13 marzo 2013

¿SE AGOTA EL PERIODO MÁXIMO DE INCAPACIDAD TEMPORAL A LOS 545 DÍAS?

Una de las preocupaciones más importantes para las personas que se encuentran en situación de incapacidad temporal (baja médica) es si puede prolongarse más allá de los 545 días -18 meses- dicha situación, cuando lo previsible es que se produzca la curación del trabajador enfermo. La respuesta es positiva. Y analizamos los dos supuestos que pueden producirse.

DEMORA DE CALIFICACIÓN
La “demora de calificación” está prevista en el art. 174.2 LGSS (RDL 8/2015), que señala:

2. Cuando la situación de incapacidad temporal se extinga por el transcurso del plazo de 545 días fijado en el párrafo primero de la letra a) del apartado 1 del artículo 128, se examinará necesariamente, en el plazo máximo de tres meses, el estado del incapacitado a efectos de su calificación, en el grado de incapacidad permanente que corresponda.

No obstante lo previsto en el párrafo anterior, en aquellos casos en los que, continuando la necesidad de tratamiento médico por la expectativa de recuperación o la mejora del estado del trabajador, con vistas a su reincorporación laboral, la situación clínica del interesado hiciera aconsejable demorar la citada calificación, ésta podrá retrasarse por el período preciso, que en ningún caso podrá rebasar los 730 días siguientes a la fecha en que se haya iniciado la incapacidad temporal”.

En consecuencia, cuando sea previsible la curación o recuperación profesional que motivaron la prórroga ordinaria (180 días posteriores a los primeros 365 días), entendemos es de aplicación el ya indicado párrafo segundo del art. 174.2 que establece una segunda prórroga “extraordinaria”, usualmente denominada “demora de calificación. Cierto es que, según el art. 7 del R.D. 1430/2009 la prórroga de los efectos de la incapacidad temporal, en los supuestos contenidos en el segundo párrafo del apartado dos del 174 requerirá, como requisito previo el oportuno dictamen de los órganos competentes para evaluar y calificar los procedimientos de incapacidad temporal, en el que expresamente se señale la conveniencia de no proceder de inmediato a la calificación de la invalidez permanente, atendida la situación clínica del interesado y la necesidad de continuar con el tratamiento médico. Este requisito se cumple a través de las revisiones efectuadas por lor órganos del INSS competentes en la materia -usualmente la EVI, o en Catalunya entendemos que actualmente la SGAM/ICAM-.

Sin duda, durante la prórroga extraordinaria solicitada, los efectos de la situación de IT, principalmente la suspensión del contrato de trabajo y el abono del subsidio económico, se prorrogarán hasta el momento de la calificación de la incapacidad permanente....


INCAPACIDAD PERMANENTE REVISABLE
En caso de no apreciarse la “demora de calificación”, procede la declaración de incapacidad permanente, pero revisable en un plazo breve y con reserva expresa del puesto de trabajo. Son de aplicación las mismas consideraciones antes señaladas y, especialmente, que sea probable que pueda PRODUCIRSE LA CURACIÓN O, POR LO MENOS, LA RECUPERACIÓN DE LA CAPACIDAD PROFESIONAL en un periodo de tiempo relativamente corto.

Son de aplicación, al respecto, los siguientes artículos:
  • Art. 200.2 LGSS. “Toda resolución, inicial o de revisión, por la que se reconozca el derecho a las prestaciones de incapacidad permanente, en cualquiera de sus grados, o se confirme el grado reconocido previamente, hará constar necesariamente el plazo a partir del cual se podrá instar la revisión por agravación o mejoría del estado invalidante profesional, en tanto que el incapacitado no haya cumplido la edad mínima establecida en el artículo 205.1a) de esta ley, para acceder al derecho a la pensión de jubilación. Este plazo será vinculante para todos los sujetos que puedan promover la revisión”.
  • Art. 48.2 E.T. Suspensión con reserva de puesto de trabajo.En el supuesto de incapacidad temporal, producida la extinción de esta situación con declaración de invalidez permanente en los grados de incapacidad permanente total para la profesión habitual, absoluta para todo trabajo o gran invalidez, cuando, a juicio del órgano de calificación, la situación de incapacidad del trabajador vaya a ser previsiblemente objeto de revisión por mejoría que permita su reincorporación al puesto de trabajo, subsistirá la suspensión de la relación laboral, con reserva del puesto de trabajo, durante un período de dos años a contar desde la fecha de la resolución por la que se declare la invalidez permanente”.

En conclusión, en aquellos casos en que sea previsible la curación o mejoría profesional, si no se procede a efectuar la “demora de calificación”, procedería la declaración de incapacidad permanente -en el grado de corresponda- con revisión en un plazo siempre inferior a dos años- y expresa reserva del puesto de trabajo por que es previsible la revisión por mejoría que permita la reincorporación al puesto de trabajo.

Actualizado 15/01/2018 (adaptado al RDL 8/2015).

921 comentarios:

  1. hola miguel,pues yo hice los 545dias d it y me mandaron un sms y por correo q d it me iniciaban un ip,rellene en el caiss con una funcionaria el formulario d la ip,y me llega una carta q ponia notificacion d demora por un plazo maximo d seis meses,para seguir en tratamiento medico,cuando mi tratamiento es d pir vida,enfermefad cronica y q no va a mejorar,como agote el desempleo me llega otro sms y carta q ponia su prestacion d it ha sido resuelta favorablemente,me empieza este mes a pagar el inss en pago directi,aunque sigo sin entender lo d la demora sino hay posibilidad ya d curacion,un saludo...

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    1. Es una de las posibilidades -aunque se produce en muy pocas ocasiones-, y supone, esta "demora de calificación", una nueva prórroga por un periodo de 6 meses. Así, dentro de ese período el INSS tendrá que volver a citarte con la EVI y resolver si procede emitir el alta -extinguir la situación de IT- o declararte en situación de incapacidad permanente con derecho a percibir la correspondiente pensión....paciencia...

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    2. daniel, te preguntaria el sms te lo mandaron antes o despues de los 545 dias, o justo en el plazo?

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    3. Hola buenos dias soy María, el 10 de junio superé los 545 dias de baja + prorroga por un atropello accidente laboral initinere, recibí el sms hace una semana de inicio del proceso de ip, mi empresa indra me ha dado la baja por agotamiento de it, ayer me acerqué al caiss y tenian ya la respuesta de inss(yo aun no) donde dicen que debo rellenar unos documentos para iniciar dicho proceso, paso por la ventanilla correspondiente y lo que debo rellenar es un justificante de cuestionario de lesiones permanentes no invalidantes...buff ando perdida del todo, Miguel sabes cuanto tardan en responder a este tema? entiendo que la respuesta va a ser el alta y mientras sigo de baja, me dijo la funcionaria que era cuestión de un mes más, pero lo desconozco, vaya lio que es todo esto, muchas gracias!!!!

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    4. Será rápido y sí, será para reconocerte el derecho a una pequeña indemnización por lesiones permanentes no invalidantes y dictar la extinción del proceso de incapacidad temporal -alta médica.-.

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  2. hola miguel,gracias por contestar,es mejor llevar informes medicos nuevos,o con los q tienen vale ya?porque en el ultimo informe ponia q no puedo realizar mi trabajo habitual en condiciones normales y agotadas tidas las pisibilidades d curacion por mi traumatologo,y el medico d familia puso tambien q estoyctodos los meses con tratamienti medico y sin recuperacion,y otra duda q tengo me han dixo q lo d la demora d calificacion es para alargar la it y farte el alta medica sin declaracion d invalidez...muchas gracias....


    un saludo

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    1. Siempre, si es posible, informes actualizados. No, no es cierto que las demoras de calificación finalicen con denegación de incapacidad permanente.

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  3. buenas tardes miguel,pues en la proxima revision q tenga con el traumatologo le pedire q me haga otro informe,muchas gracias por tus respuestas,ya ire contando como va el asunto...


    un saludo

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  4. Buenas tardes miguel,cuando me hicieron la demora d calificacion mi hermano llevo la carta al inem y le dijeron q ya la tenian ellos q se la mando el inss esti fue en enero,el otro dia me llego x sms al movil q tenia q renivar el desempleo con una numeracion q me mando el inem llame y di la numeracion y le dije a la chica dek inem q sigo d it ademas me paga el inss x q del desempkeo agote los 24 meses menos tres dias....dicen q saben q tengo una demora y despues me hacen llamar como q estoy dado d alta buscando empleo la chica dice q no hay problema pero ya me han mandado otro sms con otra numeracion para renovar en julio...si luego me haria falta cobrar el subsidio x q me den el alta esto me afectaria...muchas gracias y perdon x la extension...

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    1. Mientras te sigan pagando la prestación de la baja médica no hay problema. Así que de momento tranqulidad, y a esperar la nueva valoración del INSS.

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  5. Hola,miguel,gracias por tus respuestas,q pases buena semana santa,y cuando sepa algo ya te contare,porque esta gente y el sistema son d dar miedo y asco,


    un saludo

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  6. Hola Daniel mi pregunta esla siguient: ya rebase Los 180 dias de incapacidad temporal, pero todavia no estoy en condiciones para trabajar y tampoco me ha dado de Alta mi medico.......que VA a pasar si todavia requiero de mas incapacidad.....gracias.

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    1. De momento nada, continúas en situación de baja médica.....toca esperar la evolución de la enfermedad y que pase más tiempo.

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  7. Hola miguel buenas tardes,hoy estube en urgencias por dolores y me hicieron rayos y un cultivo q estoy esperando resultado,me hizo el traumatologo d siempre un informe dvq llevo un mes d antibioticos y q siga tomando,puso q haga reposo,y puso lo q me sucede,no es un informe como los anteriores,me dice q cuando menos vaya es mejor,porque tengo q estar con pastillas y en reposo en casa,y digo yo solo con ese informe valdra para presentar al evi cuando me llamen en julio?porque el traumatologo dice q con los informes anteriores tendria q valer,porque al final son todos parecidos....gracias.

    un saludo

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  8. Hola d nuevo miguel,hoy me a llegado una carta a casa del ministerio d empleo y seg-social en el q pone...asunto:informe actualizado...q para q se resuelva el estado d ip q esta icoado a mi nombre cuando me llame inspeccion tengo q presentar un informe actualizado...tengo uno d ayer d urgencias y el medico d cabecera me va a hacer otro informe,con eso valdra o tengo q llevar mas?gracias por tus respuestas
    un saludo

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  9. Hola, soy funcionaria de carrera de la Junta de Andalucía. Después de los correspondientes reconocimientos médicos y habiéndose cumplido el plazo de la prórroga de los 180 días siguientes al año de la situación de incapacidad temporal en la que me encuentro, acabo de recibir un SMS en el móvil en el que se me dice: "El INSS informa que su reconocimiento de incapacidad temporal se ha resuelto con inicio de incapacidad permanente. Próximamente recibirá la notificación”. ¿En qué situación me encuentro a partir de ahora? ¿Significa ello que ya me han concedido la incapacidad o que todavía debo esperar a un nuevo reconocimiento para que se haga efectiva la calificación de incapacidad permanente? En este último caso, ¿cuánto tiempo creen ustedes que suele darse el INSS para resolver?
    Estoy muy angustiada. ¿Podrías orientarme?
    Un saludo y muchas gracias por tu excelente blog.
    Lucía Medina

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    1. Continúas en situación de prórroga de los efectos económicos de la baja médica -sin tener que reincorporarte al trabajo y cobrando la baja médica-. No, no significa que te hayan concedido la pensión, pero sí significa que el INSS tendrá que pronunciarse expresamente al respecto...y no deberían tardar demasiado en darte respuesta. Ojo!! si la respuesta es en el sentido de denegar la incapacidad permanente, lo normal es que también comporte la extinción de la baja médica y la consiguiente reincorporación.

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  10. Buenas tardes Miguel,pues ya me ha llamado el inss y me ha dado cita para el dia 2 d julio,como el dia 11 hago los 24 meses d it me dijo el funcionario q hay q resolver mi estado ya,q lleve infirme actualizadi.todas las inspeciones las pase con una inspectora siempre con ella,ahora me han cambiado d inspectora y d sala,conoces algun abogado laboralista por Bizkaia,voy a ir preparandome por si acaso,esta el inss denegando casi todo por aqui.gracias y un saludo

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    1. Suerte...Alguna vez nos hemos desplazado hasta Euskadi...,.Y allí conocemos a Felix Cañada. https://maps.google.com/maps/place?hl=en&gws_rd=ssl&um=1&ie=UTF-8&q=felix+ca%C3%B1ada+abogado&fb=1&hq=felix+ca%C3%B1ada+abogado&cid=0

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  11. La pregunta no iba tanto por el temor a la extinción de la baja sino por si me puedes decir si ese SMS significa que no se me concede la demora de calificación, una posibilidad que el inspector me comunicó que solicitaría para que me fuese concedida con el fin de poder acabar de recuperarme y así evitar la pérdida de la plaza que como funcionaria tengo en propiedad. Aún no he recibido la carta. Te lo comento por lo que decía Daniel en el comentario del pasado mes de marzo, cuando te comunicaba que le habían enviado un SMS con el mismo texto que a mí y que unos días después, recibía una carta con la concesión de la demora de calificación. Te adelanto que la mía no es una enfermedad crónica y, que según los informes médicos, estiman una previsión de recuperación no superior a los tres meses. Muchas gracias, Miguel. En un momento de incertidumbre como el que estoy pasando, tu ayuda es muy de agradecer.

