Que la parcialidad en el trabajo es un elemento determinante de unas condiciones salariales más precarias -peor salario, especialmente- y que golpea especialmente a las mujeres, es algo bien conocido por todos, pero que el legislador ignora continuamente -y el actual del Partido Popular, aún con mayor descaro. Alrededor del 80% de los contratos temporales son suscritos por mujeres, y no es ya solo que su retribución se vea afectada por el menor número de horas trabajadas, es que además sus prestaciones de seguridad social se ven también menguadas muy seriamente. Así, a menor salario, menor cotización y, por supuesto, menor prestación de seguridad social. Y de ese efecto no se escapa tampoco la pensión de jubilación, que no solo es que se vea reducida por la cotización más baja, es que además dificulta el acceso a la misma.
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30 noviembre 2017
EL COEFICIENTE GLOBAL DE PARCIALIDAD Y LA DETERMINACIÓN DE LA EDAD ORDINARIA DE JUBILACIÓN
1. Introducción
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CGP. abogado,
discriminación,
jubilación,
tiempo parcial
Antes abogado laboralista, ahora profesor en los Estudios de Derecho y Ciencia Política UOC. Especialista en Seguridad Social.
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