profesión alegadas para valorar vuestra situación, pero sí existen muchísimos casos en que la reclamación judicial prospera....os animo a a que defendáis vuestros intereses. Pero acudid a un especialista en seguridad social.

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  70. Hola Miguel,
    Felicidades por tu blog.
    Soy una compañera y quería hacerte una consulta. Si en la reclamación previa contra la denegación de incapacidad permanente en ninguno de sus grados hemos pedido la total, posteriormente en la demanda podemos rebajar pretensiones y pedir la parcial? más que nada que la trabajadora se ha incorporado al trabajo (le daron el alta al agotarse los 545 días) y va aguantando, aunque con limitaciones por lo que se ha de negar a hacer ciertas tareas. Cuando nos señalen juicio llevará varios meses trabajando, pienso que su cuadro encaja en la definición de IP parcial. ¿Puede alegarnos el INSS incongruencia al haber pedido la total en la RP?
    Muchas gracias!

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    1. Es correcto lo que planteas, no hay incongruencia, ya que se aplica el principio de "quien pide lo más, pide lo menos". Yo lo he hecho en alguna ocasión y nunca he tenido problema procesal. No obstante, plantéalo en la demanda o en aclaración a la misma si ya la has planteado -queda fatal hacerlo el día del juicio- y ten en cuenta que las parciales son cada día más difíciles. Puede ayudarte que tengas un reconocimiento de vigilancia de la salud en que se declare al trabajador "apto con limitaciones". Suerte!! Mi mail marenas@cronda.coop para lo que puedas necesitar.

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  71. Hola Miguel, quería preguntarte para un hermano que tengo asignado bajo tutela judicial.Resulta que el percibe un prestación por hijo a cargo y orfandad derivada del padre; pero la cuestión es si estoy obligado a rendir cuentas únicamente de la orfandad o ambas? Según me indicó un amigo que la ayuda familiar no debo justificar al juzgado, porque eso lo percibo yo como tutor para cubrir necesidades de mi hermano en este caso. Agradecería, respuestas exclusivamente coherentes. Muchas gracias y un saludo!

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    1. Entiendo que tu amigo tiene razón, ya que en la prestación por hijo a cargo el beneficiario es en realidad el progenitor -o tutor- y no el hijo. http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Prestacionesfamilia10967/Prestacioneconomica27924/CausantesBeneficiar27930/index.htm

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  72. Hola Miguel, En relación a lo ke tu indicas; Porque mi abogado de familia me dijo ke la prestación familiar también había que declarar también ese patrimonio conjuntamente con la orfandad que percibe mi hermano? Y eso en que artículo legal queda redactado? Y como proceder a rectificar eso ke hizo mi abogado? Con perdón de la expresión este se creía que me iba a tomar por ridiculo.Perdon, un último detalle...Los requisitos son los mismos en caso que mi hermano este en una residencia tanto de día y noche? Muchísimas gracias por aclararme eso y espero que no sea inconviniente para ti.Saludos!

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    1. Art. 352.1. b) LGSS 8/2015. El beneficiario de la prestación no es el "hijo a cargo", sino el progenitor o tutor...

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    2. Hola Miguel,Muchísimas gracias! por responder a cuestiones que si no fuera por ti ya me tendrían totalmente engañado. Si, me lo permites preguntarte...Según la legislación vigente que tu especificas se puede proceder a modificar esa sentencia judicial para no justificar? Porque, según indica en esta y el juzgado también me lo afirmaron que yo como tutor estoy obligado a rendir cuentas de todos los ingresos que percibe mi hermano. En este caso, La prestación familiar y la orfandad de nuestro padre; Y según la ley que tu redactas no! Una salutació. Jo també sóc de Catalunya.

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    3. No puedo decirte mucho más. Mi ámbito profesional es la seguridad social, y en derecho de familia puedo "patinar" fácilmente.