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    1. No, no...te notificrán nueva resolución en que el INSS indicará si declaran el derecho a la pensión, la extinción del proceso de IT -equivalente al alta médica- o la demora de calificación....

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  12. Muchas gracias, Miguel, por tu ayuda.

    Lucía.

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  13. Miguel, acabo de recibir la carta en la que, efectivamente, se me dice que, después de haberme "efectuado una nueva valoración médica para evaluar esta situación de prórroga y, teniendo en cuenta la información obtenida en esta valoración, se ha acordado iniciar un expediente de incapacidad permanente". Se me da un plazo de 10 días para rellenar un cuestionario de prestación de incapacidad y se me dice que, en caso de no presentarlo en el plazo indicado, "la prestación se resolverá con los datos que tenemos".
    ¿Significa que, ahora así, ya no me pueden conceder la demora de calificación? Dado que estoy evolucionando favorablemente según los informes médicos pero aun no puedo trabajar, ¿qué puedo hacer yo para solicitar al INSS que se me conceda la demora de calificación? ¿Puedo solicitar una nueva revisión para dar cuenta de mi situación médica y laboral, según la cual, si me dan la incapacidad perderé automáticamente mi plaza de funcionaria?
    En la resolución se me dice que puedo presentar en la Dirección Provincial una reclamación previa a la vía jurisdiccional en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente al de recibir esta notificación.
    Como se me dice que tengo 10 días para enviar el cuestionario y 30 días para efectuar la reclamación, mi duda es: En caso de que decida alegar en el sentido que te he apuntado antes, tengo que enviar el cuestionario también? Es decir, ¿me estaría perjudicando enviar el cuestionario por el hecho de que no se atendería mi alegación por la circunstacia de haber enviado el cuestionario? ¿Puedes aconsejarme qué es lo que más me conviene hacer y en qué orden?
    Muchas gracias de nuevo, Miguel.
    Lucía

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    1. Ya tienen tomada la decisión, en un plazo muy, muy breve, recibirás la resolución del INSS. y sí, aunque efectúes alegaciones tienes que presentar el cuestionario -y aunque no lo presentases, resolverán igualmente-. Te aconsejo que presentes las alegaciones y el cuestionario y cuando te llegue la resolución, si no es conforme con tus intereses, podrás reclamar, iniciándose el cómputo de 30 días desde ese momento.

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  14. Gracias por todo Miguel,haber como sale esto,ya te contare cuando me den la resolucion los del evi.

    un saludo

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  15. Hola Miguel,
    Estoy en una situación muy parecida a la que relata Lucía pero me gustaría poder contar con el asesoramiento de un abogado que me pueda llevar el caso. Por favor, me podrías recomendar algún abogado especialista y que sea de tu confianza en Valencia o alrededores?
    Muchísimas gracias de antemano,
    Jorge

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    1. No, no conozco a nadie en Valencia, pero sí puedo decirte que nosotros a veces nos trasladamos y que en Tarragona sí tenemos despacho.

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  16. Buenas tardes Miguel,he pasado hoy la ultima inspeccion medica,la verdad es q me han tratado como a un delincuente,d verguenza,q gente mas inhumana son estas personas por no llamarlas d otra manera,ahora a esperar resolucion del evi,ya estuve con el abogado y me dijo q si me dan el alta sin ip,ha impugnar el alta,y a meter otra vez una ip,q te parece a ti?
    Gracias y un saludo.

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    1. Que tu abogado te está asesorando correctamente, es lo que yo te recomendaría hacer.

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  17. Anónimo3/7/14 22:45

    Hola!
    Buenas tardes!
    Mi madre esta en la proroga de 180 días de baja. Agota los 545 días el 17 de agosto. El ICAM se adelanto y la llamo el 3 de julio para inspecion. Mi madre estaba trabajando cuando se puso enferma y le despidierón, a los cinco meses de estar de baja, entonces la mutua de la empresa seguió pagangole la baja , descontando los días del paro. (Tiene derecho a 2 años de paro descontando desde 28 junio del 2013)
    Bueno que los de la MUTUA la resisarón y propusierón una Incapacidad permanente.
    Pues resulta que la doctora de la ICAM, peso a mi madre y dijo que a pesar de perder 10 kilos de peso, esta en un peso normal, y por el peso que tiene, puede trabajar "doblando cajas" no es necesario trabajar donde trabajara antes (mi madre trabajo en una farmacia)
    Con una afasia total,( ni habla, ni se comunica), un trastorno delirante, y con necesidad de ayuda para las tareas diarias, despues de un ictus, la friki del ICAM dijo que mi madre podría trabajar aunque fuera doblando cajas.
    Bueno ella dijo que enviaría todos los papeles al INSS. Mi pregunta es: ¿ A que nos podemos esperar despues de esta visita al ICAM? ¿A un SMS diciendo que le han dado el alta? Creo que no ha pasado del ICAM, ¿no? ¿En cuanto tiempo recibiremos algo? ¿Que pasara ahora? ¿ Y que deberíamos hacer ?

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    1. Esperar, debéis esperar. El ICAMS pudo dictar alta médica y no lo hizo, por lo que no sería raro que sí le reconociesen la incapacidad permanente. Insisto, esperad un poco, y cuando recibas la resolución me informas del resultado y os digo que hacer.

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    2. Hola! La situación se complica cada ves más. Pues resulta que el 20/08/ 2014, hemos recibido una comunicación, según la cual, se ha iniciado el procedimiento para resolver el expediente de la incapacidad permanente. Nos enviaron un formulario para rellenar y presentar en la seguridad social. Formulario que hemos presentado el 28/08/2014 en SS.
      Pero ahora hemos recibido otra comunicación en la cual se nos comunica, que ante la necesidad de que mi madre siga en tratamiento médico por la expectativa de recuperación o mejoría de su estado con vistas a su recuperación laboral, su situación clínica aconseja demorar la calificación de la incapacidad permanente de acurdo con el art. 131 bis, nº2 , del texto refundido de la Ley general de la seguridad social (LGSS)( BOE de 29/06/1994), modificada por la Ley 42/1994(BOE de 31/12/1994) por la Ley 24/1997( BOE de 16/07/1997 y por la Ley 40/2007( BOE de 05/12/2007). Asimismo , nos indican, que como los efectos de la situación de incapacidad temporal se han prorrogado, mi madre continuará cobrando el subsidio de la incapacidad temporal hasta el momento de la calificación de la incapacidad permanente, con o sin declaración de la incapacidad, según lo que establece el número 3 del articulo citado.
      Y al final pone:"El dictamen del Institut Català d'Avaluacions Mèdiques ( ICAM) indica que las lesiones susceptibles de mejoría son:." Bueno que no sabemos que quiere decir tanta Ley.
      En este momento sigue cobrando la IT de la MUTUA, pero hasta ahora nadie de la MUTUA llamo para las visitas mensuales que le hacían antes, si se supone que va a mejorar. Y la psiquiatra de la SS, ha dicho que no le va a dar a mi madre, visitas más seguidas, porque es lo que hay, así que desde agosto, que la visito la ultima ves, la siguiente visita que le programo es para principios de noviembre. Lo que no entiendo, es porque nadie de la MUTUA, que es la que le paga, no la llama para revisión, o para otra opinión, como la ultima vez, de antes de pasar por ICAM; que la enviaron a un cetro (ITAE), que es el que propuso una IP. ¿No deberían llamarla para verificar su estado, si creen que que va a mejorar? ¿Quien debería hacerlo? La MUTUA, ¿No? Que es la que le paga el subsidio de IT. No creo que haya ninguna calificación de IP, más bien será sin declaración de incapacidad , ya que nadie no hace nada. Mi madre va a cumplir 2 años de IT,en el 17 febrero del 2015; y desde el 28 junio del 2013 esta en paro, si le dan el alta podrá cobrar el paro? Lo que le queda? hasta 28 de junio del 2015.( Es que le despidieron estando de baja, y la MUTUA de la empresa le sigue pagando la IT) Esto es vergonzoso... Que deberíamos hacer, ya que tengo entendido que si vamos a algún medico por nuestra cuenta, como sea privado, estos informes no se tendrán en cuenta. No le tendrían que hacer un seguimiento los de la MUTUA, para tener nuevos informes por si la vuelven llamar del ICAM antes de cumplir los 2 años de IT? O la psiquiatra de la SS , no debería hacerle una evaluación, o un seguimiento, o un informe nuevo, no se, ya que el estado de mi madre es el mismo.
      Muchas gracias.

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    3. Hay que esperar, no hay otra solución. Esta "demora de calificación" supone que sigue en situación de baja médica, COBRANDO EL SUBSIDIO. Tardará más o menos, pero la mutua os volverá a citar y os remitirán nuevamente al ICAMS......Y entonces tendréis nueva resolución, que espermos sea positiva. Pero hasta entonces no se puede hacer nada.

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    4. Muchas gracias por contestar tan pronto. De momento nadie llamó de la mutua, pero hoy mismo llamó alguien del ICAM, para decirnos que para mediados de noviembre la volverán a citar en el ICAM, con todos los informes nuevos, y que también enviarán por correos una carta informativa. Quien llamó dijo que era de los Convenios Internacionales y que quieren enviar estos informes al extranjero ya que mi madre trabajó en su país de origen. Para estar más tranquilos por si esta"demora de calificación" al final sería sin declaración de IP, si le dan el alta de IT ;¿podrá cobrar el paro de lo que le queda,( hasta 28 junio 2015) de los 2 años? Mi madre esta en la segunda prórroga “extraordinaria”. Esto lo digo porque no habló conmigo por teléfono, habló con la señora que cuida a mi madre, pero a ella, tal como le habló, le dejo convencida de que esta cita sería más bien para enviar la documentación al extranjero, que evaluar a mi madre. ¿Esto que quiere decir? Ya que hasta ahora en su blog nadie ha pasado por una situación similar. Mi madre ha trabajado más de 10 años en España y unos 10 años en su país de origen.
      Muchas gracias por sus respuestas y felicidades por su tan útil blog.

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    5. Lo que señalas, que ha cotizado en dos paises, implica que ha de determinarse primero si hay convenio entre ambos paises o no, con lo que, puede "complicarse" algo trámite administrativo, pero excede el ámbito de este blog, ya que sin ver documentación, no puedo contestarte. Dicho lo anterior, esta demora significa, lo que y os explique, y no se produce por haber cotizado en otro país. Sí puede percibir el desempleo si finalmente le deniegan la pensión, pero descontando el periodo que percibió el subsidio por la baja médica desde la fecha de extinción de la relación laboral hasta el alta médica.

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    6. Hola!
      He visto un comentario más arriba que puso Daniel, diciendo que cobrar el desempleo le afectaría. Entiendo que si a mi madre le denegaría la IP; y cobraría el desempleo esto: ¿Cómo le afectaría? ¿Qué se debería hacer? ¿Por favor si me puede contestar? Estamos en una situación desesperante.
      Y mirando el comentario del 21 de octubre de la persona que tiene 41 años, tengo también una pregunta. Si mi madre se puso enferma el 18.feb. 2013, y el 26 junio 2013 le despidieron y dieron de baja de la seguridad social, durante todo este periodo a partir de la baja de la seguridad social, la mutua le pagó el subsidio estando en incapacidad temporal, pero dijo que no tiene obligación para cotizar. En realidad este periodo de IT se está descontando de sus 2 años de paro. ¿El Paro no debería cotizar por ella? Pues, mi madre también estaba en tope de cotización, pero suponiendo que habrá una IP, todos estos meses sin cotizar, porque solo los primeros 4 meses de toda su IT (ya son 21 meses), cotizaron por ella, si el cálculo se remontaría al momento que cumplió 18 meses para atrás, estaría más que perjudicada. Y mi madre tiene cotizados en España, mirando su vida laboral 11 años y 10 días; y 2420 días en el último trabajo (6 años 7 meses y 15 días). Por favor necesito que me conteste.
      Y lo de hacernos pasar por Convenios Internacionales es una pérdida de tiempo, y se hace cuando no hay bastantes años cotizados, que no es el caso. Más bien creo que intentan librase.
      Muchas gracias.

