El pasado 2 de enero de 2026 se publicaron en el BOE las resoluciones que materializan, por fin, la adaptación de los servicios de dependencia a la realidad de la ELA y otras enfermedades de alta complejidad. Se trata de la letra pequeña que estábamos esperando: las cuantías económicas, los requisitos técnicos del nuevo Grado III+ y la financiación autonómica.
📚 Contexto previo en este blog
Para entender el alcance de este nuevo acuerdo, os recomiendo revisar mis análisis anteriores donde fuimos desgranando el camino legislativo hasta hoy:
Resumen y esquema: el nuevo Grado III+ y las ayudas económicas
El marco normativo se completa principalmente con dos disposiciones clave publicadas a principios de 2026: la Resolución de 18 de diciembre de 2025 (aspectos técnicos y cuantías) y la Resolución de 29 de diciembre de 2025 (financiación territorial).
1. La nueva prestación económica (Grado III+)
La Resolución de 18 de diciembre detalla las condiciones del Grado III+ (Dependencia Extrema). Las cuantías destinadas a cubrir la asistencia personal o atención domiciliaria especializada quedan fijadas de la siguiente manera:
*La cantidad final dependerá de los servicios contratados por el usuario y, en su caso, de su renta y patrimonio.
2. Requisitos de acceso: ¿Qué es la "fase avanzada"?
Para acceder al Grado III+ por ELA, es necesario tener reconocido el Grado III de dependencia y que un médico especialista certifique que se cumplen dos de los tres siguientes criterios técnicos, tal y como recoge el acuerdo:
- a) Soporte ventilatorio (respirador) durante más de 8 horas al día.
- b) Necesidad diaria de aspiración de secreciones.
- c) Inmovilidad en el tren superior.
3. Procedimiento acelerado
- Certificado médico: Debe expedirlo el especialista del sistema público que lleva el seguimiento del paciente. Se entregará en el momento de la revisión o solicitud inicial.
- Plazos: La administración tiene un plazo máximo de 3 meses para realizar la revisión o el reconocimiento inicial de grado.
- Unificación: Se puede resolver el Grado III y el Grado III+ en el mismo acto administrativo para agilizar la protección.
4. Cualificación profesional
Los servicios deben ser prestados por personas que cuenten con las certificaciones o titulaciones profesionales recogidas en los acuerdos del SAAD para la atención directa. En el caso de la asistencia personal, se aplican las condiciones específicas de la Resolución de mayo de 2023.
5. Financiación y distribución territorial (Resolución 29 dic.)
Para hacer efectiva esta protección, la Resolución de 29 de diciembre de 2025 [BOE-A-2026-772] distribuye el suplemento de crédito entre las comunidades autónomas. Este paso es fundamental para garantizar que los fondos lleguen a los gestores finales de las ayudas.
Dotación presupuestaria aprobada: Se ha autorizado un suplemento de crédito de 121.000.000,00 € destinado a financiar el nivel acordado de dependencia establecido en el Real Decreto-ley 11/2025.
Referencias oficiales en el BOE:
📖 Lecturas recomendadas
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A un año de la ley sobre la esclerosis lateral amiotrófica y otras enfermedades de etiología compleja (“ELA”): su incidencia transversal en el sistema de protección social pública e implementación legislativa en 2025: Ley 3/2024, de 30 de octubre, ELA, RD-ley 11/2025, de 21 de octubre, protección en situaciones de Dependencia y RD 969/2025, de 28 de octubre, cuidados en procesos de enfermedad irreversibles y de alta complejidad. (2025). Revista De Derecho De La Seguridad Social, Laborum, 45, 9-36.
https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/1204 -
García González, G. (2026). Protección social en enfermedades neurodegenerativas y de alta complejidad: estudio crítico de una respuesta jurídica en construcción. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (490), 20–55.
https://doi.org/10.51302/rtss.2026.24773
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