15 noviembre 2015

LIVE! JORNADA SOBRE LA REINSERCIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

El pasado viernes 13/11/2015 Col.lectiu Ronda fue invitado  a participar en la jornada que organizó "LIVE!Hoy empiezo una nueva vida" bajo el título de "Beneficis en la reinserció laboral per a dones post-càncer de mama i altres col.lectius en risc d´exclusió". Con Live! suscribimos un convenio de colaboración y fue para nosotros un auténtico placer y un honor que contasen con nosotros para aportar nuestro conocimiento respecto a la inclusión social en el mercado laboral de las personas con discapacidad.

11 noviembre 2015

WEB DEL MES EN LA REVISTA SOCIAL DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA

Sin palabras. Todo un orgullo que la portada de la Revista Social de Jueces para la Democracia de octubre de 2015 haya reseñado en su portada este blog.....Gracias!!!

SENTENCIA DECLARANDO EL DERECHO A PENSIÓN DE INCAPACIDAD POR SENSIBILIDAD QUÍMICA MÚLTIPLE.

Una muy reciente sentencia del Juzgado de lo Social nº 19 de Barcelona ha declarado en situación de incapacidad permanente en grado de total a un trabajador por cuenta propia que realizaba actividades de fotografía, ya que entiende que la enfermedad que padece, hispersensibilidad química múltiple, produce evidentes limitaciones funcionales para la realización de su actividad laboral. 

SENTENCIA DECLARANDO EL DERECHO A PENSIÓN DE INCAPACIDAD POR SENSIBILIDAD QUÍMICA MÚLTIPLE.

Una muy reciente sentencia del Juzgado de lo Social nº 19 de Barcelona ha declarado en situación de incapacidad permanente en grado de total a un trabajador por cuenta propia que realizaba actividades de fotografía, ya que entiende que la enfermedad que padece, hispersensibilidad química múltiple, produce evidentes limitaciones funcionales para la realización de su actividad laboral. 
Reproducimos, por su interés, algunos párrafos de la resolución judicial:


1) En cuanto a las lesiones reconocidas:



2) Respecto a la SQM señala:


3) Para finalmente reconocer el derecho a la pensión de incapacidad permanente por el siguiente razonamiento:


Fuente: http://www.joseramonmartinez.com/