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    7. Si pasa desde la situación actual en IT a la de incapacidad permanente, en virtud de lo dispuesto en el art. 222 LGSS "La entidad gestora de las prestaciones por desempleo efectuará las cotizaciones a la Seguridad Social conforme a lo previsto en el párrafo b) del apartado 1 del artículo 206, asumiendo en este caso la aportación que corresponde al trabajador en su totalidad por todo el período que se descuente como consumido, incluso cuando no se haya solicitado la prestación por desempleo y sin solución de continuidad se pase a una situación de incapacidad permanente o jubilación, o se produzca el fallecimiento del trabajador que dé derecho a prestaciones de muerte y supervivencia". Es decir, mantiene la base de cotización. Y si pasa a desempleo, es cierto que se le descuenta el periodo en situación de IT tras la extinción de la relación laboral, pero también se le cotiza por el SPEE ese tiempo concreto.

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  18. Buenas noches miguel,hoy cumplí los 24 meses e ir y me ha llegado la resolución con una incapacidad permanente en grado total para mi profesión habitual,pone revisable en septiembre e 2015,yo pensaba a las revisaban cada dos años,gracias por todo y un saludo.

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    1. No, no es siempre un plazo de 2 años. Es más que probable que, si la próxima vez confirman el grado de incapacidad, entonces sí establezcan 2 años para la próxima revisión -pero tampoco es seguro-.

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  19. Hola miguel,pues gracias por haber aclarado siempre mis dudas,tienes un blog muy bueno y que ayuda mucho,si vuelvo a tener alguna duda no dudaré en comentártelo por aquí.
    Gracias y un saludo.

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  20. Hola
    Miguel soy juliana tengo 30 años

    Mi pregunta es la siguiente estoy de baja por IT mi proceso lo lleva ASEPEYO por que estando de baja me despidieron, ASEPEYO me ha informado de las visitas que he tenido q hacer al ICAM de momento he tenido tres en total en la segunda visita al ICAM me dieron el alta por propuesta de IP, la cual fue denegada por el INSS donde me manifiestan que médicamente si estoy para tener una IP según la ley pero que que me denegaba la IP por no tener el tiempo de cotización mínimo , el día 8 de oct de este mes tendré visita en ASEPEYO donde me darán una cita para el ICAM ya que cumplo los 545 días en nov estoy en situación de IT De momento hasta que tenga la nueva visita este mes en el ICAM. Tendre una nueva cirugía mayor de cadera se me realizo una intervención estando de baja y no ha ido bn después de todo esto mi pregunta es .:¿que debo hacer ante esta situacion? ¿El ICAM como debería actuar en estos casos ? Teniendo en cuenta que ya me propuso para una IP y fue negada .. Gracias por tu colaboración .

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    1. El problema es que el ICAMS emite un informe exclusivamente de carácter médico, en que evalúa la limitación funcional desde un punto de vista de repercusión en tu actividad profesional. Aunque ese dictamen es remitido al INSS -para el que no es vinculante, aunque suele hacerl caso- este organismo comprueba si se reúnen los requisitos "legales" para acceder al derecho, como es por ejemplo la cotización..... y si este fue el problema, veo difícil solución....¿Podrías indicarme tu edad actual y los años que has cotizado a la seguridad social? Así podré darte una respùesta más acertada.

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    2. Hola
      Tengo 30 años y acreditó 742 días de cotización real y 595 días asimilados. X tal motivo me fue negando la IP en ninguno de los grados pero que las lesiones descritas podrían objetivamente ser calificadas desde una perspectiva médica, como incapacitantes con carácter definitivo en alguno de los grados previstos en la ley general de la SS aun así la resolucion fue negativa.
      Ahora. No se que hará conmigo el INSS el ICAM ya q Tendre nueva visita como ya te lo había dicho.
      Si un paciente no tiene mejoria como lo deberían manejar siendo este mi caso ?
      Gracias .

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    3. Salvo que hayas trabajado a tiempo parcial creo que sigues sin cumplir con el requisito de cotización suficiente (necesitas casi 5 años). Es probable que te denieguen la incapacidad permanente y extingan la situación de incapacidad temporal. la única solución es volver a trabajar en el futuro para cumplimentar la cotización.

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  21. La incapacidad permanente ya fue denegada, aun sin mejoria pueden extinguir la IT sin curación del paciente

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    1. Hola Miguel

      Espero estés muy bn , por fin tuve mi visita en el ICAMS el día 31 de oct después de cumplir los 545 días de prorroga dada por el INSS realizaron la valoración de los informes médicos que previamente había enviado ASEPEYO y anexaron nuevos informes que aporte psiquiátricos, de mi médico de cabecera fisioterapeuta y demás la medica tomo nota de absolutamente todo valoro mi estado y me comunico que se relanzaba una nueva prorroga hasta los 730 dias que es lo máximo me manifestó q si no mejoraba mi situación en ese tiempo se tendría q buscar otra manera en la cual yo empeZara a cotizar ya que esta reconocida la IP pero no se me otorga por q no tengo. El tiempo cotiZado, le pregunte a la medica si me tenía q dar algún documento para la mutua me dijo q no me preocupara q ellos se encargaban de todo básicamente esa fue mi visita .

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    2. Recibirás resolución del INSS en breve....

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    3. Hola ...

      Perdona te refieres a la resolución de la prórroga ?

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    4. Sí, sí, es el INSS quien tiene que determinar la prórroga formalmente.

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    5. Hola

      Me llego la resolución del INSS donde me manifiestan que se inicia un proceso por IP y debo presentar la documentación y la solicitud de IP ante el INSS totalmente contrario a lo que manifestó la medica en la visita .
      Que debo hacer ? Si la IP ya la presente y me fue negada por no tener el tiempo de cotización
      Estoy pendiente de una cirugía de cadera.
      Gracias por su pronta respuesta.

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    6. Aunque no presentases esa documentación resolverán igualmente....preséntala, haz alegaciones y espera a la resolución definitiva.

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    7. Hola Miguel
      Que tipo de alegaciones , hoy tengo cita en el INSS el documento que tengo que entregar me dice de poner alegaciones pero que pongo ? Ojalá veas esto pronto que la cita es a las 10
      Gracias

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    8. Lo más importante es que señales que aún estás pendiente de intervención quirúrgica.....

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  22. Muchas gracias por la labor q haces por este medio saludos .

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  23. Hola,
    Tengo 41 años y después de los 18 meses de baja de IT, me ha llegado del INSS una "demora de la calificación de la incapacidad permanente". Puesto que la empresa ya no tiene obligación de cotizar por mí me ha dado de baja en la seguridad social. Mi pregunta es que durante estos 6 meses nuevos de "prórroga", ¿quien tiene que cotizar por mí? ¿Y én qué bases? Lo digo porque estoy en tope de cotización y no sé si estos meses sin cotizar me influirán para una posible bajada económica de la prestación de incapacidad permanente.
    Muchas gracias!

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    1. Durante ese periodo no cotizará nadie por tí. De todas formas a efectos de una posible incapacidad permanente no te perjudicaría, por que para el cálculo de la pensión se remontarían al momento en que cumpliste los 18 meses de baja médica hacía atrás.

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  24. Hola:
    Tengo 55 años y estuve de baja desde el 5 de junio de 2013 hasta el 19 agosto de 2014. Tengo mùltiples patologías crónicas, entre ellas fibromialgia, doble bypass, lesión severa C5 ,STC moderado,Sindrome de Sjogren etc .Con una discapacidad del 59%. Mi profesión es de administrativa y después de haberme concedido una prorroga de IT al mes y medio el INSS me dió de alta. No entiendo nada, el documento de propuesta era igualito, sólo cambiaba la cruz en el alta. Impugné el alta y la denegaron, solicite las vacaciones a mi empresa y mientras presenté solicitud de Incapacidad Permanente, la han denegado también; he añadido una resonancia de cervicales y los estudios de RX para solicitar una recaída. Y ahora me encuentro con el dichoso artículo 131 bis, por lo que es el EVI quien me responde, no se la respuesta, pero si se que esto se complica bastante. Mientras e he incorporado al trabajo, y es imposible aguantarlo ni con las adaptaciones que han hecho del puesto. Estoy desesperada, he pasado el día llorando dentro y fuera del trabajo lo que complica más mis dolores y altera el corazón porque no veo ninguna solución. Por eso le querìa preguntar ¿qué más puedo hacer? esto es inaudito, un ser humano no puede drogarse con opioides, tranquimazin, efectos del hipnótico antidepresivos, bloqueantes y ponerse parches de anestesia para poder acudir al trabajo.Esta semana presentaré el Recurso Previo vía judicial, junto a los informes y un peritaje.

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  25. Buenas noches miguel,cuando vas a revision d una ipt,y sigues con las mismas secuelas por las q te concedieron la ipt,te pueden quitar la pension? siendo cronica la enfermedad y sin curacion.

    Gracias y un saludo

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    1. No, no deberían, si no existe "mejoría" procede confirmar la pensión ya reconocida.

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  26. Hola Miguel, mi pregunta es simple, el inss ha iniciado expediente por incapacidad permanente y a los 3 días recibo otra carta de demora de calificación (prorroga de 6 meses). La pregunta es que si se alarga esta demora se me va a acabar el paro. ¿Esto me afectaría para si me conceden la incapacidad para cobrar la pensión o lo que cuenta es la fecha de inicio de expediente del inss para la incapacidad permanente?. muchas grácias

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    1. Lo que ocurre es que sigues percibiendo el subsidio de IT. Si finalmente te conceden la incapacidad permanente la percibes a continuación, sin "espacios" entre una prestación y otra.

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  27. Muchas gracias, te felicito por atender nuestras dudas, te deseo lo mejor.

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  28. Hola Miguel, acabo de conocer el blog y me parece ver alguien que puede darme algo de luz.

    Simplificando: Tras 365 días de baja, pasé el EVI y hoy he recibido SMS diciendo: EL INSS INFORMA: SE HA EMITIDO ALTA EL 03/12/2014. DEBERÁ INCORPORARSE A SU TRABAJO AL DÍA SIGUIENTE. PROXIMAMENTE RECIBIRÁ LA NOTIFICACIÓN EN PAPEL

    Las preguntas son las siguientes:

    1.- ¿Es vinculante ese SMS y debo presentarme el dia 4?
    2.- ¿Puedo reclamar ya o el plazo no se abre hasta que no tenga la resolución en papel?
    3.- Si el día 4 me encuentro de tal manera que me es imposible físicamente la incorporación ¿a quién acudo? ¿a mi médico? ¿al INSS?

    Estoy angustiado y perdido...bueno, eso es mi problema. Gracias si puedes responder, y si no, también porque a mucha gente le estás aportando, además de información, calma y tranquilidad.

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    1. Te comento:
      1. No, no es vinculante, ya que no pueden acreditar ni que te lo han notificado ni quien te lo ha notificado.
      2. Sí, pero el plazo es a partir del día siguiente a la notificación del INSS. En la propia resolución te indicarán el recurso pertinente, el plazo y ante quien tienes que presentarlo. En principio es una reclamación previa, son 11 días y ante el propio INSS -en el blog encontrarás modelo-. Ojo!! si la resolución es justo a los 365 días podrías interponer demanda directa.
      3. Te aconsejo que busques mi entrada "consejos para reincorporarse tras un alta médica"....
      Gracias por tus amables palabras hacia mí.

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  29. hola Miguel acabo de ver este blog y veo que alguien por fin puede resolver todas las dudas que tenemos...
    Mi padre esta en situacion de incapacidad temporal por brote psicotico y depresion, ha cumplido el 27 de noviembre los 18 meses de baja ha pasado los correspondientes tribunales medicos le llego un mensaje al movil del inss diciendole que se habia concedido una incapacidad permanente y que llegaria la resolucion... al cabo de dos semanas nos llego la carta certificada donde nos ponia que se le concedia la incapacidad permanente y adjuntaba unas hojas para rellenar y presentar lo cual hicimos al dia siguiente, allin una funcionaria del inss relleno todos los datos y nos dijo que en 10 dias aproximadamente recibiriamos el grado que le daban... pues a los dos dias de presentarlo recibimos una carta del inss sin certificar carta ordinaria ... que decia que iniciada la incapacidad permanente le daban una demora de calificacion, y ahora si que estamos perdidos porque la carta de demora de calificacion tiene la misma fecha que la resolucion de incapacidad permanente y la firman dos personas diferentes... y una es certificada y la otra es ordinaria... tenemos claro que la carta ordinaria de demora de calificacion no es la contestacion porque tiene fecha del 28 de noviiembre y nosotros los presenstamos el 4 de diciembre por lo que no es la contestacion, pero mi pregunta es, si ha recibido la carta certificada concediendole la incapacidad permanente y una vez presentado toda la documententacion , pueden contestarnos ahora con lo de la demora de calificacion? o puede ser que esa carta ordinaria de demora de calificacion es por las semanas en las que todo esto se esta retrasando ya que el cumplio los 18 meses en noviembre?
    Muchisimas gracias de ante mano esque estamos muy preocupados ,,, el es empresario y para que mejore su estado seria bueno una jubilacion para que desconectara de problemas y si se alarga 6 meses mas este hombre se nos hunde.... la espera se esta haciendo insoportable

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    1. Sin ver las resoluciones es defícil que te pueda contestar...pero parece que realmente sí se ha concedido la pensión....no queda más remedio que personarse nuevamente en el INSS para aclararlo.