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  73. Buenas mi nombre me gustaria hacer una consulta tengo 27 años con 18 años empeze con problemas de espalda me diagnosticaron 2 hernias discales que me afecta a las piernas estube de baja 18 meses estube en varios tratamientos, comenze otra vez a trabajar y a los 8 meses volvia otra vez com dolores y pérdida de fuerza estando de baja por la espalda empeze con dolor en la mano me diagnosticaron kienboock me tubieron que operar de la mano a los 4 meses tubiern que quitarme la placa y tornillos que me pusieron por rechazo de material al año tubieron que volver a operarme la mano no se me nueve ni muñeca ni dedos me falta la primera hilera,con todo esto segi con dolores con filtraciones y medicación me diagnosticaron fibromialgia con todos los puntos, a los pocos meses empeze con dolores fuertes de cadera tengo displasia y bursitis me operaron hace 1 años y medio y quedado peor de la operación cada vez tengo mas dolores, y hace 6 meses me diagnósticaron de retinosis pigmentaria e perdido un 40% en cada ojo.

    El tema es que yo estube moviendo papeles con un abogado con 19 años tube juicio y me denegaron la incapacidad (en ese momento solo tenia la espalda y la mano) y a los 2 años que no recibí noticias fui a la asistenta social y me dijieron los pasos a seguir haber que pasaba con mi caso resulto que mi abogado lo habia parado todo sin decirme nada y llevándose el diner de mi madre.
    Hace 2 años volvi a solicitar pasar por seguridad social me lo denegaron por falta de cotización, estoy desesperada cada vez estoy peor los dolores van a más y sin poder trabajar y la vista me esta pasando factura.

    Que podría hacer? Ahora estoy esperando que me llamen para pasar por la generalitat para que me suban el grado de discapacidad tengo un 41%(por limite funcional de mano,por la espalda y por psicologa )

    Un saludo y gracias

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    1. Si hace tanto tiempo que no trabajas no puedes acceder ahora a una pensión no contributiva. Lo lógico es lo que has hecho, solicitar una revisión del grado de discapacidad y, si por los ingresos en la unidad familiar es posible, solicitar ante la propia Generalitat una pensión no contributiva.

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  74. Buenas tardes,

    Me gustaria exponerle el caso de mi padre, lleva 5 meses de baja, tiene esclerosis tuberosa sintomatica, un problema en el brazo y varias cosas mas. Pedimos la incapacidad permanente y nos la han denegado, nos dicen lo siguiente.
    Por no ser la lesiones que padece susceptibles de determinación objetiva o previsiblemente definitivas, debiendo continuar bajo tratamiento medico, en la situación jurídica que le corresponde, por el tiempo que sea necesario hasta la valoración definitiva de las lesiones, según lo dispuesto en los artículos 128, 131bis, 136 y 137 de la Ley General de la Seguridad Social



    CUADRO CLINICO

    esclerosis tuberosa con epilepsia focal, actualmente controlada, omalgia izq con rotura de tendón se y atrofia de musculos SE e IE, episodios de hematuria tras CA Prostata con tratamiento IQ y RT Neurosis Obsesiva, deterioro cognitivo de perfil subcortical en estudio



    LIMITACIONES ORGANICAS Y FUNCIONALES

    Las derivadas del cuadro clínico residual. No agotadas las posibilidades terapéuticas. Continuar tratamiento.



    En este momento ya tenemos en el informe neuropsicologico que dice que tiene deterioro cognitivo, nos falta el veredicto del brazo..que no saben si sera operable o se quedará como está, sin apenas movilidad.

    Mi pregunta es ¿es mejor que reclamemos por via administrativa ahora? ¿o es mejor esperar y que siga de baja y que le vuelvan a llamar del tribunal?

    No le han dado la incapacidad pero le dicen que siga de baja..


    Muchas gracias por tu atencion.

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    1. Creo que vale la pena esperar, que siga de baja médica y volver a pasar por el tribunal médico.

