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28 febrero 2013

SINDROME POST-POLIO: SENTENCIA QUE DECLARA INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA ANTE LAS GRAVES DIFICULTADES DE DESPLAZAMIENTO.


La sentencia que ha sido notificada en la sede de Col.lectiu Ronda el 27/02/2013 -y por lo tanto la sentencia aún no consta en la base de datos del CENDOJ-, permite seguir avanzando en el camino del reconocimiento de la poliomielitis y del síndrome post-polio, no ya solo como enfermedades incapacitantes de forma permanente -cuestión que no siempre reconoce el INSS al entender, con evidente mala fe, que son de aparición anterior al inicio de la vida laboral- sino que además son muy incapacitantes, al extremo que declara a la actora en sitación de incapacidad permanente en grado de absoluta para toda profesión, y el derecho a percibir el 100 % de la base reguladora.

24 febrero 2013

RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS EMPLEADOS DEL HOGAR

Aunque la Ley 27/2011 pretendió integrar a los empleados del hogar, hasta entonces un régimen especial, en el régimen general de la seguridad social, donde ahora consta como un sistema especial, lo hizo de una forma parcial -no se reconocía, por ejemplo el derecho al desempleo- y hacía desaparecer la figura del empleado del hogar discontinuo, aquel que realizaba actividades para varios empleadores y era responsable de gestionar su propia alta en seguridad social y su propia cotización. Ahora, el Real Decreto-Ley 29/2012 vuelve a introducir, aunque con algunos matices diferentes, aquella figura. Y no es extraño, ya que, no solo la crisis, sino la obligación del empleador de asumir obligaciones en materia de cotización que antes no tenía, han supuesto que sean miles las empleadas -por qué básicamente son mujeres- las que han cursado su baja en el sistema.

Este artículo ni es crítico con la regulación actual ni pretende analizar el mismo, sino que, partiendo de la información que al respecto existe en la web del ministerio de empleo, publicamos, de una forma completamente aséptica, la actual regulación de este sistema especial, integrado en el régimen general, aunque no plenamente, por lo menos en referencia a la acción protectora.

22 febrero 2013

REVALORIZACIÓN DE LAS PENSIONES 2012. Y AHORA, LA DEMANDA.

Ya informamos en otra entrada de este blog que desde Col.lectiu Ronda iniciamos una serie de iniciativas destinadas a luchar contra la medida del Gobierno Rajoy consistente en congelar la revalorización de las pensiones para el ejercicio 2012. Básicamente, y a través de los medios de comunicación y de la página web del grupo de Salut i Treball de Col.lectiu Ronda informamos del derecho de los pensionistas a la revalorización de su pensión con el IPC real del año  2012 (2,9%). También, dentro del ámbito de ofrecer tal información hemos ofrecido, y seguiremos realizando, charlas informativas, estando la próxima prevista para el 27/02/2013, 18:00 en el Centre Cívic  de Bellvitge, a L´Hospitalet de Llobregat (más información)

19 febrero 2013

EL DERECHO A DISFRUTAR LAS VACACIONES TRAS UN PROCESO DE I.T. NUEVA SENTENCIA DEL T.S.


Si causo una baja médica después puedo disfrutar mis vacaciones. Así lo entiende el Tribunal Supremo nuevamente, ratificando su propia jurisprudencia, mediante la Sentencia nº 370/2013, de fecha 17/01/2013 Id Cendoj: 28079140012013100012, ante un supuesto en que “....se refiere a la posibilidad de determinar y disfrutar de un nuevo período de vacaciones, diferente del fijado inicialmente por acuerdo colectivo o pacto individual, debido a la coincidencia del período preestablecido, con días (seis en el caso) de incapacidad temporal, originada antes, simultáneamente o con posterioridad al comienzo de la vacación programada“, señala de forma contundente que procede determinar un nuevo período de disfrute de vacaciones cuando, antes, simultáneamente o después de iniciadas (lo mismo da, dice el magistrado ponente), el trabajador pasa a la situación de incapacidad temporal que le impide disfrutarlas”.

12 febrero 2013

SQM. SENSIBILIDAD QUÍMICA MÚLTIPLE. DOCUMENTACIÓN BÁSICA.


Existe. La Sensibilidad Química Múltiple existe. O el Síndrome de Sensibilidades Químicas Múltiples, o la Intolerancia Ambiental ¿Idiopática?. Y no solo son reales, sino que además está documentado, incluso por organismos oficiales. Esta entrada solo pretende ser una breve muestra.

