18 noviembre 2025

ACCIDENTE DE TRABAJO Y CÁLCULO APROXIMADO DEL CAPITAL COSTE DEL RECARGO DE PRESTACIONES ver 2025

Calculadora de Capital Coste

⚠️ VERSIÓN BETA
Cálculo según Orden TAS/4054/2005.
Parámetros: Interés Técnico 3%, Revalorización 2%.
Tope Pensión Máxima 2025: 45.746,40 €.
1. Datos de la Prestación
* Incluya pagas extraordinarias.
2. Recargo de Prestaciones

9 comentarios:

  1. Muchas gracias por la calculadora. Podía usted detallar los ítems. En concreto los intereses de capitalización devengados entre la fecha de efectos económicos de prestación y la fecha de emisión de la reclamación.

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    1. Como indico, he tenido en cuenta las instrucciones de la Orden de 2005 y la STS (Sala 3ª) de 14 de abril de 2015, que declaró que los intereses de capitalización del capital-coste de recargo sobre una prestación de incapacidad permanente, no se calculan a partir de la notificación por la TGSS (la fecha de reclamación del importe de la deuda), sino desde la fecha de efectos de la prestación reconocida al trabajador. Desconozco si esa doctrina ha sido posteriormente rectificada. En todo caso, la calculadora, yo no soy ni economista ni actuario, arroja un resultado aproximado, sin ninguna pretensión más.

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  2. Buenas tardes. Una pregunta sobre el resultado calculado. La cantidad que aparece al hacer el cálculo por recargo de prestaciones...es la cantidad total que la empresa pagará por mi según las tablas de edad actuatorial? O es la cantidad que paga hasta la fecha que se reconoce y además pagaría mes a mes lo que me pertenece mensualmente? Mil gracias, Saludos.

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    1. Es la cantidad total que la empresa pagará -ingresando la cuantía en la TGSS- por el accidente de la persona trabajadora, según las tablas de edad actuarial, porcentaje del recargo y pensión.

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    2. Muchas gracias por su pronta respuesta...una duda, entonces si por ejemplo sale en la calculadora el importe de 97.000€ que tiene que ingresar la empresa, como el recargo de prestaciones es desde 2020...de ese total, sería una parte me ingresaria el Inss por los atrasos y otra parte mensualmente hasta que fallezca? O ingresaria los 97.000€ más lo que corresponde mensualmente. Gracias, Saludos.

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    3. De lo que ingrese la empresa el Inss te abonará en un solo pago los atrasos y después iniciará el pago mensual.

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    4. Perdona por ser pesada, no me aclaro con el total que aparece que tiene que ingresar la empresa. Aparecen 97.000€ porque el expediente lo tienen que pagar desde 2020. Entonces...los 97.000€ corresponden a los atrasos o corresponden a los atrasos y está incluido el incremento de mi pensión? O son sólo atrasos y después tienen que abonar además mensualmente...es que no me queda claro si esos 97.000€ están incluidos los meses que haya calculado el inss hasta que dure la prestación. Mil gracias y perdona las molestias y mi ignorancia. Saludos

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    5. En los 97.000 está incluido todo, lo anterior y lo futuro.

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  3. Ahora si...claramente. Gracias, Saludos.

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