La
sentencia que ha sido notificada en la sede
de Col.lectiu Ronda el 27/02/2013 -y por lo
tanto la sentencia aún no consta en la base de datos del CENDOJ-,
permite seguir avanzando en el camino del reconocimiento de la
poliomielitis y del síndrome post-polio, no ya solo como
enfermedades incapacitantes de forma permanente -cuestión que no
siempre reconoce el INSS al entender, con evidente mala fe, que son
de aparición anterior al inicio de la vida laboral- sino que además
son muy incapacitantes, al extremo que declara a la actora en
sitación de incapacidad permanente en grado de absoluta para toda
profesión, y el derecho a percibir el 100 % de la base reguladora.
El
punto de partida es la declaración por parte de la entidad gestora
de una incapacidad permanente en grado de total para la profesión
habitual de enfermera, con el derecho a percibir el 55% de la base
reguladora. Las lesiones reconocidas por el ICAMS fueron: “SÍNDROME
POST-POLIO. TENDINOPATÍA DE SUPRAESPINOSO IZQUIERDO EN TRATAMIENTO.
LIMITACIÓN FUNCIONAL. Sin embargo, el INSS
consideraba que podía realizar actividades de tipo liviano o
sedentario.
Interpuesta
reclamación previa y posterior demanda judicial, la sentencia inicial no
consideró que procediese la declaración de incapacidad permanente
en grado de absoluta, todo y que reflejó la existencia de lesiones
aún más graves que el dictamen del ICAMS, y así señaló que: "La
actora presenta las lesiones siguientes: POLIOMELITIS EN LA INFANCIA,
EMPEORADA CON EL TIEMPO , PRESENTANDO SÍNDROME POSTPOLIO. USO DE
MULETAS POR CAÍDAS FRECUENTES, DIFICULTAD DE LAS EXTREMIDADES
SUPERIORES POR TENDINOPATÍA DE PREDOMINIO IZQUIERDO”.
Evidentemente
formalizamos recurso antes el TSJ Catalunya, alegando básicamente:
“El
Síndrome
Post-polio és
un síndrome neuromuscular progressiu caracteritzat per pèrdua de
força muscular, debilitat, fatiga, dolor als músculs i
articulacions i dificultat al tragar i al respirar; els que
sobreviuen a la poliomielitis presenten el síndrome post-polio molts
anys després de la infecció inicial.
La
evolució de
la malaltia provoca que es perdin neurones motores i per tant les
neurones que re-innervaren les fibres musculars que varen perdre la
segona neurona per la polio, també moren i apareixen novament els
símptomes inicials i dels nous que van a ser progressius i
irreversibles.
Tenint
en compte que perdem progressivament un 10% de neurones per dècades,
si a aquest percentatge li sumem que la poliomielitis ja va destruir
un nombre elevat de neurones és fàcil entendre que aquest fenomen
s'acceleri.
No
existeix cap tractament per detenir la progressivitat de la malaltia,
s'ha intentat un tractament amb immunoglobulines per augmentar les
defenses i la immunitat del pacient, però els resultats no són
clars. El
pronòstic és negatiu al progressar degenerativament la malaltia,
els malalts van perdent l'activitat motora fins arribar a la pèrdua
de la independència ja que no poden realitzar per si sols activitats
de la vida diària.
En
el cas de la Sra. Luisa, la evolució ha sigut negativa al haver
presentat després de 40 anys d'haver patit l'agressió neurològica,
un deteriorament progressiu atribuïble a dos causes, el major esforç
de les estructures no afectades i probablement per un deteriorament
major de les neurones que no varen afectar per la primoinfecció
(foli 39 de les actuacions) i en efecte, la malaltia ha esdevingut
crònica, degenerativa i greu al haver perdut l'activitat motora fins
arribar a la pèrdua de la independència total per les activitats de
la vida diària”.
Y
así, en la
sentencia que resuelve el recurso interpuesto por Col.lectiu Ronda, la número 1088/2013, (nº rec. 5089/2012), y de la que
es ponente el Magistrado ENRIQUE JIMÉNEZ-ASENJO, se estima el
recurso de suplicación interpuesto por la actora contra la sentencia
de instancia, toda vez que queda acreditada la gravedad de la
enfermedad y las enormes dificultades para efectuar desplazamientos
que padece la actora.
Muchas gracias por seguir informando de estas sentencias que nos dan esperanzas.
ResponderEliminarHoy en días todavia no hay cura para la polio,el mejor es vacunar los niños.
ResponderEliminarmuchas gracias, por la informacion porque cada dia que pasa, mas nos duele el cuerpo a los que tenemos discapacidad desde pequeño como es mi caso que tengo el 75% de discapacidad soy del año 62. muchas gracias.
ResponderEliminarLlevo realizando tareas de comerciales toda la vida, con el SPP, no puedo seguir con mi actividad, caidas donstantes, imposibilidad para subir escaleras, etc.
ResponderEliminarEl juez desestimo mi solicitud de invalidez, aduciendo que con las nuevas tecnologias, puedo realizr el trabajo desde casa, (no se lo cree ni el)
Pues seguir perseverando...nuevos informes que acrediten agravaciòn y solicitar nuevamente la incapacidad. De todas formas, si tienes reconocida una discapacidad superior al 45% podría plantearse una jubilaciòn anticipada.
EliminarEs posible que la sentencia fuese del social 33??
Bueno esto no es asi del todo para la jubilacion aniticipada has tenido que estar cotizando un minimo de 15 con el 49% de minusvalia, si toda tu vida laboral aunque hayan sido 30 años no tenias este porcentaje de minusvalia no tendras derecho a la jubilacion anticipada
EliminarCorrecto (aunque el porcentaje es el 45%).
EliminarOstras. Yo llevo más de diez años con el 33%.
ResponderEliminarHasta ahora no me han reconocido el sindrome pos polio. A si que procedere a solicitar la revision del grado.
Tenemos derecho a pension no contributiva en caso de estar trabajando?
En principio, no.
Eliminarhola tengo 42 años mi minusvalia es del 65 por ciento a causa de polio infantil que me afecto muy severamnente en la pierna derecha y algo en la izquierda mi trabajo es comercial de la Once y desde hace varios años vengo padeciendo todos los sintomas del pospolio dolor general,caidas frecuentes perdida de memoria y cambios de humor y depresion pero cuando me hacen la prueba esa de electromiografia no les aparece el sindrome pos polio que tengo que hacer para que me reconozcan el sindrome pospolio y que todas las pequeñas enfermedades que me estan apareciendo van asociadas a dicha enfermedad ,muchas gracias y espero respuestas
ResponderEliminarEs difícil que te pueda contestar sin ver informes médicos, pero a efectos de la jubilación por discapacidad el día de mañana es indiferente que te reconozcan o no el síndrome post-polio, con la polio es suficiente. Y a efectos de una pensión de incapacidad permanente, el conjunto de patologías, si se acredita la severidad, puede ser suficiente para conseguir la pensión....Si eres de Barcelona puedo aconsejarte algún especialista.
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