11 febrero 2013

SÍNDROME DE FATIGA CRÓNICA Y FIBROMIALGIA: JURISPRUDENCIA DEL TSJ CATALUNYA DEL ÚLTIMO TRIMESTRE.


Aunque tanto el INSS como el ICAMS siguen viviendo de espaldas a la realidad -médica y jurídica-, tanto el sídrome de fatiga crónica como la fibromiàlgia, por sí mismas o en conjunto, son enfermedades altamente incapacitantes; más aún si aparece como comorbilidad la sensibilidad química múltiple. Así lo viene entendiendo el TSJ Catalunya en diversas sentencias en los últimos años. Hoy ponemos de relieve algunas de las últimas publicadas en el último trimestre del 2012. Destacamos la última de las expuestas, ya que pone especial énfasis en el alcance invalidante de la fibromialgia cuando tiene el carácter de severidad. Todas las sentencias pueden obtenerse en la base de datos del CGPJ.

10 febrero 2013

FUNCIONARIOS PÚBLICOS. ACCIDENTE EN ACTO DE SERVICIO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL. EXPEDIENTE DE AVERIGUACIÓN DE CAUSAS. BREVE ESQUEMA.


Mediante esta entrada vamos a comentar la Orden APU/3554/2005, de 7 de noviembre, por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y de accidente en acto de servicio en el ámbito del mutualismo administrativo gestionado por MUFACE.

09 febrero 2013

FUNCIONARIOS PÚBLICOS: ACTO DE SERVICIO. DEFINICIÓN, CONSECUENCIAS Y RECONOCIMIENTO


El concepto de beneficiario en el Régimen Especial de Funcionarios Civiles del Estado es sustancialmente idéntico al del Régimen General pero, al menos para la mayoría de juristas -incluso para los que nos dedicamos profesionalmente a tramitar prestaciones de Seguridad Social- de una gran complejidad tanto para su reconocimiento como para su impugnación. Hoy intentaremos despejar algunas dudas respecto a la aplicación de los conceptos de accidente de trabajo y enfermedad profesional en el ámbito de las clases pasivas -del que se excluye a los funcionarios ya incluídos en el régimen general de la Seguridad Social, a los que se les aplica sin más problemas la Ley General de la Seguridad Social-.

08 febrero 2013

PROCEDIMIENTO DE IMPUGNACIÓN DE ALTAS MÉDICAS EXPEDIDAS POR LAS MUTUASDE ACCIDENTES DE TRABAJO

Este procedimiento, conocido como "disconformidad" con el alta médica de las mutuas, permite prolongar unos días la situación de baja médica del trabajador. Aunque es algo complejo vale la pena instarlo, ya que evita la reincorporación del inmediata del trabajador, percibiendo el subsidio durante esa prórroga. A continuación, extraído de la web del INSS, adjunto explicación y formulario.

05 febrero 2013

¿PÚBLICO O PRIVADO? COMO SE VALORAN LOS INFORMES MÉDICOS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE INCAPACIDAD PERMANENTE


En el ámbito del procedimiento laboral, y también por tanto en los procedimientos de incapacidad permanente, corresponde probar al actor los hechos de los que se desprenda, según las normas jurídicas a ellos aplicables, el efecto jurídico correspondiente al «petitum» de la demanda (así por ejemplo, el alcance invalidante de las lesiones; la profesión real; etc..), de acuerdo con el art. 217.2 LECivil.

03 febrero 2013

ES COMPATIBLE LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO IMPROCEDENTE CON LA DERIVADA DE INCAPACIDAD PERMANENTE

La STS 6221/2012 (Recurso: 3705/2011), de la que es Ponente el Magistrado JORDI AGUSTI JULIA, establece, en un supuesto de despido, la compatibilidad de la indemnización por despido improcedente con la derivada de la declaración de incapacidad permanente total.

02 febrero 2013

¿POR QUÉ ES TAN DIFÍCIL CONSEGUIR UNA PENSIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE?


Desde un punto de vista jurídico, por lo menos para los que nos enfrentamos cada día a estas situaciones, la definición de incapacidad permanente en el ámbito contributivo es fácil: “la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. No obstará a tal calificación la posibilidad de recuperación de la capacidad laboral del inválido, si dicha posibilidad se estima médicamente como incierta o a largo plazo”.