Hoy ponemos a vuestra disposición un modelo de reclamación previa, no para impugnar altas médicas, sino para reclamar contra la denegación de la pensión de incapacidad permanente por parte del INSS. El modelo incluye las peticiones de incapacidad permanente en grados de absoluta -es decir, para toda profesión- y total -es decir, para la profesión habitual-, así como las contigencias de accidente de trabajo y enfermedad común, lo que permite adaptar a cada situación el modelo.
Podreis acceder a más información sobre el procedimiento en la propia web de la Seguridad Social. Espero os sea de utilidad.
El modelo:
AL INSTITUTO NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
NOMBRE Y APELLIDOS, mayor de edad, con
domicilio en DOMICILIO, de profesión ÚLTIMA PROFESIÓN REALIZADA, nacido el dia FECHA DE NACIMIENTO, con documento de
identidad núm. XXXXXX, y afiliado a la Seguridad social con el
núm. XXXXXX.
E
X P O N G O
Que
formulo RECLAMACIÓN PREVIA, en materia de INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA, para todo tipo de trabajo,
subsidiariamente de INCAPACIDAD PERMANENTE Y TOTAL, para la
profesión habitual, derivada en ambos casos de ACCIDENTE
DE TRABAJO, subsidiariamente ENFERMEDAD COMÚN, contra la
resolución dictada en el expediente de referencia EXPEDIENTE INSS, de fecha
XXXXXX, y notificada el día
XXXXXXX.
Fundamento
la reclamación en estos:
H E C H O S
- RESOLUCIÓN IMPUGNADA.
PRIMERO.-
El acuerdo impugnado, de fecha XXXXXXX, resuelve que no procede
declararme en ningún grado de invalidez, al considerar que no
acredito el requisito de incapacidad permanente.
SEGUNDO.-
Entiendo que la citada resolución es del todo improcedente y no se
encuentra ajustada a derecho por lo que seguidamente se expondrá, ya
que acredito todos los requisitos exigidos para poder causa derecho a
la pensión de invalidez permanente, en grado de absoluta para todo
tipo de trabajo, o subsidiariamente en el grado de total para la
profesión habitual.
- EFECTO INVALIDANTE. LESIONES Y GRADO DE INCAPACIDAD PERMANENTE.
TERCERO.-
En efecto, en cuanto al grado de incapacidad permanente, a la
resolución impugnada se establece que según el dictamen médico del
ICAMS/EVI presento las siguientes lesiones:
INDICAR LAS LESIONES Y ENFERMEDADES QUE APARECEN EN LA RESOLUCIÓN.
Asimismo,
entiendo que las lesiones que efectivamente presento son:
REDACTAR TODOS LOS DIAGNÓSTICOS Y ENFERMEDADES QUE PADECEMOS, INCLUSO ANTIGUOS Y LEVES, YA QUE SE VALORAN TODAS LAS ENFERMEDADES.
CUARTO.-
El conjunto de estas patologías supone una amplia minusvalía,
incompatible con el desarrollo de cualquier actividad laboral
continuada, por lo que entiendo que procede la declaración de
Invalidez Permanente en grado de Absoluta, para todo tipo de trabajo.
QUINTO.-
Subsidiariamente, entiendo que como consecuencia de estas lesiones,
tengo contraindicadas las actividades habituales en el ejercicio de
mi profesión habitual de PROFESIÓN HABITUAL, ya que la misma exige REDACTAR LOS REQUERIMIENTOS DE NUESTRA PROFESIÓN.
En
definitiva entiendo que, con carácter subsidiario, procede la
declaración de invalidez permanente en grado de total, para la
citada profesión habitual.
- CONTINGENCIA. PRETESIÓN PRINCIPAL: ACCIDENTE DE TRABAJO.
SEXTO.-
Entiendo que las enfermedades que padezco y que son
constitutivas de la declaración de incapacidad permanente no son de etiología común, si no que
están íntimamente relacionadas con las circunstancias de mi entorno
laboral.
Así, REDACTAR LAS CIRCUNSTANCIAS DEL ACCIDENTE DE TRABAJO, PERÍODOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL, ETC...
- BASE REGULADORA.
SÉPTIMO.-
La base reguladora de la prestación de incapacidad permanente es de (1):
1)
Para enfermedad común: XXXXXX euros mensuales.
2)
Para accidente de trabajo: XXXXX euros mensuales.
La fecha de efectos la del dictamen del ICAMS.
Por
lo expuesto,
SOLICITO,
que se admita esta reclamación previa y en consecuencia se me
declare en situación de Invalidez Permanente, en grado de ABSOLUTA,
subsidiariamente en grado de TOTAL, derivada en ambos casos de
accidente de trabajo, subsidiariamente
enfermedad común, con derecho a percibir una prestación del
100% o del 55/75%, respectivamente, de la
base reguladora indicada, más mejoras y revalorizaciones legales
pertinentes, y con los efectos igualmente indicados.
