Páginas

22 octubre 2016

LA PRECARIEDAD LABORAL COMO FACTOR DE RIESGO

Charla realizada en el ámbito del FESC 2016 (acceso al programa).

Sala Regina de Lamo
EIX 2“La precarietat com a factor de risc” 
amb Col·lectiu Ronda
Taller per aprofundir en com la precarietat laboral pot esdevenir un factor de risc. Ponent: Miguel Arenas

Preámbulo: Antes de iniciar la exposición, proyectamos el documental "Units contra l´amiant", que refleja la batalla de los trabajadores y vecinos de Castelldefels por el reconocimiento del daño a la salud que les causó la exposición laboral y doméstica al amianto, por culpa de la empresa ROCALLA, S.A. (hoy URALITA, S.A.).

INTRODUCCIÓN.
Se define como "precariedad laboral" la situación de las personas trabajadoras que conlleva inseguridad, incertidumbre y falta de garantías en las condiciones de trabajo".

Y como "factor de riesgo", aunque no hay definición expresa en la LPRL, sí se define "riesgo", que es la posibilidad de que un trabajador sufra un daño derivado de su trabajo. Y como "condición de trabajo" cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia en la generación de riesgos para la seguridad y salud del trabajador. Y expresamente:
  • Las características de los locales, instalaciones, equipos, herramientas, etc...
  • La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos.
  • Los procedimientos de trabajo.
  • Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación que influyan en la magnitud de los riesgos a los que esté expuesto el trabajador. Aquí se incluyen, sin ninguna duda, los riesgos psicosociales (acceso al Portal del INSHT sobre riesgos psicosociales).
Nos surgen dos preguntas en torno al motivo de esta charla. A saber:
  1. ¿Es la precariedad laboral un factor de riesgo laboral?.                                                     
  2. ¿Cómo se relaciona el documental sobre el amianto con el tema de la precariedad laboral?.
1. ¿ES LA PRECARIEDAD UN FACTOR DE RIESGO LABORAL?
Sí, claro que sí. Y tenemos numerosos ejemplos de condiciones laborales precarias que inciden en la seguridad y salud de los trabajadores. Así:
  • La subcontratación, tan habitual en la construcción, y hoy cada vez más presente en otros sectores de actividad.
  • El trabajo a través de ETT´S.
  • Los falsos autónomos.
  • La economía sumergida.
  • El acceso de los inmigrantes al mercado laboral.
  • El presentismo versus absentismo (interesante artículo sobre esta situación).
  • Etc....
Y, no en pocas ocasiones, se suman parte de todos estos condicionantes -trabajador sin contrato, extranjero, subcontratado,....-. Son en esas condiciones en las que hemos visto en Col,lectiu Ronda los accidentes de trabajo más graves: caídas en altura de más de 4 metros en trabajadores sin papeles, daños causados por atropellos o enterramientos en subcontratas, etc...

Hoy, a esas "tradicionales" condiciones de precariedad hemos de unir -gracias a la reforma laboral del PP-:
  • Salarios miserables e insuficientes. Hoy se puede trabajar y seguir siendo pobre.
  • Jornadas laborales excesivas. Y horas extraordinarias no pagadas.
  • Ausencia en las empresas de una verdadera  cultura preventiva, no recibiendo los trabajadores ni formación ni información al respecto. Y sin realizar la preceptiva vigilancia de la salud.
  • Contratos de duración, no ya determinada y a tiempo parcial, sino "imprevisibles" en duración y contenido.
¿Y qué daños -actualización del riesgo- produce en nuestra salud?.

A) Algunos son muy visibles. Los datos de los accidentes desde enero a agosto de 2016, nos dicen:

- Son ya 364.000 AT con baja médica. Un 7,5% más que en 2015.

- Son 482.000 AT sin baja médica. Un 3,5% más que en 2015.

- Llevamos 408 accidentes mortales, 22 víctimas más que en 2015. Y en el año anterior, hubo muchas más víctimas como consecuencia del accidente de avión de GermanWins, por lo que el dato es aún peor de lo que parece.

Y no solo se han incrementado el número total de accidentes en términos absolutos -que parece lógico, aunque no admisible, por el incremento de la población trabajadora-, es que también se ha incrementado el índice de incidencia, es decir, a mismo número de trabajadores, se están produciendo un incremento del número relativo de AT, que son más graves  y con mayor incidencia de los mortales-.

B) Otros, invisibles o diferidos en el tiempo. Y así:

- Enfermedades profesionales con largos periodos de latencia, por exposición a agentes químicos, normalmente cancerígenos .ej. formaldehído, muy presente en la industria química.

- Nuevas enfermedades como la SFC, SQM y EH (más información, aquí).

- Enfermedades mentales (born-out, depresiones por acoso moral, etc...), metabólicas (consecuencia de desarreglos hormonales por estrés), conductuales e incluso cardiopatías.