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  30. Hola Miguel: acabo de ver este blog y he visto posibilidad de resolver una gran duda:dentro de unos días se cumplen los 730 días de periodo máximo de it. En septiembre la delegación del gobierno me comunicó que iniciaba el procedimiento para la incapacidad permanente, pero desde entonces no me han llamado para pasar el evi. Hoy he recibido una carta diciendome que al cumplir los 730 días tengo que darme de alta. Estoy ingresado en un hospital de día. Pueden darme el alta estando ingresado? Pueden darme el alta sin pasar el evi?

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    1. Sin ser examinado no pueden darte el alta...y si estàs ingresado, no procede. Entiendo que te citaràn y es màs que probable que sea una incapacidad permanente.

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  31. Me encuentro en situación de demora de calificación. Mi empresa me ha dado la baja a los 18 meses pero no me han notificado nada, deberían de hacerlo?

    Es obligatorio que me guarden el puesto?

    En el caso que no me guarden el puesto podría reclamar despido improcedente.

    He causado baja en la empresa el día 04-02-2015.

    Gracias

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    1. Aunque la "demora de calificación" se produce en muy raras ocasiones, cuando se declara se produce la baja en la empresa, ya que finaliza la obligación de la empresa de cotizar por el trabajador. Ahora bien, tienes derecho a incorporarte a tu puesto de trabajo si finalmente no te declaran en situación de incapacidad permanente, Por tanto, no debes interponer demanda de despido. Sí es cierto que tu empresa no ha sido demasiado "elegante", pero no te preocupes:
      1. el contrato está en suspenso y tienes derecho a reincorporarte al finalizar el proceso -y si se niegan será un despido, pero solo entonces-.
      2. si te declaran la incapacidad, pide tu finiquito y liquidación, pero tienes un año para ello.

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    2. Hola, ya he tenido noticias de la empresa: me han dado la liquidación de las vacaciones no disfrutadas en los 18 meses de la baja; también pone en el papel que queda liquidada y finiquitada sin poder reclamarle nada mas a la empresa. De boca me han dicho que depende de lo que diga el INSS ellos me reincorporarían sin notificarme nada por escrito.

      También pone que el cese con la empresa es motivada por agotamiento de la IT.

      He firmado no conforme porque al no darme nada por escrito no me creo nada, porque han podido engañarme sin darme el finiquito por los años trabajados y después no reincorporarme ¿verdad?

      Me han dejado claro que no tengo ya ningún vínculo con la empresa.

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    3. Es correcto. Recuerda lo que te señale: "el contrato está en suspenso y tienes derecho a reincorporarte al finalizar el proceso -y si se niegan será un despido, pero solo entonces-".

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  32. Buenos días:
    Ante un alta dada en IT prorrogada, y considerando que no es adecuada:
    1.- ¿Puedo presentar manifestación de disconformidad en el plazo de 4 días naturales desde la recepción de la carta o lo que procede es la reclamación previa en el plazo de 11 días desde dicha recepción?.
    2.- ¿Puedo presentar reclamación previa contra ese alta para solicitar IP o es mejor solicitar el inicio de los trámites para su reconocimiento?
    3.- De poder presentar esta segunda reclamación previa, ¿puedo hacerla en el mismo escrito de reclamación por alta indebida o debo presentarla en escrito diferente?.
    Muchas gracias de antemano; encomiable su labor a través de este blog.

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    1. 1.- Reclamación previa.
      2.- No, no puedes, tienes que iniciar los trámites para su declaración.
      3.- No procede, según te he dicho....la incapacidad permanente será otro procedimiento.

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    2. Muchas gracias por su respuesta.

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  33. Hola.

    Llevo de baja algo mas de 18 meses, tengo 48 años y 17 cotizados. Trabajo de oficina (todo el día sentado). Padezco de lumbalgia y radiculopatía crónica l5s1 con hernia operada (hace un año) con fijación interespinosa y hemilaminectomía y foraminotomia. En paralelo tengo una polineuropatía mixta sensitivo-motora progresiva, de origen desconocido, que de momento me provoca dolor, parestesias y calambres en MMII y MMSS. Otras dolencias menores (en comparación) en cervicales y rodillas.

    Me han iniciado expediente de ip, pero ya me han quitado el punto 5.

    ¿Qué plazos tengo en caso de que me la denieguen? ¿Que posibilidades reales de que reconozcan una IPT o IPP?

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    1. La resolución se emitirá en breve...siempre es difícil para quien realiza actividades sedentarias que le reconozcan una IPT por temas osteomusculares...no obstante, la polineuropatia puede ser importantísima para que procedan a la declaración de IP....mucha suerte!!!

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    2. Muchas gracias por tu respuesta Miguel.

      ¿Alguna recomendación de abogado en Madrid?

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    3. Sí, sí....mis compañeros Marta Barrera mbarrera@cronda.coop Jaume Cortés jcortes@cronda.coop o Raquel Lafuente rlafuente@cronda.coop compañeros míos de despacho y que también visitan en Madrid, donde tenemos también un espacio de trabajo.

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  34. Buenas tardes. Mi pregunta realmente no es de incapacidad temporal sino más bien sobre proceso laboral.
    Si el INSS tarda en contestarme una reclamación previa 6 meses: contra dicha resolución una vez se me notifique se podría presentar demanda? Quiero decir, que volvería a contar el plazo de 30 días para interponer demanda desde que se notifique verdad?

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    1. Sí, sí, es totalmente correcto lo que indicas.

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  35. Hola Miguel gracias por tu blog,tengo 42 años,mira desde que pedi la reducción de jornada para poder recoger a mi hija de 3 años,me trasladaron a un lugar mas lejos y cai en una tienda donde la gente vive con miedo a la rt y yo me siento y estoy sufriendo acoso laboral por la resposable de tienda,estuve de baja por estados de ansiedad 2 meses volvi y la cosa sigue igual. Mis preguntas son cuanto tiempo tiene que pasar para poder cogerme la baja otra vez,es que estoy muy mal casi todos los días llorando, esa mujer humilla y me hace sentir como un ser chiquitito ,yo puedo pedir traslado de tienda? Me lo negarian? Tu crees que mi doctora de cabecera puede hacerme un informe diciendo que ella recomienda mi traslado por que me esta afectando en mi vida? La verdad es que me encuentro como en un callejón sin salida, mi unico delito fue pedir la reducción de jornada, por que nos lo ponen tan difícil, es como si estuvieran buscando que yo misma me vaya, si puedes responderme te lo agradezco mucho.

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    1. Creo que necesitas una ayuda que excede en mucho de lo que yo puedo aportar en este blog. Acude a un abogado laboralista y plantea la posibilidad de denunciar a tu superior a Inspección de Trabajo. Mucha suerte!!!

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  36. Hola Miguel gracias por tu blog,tengo 42 años,mira desde que pedi la reducción de jornada para poder recoger a mi hija de 3 años,me trasladaron a un lugar mas lejos y cai en una tienda donde la gente vive con miedo a la rt y yo me siento y estoy sufriendo acoso laboral por la resposable de tienda,estuve de baja por estados de ansiedad 2 meses volvi y la cosa sigue igual. Mis preguntas son cuanto tiempo tiene que pasar para poder cogerme la baja otra vez,es que estoy muy mal casi todos los días llorando, esa mujer humilla y me hace sentir como un ser chiquitito ,yo puedo pedir traslado de tienda? Me lo negarian? Tu crees que mi doctora de cabecera puede hacerme un informe diciendo que ella recomienda mi traslado por que me esta afectando en mi vida? La verdad es que me encuentro como en un callejón sin salida, mi unico delito fue pedir la reducción de jornada, por que nos lo ponen tan difícil, es como si estuvieran buscando que yo misma me vaya, si puedes responderme te lo agradezco mucho.

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  37. Hola:
    1. Me encuentro en situación de demora de calificación.Cumpliré los dos años de baja el 6 de mayo.A finales de febrero pasè tribunal médico concediendome otros tres meses para recuperar totalmente.Esto me llevaría a finales de mayo.Mi pregunta es si tiene la empresa obligación de guardar el puesto de trabajo cuando se sobrepasan los dos años de IT?Me consta que en mi empresa està habiendo despidos por bajas y no quiero pasar nada por alto
    2. He leído por aquí que a partir de los 18 meses al no cotizar ya la empresa nadie cotiza a la Seguridad Social. A mi me sigue pagando la mutua y supongo sigo cotizando.¿es ésto así?si no ¿afecta de alguna manera,jubilacion,etc?¿pudedo o debo hacer algo?
    Muchas gracias

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    1. 1. Mientras sigas en situación de IT, incluso más allá de los 24 meses, tienes reserva del puesto de trabajo.
      2. No, no cotiza nadie a partir de los 18 meses. Podrías suscribir convenio especial con la TGSS, pero no creo que valga la pena.

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  38. Millones de Gracias Miguel
    Entiendo entonces que aunque estos seis,siete meses no cotice no se verà afectada,o de una manera tan insignificante que no merece la pena,la base para mi jubilación,o prejubilacion o e.r.e. que muy probablemente serà en unos cinco años.
    Muy ,muy agradecida por tu ayuda

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  39. Hola de nuevo MIguel
    Olvida mi anterior mensaje.JUsto esta tarde he recibido un sms: el Inss le informa:su pensión de incapacidad permanente ha sido resuelta favorablemente'
    Me ha dejado bloqueada. Yo no quiero una incapacidad solo tiempo para terminar de recuperarme. Estaba preocupada de no pasar los dos años precisamente para evitar la incapacidad. Y ahora qué pasa?tengo que aceptarla si o si?sigo teniendo derecho a mi puesto( perdona que sea tan pesada pero en mi empresa están pasando cosas muy raras y cualquier excusa es buena para quitarnos de enmedio)puede ser que me otorguen una pension de incapacidad para solo dos,tres meses?
    Millones de gracias por tu paciencia y tu tiempo

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    1. Bueno, entiendo que no es malo.....esperate a ver que dice la resolución, pero es más que probable que sea con revisión inferior a 2 años y reserva del puesto de trabajo.

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  40. Hola Miguel

    He agotado los dias de incapacidad temporal 365+180 por dos intervenciobes quirurgicas en el pie con malos resultados y secuelas, 9 dias antes de la extincion de lod 180 dias me ha vuelto a operar y segun el doctor hay expectativas de curacion y de reicorporacion a partir de 3 o 4 meses
    He recibido el sms que indica EL INSS INFORMA QUE SU RECONOCIMIENTO DE INCAPACIDAD TEMPORAL SE HA RESUELTO CON INICIO DE INCAPACIDAD PERMANENTE. PROXIMAMENTE RECIBIRA LA NOTIFICACION. Y hoy he recibido la notificación por carta certificada en el cual indica "se le ha efectuado una nueva valoracion medica para evaluar esta situacion de prorroga y, teniendo en cuenta la informacion obtenida en esta valoracion, se ha acordado iniciar un expediente de incapacidad permanente con fecha 17/03/2015.
    Me dan 10 dias para completar un formulario o si no estoy conforme con esta resolucion puedo presentar una reclamacion en el plazo de 30 dias

    Quisiera saber que he de hacer para que me concedan los 6 meses de demora de la calificacion ya que mi intencion es recuperarme tras la ultima intervencion y seguir trabajando y no acceder a ninguna incapacidad permanente.
    Es posible acceder a dicha demora aun completando el formulario o he de recurrir.