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    2. Muchas gracias Miguel, muchas gracias por tu tiempo

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  75. Hola Miguel! Mi caso és que me han otorgado la IP total por "miocardiopatia clase funcional II-III de la NPHA. Dipsnea a pequeños-moderados esfuerzos"

    Crees que tengo posibilidades para reclamar la absoluta?

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    1. Estás en el límite....debería ser grado III. Otra cosa es que además tengas otras patologías concomitantes, que podrían ayudar a conseguir la absoluta.

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  76. Hola, Miguel! me gustaria exponer mi caso y pudieras orientarme un poco, estoy operada con protesis total de cadera izquierda, la derecha con una candriopatia grado ||| y estudiando operacion, operada de las dos manos del tunel carpiano, los dos codos de epicondilitis, rizartrosis en ambas manos, una de ellas la derecha operada el 14 de enero con protesis en dedo pulgar, diagnosticada hace años de fibromialgia,espondiloartrosis dorsal y lumbar con movilidad reducida segun informe del rehabilitador y dada de alta en rehabilitacion por los escasos avances, ipertension arterial derivada de un aneurisma renal, vertigos perifericos, el caso es qu me han denegado la invalided permanente y no se si tendria alguna opcion recurriendo la resoluccion y de tener posibilidaf que incapacidad podia tener la total o absoluta, yo me dedico a limpiezas industriales un teabajo duro, en la actualidad estoy ensubsidio de 52 años con una incapacidad temporal concedida por el paro de 18 meses que se acaa el 18 de junio cuando acabe no se que hacer pues si me mandan a trabajar no puedo negarme llevar un informe del medico como no estoy en condiciones y ya me han comentado que son muchas las bajas que solicitara una invalided por eso lo hice y resulta qu viene denegada, espero me puedas ayudar gracias

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    1. Creo que es una incapacidad permanente sin ninguna duda. Acude al INSS y tramita ya una "solcitud de incapacidad permanente", no esperes...

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    2. Hola, soy José Luis, conductor profesional,el 26 de noviembre del 2015 me concedieron la ipt en el juzgado de lo Social en Ourense,por que padezco trastornos del sueño, apnea, insomnio crónico etc, que me incapacita para conducir, el problema es que el INSS recurrió al tsj, y estoy en un sinvivir, tengo 60 años y 34 cotizados, me dijeron que era imrpbable que el TSJ revocara la sentencia de lo social, pero si asi ocurriera, que tendría que hacer, y que derechos me asistirían, gracias de antemano

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    3. Aunque puede pasar es difícil que revoquen la sentencia por los síntomas y profesión que explicas...ahora bien, si eso ocurriese creo que podrías orientar tu salida hacía una jubilación anticipada.

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  77. Hola !! Si ya lo hice y me ha venido denegad, lo que me interesaria saber si tengo opcion recurriendo ladenegacion si hay posibilidades, gracias

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  78. Hola Miguel, gracias por tu blog, hace tres meses empezé a cobrar por una ipt, pero en la misma carta que me indicaban lo que me pertenecia cobrar por s entencia favorable contra el inss, se me dice que esta recurrida,y que cuando resuelva e tsj, se me pagarán los atrasos, siempre que salga a mi favor, mi abogado me dice que tranquilo, que lo hacen por sistema y que no suelen revocar la primera sentencia, soy conductor profesional y mi problema, es que padezco apnea y tomo tratamiento para dormir, lo que me hace muy difícil conducir con normalidad, teniendo en cuenta que llevo camiones de gran tonelaje, bien en este momento soy pensionista, pero estoy en un sinvivir, pensando que el tsj falle en mi contra, en ese caso que debería hacer, y que derechos me asisten. Gracias de antemano

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  79. Hola Miguel fuimos a juicio para solicitar incapacidad absoluta para mi marido y a los dos días ya habían sentenciado. Aún no se el resultado pero a mi marido lo lesionaron en un operacion de prótesis de cadera. Se rompió protesis y lesionaron el femoral. Toma medicación fuertisima. Lleve informes muy buenos de hospitales publicos como que lo que tenia era crónico. Incapacitante y muy irreversible. Voy en silla de ruedas. Y no ando más de 15 pasos con dos muletas. Los dolores insoportables. Tu crees bueno o malo que hayan decidido en 2 dias. Gracias

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    1. No es ni bueno ni malo. Mucha suerte!!!