2. ¿CÓMO SE RELACIONA EL DOCUMENTAL DEL AMIANTO CON LA PRECARIEDAD LABORAL?.
La exposición a fibras del amianto sin medidas de prevención provocó -mejor dicho, sigue provocando- gravísimos daños en la salud de los trabajadores -¡¡¡y de sus familias, afectados pasivos!!!- expuestos a la inhalación de aquella sustancia, los primeros en el centro de trabajo, los otros a través de las fibras del asbesto que quedaban en la ropa del trabajador. El periodo de latencia -el tiempo en que tarda en hacer efecto el amianto depositado en los pulmones de la persona afectada- es del orden de 20 años o más. Y se denuncia que hoy, en Cerdanyola del Vallés, cada semana se efectúa al menos un diagnóstico nuevo de enfermedad relacionada con el amianto. Y, diversos estudios nos dicen que las personas enfermas por el amianto está por venir, y serán cientos de miles los afectados....Un drama sin precedentes, un auténtico genocidio laboral. 

Las enfermedades provocadas por el amianto son conocidas desde antiguo -principios del siglo XX-, y a la asbestosis, el cáncer de pulmón o el mesotelioma -otra cáncer con diferentes localizaciones-, se han unido recientemente el claro conocimiento científico del cáncer de laringe y el de esófago. 

Formalmente podríamos decir que el "factor de riesgo" que provocó las enfermedades derivadas de la exposición al amianto fue el contacto laboral con dicho agente químico y cancerígeno. Pero, podemos afirmar que no  fue realmente así - o no exclusivamente- ya que, afirmo,  FUE LA PRECARIEDAD LABORAL DE LA ÉPOCA LA QUE PROVOCÓ EL DAÑO A LA SALUD. ¿Por qué llego a tal afirmación?. Por la condición de las personas afectadas:
  • Trabajadores inmigrantes, en su mayoría.
  • Con familias numerosas.
  • Con grandes y graves déficits culturales.
  • Que realizaban jornadas laborales excesivas y prolongadas.
  • Con la perentoria necesidad de alimentar a sus familias.
  • Que nunca recibieron, en materia de seguridad y salud, ni la más mínima indicación sobre el peligro de fumar y/o comer en presencia del amianto.
  • A los que nunca se les realizó reconocimientos médicos -hoy vigilancia de la salud-. Y aún peor, cuando se detectaron signos de enfermedad profesional se les ocultó.
  • No recibieron ni una miserable mascarilla, y menos aún ropa de trabajo adecuada, que además se lavaba en su casa.....
Fue aquella precariedad laboral -IDÉNTICA A LA DE HOY-, unas "condiciones de trabajo" indignas, las que expusieron a nuestros padres/abuelos y que provocaron gravísimos daños en su salud, cuando no la muerte. Supongo que no es necesario recordar que todo aquello se inició durante el "Franquismo"....pero la democracia no resultó mejor:

- La normativa posterior al dictador cambió de forma lenta, insuficiente y no fue reparadora del daño causado.

- Hasta 1982  no se dictó norma específica para abordar la "protección" de los trabajadores de la exposición al amianto.

- No es hasta 2002 en que se dicta norma expresa prohibiendo la utlización del amianto en nuestro país. Culpa, evidentemente, del poderos lobby del amianto en España, encabezado por la empresa URALITA.

- Las víctimas tienen que seguir acudiendo a los tribunales para ver reparado el daño causado, con el consiguiente coste económico, moral y de tiempo que conlleva.

- Y hoy siguen sin la atención médica necesaria y especializada que se merecen. 

CONCLUSIÓN.
Hoy, desgraciadamente, se repite el mismo patrón, y son millones de trabajadores los expuestos a factores de riesgo laborales, como pueden ser:
  • De carácter químico: por ejemplo, a pesticidas utilizados en centros de trabajo para efectuar fumigaciones sin medidas preventivas, que afectan a las "trabajadoras precarias", como puedan ser las camareras de pisos (acceso a la web de las kellys) o las limpiadoras. Pero también a disolventes, hidrocarburos, etc...
  • O físicos: los movimientos repetitivos, posturas forzadas y manipulación de cargas, presentes en tantos trabajos manuales, y que afectan, también a camareras de pisos, limpiadoras, trabajadores de ETT´S, y a los trabajadores de la construcción, el sector metalúrgico, etc...Son hernias discales, síndromes subacromiales, del túnel carpiano, e incluso rupturas de ligamentos y tendones.
  • Y a un larguísimo "etcétera", pero no olvidemos, por su incidencia actual y su potencialidad peligrosidad, la exposición a campos electromagnéticos -quizás la lipoatrofia semicircular sea el daño más conocido y evidente visualmente-. O productos como el SILESTONE, aceptados como no peligrosos por la ciudadanía, pero que provocan en los trabajadores que lo han manipulado, silicosis, la primera enfermedad profesional reconocida en este país......casi 80 años después parece que hemos avanzado más bien poco.
En fin, sí, somos precari@s, pero somos visibles y tenemos derecho a un trabajo digno, con un salario suficiente, pero no lo olvidemos, también con unas condiciones de salud laboral dignas.


FESC, accede a la web.




No hay comentarios:

Publicar un comentario

Te contestaré lo más rápido que me sea posible, pero ten paciencia. Mi opinión no sustituye la de un profesional jurídico que pueda asesorarte directamente y examinar documentación.