LOCALIDAD, FECHA.
(1) Si desconocemos la base reguladora es mejor no indicar nada o señalar que entendemos que es errónea la de la resolución impugnada.
Hola Miguel
ResponderEliminarTengo una duda, tenemos que redactar esta reclamación tal y como lo pones. Ej. en materia de INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA, para todo tipo de trabajo, subsidiariamente de INCAPACIDAD PERMANENTE Y TOTAL, ....
o por el contrario solo indicamos en nuestra reclamación una de ellas, o la PERMANENTE Y ABSOLUTA O LA PERMANENTE Y TOTAL.
Gracias
Tal y como está en el modelo.
EliminarPerdona de nuevo, es que estoy en un mar de dudas.
ResponderEliminarYo he estado de baja mas de 365 dias, posteriormente la Inspección me dio una prorroga de 180 dias más por la baja.
El otro dia recibi la notificación donde me comunican el alta médica pese a mi empeoramiento, en ningún momento yo he iniciado ni solicitado una incapacidad permanente, solo confiaba en que la administración lo hiciese de oficio, sin embargo no ha sido así y me ha dado el alta.
Ya he entregado reclamación previa impugnando dicha alta, me aconsejas que presente también esta reclamación pese a no haber solicitado ni iniciado ningún expediente de incapacidad permanente ¿o es otro documento el que me aconsejas que presente?.
Es que, sinceramente, me parece un poco raro esto, ya que a mi el INSS no me dice en su carta ni que no acredito el requisito de incapacidad ni me han dado un dictamen médico del EVI ni nada de eso.
Solo me dicen que me dan el alta sin especificar si es por mejoría o por curación o por qué.
Agradezco mucho tu ayuda, ya que los que no sabemos andamos un poco perdidos sin saber que hacer y como actuar de la mejor manera. Espero tu respuesta.
No claro, entonces tienes que solicitar antes el inicio del expediente de incapacidad permanente.
EliminarGracias por la aclaración.
ResponderEliminarMiguel, ya he presentado reclamación previa por el alta, ¿debo solicitar el inicio del expediente antes de poner la demanda o por el contrario, ya no es necesario y luego se pide en la demanda en caso de que no rectifiquen la decisión del alta?.
Te aclaro, que siguiendo los consejos que das en tu blog en la reclamación previa así lo solicitaba, te cito textualmente ,"....interpongo reclamación previa impugnando el alta médica reconocida en la resolución de la Dirección Provincial de fecha XX/XX/2013 entendiendo que lo que procede es iniciar un expediente de Incapacidad Permanente y el reconocimiento (atendiendo a informes médicos) de la Incapacidad Permanente según el art. 128 de la Ley General de la Seguridad Social".
Mil gracias por tu ayuda y por tu tiempo.
Yo te aconsejo que inicies YA los trámites de la incapacidad permanente.
EliminarYO TENIA INCAPACIDAD ABSOLUTA Y ME LA REBAJAN A PERMANENTE SEGUN ELLOS POR MEJORA DE LAS DOLENCIAS CUANDO ESTAN SON LAS MISMAS O PEORES.YA ES LA SEGUNDA VEZ QUE ME PASA Y YA FUIMOS A JUICIO UNA VEZ Y ME VOLVIERON A DAR LA ABSOLUTA Y AHORA QUE TENDREMOS QUE VOLVER A JUICIO UNA SEGUNDA VEZ???
ResponderEliminarPues mucho me temo que no vas a tener más remedio que demandar a la seguridad social e ir a juicio...mucha suerte!!
EliminarHola a mi me dieron hace un año incapacidad permanente total por discopatia lumbar L5 S1 y espondilosis.
ResponderEliminarAl año me revisaron y me dieron para dos meses despues,ahora me la han quitado y me tengo que incorporar a mi trabajo pese al informe de sintesis de mis limitaciones funcionales.
Que debo hacer por favor?hago reclamacion previa y voy a juzgado a pedir abogado de oficio?la fecha de alta es a partir del 1,osea que hasta el 2 no debo incorporarme?Mi gratitud por vuestra ayuda
Pues sí, efectivamente, presenta reclamación previa -puedes utilizar el modelo de esta entrada en el blog, adjuntando informes médicos relevantes- y, si no te responden o lo hacen de forma negativa, solicita abogado del turno de oficio.
EliminarQuiero realizar la reclamación previa pero para discapacidad al Equipo de Valoración y Orientación EVO, para que nos concedan el 33% pues solo nos han dado un 20%, y por lo tango no nos han concedido la discapacidad. El modelo es el mismo pero cambiando algunos conceptos básicos, como lo debo hacer ?
ResponderEliminarMás o menos. Se trata de reflejar las enfermedades o lesiones que padeces, y en el súplico indicar que procede la declaración de un grado de discpacidad igual o superior al 33%. La reclamación ha de ir dirigida la organismo que ha emitido la resolución.