    Que diferencia existe entre demora de calificacion y invalidez permanente revisable, en los dos casos cobraria igual que en la incapacidad temporal

    Saludos y gracias

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  41. Anónimo7/4/15 16:15

    Hola, estoy con una IT, operada de una tendinopatía insercional severa del tendon tibial izquierdo, desde noviembre del 2013, pero la operación no salió bien y me tienen que volver a operar, estoy en lista de espera con los análisis hechos, esperando que me llamen. He logrado dejar las muletas, pero el dolor persiste, me han citado hace unos días a revisión de la Seg. Social, no me han dicho en que situación quedo ó si me dan otra prórroga. Sé que no podré llevar una vida normal, pero sólo tengo 50 años. Seguiré cobrando?

    Gracias.

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    1. Sí, sí, mientras no recibas resolución del INSS continúas percibiendo el subsidio de la baja médica.....

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  42. Anónimo7/4/15 17:40

    Buenas tardes Miguel muchas gracias por asesorarnos , despues de los 545 dias (1,5Años) de estar de baja por operacion de S1-L4-L5 con implantes de Titanio me mandan un mensaje al movil de la SS con fecha 07/02/2015 que dice texstualmente " El INSS informa que su reconocimiento de incapacidad temporal se ha resuelto con inicio de de incapacidad permanente proximamente recibira notificacion.Mi pregunta es la siguiente despues de rellenar diez folios de impresos cuanto tiempo tengo que esperar la notificacion por carta certificada pyes ya an pasado dos meses y si debo continuar pagando los 480,00€ que estoy pagando de autonomo , tengo 39 años cotizados a la seguridad social. Atentamente J.Enrique.

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    1. La resolución es más que posible que ya esté emitida. Acude al INSS para ver que puede haber pasado -de hecho, ellos suelen tramitar la baja como autónomo de oficio tras el reconocimiento de incapacidad permanente-.

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  43. Hola Miguel! Llevo 140 días de baja por accidente laboral. Me pusieron una prótesis en las cervicales y tengo el nervio dañado. Como consecuencia de eso no puedo sostener el brazo en el aire. Tras muchas pruebas y tratamientos me envían de nuevo a rehabilitación " sin mucha esperanza de recuperación" según el medico de la mutua. Se están planteando declarármelo como secuela. Eso que significa? Una invalided parcial? No quiero que me engañen y que me den el alta para empezar a trabajar con falsas promesas de cambio de puesto y que una vez que esté trabajando no se cumplan, como hacen muchas veces. No quiero perder mis derechos y no se que tengo que hacer para que no me perjudiquen, si están pensando en hacerlo claro... Que debería pasar si no consigo recuperarme como prácticamente me han confirmado? Debería seguir de baja? Muchas gracias de antemano por tu respuesta, un saludo!

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    1. Debes seguir de baja médica.....no te preocupes, lo normal es que valoren secuelas permanentes. Si te dan el alta médica sin propuesta de incapacidad permanente, puedes impugnarla con un procedimiento especial.

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  44. Buenos días Miguel:
    Me ha n concedido una pensión de incapacidad en grado total para mi profesion habitual con revisión el 1-10-2015
    1. Se puede solicitar adelantar la fecha de la revisiòn
    2. He de comunicar a la empresa esta resolucion con el fin de que que guarden el puesto o por cualquier otro motivo
    3. Dado que la incapacidad es para mi puesto habitual debo solicitar mi incorporación en otro puesto o puedo permanecer sin trabajar mientras dura esta situación
    Muy,muy agradecida por tus respuestas
    Un abrazo

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    1. 1. No.
      2. No, ya han recibido notificación del INSS, no es necesario. Aunque puedes hablar con ellos, tampoco hay problema por eso.
      3. Caben las dos posibilidades, pero lo normal es la segunda. Solo si el convenio de aplicación lo exige te cambiarán de puesto de trabajo.

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  45. Buenos días:
    Tenía una duda en relación con la situación de agotamiento del plazo máximo de incapacidad temporal. El periodo de tiempo que transcurre entre esa situación (en el que la empresa te da de baja en afiliación de Seguridad Social) y la incorporación al puesto de trabajo por denegación de incapacidad permanente (en la que te vuelven a dar de alta en afiliación ¿es computable a efectos de antigüedad? (me refiero a la hora de computar ese periodo de tiempo de baja en afiliación de seguridad social para el cumplimiento de un nuevo trienio).

    Gracias. Un saludo.

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    1. Discutible, por que no hay prestación efectiva de servicios, pero como el contrato ya estaba suspendido desde el inicio de la situación de IT, y computaba a efectos de antigüedad, entiendo que este periodo de "prórroga de IT" también debería computar, aunque la empresa no cotice por imperativo legal.

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  46. Hola. Gracias Miguel por tu aclaración. Es confortable saber, que podemos contar contigo y así, aclararnos en todos éstos temas.
    Un saludo!!

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  47. Buenas tardes me citan para el día 23 T.M. llevar todos los informes y con el cuestinario que me den lo lleve a la S.S. que quiere decir

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    1. Entiendo que es para valorar si eres tributario de una declaración de incapacidad permanente.

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  48. Buenas noches,

    Primeramente, enhorabuena por el blog y por la ayuda prestada.
    Mi caso es el siguiente: Estuve de baja por IT por un proceso quirúrgico y postoperatorio complicado 535 días, es decir, no llegué a agotar los 18 meses. Me notificaron ir a revisión cuando me quedaban unos días para agotar el plazo de 18 meses, el inspector tenía pensado una IP, pero solicite el alta, pues había notado en el último tiempo mejoría y por mi edad, 34 años, tenía muchas ganas de volver a una normalidad laboral que necesitaba.
    Pues bien, mi problema y complicación viene ahora. Actualmente tengo una gestación múltiple con alto riesgo de aborto. He intentado demorar lo máximo posible el reposo que me piden precisamente por haberme incorporado a mi puesto de trabajo a finales de noviembre, no haciendo los 180 días de cotización nuevos hasta finales de mayo.
    Dadas unas pruebas que me han tenido que hacer, me han recomendado reposo absoluto por unos 15 días, por ello, se solicitó al INSS nueva valoración, acudiendo ayer representantes en mi nombre por no poder salir de casa (por reposo absoluto), pero ni les han dejado pasar de la puerta, según ellos solo ven pacientes y se han quedado en el mostrador con todos los informes.
    Estoy muy angustiada por el tema de no haber cotizado los 180 días necesarios para poder causar baja nuevamente y que los partes los de el dr. De familia sin necesidad de que sea el INSS. No sé en qué situación estaría ni a nivel de cotización, ni a nivel de empresa, ni siquiera si tengo derecho a salario. He preguntado en el CAIS pero me dicen que esas cuestiones no me las pueden responder, que ellos lo único que puedan hacer es cursar la solicitud de nueva valoracion por el INSS.
    Por favor, échame un cable y si es posible infórmame un poquito, como te digo estoy muy angustiada, porque si no me corresponde de nuevo IT, con la situación que tengo de riesgo no se que otras opciones tengo.
    Muchísimas gracias por adelantado, espero me puedas ayudar.
    Un saludo,

    Esther

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  49. Hola!
    Pasé revisión en EVI el 13/04/2015 tras demora de la calificación que hizo los 180 días el 15/04/2015. A día de hoy estoy pendiente de resolución del INSS.
    He recibido carta de la mutua hoy por correo ordinario, está fechada el 16/04/2015 e indica " Ponemos en su conocimiento que con fecha 15/04/2015 se ha extinguido la prórroga de Incapacidad Temporal que percibía a cargo de esta mutua, al haber agotado el plazo máximo de duración de la Incapacidad Temporal, según lo dispuesto en el artículo 131 bis.2 de la Ley General de la Seguridad Social vigente"
    Esto es correcto? No tienen que abonarme la prestación hasta la resolución del Inss aunque hayan transcurrido los 180 días de la demora?
    Gracias de antemano, mi situación económica es precaria y estoy preocupado.

    Un saludo

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    1. Sí, es como tu dices, tienen que abonarte la prestación hasta la resolución del INSS.....y lo más probable es que ya hayan emitido resolución....

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  50. Anónimo7/5/15 14:50

    Buenas tardes Miguel, gracias por ayuda que nos das. Después de tanto tiempo esperando, me llega hoy un SMS de la INSS, donde me dice que mi reconocimiento de Incapacidad Temporal, se ha resuelto con inicio de Incapacidad Permanente, que espere la notificación. ésto quiere decir que me van a jubilar de forma permanente o es revisable esa resolución?
    Gracias.

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    1. Eso quiere decir que se pronunciarán sobre la concesión de la pensión de incapacidad permanente....pero tienes que esperar a la resolución, aún no se han pronunciado. Mientras, sigues en prórroga de la baja médica.

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  51. Anónimo8/5/15 11:40

    Hola!
    Antes de nada muchas gracias por ayudarnos con nuestras dudas.

    Mi duda es la siguiente: hace un año (cumplí el año la semana pasada) tuve un accidente laboral, en el que me corté tendones y nervios de un dedo de la mano (índice de la mano izquierda, y soy diestra).
    Por complicaciones tras la operación y demás, la baja se alargó hasta ahora. Hace 4 semanas me volvieron a operar de nuevo para realizarme una artrodesis en ese dedo, y por lo tanto dejar secuelas permanentes, ya que me han quitado y fijado una articulación de manera permanente. La recuperación post operatoria son unos 2 o 3 meses, que es cuando retiran el material de osteosintesis.
    Hoy me ha llegado una carta del ministerio de trabajo informandome de que me conceden una prorroga de máximo 180 dias más de baja, por considerar que es posible la reincorporacion laboral. Y tengo algunas dudas:

    1- ¿Ahora quién y cómo me darán el alta?
    2- ¿El que me hayan dado una prórroga, en vez de una solicitud de IP, significa que consideran que no procede darme una IP?
    3- ¿Si me dan el alta antes de esos 180 dias (que es lo mas probable), igualmente se puede solicitar una IP? Ya que por mucho que me recupere, el dedo queda sin esa articulacion, y mi trabajo era de cocinera y camarera, y ese dedo pues no funciona practicamente, ni tiene sensibilidad, ni fuerza ni movimiento, y para coger sartenes, cestas de freidoras, bandejas, fregar platos, para abrir botes, etc. tengo bastante dificultad. Y con toda la vida laboral que me queda por delante (tengo 26 años), pues tengo miedo de que tenga que trabajar de eso con dificultades, y que no me quieran en los trabajos por ir mas lenta o con mas dificultad que los demás (me quedé sin trabajo durante la baja).

    Muchas gracias de antemano.
    Un saludo.

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    1. 1. El INSS a propuesta de la mutua.
      2. De momento no. Entienden que procede finalizar todas las posibilidades terapéuticas.
      3. Sí, sí. No tengo claro que pasará, aunque entiendo que tu trabajo es plenamente bimanual, y la afectación en el dedo índice -impide piza fina, puño y garra- debería comportar una incapacidad permanente, ya sea parcial o total.

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  52. Buenos días Miguel,
    He recibido notificación del INSS declarando una demora en la calificación y un sms de la TGSS indicando que me dieron de baja en la empresa a principios de abril, aunque no he recibido ningún tipo de comunicación por parte de la misma. ¿deberían enviarme algo?
    Me han dado de baja a los 544 días en lugar de 545. En la notificación que recibe la empresa, ¿el inss indica la fecha en la que tienen que darte de baja?
    Entiendo que queda por tanto el contrato en suspenso hasta ver si finalmente me declaran o no en situación de incapacidad permanente.
    ¿Quedaría pendiente para entonces el disfrute o liquidación de las vacaciones de los años 2013 a 2015 o en ese momento habría perdido las correspondientes al 2013? Entiendo que a partir de la fecha de baja en la empresa ya no devengo vacaciones pero no sé si en caso de pasar a una ip, la liquidación tendría que hacerse con fecha de la baja, momento en el cual todavía me correspondían las vacaciones del 2013 o para entonces las habría perdido por haber transcurrido más de 18 meses desde el final de año en el que se inicio la it.
    El inicio de la baja fue en octubre del 2013 y solo disfruté 3 días de vacaciones.
    Un saludo y gracias por tu atención.


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    1. Por orden de preguntas:
      - no necesariamente.
      - sí.
      - exacto, con reserva del puesto de trabajo.
      - las vacaciones no disfrutadas, cuando transcurren más de 18 meses se pierden....creo que las de 2013, por tanto, no las puedes disfrutar.

