12 septiembre 2023

UN EJEMPLO PRÁCTICO. CÁLCULO DE LA JUBILACIÓN DEMORADA, CUANDO SE OPTA POR EL PAGO ÚNICO.

 Los cálculos de las prestaciones de Seguridad Social no son siempre fáciles de entender, valgo como muestra las expresiones matemáticas la pensión de incapacidad permanente por enfermedad común del art. 197 LGSS:


O la reciente respecto a la pensión de jubilación del art. 209, que entrará en vigor el 01/01/2026 -pasamos a un cálculo de 27 años, pero entre los 29 últimos, ya que se eliminan los peores 24 meses cotizados-


Pero existe otra fórmula, que también es complicada, y que hasta ahora solo mediante el simulador de jubilación del INSS podía calcular, pero claro, limitada a la pensión del interesado. Es el pago único en pensión demorada del art. 210.2 LGSS. Explico un ejemplo, y paso a paso, el cálculo.

Aquí -acceso- la Seguridad Social explica lo que es la jubilación demorada y las diferentes modalidades. Ojo, que hace poco se ha publicado el RD 371/2023 que regula las tres posibilidades, incremento de pensión, pago único u opción mixta (aquí, un apunte breve que realicé). Pues bien, siguiendo con el ejemplo de la Seguridad Social, y con respecto al pago único, nos ofrece el siguiente ejemplo:

Una persona que con 35 años cotizados y una pensión inicial prevista de 1.500 euros al mes decide retrasar 2 años el acceso a la jubilación:

Con la opción 2 (pago único), al jubilarse recibe un pago extraordinario de 15.414 euros (7.707 euros por año de retraso en la edad de jubilación).

Pero, ¿cómo se llega a esa cuantía de 15.414 euros?. Fácil, nos enseñan la fórmula:


Lo vamos a ver, ya que ellos no lo hacen, paso a paso.  A saber:

- En primer lugar, resolvemos el paréntesis, en este caso 1.500 € mensuales por 14 = 21.000 euros anuales, que dividimos entre 500 = 42.

- Ahora, resolvemos la fracción: 1/1,65 = el resultado, que simplifico, es 0,6061.

- Toca elevar, y ahora hemos de usar calculadora científica, 42 a 0,6061, siendo el resultado, que simplifico, 9,635.


- Y ahora, multiplicamos por 800 (porque ha cotizado menos de 44 años y 6 meses, sino sería 880) por 9,635, siendo el resultado 7.708 € por cada año de demora.

- Como se ha demorado 2 años x 7.708 = 15.416 € como pago único (*) (15.414 en el cálculo del enlace de la web de la Seguridad Social). La pequeña diferencia es porque he simplificado y redondeado para evitar decimales eternos en alguna operación.

Símplemente, siguiendo los mismos pasos, pero modificando el importe anual de la pensión, llegaremos a la cuantía del pago único.

Espero sea de utilidad...

(*) Ojo, que aunque como rendimiento irregular, pero está sujeto a IRPF, y eso también hay que valorarlo a la hora de escoger pago único, incremento porcentual de la pensión u opción mixta.


3 comentarios:

  1. Sí en el ejemplo, pensión de 1500 x 14= 21000 anuales, sí retrasas 2 años la jubilación son 42000 que no cobras. ¿Interesa retrasar la jubilación y que te paguen 15414?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

      Eliminar
    2. Por eso es el incentivo, al final es un ahorro para la Seguridad Social.

      Eliminar

Te contestaré lo más rápido que me sea posible, pero ten paciencia. Mi opinión no sustituye la de un profesional jurídico que pueda asesorarte directamente y examinar documentación.