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    2. Gracias Miguel, pero por los informes crees que podrán darla. Mi marido era transportista y tiene 63 años.

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  80. Anónimo3/3/16 00:12

    Hola buenos dias..mi pregunta es la siguiente..tengo que recibir una indemnizacion por parte del INSS por una incapacidad permanente parcial. la cosa se ha arreglado con la reclamacion previa por via administrativa(pague 120 euros).Nuestro abogado nos pide un 10% de dicha reclamación favorable(3000 euros me pide) y a nuestro entender creemos que dicho porcentaje es elevado puesto que el nos hablo en principio de un 10% si se ganaba por via judicial..creemos que como no hemos tenido que pleitear y que el caso se a ganado por via administrativa dicho porcentaje creemos es desmesurado..¿nos podrian ayudar a despejar nuestras dudas?..GRACIAS.

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    1. Eso tienes que aclararlo con él. Y para ello, consulta las condiciones del encargo profesional. Si los consideras excesivos puedes impugnarlas en el Colegio de Abogados.

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  81. Anónimo3/3/16 14:34

    Buenos dias Miguel,

    Gracias per el bloc, seguro que nos ayuda a muchos.
    He iniciado solicitud para incapacidad permanente parcial. Mi problema és una perdida de audicion del 50% con vertigos puntuales. És una enfermedad comun i degenerativa.
    Hoy he pasado per el ICAM para la evaluacion, no era una evaluacion, era convencerme que no tengo nada y que no me afecta en mi trabajo. Ya me han dicho que la van a denegar.
    Vale la pena recurrir?

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    1. No tengo suficientes datos para valorar las posibilidades -edad, profesión, evolución de las lesiones-, pero es muy difícil conseguir una IP parcial, y más aún si es por enfermedad común.

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  82. Anónimo3/3/16 22:45

    Hola, me acaban de mandar la resolución del evi me han concedido el 10% de incapacidad, mientras que un perito con los mismos informes me ha calculado el 40%.Tengo 30 días para reclamar, ¿como debo hacerlo?.Gracias.

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    1. No me cuadra que la resolución sea del EVI.....de todas formas, supongo que se trata de un grado de discapacidad. Si es así, presenta reclamación previa ante el órgano que dictó y te notificó la resolución. Adjunta el informe del perito.

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  83. Hola Miguel. Antes de nada reconocer tu labor, eres un ángel de la guarda para los que estamos tan perdidos en estos temas.
    En mi caso soy autónomo de la construcción y tengo esclesoris múltiple. En 2014 pasé por primera vez tribunal médico y me concedieron la total. Por aquél entonces me quedé solo para labores comerciales y administrativas. En aquel momento tenía una valoración en la escala EDSS de 5,5 y podía andar unos 200 mts.
    En Enero de este año he pasado una revisión y me siguen quedando con la total. En ese tiempo he empeorado subiendo la escala EDSS a 6, apenas puedo andar 50 mts, mucha fatiga, urgencia urinaria y afectación de mi mano derecha (soy diestro). Durante este tiempo, debido a la progresión de la discapacidad tuve que contratar a una persona para hacer labores comerciales con clientes y proveedores y más tarde contratar a otra persona como administrativo pues se me cansan mucho las manos y no puedo hacerlo. Con lo cuál estoy sin trabajar siendo autónomo, como si fuese un accionista de una sociedad. En la reclamación me insisten de que no hay cambios clínico laborales.
    ¿Crees que si demando en el juzgado de lo social tengo opciones de conseguir la absoluta?