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  53. Buenas tardes Miguel, estoy en situación de demora de calificación hasta finales de este año. Recibi una carta con un informe donde se me proponía para iniciar una incapacidad permanente por tener secuelas osteodegenerativas crónicas y unos formularios que debía rellenar y presentar al INSS. A los dos días recibi otra carta notificando la demora. Fui al INSS y me dijeron que ya no hacía falta que entregara los formularios puesto que de momento el trámite estaba paralizado. Estoy viendo que todo el mundo entrega esos papeles y yo no ahora si debería haberlos entregado igualmente. ¿Esto puede afectarme negativamente? y si ellos mismos me ponen en el informe que lo que tengo es crónico y degenerativo ¿porqué lo de la demora? en el INSS la chica que me atendió dice que me están mareando. No he pasado aún por el EVI sólo por las revisiones de la inspección,¿ es normal que el EVI inicie el expediente sin verte en persona?
    Perdona por tantas preguntas pero es que no entiendo mucho sobre este tema.
    Muchas gracias por tu atención y un saludo

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    1. No, no te afecta negativamente el no haber entregado esa documentación -que, por otra parte, son datos de los que ya disponen-. Sí, pueden que te estén "mareando" pero de momento no te preocupes en exceso....a los 24 meses decidirán si te conceden o no la incapacidad.

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  54. buenos dias miguel, mi pregunta es llevo diez meses con la baja de accidente laboral ,me cai en un tejado, me infiltraron varias veces y nada me operaron, y vieron que tengo los nervios de la pierna muy dañados me han hecho tres electromiogramas en varios meses y los nervios siguen igual,la mutua me ha hecho una propuesta de invalided a inss,por que no ve mejoria y cree que estas secuelas no se curan y menos para mi trabajo soy oficial de la construccion en fachadas y tejados y encofrador de muros y puentes y mi pierna no puede hacer nada,la cuestion he firmado en la mutua el dia 22 de abril el papel para que ellos lo manden a innss,cuanto tiempo se pasa para que el evi te avise, una pregunta los cirujanos me dijeron que para la construccion que me olvidara, si me conceden una incapacidad total y mi pierna sigue doliendo a base de medicamentos puedo solicitar la absoluta,gracias miguel.

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    1. El trámite, siendo con propuesta de la mutua, suele ser rápido. La absoluta por un daño como el que explicas es muy complicada, salvo que requiera de utilización de dos muletas para desplazarse o similar.....

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    2. miguel arenas se me olvido, que la mutua me ha hecho la propuesta de invalidez, porque despues de la operacion muy complicada fue una disectomia simple ferominal, los nervios de la pierna han quedado muy dañados,degeneracion activa y degeneracion axonal de moderada a severa y ellos me dijeron que despues de hacerme tres electromiograma siguen los nervios igual, y creen que va a ser ya cronico ,se ve que el accidente que tuve en una cubierta del tejado la cida de espaldas ya dañaron los nervios, con esos sintomas y trabajando en la construccion me dejaran la incapacidad permanente total,y gracias miguel por contestarme.

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    3. Sí, si, es que es una total.

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  55. Hola Miguel, agradecerte el tiempo que le dedicas a tu foro y tu ayuda a los que estamos perdidos en estos temas.
    Fui afectada por un ERE de una empresa pública de la Comunidad Valenciana en junio de 2012 (24 años y 5 meses de cotización) pasé a cobrar el desempleo y en este periodo, no recuerdo la fecha exacta el médico me da la baja por no estar en situación de poder afrontar ni una entrevista en caso que me llamasen del INEM (estaba en tratamiento médico con recaídas desde hacia años).
    Ha pasado el año y medio de IT y he recibido el famoso SMS diciendo que "su reconocimiento de IT se ha resuelto con inicio de IP y pronto recibiré notificación", como la mayoría tengo mil dudas y por supuesto una ansiedad que no me beneficia nada en mi enfermedad.
    Soy consciente que me pueden dar el alta o puedo pasar a IP tanto total como absoluta.
    En caso de que se me concediese una IP en cualquiera de los casos, como se calcularía mi prestación?
    Cotizando empresa hasta mayo del 2012, Desempleo (creo que fue un año y cuatro meses) y SS el resto de tiempo hasta el momento, este último periodo de tiempo no se si han cotizado por mi, y solo he cobrado 400€ mensuales.
    Gracias y un saludo

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    1. El tiempo de desempleo tienes prácticamente la misma base de cotización que cuando trabajabas....el resto del periodo se aplica la base mínima de cotización -unos 760 euros mensuales-.

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  56. Hola,mi caso es el siguiente:el próximo 21 de junio cumplo 24 meses de IT..me dieron una prologa de 6 meses cuando cumplí los 12 meses y al cumplir los 18 meses me conceden una demora de calificación por otros 6 meses.Ayer viernes 23 pasé de nuevo revisión,y sigo en tratamiento medico a esperas de nuevas consultas y curas,menciono que mi patología es crónica...cuanto tiempo debo esperar a que me llegue la resolución,y si es posible que sea favorable o en su caso si fuera negatoria que plazos tengo para recurrir.Gracias por su blogs y la labor que hacen.Saludos

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    1. Recibirás en breve la resolución del INSS declarando el derecho a percibir la pensión o denegando la misma. El plazo para reclamar es de 30 días. Ojo, si es desfavorable, aunque reclamas, has de reincorporarte inmediatamente.

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  57. Buenas tardes, yo llevo de baja por enfermedad común desde el día 24 de octubre de 2014, he pasado por el tribunal médico y hoy día 25 de mayo me han denegado la incapacidad.
    ¿Puedo pedir la baja por recaída y por las mismas dolencias? ¿Quién me da dicha baja en INSS?.

    Gracias anticipadas!

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  58. Muy buenas tardes! en primer lugar agradecerle la ayuda que nos presta con su información.

    Mi situación es la misma que la de otro usuario. Después de 18 meses me notifican la demora de la calificación.
    Mi empresa me llama, porque dice que me va a dar de baja, porque no tiene obligación de cotizar por mi, es lo que usted ha explicado, que vaya a la oficina que me van a pagar las vacaciones que me corresponden.

    Mis dudas son las siguientes ¿me va a seguir pagando la mutua, o pasa pagarme la seguridad social?
    y si no cotizan por mi, ¿yo tengo que ir al inem o a otro organismo a notificar mi baja? darme de alta en el paro o algo... o simplemente esperar...

    Tengo miedo a perder mis derechos.

    Muchas gracias un saludo

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    1. Te comento:
      - sigues cobrando la baja de quien ya te venía pagando...
      - no tienes que darte de alta en el paro ni en ningún otro sitio....no es necesario.
      No tardarás en recibir la resolución de la seguridad social,y tranquila que no has perdido ningún derecho.

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  59. Hola de nuevo,hoy miré mi expediente con el certificado digital y me han denegado la incapacidad permanente,yo no puedo caminar debido a una ulcera venosa y una neuropatía invalidante escrito por mi cirujano vascular,estoy en tratamiento por la unidad del dolor y la ulcera después de un injerto,sigue con curación tórpida..tomo un montón de medicamentos que son incompatibles con mi trabajo,y decir que no es un trabajo fijo,pero trabajo de 3 a 6 meses al año e incluso algunos años llego a 1 año,dependiendo de la producción de la empresa..me he quedado un poco fría,porque no puedo caminar saliendo de casa únicamente para acudir a las consultas medicas y ayudada de bastones..

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    1. En cuanto recibas por escrito la resolución acude a un abogado especialista en seguridad social y recurre, por lo que explicas, si tienes cotización suficiente, es muy injusta la denegación de la pensión.

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    2. Gracias Miguel por contestar,sí que tengo cotización suficiente,ese punto le tenia concluido.Mña Iré a buscar un Abogado para cuando me llegue la resolución por escrito.Un saludo

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  60. EL INSS INFORMA QUE SU RECONOCIMIENTO DE INCAPACIDAD TEMPORAL SE HA RESUELTO CON INICIO DE INCAPACIDAD PERMANENTE. PROXIMAMENTE RECIBIRA LA NOTIFICACION
    Buenos días esto significa q ya está concedida ???
    Llevo más de 18 meses y me encuentro en situación de demora muchas gracias

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    1. No, significa que en breve resolverán sobre si procede reconocer la pensión de incapacidad permanente o denegarla. En breve recibirás la resolución. Suerte!!.

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  61. Buenas tardes Miguel, te escribo en el blog, nunca sale publicado, te escribo email y me comentas que es por el blog, de verdad no se como hacerlo y mientras me comen los días, gracias por tu bella página donde ayudas a personas, pero me hubiera gustado que me orientaras también. Un saludo

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    1. Tengo constancia que te he contestado...repasa tus preguntas o, si no las encuentras, vuelve a plantearlas...contesto siempre, salvo error o spam.

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  62. Buenas tardes Miguel.

    He estado de baja medica 361 días, me dieron el alta médica el tribunal, recurri y me lo desestimaron, he introducido para ir vía judicial y esperar respuesta quizás 2 años, me han dicho.
    Como hago para hacer nueva baja por recaída?

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    1. Acudes a tu médico de familia y la solicitas. Si este no puede expedirla deberás acudir a Inspección Médica con el informe que te haga tu médico de familia.

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  63. Anónimo2/6/15 13:26



    Anónimo25 de mayo de 2015, 17:15

    Buenas tardes, yo llevo de baja por enfermedad común desde el día 24 de octubre de 2014, he pasado por el tribunal médico y hoy día 25 de mayo me han denegado la incapacidad.
    ¿Puedo pedir la baja por recaída y por las mismas dolencias? ¿Quién me da dicha baja en INSS?.

    Gracias anticipadas!

    Perdona Miguel, no me explicado bien. He visto con el certificado de firma digital, que me ha sido denegada la incapacidad permanente, aunque todavía no he recibido la resolución. Mi duda si al ser denegada, automáticamente te dan el alta médica? (sólo llevaba 6 meses de baja médica).

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    1. No, no siempre. Tienes que esperar a recibir la resolución y, si además de denegar la incapacidad permanente, resuelve "extinguir la situación de incapacidad temporal", eso es equivalente a un alta médica.
      En ese caso, intenta que sea tu médico de familia quien expida una baja médica por recaída (puede hacerlo)....si no, deberás dirigirte a Inspección Médica.

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    2. Anónimo3/6/15 15:40

      OK. En caso contrario, si quiero obtener el alta médica, la solicito al médico de familia? a la muta? o al INSS?

      Gracias, por tu labor!

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    3. Antes del año de la baja puede solicitar el alta médica a tu médico de familia, a partir de los 12 meses es el INSS (en Catalunya te derivan al ICAM, supongo que en el resto del estado a Inspección Médica).

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  64. Hola. Miguel. Felicitarte por tu labor social.Mil gracias, he leido que estais en Tarragona necesitaria la forma de contactar con vosotros, bien sea por correo o telefono.
    mi correo es esaav07@gmail.com.
    Un saludo.

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    1. Aquí tienes los datos del despacho de Tarragona.
      http://www.cronda.coop/Repositori/Tarragona/(language)/cat-ES

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  65. Hola Miguel,ayer recibí la resolución por escrito,como bien conté denegada la incapacidad permanente,se supone que estoy de alta y el lunes iré al paro a solicitar el subsidio,ya que me quedé sin ingresos.Mi situación es la siguiente:insuficiencia venosa crónica profunda y superficial;ulcera venosa con injerto hace dos meses,el cual no pegó, y neuropatía invalidante,camino con muletas y tomo mil medicamentos ..Si conocieras algún abogado especialista en este tema en Burgos Miguel te dejo mi correo ...mil gracias por tu tiempo y la labor que haces.Un saludo a todos

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    1. Lo siento, no conozco a ningún abogado en Burgos. Te deseo mucha suerte!!

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  66. Hola de nuevo,mi situación es la siguiente..con fecha 29 de Mayo de 2015 se me a denegado la incapacidad permanente,y hoy fui al medico de cabecera y me cuenta que le a llamado la inspección y que me de nuevamente la baja porque mi caso es uno especial,la baja con con efecto del dia 3 de Junio de 2015,osea el miercoles pasado.Yo decir que no me he incorporado al trabajo ya que como te dije anteriormente,necesito ayuda de muletas para caminar.Ellos se lo guisan y ellos se lo comen.Entonces yo hoy antes de ir al medico fui a inscribirme al inem,tal como reflejaba la carta de la resolución denegatoria.Ahora me di de alta en el paro estando de baja y sin saberlo,no se como arreglaré esto.Y por ultimo decir que tengo ya un abogado laboralista y experto en seguridad social,y que pienso seguir con la reclamación y si es denegatoria denunciaré ante el juzgado de lo social.Me parece un cachondeo lo que estan haciendo,no me conceden la incapacidad pero te damos de nuevo de baja sin yo solicitarla porque aún no he movido ficha.Asi puedo pasar otros 180 dias de baja por la misma patologia.Y nadie se da cuenta de que mi patologia es CRONICA
    A la espera de tu contestación,un saludo Miguel y Gracias

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    1. Pues que tienes que centrarte en la denegación de la pensión por incapacidad permanente. Suerte!!