EliminarHola Miguel, tengo un lio tremendo. Estoy en desempleo desde el 27 de febrero del 2012 y de baja laboral por IT de enfermedad común desde el 11 de enero del 2013.
ResponderEliminarMe diagnosticaron DISCARTROSIS L5-S1, HNP S1 y RADICULOPATÍA S1. En octubre el neurocirujano cambió el diagnostico por DISCARTROSIS L5-S1 CRÓNICA, RADICULOPATÍA S1 CRONICA Y SINDROME FACETÁRIO CRONICO . En la valoración de cirujia no la ve factible ni benefiaciosa y lo expresa por escrito, asi que no debo de hacer esfuerzos ni deambulacines prolongadas, Tengo que volver a revisión el 22 de enero del 2014.
En mayo del 2013 solicité la INCAP. PERMANENTE. La SS SOCIAL me la ha denegado. El EVI dice que debo permanecer en INCAP TEMPORAL hasta la valoración de secuelas, supongo en enero del 2014. Tras la presentación de reclamación previa y me dan 30 dias para presentar la demanda en el Juzgado de lo Social. He solicitado la Justicia Gratuita y me la han concedido pero el abogado no ve factible presentar ahora la demanda ya que el EVI se abstiene en valorar mi enfermedad. QUE DEBO HACER ?. QUE OCURRIRIA EN ENERO SI ME DAN EL ALTA Y NO HE PRESENTADO LA DEMANDA? . SE PUEDE SOLICITAR OTRA INCAPACIDAD PERMANENTE , O RECLAMAR EL SUPUESTO ALTA ? TENGO MUCHAS DUDAS
Tranquilo, tienes varias posibilidades:
Eliminar1. Presentar la demanda, continuar de baja médica y esperar a que el INSS se pronuncie sobre este segundo procedimiento -con lo que si favorable basta con desistir del primero, y si es desfavorable has ganado tiempo por que ya tendrías la reclamación en marcha-.
2. No presentar la demanda y esperar al resultado de tu actual procedimiento de baja y, si no te conceden la incapacidad permanente, reclamar.
En todo caso, si no presentases la demanda y además no te concediesen la incapacidad permanente, TAMPOCO PASARÍA NADA. En ese caso puedes acudir directamente al INSS y tramitar el procedimiento de incapacidad permanente.
Así, que, aunque no presentes la demanda, no pasa nada, puedes esperar acontecimientos.
Buenas noches, gracias de antemano , llevo mes y medio de baja por angina de pecho pero hace 7 años tuve infarto y me operaron he estado este tiempo trabajando hasta la angina el 19/11/13 me he presentado en el centro de valoracion del INSS por cita concertada por ellos y la doctora me ha dicho que me daba el alta para iniciar proceso de incapacidad permanente y que apartir de ahora me pagaria el INSS, eso quiere decir que ya he pasado el tribunal medico? Me pueden conceder la IP ya. Gracias
ResponderEliminarExacto, el "centro de valoración del INSS" -también denominado EVI- al emitir tu alta lo han hecho con propuesta de incapacidad permanente. Tienes muchísimas posibilidades de que te declaren el derecho a percibir la pensión de incapacidad permanente, ya que su dictamen, aunque no sea plenamente vinculante, en la gran mayoría de los casos es decisivo. Creo que puedes estar tranquilo. Toca esperar a que el INSS emita resolución.
EliminarHola, buenos días.
ResponderEliminarLlevo desde el 31 de mayo de baja médica que solicité dado que soy demandante de empleo (sin ninguna prestación) y estoy en tratamiento con quimioterapia. Solicité la incapacidad y me la han denegado hasta la valoración definitiva de las lesiones de acuerdo con la Ley de la SS.
Mi duda está en realizar la reclamación administrativa o si es imprescindible esperar a llevar doce meses de baja y luego volver a solicitar la incapacidad.
Muchas gracias por tu atención
Puedes hacer las dos cosas...reclamar en vía administrativa y continuar de baja médica.
Eliminardespues de 11 años cobrando una pension por incapacidad permanente y total, el INSS me la ha retirado alegando que aun teniendo el daño que ocasiono la incapacidad, se ha producido una gran mejoría y por lo tanto soy acto para realizar cualquier tipo de trabajo,puedo recurrir en el plazo de 30 dias no se si son habiles o naturales, el impreso que hay al principio de la pagina me sirve ??
ResponderEliminarLos 30 días son hábiles, es decir, se computan a partir del día siguiente a la notificación y no cuentan ni domingos ni festivos -los sábados sí cuentan-. Además, para el INSS el 24/12 y 31/12 son inhábiles.
EliminarPuedes utilizar el modelo de arriba, con algún retoque...o directamente presentar la reclamación en el modelo que te proporcionen en el INSS.