    Gracias y un aLUDO.

    jORGE

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    1. Sí, sí. Según la escala EDSS el valor "6" es Necesidad de ayuda intermitente o constante unilateral (bastón, muleta o corsé) para andar unos 100 metros con o sindescanso. (Equivalente a combinaciones de más de dos grados 3+ en los SF). La anterior 5,5 ya señala "Discapacidad lo suficientemente grave como para afectar a la actividad diaria habitual"....par mí cumples crtierios de absoluta.

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  84. Hola Miguel, primero felicitarte por el blog y por la ayuda que prestas con él, yo he agotado los 18 meses it y he pasado el tribunal médico, me han concedido la incapacidad total para mi trabajo, el caso es que para ajustarme la base reguladora han utilizado también los 18 meses que he estado de it, también alguno que estuve cobrando paro por lo que mi base reguladora ha bajado bastante con respecto a las nóminas de mi trabajo, es normal que ésto se ajuste así? cuando cobraba it con un 50% era más el importe que ahora con un 55% gracias por su tiempo y un saludo

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    1. Si, el periodo de IT previo a la declaración de IPT también se computa para el cálculo de la base reguladora por enfermedad común....

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  85. Anónimo9/3/16 01:24

    Hola Miguel,buen trabajo.Mi caso es que en febrero del 2013 tuve un accidente laboral al caerseme un palet y aguantarlo tube una lesion el la l4 l5, el caso es que cada vez que me hacian mas pruebas salian a la luz mas hernias teniendo afectadas l3-l4 l4-l5 y l5-s1 mas canal lumbar estrecho , tras tratamientos de infiltraciones en marzo de 2014 me operan de la l4-l5 haciendome una laminectomia una disectomia y colocando un dispositivo intervertebral,tras el reposo me mandaron a rehabilitacion la cual al no haber mejoria me hicieron pruebas señalando inestabilidad estrechamiento y tipo modic 1y2 tras varios tratamientos para calmarme el dolor me pasan al ins de la cual me dan una permanente total,el evi no ha valorado nada mas que las secuelas de la espalda ya que la mutuano me trataba del aspecto psicologico derivado de mi lesion.Ha dia de hoy a causa del dolor apenas duermo y estoy con tratamiento de parches de ibuprofina de 70 mas medicamentos varios incluido el de la depresion mi pregunta es deberia reclamar para una absoluta?y si es asi el inss debe mirar mi estado psiquico derivado de mi lesion? Decirte que tengo 36 años y mi profesion era en un supermercado, para intentar trabajar en otra cosa me tendria que retirar los parches los cuales sin ellos no puedo vivir por el insoportable dolor y al andar no supero los 200m. que empiezo a caerme por fallo de la pierna dercha., practicamente dependo de mi mujer para salir del baño atarme los cordones o ir a cuakier sitio y siempre por miedo a caerme por lo cual apenas quiero salir.La resolucion llego el 16 de febrero por tanto tengo tiempo para reclamarlo aun. Otra pregunta es que si la empresa al ser un acc. Laboral me deve de indemnizar porque ellos no me han comentado nada. Sinceramente gracias por tu gran labor

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    1. - Respecto a la absoluta, si bien es muy difícil, tienes amplias limitaciones. Creo que valdría la pena que fueses valorado por un perito médico para que te de su opinión.
      - Indudablemente, tienes que reclamar contra tu empresa, ya que no es en absoluto normal lo que te ha pasado.....tienes que ponerlo en manos de un abogado para que demande 1) el incremento de las prestaciones por falta de medidas de seguridad, 2) daños y perjuicios ocasionados y 3) en su caso, indemnización de convenio colectivo por la declaración de incapacidad permanente.

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Te contestaré lo más rápido que me sea posible, pero ten paciencia. Mi opinión no sustituye la de un profesional jurídico que pueda asesorarte directamente y examinar documentación.