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  67. Hola Miguel muchas gracias de ante mano, te expongo mi situación :
    A mi madre por enfermedad hace 3 años se le concedió una incapacidad permanente , el año pasado se la revisaron en el inss sin mas , este año la citaron de nuevo y tras quitarle una bolsa de ileostomia hoy mismo después de la revisión , le ha llegado un sms indicándole que su incapacidad temporal ha sido resuelta favorablemente, nuestra pregunta es , porque la incapacidad permanente ha pasado a temporal ? Este sms significa que se le concede 180 días más, 365 días más ? La mandaran a trabajar ? Mi madre no esta para desempeñar el trabajo que realizaba , sabe que pasara ? Que significa el sms gracias

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    1. Me faltan datos, pero entiendo que tras retirarle la pensión, volvió a causar baja médica ¿es así? y entiendo que lleva un año de baja médica ¿no?. En ese caso, el SMS hace exclusiva referencia al pago directo de la prestación derivada de la baja médica y prórroga de 180 días....pero insisto, me faltan datos....

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    2. No no en ningun momento le han retirado la pensión , ella lleva de baja desde 2012 cuando le realizaron una intervención de urgencias . En ese 2013 le concedieron la incapacidad permanente como pensionista ya , en 2014 pasó revision en el INSS puesto que la incapacidad era revisable ya que figuraba pendiente una reconstrucción intestinal y retirada de la bolsa de ileostomia , ahora en 2015 y tras haberla operado de esa reconstrucción ha pasado de nuevo por INSS y le han notificado por sms lo de la capacidad temporal favorable a su favor , nosotros pensamos que están ya esperando y le dan un plazo para mandarla a trabajar, cosa que es totalmente contradictoria ya que ella padece crónicamente de TVP de la cava inferior e iliacas con la preinscripción de media de por vida y sintron , tiene un riñón menos por el cual aun siguen tratándola cada 6 meses controlándola, y un abdomen muy delicado debido a todas las intervenciones realizadas y con faja preinscrits por el cirujano, ella trabaja como operaria de almacén hortifruticula cargando peso y demás, nuestro miedo es que le quiten ya la incapacidad y la puedan mandar a trabajar ...

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    3. Pues entonces ese SMS es un error....tranquilos, no creo que le retiren la pensión, sería demasiado injusto.

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  68. Anónimo9/6/15 18:25

    Hola Sr. Arenas: agradecerle su antención antes de nada!! Han pasado unos meses desde mi primera consulta y ahora mi situación es la siguiente: Agoto los 545 días de IT ahora en julio pero sin posibilidad de mejoria. He seguido el ultimo tratamiento en la unidad del dolor (hace 15 días me pincharón corticoides ) Tenía esperanza en ello pero no me he mejorado nada , al contrario.
    Antes de concederme los 180 días prórroga el INSS me dió el alta médica y la opción de irme al Juzgado si no estaba de acuerdo. Usted cree que de nuevo volverán a hacer lo mismo? ó están obligados a abrirme expediente de IP? Entiendo que según el artic. 131 bis, 2 de LGSS es lo que debiera de pasar; ó entiendo mal ? Mi siguiente pregunta : cree Vd. que me conviene esperar o por el contrario adelantarme y solicitarlo para evitar que me envien de nuevo al Juzgado. Mi edad es de 54 años. Cumplo los 55 en noviembre proximo.
    La Mutua me ha dicho que no me vuelve a llamar y mañana dia 10 tengo cita en la Inspección. Gracias

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    1. Lo siento, te contesto después de la fecha en que ya has pasado por Inspección....espero que haya ido bien y hayan propuesto la pensión de incapacidad permanente. Ya me dirás como ha ido.

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    2. Hola Sr. Arenas. Pues nada no he tenido suerte! Estuve el 10 en la Inspección (EVI) y el día 13 (sabado) recibi un SMS donde me dicen que tengo que incorporarme al trabajo el día 16 (martes). El lunes iré para comunicarselo, aunque igual lo saben ya. Como no voy a poder trabajar, ya que me ha pasado ya incluso cambiandome a otro puesto (soy mécanico mantenimiento de máq. deshuesadoras de aceitunas), me iré de nuevo a urgencias de mi Mutua .
      Aparte de mi estado de salud mi gran preocupación es el tema économico pués yo soy el pilar de mi familia (matrimonio y dos hijos menores).¿ Como he de actuar para que no se me extinga el derecho économico? Creo que se extingue al pasar los 545 días.¿ Podría aclararmelo? ¿ Me conviene solicitar la incapacidad ya ? ¿ Es menor el importe de la pensión si la pide el interesado que si te propone para ella el mismo INSS ?.
      Le agradezco enormemente sus consejos porque como le comente la primera vez mi economia no me permite estar acudiendo a la consulta del abogado.
      Mil gracias Sr.Arenas por este blog!!!

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    3. Ahora mismo solo puedes hacer dos cosas:
      1. reclamar contra el alta médica en cuanto te llegue por escrito.
      2. solicita YA la incapacidad permanente.

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    4. Hola Sr. Arenas: ya tengo cita para entregar la solicitud de IP como Vd. me aconseja y también la reclamación previa al alta; mientras me ha sucedido que al incorporarme al trabajo el 17/06 la empresa me indico que no fuese a la Mutua, me mando al INSS quien me remitio a la dra de AP. Esta me dio la impresión de que se excuso conmigo para no atenderme en ese momento..
      El día 18/06 me vió el médico de los Riesgos Laborales de la empresa ( de este informe estoy pendiente para adjuntarlo a mi solicitud) y hoy dia 24 me ha llamado el jefe.
      Pense que me iba a ofrecer algo pero después de decirme que tenía que volver al trabajo mañana
      me ha dicho que me haría un papel para que lo entregara en el INSS manifestando que no puedo trabajar. Que no me preocupe, que si necesito dinero se lo pida.
      Se lo queria comentar porque "ese buenismo lo veo raro, muy raro" Yo no le he comentado mi intención de que voy a solicitar la IP.
      Aparte de mi salud Sr. Arenas que es lo peor me duele ver con rabia e impotencia que despues de tantos años (25/30) trabajando para ellos me voy a ir sin nada y a ellos les voy a salir barato.

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    5. Hola! perdoneme pero ayer dia 24 le hize una exposición y no pregunte sobre ella.
      Al solicitar la IP ¿ como queda mi situación con mi empresa? y ¿ que tipo de despido o indemnización deberian de darme?
      Gracias.

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  69. Buenas tardes Miguel , gracias por la labor que haces a todos nosotros que estamos perdidos en estos temas y además nos recortan por todos los lados , mil gracias

    Le comento , tengo una minusvalía del 47%

    Me detectaron en Diciembre de 2014 espondilitis anquilosante , un tipo de artrosis que afecta generalmente a la columna , en mi caso también periférica o sea a todas las articulaciones en general , de momento tengo ya la cadera fusionada en su totalidad , tengo metatarsalgia bilateral, operación de sacra y lumbar l5 l6 s1 s2 , cervicalgia con protesis c5c6 c7 , movilidad reducida , inflamaciones de dedos 2 3 4 etc etc , bueno el problema q tenia sobre todo en el trabajo eran los cambios de temperatura con lo cual tuve q dejar de trabajar y comencé la baja laboral por enfermedad común , a los tres meses se me acabo el contrato y segui por la mutua .

    Solicite la incapacidad permanente y me vino denegada por prepatura calificación , pero me reconoce que debo seguir de Incapacidad Temporal

    Solo llevo 3 meses de baja total ya que la incapacidad la pedi yo , lo que no se es que si a los 18 meses me vuelven a llamar y no hago la reclamación o aun asi tengo que hacer la reclamación igual .Por lo que se ue tengo un mes para poner la reclamación judicial , pero como me han dado la incapacidad temporal y sigo por la mutua no se .... muchas gracias y saludos

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    1. Puedes reclamar y seguir en la situación de baja médica. Y es probable que finalmente vuelvan a pronunciarse sobre la declaración de incapacidad permanente. Creo que no deberías tener prisa -yo no creo que debas reclamar-, sigue con la baja médica y espera acontecimientos. Si finalmente no te concediesen la pensión, automáticamente puedes volver a solicitarla.

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  70. Buenas tardes Miguel,de antemano,gracias por tu ayuda,comentarte q llevo de baja desde el 17/10/2013 ,el 22/4/2015 me mandaron propuesta de incapacidad permanente pero..revisable el 1/9/2015.ha fecha de hoy no tengo respuesta.mis lesiones son : hernias en L4-L5,(operada)L5-S1,d-6d-d7,c-3c4,c5-c-6(operada)hernia de hiato,síndrome cervico braquial,transtorno adaptativo ansioso depresivo,.Y lo poco q ellos diagnostican es espondoliartrosis,,lumbar y cervical escoliosis dorso lumbar,y hernia intervenida con implante de prótesis en c-5c-6.
    El trabajo q he realizado durante 26 aňos ha sido en supermercados,cajas ,reposición,limpieza,y charcutería.
    Mis preguntas son: es normal q sin resolver manden situación de revisionario en tan breve plazo?Tardarán en mandarme resolución? Porque omiten las lesiones si son poseedores de todos los informes médicos?Estoy un poco atacada ,por todas las injusticias q veo en tu blogs q se comentan.
    Un saludo.mayte

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    1. Es complicado saber por que toman una fecha tan cercana en el tiempo...es probable que tengas pendientes pruebas o alguna intervención quirúrgica???

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  71. Buenas tardes Miguel,
    Tras un año de baja me concedieron la prórroga de 6 meses por IT y pedí el alta 18 días antes de acabar esta prórroga. Dos meses después tuve que solicitar nuevamente la baja y el Icam me dió los 18 días restantes de baja de la IT por considerarlo recaída y hizo al Ins propuesta de Incapacidad permanente revisable con los informes que llevé. Estoy a la espera de resolución del Ins.
    Tengo varias preguntas.
    1. La empresa a los 18 meses te da de baja, pero si en esa fecha no hay emitido veredicto del Ins todavía ¿entiendo que tienen que esperar a ver si me lo conceden o no? En el caso de no concederlo debería reincorporarme. Pero si me conceden la IP ¿la empresa debe finiquitarme? Aunque sea una suspensión por 2 años en vistas a una posible mejoría y reincorporación?
    2. ¿En este tiempo de espera no debo hacer nada con la empresa?
    3. Si cuando el Ins se pronuncie me concediera la incapacidad permanente y yo no la quisiera (ahora qu está a punto de llegar la resolución hay dudas médicas y puede ser que aplazen un tiempo todo el tratamiento) puedo en los 30 días de plazo reclamar para reincorporarme al trabajo o si lo que quiero es reincorporarme no es una reclamación y es un trámite diferente?
    4. En caso de rechazar la IP y incorporarme, si posteriormente antes de que transcurran los 180 días necesitara la baja por decidir los médicos tras las pruebas que debo empezar el tratamiento......¿habría algún problema al solicitarla, por haberla rechazado antes me refiero?
    Es un poco liado quizás, pero es que tengo mil dudas y no se como resumir.
    Es muy difícil que alguien te explique estos temas con claridad como he visto que haces tú en el blog. Así que muchísimas graciassss!!!!!

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    1. 1. sí, aunque haya reserva del puesto de trabajo, procede finiquitar al trabajador.
      2. no.
      3. es correcto lo primero...tienes que presentar reclamación previa.
      4. no debería ser problema esa nueva baja médica.
      Ya te aviso que, cuando conceden la incapacidad permanente, normalmente obligan a demandar para revocarla.

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  72. Buenas tardes, gracias por tu blog ya que me ha resuelto varias dudas. Quería comentarte mi caso. En 2014 mi médico de cabecera me dio de baja por enfermedad común. A los 365 días me dieron una prórroga de 180 días. El 28 de mayo pase el tribunal medico. He recibido un sms donde me dicen que se ha resuelto favorablemente el trámite de incapacidad permanente. He estado cuatro años y medio trabajando en esa empresa hasta que caí enferma. Quería saber ¿me pertenece finiquito? Me ha llamado esta mañana la gestoria y me ha dicho que no. Gracias

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    1. Finiquito sí, indemnización por despido, no. Deben liquidar las vacaciones y/o pagas extras pendientes, si es el caso, pero nada más.