Piensa que puede tener derecho a percibir el subsidio de desempleo para los supuestos de revisión de grado por mejoría. Tienes más información aquí:
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00d03.html
hoy he acudido al INSS y me dicen que son 30 días naturales, que mi plazo empezó acontar el día 26/11/2013 y que finaliza el plazo para recurrir el día 25/12/2013, que puedo presentar el recurso incluido el día de navidad, en el registro del gobierno civil que esta abierto los 365 días del año, tampoco me han proporcionado impreso alguno para realizar el recurso, que puedo hacer??
ResponderEliminarDesde luego que a veces desde la administración ayudan al ciudadano más bien poco....tienes tiempo suficiente para reclamar -más allá del día 25/12, que además es inhábil-, pero te recomiendo pongas en manos de un profesional tu reclamación, es mucho lo que te estás jugando. Dime donde resides, por si conozco alguien por tu zona que te pueda ayudar.
Eliminarresido en IRUN (GIPUZKOA), hoy volvi al INSS y ni ellos sabian bien hasta que dia tengo tiempo para poner la reclamacion , solo les pone que son 30 dias a contar desde el dia siguiente a recibir yo la notificacion, al contarles lo que me has dicho, no tenia ni idea y seguia que son 30 dias naturales, pero por mi insistencia, ha realizado una llamada y la persona que le a atendido le ha informado de que son 30 dias habiles contando de lues a sabado ,y en este caso incluyendo tambien el dia 24 que aunque este cerrado el inss el registro civil esta abierto, no asi el 31 que ese si es inhábil,por tanto mi plazo expira el dia 2 de enero, en cuanto al impreso me han dicho que no existe ninguno y que me tengo que buscar yo la vida, ala hora de redactarlo y que me aconseja que vaya buscando un abogado de oficio por que el asunto terminara en la via contencioso administrativa, te agradecería , si puedes ponerme en contacto con alguna persona que me pueda asesorar en persona
ResponderEliminarEn mi despacho, Col.lectiu Ronda, mantenemos buenas relaciones con FÉLIX CAÑADA VICINAY
EliminarCalle Ercilla , 24, 3° planta
48011 BILBAO , BIZKAIA
944231024 944795390
Hola, soy carpintero autónomo de 30 años, tuve un accidente trabajando con una máquina y me lesioné la mano izquierda con las siguientes secuelas permanentes: perdida completa incluido metacarpio del cuarto dedo, rigidez articular del tercer dedo desde la interfalangica proximal y riguidez del quinto dedo falange distal.
ResponderEliminarEl INSS me ha denegado la prestación por incapacidad permanente por no alcanzar las lesiones que padezco un grado suficiente de disminución para ser constitutivas de una incapacidad permanente. Cotizo mínimo de autónomos incluido IT, (sin AT y EP).
He pensado no interponer reclamación , volver a trabajar y si con el tiempo veo que no puedo desarrollar mi trabajo volver a pedir la incapacidad permanente. ¿crees que es buena idea?
En caso de no obtener incapacidad permanente ¿tengo derecho a alguna ayuda o prestación por lesiones no invalidantes u otra cosa? Gracias.
No, no me parece buena idea. Es difícil conseguir una incapacidad permanente ya sea total o parcial, en tu caso por accidente no laboral, e incluso puede que sea "pequeña" la pensión o la indemnización...pero demorar la reclamación no te será más favorable.
EliminarDos cuestiones: 1.La mano izquierda es la rectora. 2. ¿el taller donde ocurrió el accidente es de tu titularidad?.
perdona, y no, no tienes derecho a lesiones permanentes no invalidantes -art. 150 LGSS- ya que solo se reconocen en contingencias profesionales...
EliminarGracias, soy diestro y el taller lo tengo alquilado.
EliminarEntonces cree que debería interponer la reclamación? Haciendo números percibiría unos 400 i pico euros, si es el 55% de mi base de cotización, y no podría trabajar de carpintero ni de que otros oficios por ejemplo?
Pues sí, eso es lo que trato de decirte. Pero es que ni tienes la certeza -ni creo que sea probable- que si lo pidas en el futuro te lo reconozcan, y si no mejoras la base de cotización, no incrementarás la pensión.
EliminarEn fin, evalúa si realmente puedes realizar tu trabajo, y decide...suerte, sea cual sea tu opción!!
Muchas gracias por las respuestas. Una última cuestión: entonces si mejoro mi base de cotización y volviera a pedir la incapacidad ¿el cálculo para la prestación de la incapacidad será utilizando la base de cotización que tenia en el momento del accidente o la que tenga en la actualidad, en el momento de pedir la incapacidad?
EliminarY si mejoro mi base y empiezo a cotizar por AT y EP ¿podría pedir incapacidad parcial? Gracias de nuevo
Te contesto:
Eliminar- Si continúas trabajando y tienes nuevas cotizaciones serán estas nuevas las que servirán para calcular la prestación
- Como autónomo también tienes derecho a la parcial, el problema es que se pide una reducción de la capacidad laboral del 50% -en el régimen general es del 33%-. No obstante, la contingencia, aunque más adelante si cotices por AT, solo será profesional si se produce una agravación trascendente como consecuencia de un nuevo accidente de trabajo.
Así pues si mi situación física no varia ¿nunca tendré derecho a la prestación parcial por este accidente anque mi situación de cotización mejore y cubra AT?
EliminarExacto.
Eliminargracias
EliminarHola, si me conceden incapacidad permanente total para profesión habitual y veo que no me interesa por la cuantia que me dan, ¿puedo rechazarla sin ningún problema verdad? ¿si la rechazo y en el futuro veo que si que me interesa por agravación de mis problemas o por otra causa podría volver a pedirla? gracias
ResponderEliminarEso no es tan fácil. Una vez declarada la incapacidad permanente tiene efectos inmediatos -por ejemplo, la empresa no tiene obligación de readmitirte-. Tendrías que solicitar al INSS la revocación de la pensión y posteriormente presentar demanda en el Juzgado. Francamente, no te lo aconsejo....
EliminarGracias. Una vez concedida la incapacidad permanente ¿la cuantía de la pensión no varia ni se incrementa con el tiempo no? ¿Tampoco influye en ésta si trabajo y cotizo como autónomo en otro oficio?
EliminarNo influyen las nuevas cotizaciones, pero sí está sujeta a revalorizaciones anuales -aunque el gobierno del PP se está empeñando en que sean inferiores al IPC-.
EliminarHola! mi mujer lleva mas de 18 años luchando contra una depresión a causa del fallecimiento de su madre por suicidio. En los últimos años se ha empeorado hasta el punto de tener que ingresar en centro psiquiátrico de dia durante 3 meses. Su diagnostico es: depresión, ansiedad, trastorno de la personalidad y anorexia nerviosa. La petición de IP ha venido denegada, y nos estamos planteando de recurrirla ya que su estado no esta para trabajar y ni tan solo para salir a la calle a causa de miedos y fobias que padece: Crees que es buena idea recurrir o piensas que va a ser perder el tiempo y el dinero. Muchas gracias!!
ResponderEliminarCreo que es de extrema gravedad y cumple con los criterios jurisprudenciales para solicitar la incapacidad por depresión: gravedad, cronicidad y refractariedad al tratamiento. Os animo a que reclameis.
EliminarMuchas gracias Miguel!! recurriremos sin falta ahora que se que se puede llegar a conseguir alguna ayuda!!
EliminarBuenas tardes, gracias de antemano. Cumplo 63 años en marzo de 2014 y me han concedido este mes la Incapacidad permanente en grado de total (75%). Voy a presentar la reclamación previa conformo a tu escrito, para intenter conseguir la absoluta. Tengo una duda: cuando cumpla los 65 años...
ResponderEliminar1. puedo optar a mi pension de jubilación contributiva en base a los años que llevos cotizados si fuese más favorable? se tienen en cuenta para su cálculo estos dos años y medio que voy a estar con la pension por incapacidad permanente?
2. en caso que no opte por mi pension de jubilación tengo entendido que puedo seguir con mi pensiond de incapacidad qeu tengo reconocidad...en que grado es revisable?
muchas gracias por tu ayuda. Alfonso Ramirez
Te contesto:
Eliminar1. Sí, podrás optar, pero la base que se te aplicará durante ese periodo sin cotización es la base mínima -unos 750 euros/mes-, para el cálculo de la basereguladora, que evidentemente no cuentan como cotizados.
2. Una vez llega la edad de jubilación NO ES REVISABLE LA INCAPACIDAD PERMANENTE, pasando a ser definitiva.
Una sugerencia. Es posible que la pensión de jubilación anticipada con tus actuales 63 años den lugar a una pensión más alta -al menos en porcentaje- que la incapacidad permanente que te han reconocido.
hola miguel, ya he presentado la reclamación contra la resolución por la cual me retiraban la pensión por incapacidad total en el INSS, pero en estos días el traumatologo que me esta tratando de la lesión en la mano derecha, ha decidido operar y fijar totalmente la muñeca reduciendo la movilidad y funcionalidad de la mano a cero, mi pregunta es a la vista que el cuadro clínico va a empeorar, me interesaría en el caso de perder el recurso en el INSS recurrir ala vía judicial o esperar a la intervención y solicitar una incapacidad total nueva con las bases de cotización actuales???
ResponderEliminarEs complicado sin ver la documentación de tu caso, pero creo que deberías reclamar judicialmente contra si el INSS desestima tu recurso.
Eliminarmuchas gracias por tu ayuda. lo mirare. mil gracias
ResponderEliminarBuenas noches,
ResponderEliminarTengo unas dudas que me gustaría me pudieran ayudar, tengo la incapacidad permanente absoluta 100% desde junio del 2013 del INSS, porque tengo el brazo derecho inutil, como soy de Barcelona he solicitado el reconocimiento por invalidez a la Generalitat, está la pase el pasado mes de noviembre, y me han dado un 55% de grado de invalidez, pero me han denegado el grado de la movilidad. Quisiera interponer una reclamación para revocar sobretodo la ayuda a la movilidad, pues con una mano, no puedo deambular en un servicio público bien, no puedo conducir, además tengo que adaptarme un coche,...y muchas cosas para poder desplazarme correctamente. Mi pregunta es tendría alguna probabilidad de modificación de resolución o no, y si es que si, agradecería me indicaran como hacer dicha reclamación.( una plantilla)
Agradeciendoles de antemano su colaboración, un saludo.