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  73. Buenas tardes Miguel,
    Tras un año de baja médica me concedieron la prórroga de IT por 6 meses. Pasadas las pruebas que me indicaban que ya estaba curada fui a solicitar el alta al Icam 18 días antes de agotar el plazo del aIT.
    En la primera revisión me indicaron que había una recaída (2 meses después) y que iba a iniciar de nuevo un proceso de quimio, radio,etc…. así que fui a solicitar la baja de nuevo y la doctora de cabecera me indicó que debía ir al Icam ya que dependía de ellos durante 180 días. Fui, me concedieron la baja de los 18 días restantes de IT y solicitaron una Incapacidad permanente revisable. Estoy a la espera de la resolución del Inss.
    Tengo varias preguntas.
    1. La empresa a los 18 meses te da de baja, pero si en esa fecha no hay emitido veredicto del Ins todavía ¿entiendo que tienen que esperar a ver si me lo conceden o no?
    2. En el caso de no concederlo debería reincorporarme. Pero si me conceden la IP ¿la empresa debe finiquitarme? Aunque sea una suspensión por 2 años en vistas a una posible mejoría y reincorporación?
    3. ¿En este tiempo de espera no debo hacer nada con la empresa?
    4. Si cuando el Ins se pronuncie me concediera la incapacidad permanente y yo no la quisiera (ahora que está a punto de llegar la resolución hay dudas médicas y puede ser que aplazen un tiempo todo el tratamiento para curarme primero de una infección que sería a base de antibióticos) puedo en los 30 días de plazo reclamar para reincorporarme al trabajo?
    5. En caso de rechazar la IP y reincorporarme, volvería a depender del Icam durante 180 días entiendo. Si dentro de este plazo hacen nuevas pruebas y debo entonces sí empezar tratamiento ¿tendría algún problema para solicitar esta IP por haberla rechazado anteriormente?
    ¿Se puede pedir que la Ip concedida se aplaze hasta que me hagan las pruebas y reincorporarme mientras al trabajo?

    6. Si me conceden la IP y la necesito finalmente, el tema de la pensión está regulado o podrían pagarme menos de lo que deben si no estoy atenta? He oído muchos comentarios al respecto.
    Es muy difícil que alguien te explique estos temas con claridad como he visto que haces tú en el blog. Entiendo que es todo muy complejo y entre el miedo a la propia enfermedad y a las consecuencias que puedan derivar de hacer algo mal la verdad es que vamos muy perdidos y tengo que decir que las instituciones que deberían aclararte las cosas no estan muy por la labor en general.

    Muchísimas gracias de antemano por tu gran labor.

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    1. 1. sí, aunque haya reserva del puesto de trabajo, procede finiquitar al trabajador.
      2. no.
      3. es correcto lo primero...tienes que presentar reclamación previa.
      4. no debería ser problema esa nueva baja médica.
      5. problemas no, pero claro, entonces puede que la administración no quiera concederla.
      6. en cuanto tengas la resolución busca alguien con experiencia para verificar que sea correcta.
      Ya te aviso que, cuando conceden la incapacidad permanente, normalmente obligan a demandar para revocarla. Mi consejo es que, si te conceden la pensión, no reclames....y que tampoco pongas obstáculos para que te la concedan.

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  74. Hola Miguel,
    Muchas gracias por tu pronta respuesta. Decirte que lo que ha propuesto el icam al Inss es una IP revisable.... no te lo dije en el anterior correo, no se si esto cambia algo… Te enumero dudas que es más fácil de responder.

    1.Me aconsejas entonces que si me conceden la incapacidad la acepte y busque un profesional para verificar que está todo ok. Pero estaré consumiendo tiempo de incapacidad sin que me hagan nada y podrían ser 6 meses......¿no es un poco arriesgado si se complicaran las cosas? Entiendo que si me lo aconsejas es porque es muy problemático el tema para reclamar, es quizás un proceso largo.

    2.Si en cualquier caso llega el momento, ¿cuando debo avisar al profesional? Me refiero que si arreglo papeles en el inss los hacen firmar al momento imagino i ya no hay vuelta atrás.... bueno, como no se como va el proceso me da miedo de hacer algo que no deba.

    3.Si concedieran una demora de calificación que por lo que he leído en el blog es raro pero ocurre.... qué diferencia habría? Me seguiría pagando la mutua y si al final fuera una IP sería a partir de entonces que tendría pensión y 2 años de reserva en el puesto de trabajo?

    Muchísimas gracias.
    Maite.

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    1. 1. es que yo no te aconsejo que reclames para que revoquen la incapacidad.
      2. en cuanto tengas la resolución es cuando debes buscar asesoramiento.
      3. es prácticamente idéntico a una IP revisable en 6 meses. Y sí, es como indicas si acaba en una IP.

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  75. Muchas gracias , esperemos que se puedan solucionar todos los problemas de los aquí presentes , una gran labor la que haces ya ue muchas personas no tenemos medios o estamos en tierra de nadie , mil gracias

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    1. Ojala y me pudieras asesorar un poco gracias

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  76. Buenos días, te vuelvo a escribir ya que lo hice la semana pasada y no ha salido publicada mi pregunta.
    Soy Personal Laboral fijo en la Junta de Andalucía(PAS), pertenezco a Educación y estoy en IT acabando la prorroga expresa de 180 días que me han concedido. Estoy de baja por estrés laboral con ansiedad....
    Miguel quería saber si en la demora de calificación (de los 545 a 730 días) de qué depende que la empresa cotice por ti, y si en esta prorroga extraordinaria sigues en activo en tu empresa, contándote el tiempo de servicio, pudiendo concursar por traslados...Y por otra parte si no cotizan por mi qué efectos tiene eso sobre mi persona.
    Te agradecería me contestases lo antes posible ya que este viernes tengo cita en inspección del INSS. Muchas gracias por la labor generosa que realizas..

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    1. Durante la demora de calificación en ningún caso se cotiza por el trabajador -o funcionario-. Entiendo que tampoco computa como tiempo efectivo de servicios.

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  77. Hola Miguel de nuevo, he escrito hace unos segundos mi pregunta(personal laboral fijo de la J.A. en Educación...) y se me ha olvidado preguntarte que en caso de que diesen la invalidez, tengo entendido que me darían sobre un 55%, o de qué depende que te den una mayor cuantía. ¿Tú podrías calcularme la pensión de invalidez permanente?
    También quería saber si cuando vaya este viernes al INSS si yo pido el alta voluntaria me afecta positivamente en algo, y si en este caso también tendría que cumplir los 6 meses de no tener una nueva baja por el mismo motivo.
    De nuevo...muchas gracias, este tipo de procesos me generan mucha tensión y tu ayuda me será de gran utilidad.

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    1. No, no te la puedo calcular. El porcentaje de pensión depende del grado de incapacidad permanente reconocido. Entiendo que no procede la solicitud de alta médica voluntaria si ya has llegado a los 545 días.

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  78. Ola miglel mira soy de Sevilla me a yegado un msj con q me an abierto un expediente de incapacidad permanente en el día de oí me yego una carta a casa. Con. Muchos folio para rellena y entregar me lo an rellenado en una Jestoria ahora q pasara estoy ala espera de rehabilitado pala espalda tengo ernias de disco y el foco tecal obstruido osea perforado el traumatologo me a mandado a aserme pruebas resonancia y radriofrafia para determinar si es opera ono y el tribuna medico ASE poco me ISO aserme una resonancia reciente xq la q tenían tenia ya el año y me la exo pero q crees tu q pasara comg con esta cituasion de q estoy de médicos etz me gustaría aver si me puedes asesora gracias

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    1. Entiendo que en breve recibirás la resolución del INSS pronunciándose sobre la declaración de incapacidad permanente. Por lo que explicas deberían concederte la pensión.

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  79. Hola Miguel y seguidores de tu foro me podeis decir donde y como darme de alta para poder consultar mi expediente y seguir los pasos que llevo sin tener que desplazarme al Caiss?
    muchas gracias
    María.

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    1. Tienes que acudir a cualquier oficina de la administración que pueda emitir certificado digital. Mira aquí:

      http://www.seg-social.es/Internet_1/Sede/Certificadosdigital47735/index.htm

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  80. buenos dias, le agradeceria su opinión estoy en prorroga, y este 19 de julio se me acaba el plazo de los 6 meses,todavia no he recibido información de mi situacion,por parte del inss,ni de mi mutua, mi incapacidad empezo por litiasis bilaterales y operacion de riñón, tengo dos operaciones en riñon izq, con innumerables colicos,tengo una hipoacusia progresiba del 55% y 80%,en estos 18 meses cada vez a ido a peor me a sumido en un proceso depresivo, en estudio,tratamiento psicotico,con mucha medicacion no se que pasará con mi situacion pero por lo que supongo me daran el alta, no estoy bien para poder trabajar no se que hacer si me dan el alta

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    1. Hay que esperar, no des por hecho que dictarán alta médica cuando has llegado incluso a agotar los 18 meses.......espera un poco...

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  81. gracias por su respuesta,usted cree que me incapacitaran ¡

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  82. Hola Miguel,

    Va avanzando el proceso y voy teniendo nuevas consultas.
    .
    El 13 de Junio causé baja en la empresa por haber agotado el período de 18 meses de IT, pero el inss todavía no se ha pronunciado. Me han enviado hoy una carta para ir a entregar unos impresos rellenados con mis datos, incluida mi cuenta bancaria.

    En la empresa me han dicho que me finiquitan y a la calle, y cuando esté bien si hay sitio me readmitirán y empezaría de cero sin antigüedad y sinó había sitio no.

    1. La carta del Inss que me ha llegado no significa que esté aceptada la IPRevisable todavía, imagino tiene que llegar otra carta a posteriori.
    2.Me dijiste creo que la empresa reserva el puesto 2 años, entiendo que legalmente están obligados no?
    3.El finiquito que están obligados a hacer al llegar los 18 meses no es entonces el total sinó el de vacaciones y pagas extras proporcional....

    Muchísimas gracias por tu ayuda, como siempre!

    maite.

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    1. 1. exacto.
      2. exacto, pero eso hace referencia a que exista declaración de incapacidad permanente.
      3. exacto.
      En cuanto a lo de "si hay sitio me readmitirán y empezaría de cero sin antigüedad y sinó había sitio no", en caso que no te readmitan debes reclamar ya que se trataría de un despido.

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  83. miguel muchas gracias por contestar le agradezco su tiempo si dictaran alta médica que me aconseja que hiciese...

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  84. Hola buenas tardes.
    Quisiera saber si el evi da el alta a los 365 se puede solicitar una baja al medico de cabecera por otro motivo distinto al causante de la baja aunque el evi tenga conocimiento de dichas nuevas patologias.
    Gracias de antemano

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  85. Muchísimas gracias por tu pronta respuesta Miguel!

    Readmisión es obligatoria entonces, y entiendo que eso implica que conservan la antigüedad no?

    Lo digo porque si me finiquitan todo como dicen ellos igual firmo algo que no debo.

    Un saludo.
    Maite.

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    1. Exacto, conservas la antigüedad...si no te fías, o no firmes o firma no conforme....pero yo me esperaría a la resolución del INSS.

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  86. Muchísimas gracias!!!!

    Si llega el momento vosotros llevais casos de éste tipo Miguel, o debería dirigirme a otros profesionales?

    Muchas gracias.


    maite.

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  87. Si,sí..claro!

    Por cierto me aconsejaste que no la revocara si me la concedían (por el tema que te comenté de que parece ser van a aplazar mi tratamiento hasta septiembre), pero veo que en esta carta que envían que no es la resolución, hay 15 días para alegar (por lo que te comenté del aplazmiento de tratamiento hasta septiembre..). Si antes que empieze el proceso lo digo..... es lo mismo? Demandar, etc....?

    Gracias, y perdona..... son tantas las dudas!

    maite.

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  88. Hola Miguel buenos días, tengo una duda a ver como lo ves tu, estoy pendiente de la resolución de mi incapacidad ya he cumplido los 545, mi empresa me ha suspendido temporalmente el contrato y yo sigo cobrando a través de La mutua, en principio yo tenía reducida mi jornada por cuidado de un menor, por lo tanto no cobro el sueldo completo, pero ahora que ya no estoy vinculada a mi empresa por lo tanto dicha reducción ya no existe porqué la mutua me sigue pagando menos? no se si me he explicado.
    Mil gracias!!!!
    Un abrazo.
    María.

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  89. Anónimo1/7/15 10:18

    buenos dias miguel,me gustaria me aclararas unas dudas si mi baja es por una patologia y durante este proceso he sufrido otra distinta mas grave, cuando el evi disctamine ¿que seré valorado solo por la que cause la baja? o por las dos o en general por mi estado en ese momento? muchas gracias de antemano

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  90. Anónimo2/7/15 15:26

    ola ayer firme el consetimiento para pasar el ICAM en algun momento dejare de cobrar ahun siendo favorable meden la discapacidad ?

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Te contestaré lo más rápido que me sea posible, pero ten paciencia. Mi opinión no sustituye la de un profesional jurídico que pueda asesorarte directamente y examinar documentación.