MJ GJ
No hace falta modelo, es un escrito sencillo, explicando lo que acabas de relatar. Para que tengas una pauta, te adjunto el link a la norma que lo regula
Eliminarhttp://www.boe.es/boe/dias/2000/01/26/pdfs/A03317-03410.pdf
En la última página, en el Anexo 3, se explican las circunstancias que dan lugar a su reconocimiento. Te lo pondrán difícil, por que, ya lo verás, se basa especialmente en las dificultades de desplazamiento por daño en extremidades inferiores.
Muchisimas gracias por tu contestación y por el enlace. Probaré suerte. Un saludo
ResponderEliminarEstimado Miguel, antes que nada felicitarte y agradecerte por este blog tan interesante, en una materia tan compleja, pero que a todos nos termina afectando directamente. Te agradecería mucho tus impresiones sobre cómo proceder debidamente con el caso de mi madre.
ResponderEliminarLimpiadora, 62 años. Rodillas hechas polvo con artrosis, le operan la que tenía peor y le ponen una prótesis. Con tan solo 4 meses de baja, le dan el alta, solicita la incapacidad permanente y se la han denegado, con alta inmediata para incorporarse. El tribunal aprecia que las limitaciones que presenta, para agacharse, estar de pie, subir escaleras, etc. no afectan su capacidad de hacer dichas actividades, que son precisamente las esenciales de su trabajo (simplemente alucinante !!). Mis dudas sobre cómo proceder son las siguientes:
*Respecto a la reclamación de la denegación de la incapacidad permanente:
¿Basta con hacerlo por nuestra cuenta y presentar simplemente el modelo que colgaste en otra entrada de tu blog? ¿O compensa ya en este punto ponerse en manos de un abogado? ¿Cuál es el enfoque (para tratar de revertir la resolución y/o fortalecer la eventual demanda judicial)? ¿Qué aportaciones adicionales caben en este momento del procedimiento? Si por tu experiencia profesional puedes recomendarme algún despacho/abogado especialista en Seguridad Social en Madrid (o Getafe) te lo agradecería enormemente.
*Respecto al alta médica que finaliza la situación de IT:
Además de tu interesante entrada en el blog con consejos para reincorporarse al trabajo, entiendo que no tiene sentido impugnar ahora el alta (habrá que centrarse en la reclamación de la denegación de la incapacidad permanente), pero si tras la reincorporación, se acude nuevamente a solicitar la baja y el médico de cabecera no nos la concede, cómo es la reclamación contra este acto? ¿Rige el mismo procedimiento abreviado que para impugnar altas? Después de la reforma laboral, bajo que condiciones la empresa te puede despedir por una sucesión de bajas médicas (me reincorporo, veo que no puedo trabajar, el médico me da de baja, pero las mutuas vuelven a solicitar que me den de alta, me reincorporo…y vuelta a empezar) ¿Con derecho a indemnización por despido objetivo?
Gracias de antemano por tu amable respuesta y feliz 2014
Me parece sumamente injusto que le hayan denegado la incapacidad permanente, ya que como bien indicas, los requerimientos de su trabajo habitual se ven afectados por la lesión que padece -aunque le hayan implantado una prótesis-.....
EliminarPuedes dirigirte directamente al abogado, pero son tan evidentes las lesiones y las limitaciones -y además te explicas muy claramente-, que vale la pena que, con el modelo, agotéis vosotros la vía administrativa, incluyendo, eso sí, informes médicos.
No conozco ningún abogado de forma directa en Madrid -bueno, sí conozco, pero no son recomendables-, pero tengo muy buenas referencias de http://www.adeia.es/ son cooperativa, como Col.lectiu Ronda, mi casa, al fin y al cabo, y con una gran sensibilidad social.
Es difícil de articular, pero vale la pena que solicitéis una nueva baja médica por el doctor de familia...pero si se niega, es complicado reclamar.
Por otro lado, tienes razón, y creo que no vale la pena impugnar el alta médica, y más vale centrarse en la incapacidad permanente.
Y dicho todo lo anterior, dos puntalizaciones:
1) Es cierto que la "ineptitud sobrevenida" puede ser causa de despido objetivo -indemnizado, eso sí-, pero en el caso de tu madre podría no ser una mala solución.
2) ¿Cuantos años ha cotizado? La pensión que puede obtener es la de incapacidad permanente en grado de total (75%) y con la edad que tiene, podría enfocar ya la jubilación....¿quizás con un porcentaje de pensión mayor??
Lo que quiero decir es que, siempre y cuando tenga cotización para jubilarse, si con 62-63 años la "despiden" por que no puede seguir trabajando, percibe el desempleo y después, si es el caso, el subsidio de mayor de 55 años....nos plantamos en la edad de jubilación ordinaria -o antes, si pudiese hacer jubilación anticipada-. En fin, es un elemento a valorar.
Gracias por tus felicitaciones y que tengáis mucha suerte!!!
Muchas gracias por tu pronta respuesta.
EliminarTomo nota que es relevante incluir informes médicos adicionales a la historia medica que incluyó la médico de cabecera cuando solicitó la incapacidad.
Veo que el tema de nuevas bajas va a estar complicado. De hecho, mis padres ya se han acercado a hablar con la médico y les ha dicho que en 6 meses no pueden dar de baja por el mismo motivo por el que lo estaba anteriormente. Así que ajo y agua hasta que se resuelva el procedimiento....¿puede pedir el trabajador la ineptitud sobrevenida? ¿puede ser contraproducente?.....Con la edad de mi madre, una indemnización equivalente a 1 año + 2 años de paro puede ser una opción...después de la presentación de la demanda judicial, ¿tardan mucho en resolver estos procedimientos?
Ya lo valoramos, pero por los años de cotización (22 y la mayor parte contratos de 5-6 horas), la jubilación anticipada quedaba por debajo del 75% de la incapacidad permanente.
Un cordial saludo y gracias de nuevo,
Germán
El tiempo del procedimiento judicial dependerá de la saturación del juzgado de lo social....y el tema de la ineptitud sobrevenida se puede forzar, exigiendo se realice el reconocimiento de vigilancia de la salud por el servicio de prevención.
EliminarA mi esposo le han denegado la solicitud de incapacidad permanente.El es hipertenso, tiene historia de atencion en salud mental por cuadro depresivo, tiene un sindrome del tunel carpiano. Ademas tiene una discopatia cervical degenerativa.y hernias discales lumbares y cervicales. En el año 2000 el traumatologo que lo asistio le dijo que lo podia jubilar pero el se negó pues toleraba mejor el dolor, el calambre y los mareos.
ResponderEliminarAHora trabaja como cartero rural y los dolores lumbar, los mareos y los calambres se han intensificado.
Nos presentamos con el resultado de esta resonancia del año 2000 y adicionamos algunas otras consultas.( Hemos pedido en los hospitales y policlinicas resumenes de las especilalidades que lo han atendido hace mas o menso tres meses y no lo tenemos aún.)
Bien nos llego el informe que dice que que tiene una espondiloartrosis. Discopatia cervical y lumbar. Hipretrofia prostatica benigna.
Los otras enfermedades no las mencionan como el sindrome del tunel carpiano y ni siquiera la hipertensión arterial cuando nos exponen el cuadro clinico residual.
que nos recomienda hacer? +
Nosotros nos presentamos sin que nos enviara el medico, pues aqui en Andalucia es casi mision imposible que te vea un especialista y tras insistir mucho nos vio el traumatolo que le hizo una resonancia solo de columna lumbar en el mes de septiembre y con el que tenemos la consulta para saber el resultado en el mes de febrero. Pero no podemos esperar pues tenemos solo 30 dias para presentar la reclamación.
Que nos aconseja por favor.
Que efectuéis la reclamación previa y, cuando os contesten ya decidiréis si formalizáis o no la demanda judicial....es evidente que tenéis que documentar muy bien la patología lumbar, que es la que podría llevar a la declaración de incapacidad permanente, con lo que es posible que tengáis que acudir a un trauma privado. Es importante que sepáis que TODAS LAS PRUEBAS E INFORMES POSTERIORES A LA PETICIÓN TAMBIÉN SON VÁLIDOS y pueden ser aportados al acto de juicio. Creo que vale la pena intentarlo. Suerte!!!
EliminarMire yo soy la que le escribio el 2 de Enero.
ResponderEliminarSI tengo que formalizar una demanda judicial con quien debo ir?
Mi esposo está en paro, se puede contratar un abogado de oficio?
Cuantos don los honorarios de ese trámite en caso de que no peuda ser con abogado de oficio?
Muchas Gracias
Para que te asignen un abogado de oficio tienes que acudir al Colegio de Abogados de vuestra población o provincia. En cuanto a los honorarios depende de muchos factores -lugar, dificultad, especialidad del abogado, sensibilidad social, etc..-, con lo que es difícil que te pueda dar una cantidad.
Eliminarcomo era de suponer y de esperar han desestimado desde el INSS el recurso que presente contra la resolución por la cual me quitaban la pensión por incapacidad total y permanente, me dan 30 dias para recurrir por vía del juzgado de lo social.
ResponderEliminarhe preparado todos los papeles para solicitar la defensa gratuita, pero no me responden hasta dentro de un mes o mes y medio, es decir ya fuera de plazo para recurrir, y quisiera saber si es cierto lo que he leído por Internet que una vez solicito un abogado los plazos se paralizan hasta que no tenga respuesta del colegio de abogados????
Es cierto, se paralizan. "Cuando la acción pueda resultar perjudicada
Eliminarpor el transcurso de los plazos de caducidad, ésta quedará suspendida
hasta que recaiga resolución defi nitiva en vía administrativa, reconociendo o denegando el derecho, momento a partir del cual se reanudará el cómputo del plazo"....Así que tranquilo...Pero es que, incluso aunque se "pasase" el plazo, se podría reiterar la reclamación previa y volver presentar demanda....
Buenos días, me ha parecido muy interesante este blogg y ademas muy útil.
ResponderEliminarMi caso, como el de casi todos es que me han denegado la solicitud de incapacidad permanente y tengo que presentar Reclamación Previa. Busco un abogado laboralista especializado en Seguridad Social, en la ciudad de Valencia; podrías hacer el favor de aconsejarme alguno? .
Por otro lado en la resolución en la que me deniegan la ip, dice textualmente:
por no ser las lesiones que padece, susceptibles de determinacion objetiva o previsiblemente definitivas, debiendo continuar bajo tratamiento medico, en la situación jurídica que le corresponde por el tiempo que sea necesario, hasta la valoración defeinitiva de las lesiones, segu n lo dispuesto en los artículos 128,131.bis, 136 y 137 de la Ley General de la Seg. Social, etc...
CONTINUAR TRATAMIENTO
Y sigue diciendo que si no esto conforme con la resolución adoptada puedo interponer Reclamacion Previa en el plazo de 30 días.
Dictamen propuesta
Profesion del trabajador:Camarera de Piso
Regimen: Autonomo
Contingenia Enfermedad Común
Determinado el cuadro clinico residual:
Discopatia cervical y lumbar. Asma bronquial. Dolor osteomuscular por tos persistente.
Y las limitaciones organics y funcionales siguientes:
Cervicalgia y lumbalgia cronicas, dolor osteomuscular generalizado cronico. Cuadro neumologico pendiente de evolución tras cambio terapeutico.
Gracias
Creo que vale la pena reclamar!!! No conozco ningún abogado en Valencia, pero tanto mis compañeros, especialmente Jaume Cortés - jcortes@cronda.coop - o Àngels Homedes -ahomedes@cronda.coop -, como en ocasiones yo mismo, hemos llevado temas en Valencia.
EliminarGracias por tu rapida respuesta.
EliminarMe pongo en contacto.
Hola de nuevo Miguel, sigo pensando que este blogg es magnifico.
EliminarPresenté la Reclamación Previa, todavía sigue dentro de plazo de respuesta, aunque sinceramente no la espero.
Mi pregunta es la siguiente:
En la resolución del INSS, cita "cuadro neumologico de evolución tras cambio terapéutico., entre otras cosas en el cuadro residual.
La semana pasado me llamaron de inspección medica y la Dra. pidió un informe al neumólogo que lleva mi dolencia; era un impreso con formato definido, y al que contestó marcando las casillas en las que decía patología orgánica, de carácter irreversible y no apto para el trabajo. y... ahora si que hago la pregunta, se puede añadir de alguna forma este informe a la Reclamación Previa ya presentada, considero que da fin y respuesta a lo que se puede esperar de la evolución del cuadro neumologico,
Espero noticias. Gracias de nuevo.
Hola Miguel,
EliminarPresenté Reclamación Previa, según el modelo que publicas en este blogg, que ademas me parece magnifico.
Recientemente y a petición de la Dra de la Inspección del INSS he obtenido informe del neumologo de la seguridad social, en el que rellena las casillas que dicen que sufro patología orgánica de carácter irreversible y no apta para el trabajo; mi pregunta es si puedo presentar este documento en el INSS, para que lo añadan a la Reclamación Previa.
Sí, claro que sí. Solicita en Inspección Médica copia de tu historia clínica COMPLETA. Deberían incluir dicho informe.
Eliminarbuenas tardes miguel, ya he presentado toda la documentación que el colegio de abogados me han solicitado para el asunto del abogado de oficio, he preguntado los paso a seguir ahora con respecto al recurso contra la retirada de la IP y la persona que me ha atendido no ha sabido explicarme que tengo que hacer ahora para poder paralizar el tiempo de los 30 dias que tengo para presentar el recurso en el juzgado de lo social,tengo que presentar la demando, donde , como he de hacerlo.
ResponderEliminarte agradecería que me explicaras los pasos que tengo que dar hasta que se me nombre abogado de oficio
Entiendo que la solicitud de abogado debe paralizar los plazos...pero no te lo puedo garantizar....de todas formas, si ya tienes controlado el plazo, en unos días, si no te han contestado, remíteme un mail con tu reclamación previa -pdf- y la resolución impugnada a marenas@cronda.coop y te remitiré un modelo de demanda!!
EliminarHola Miguel!!
ResponderEliminarEstoy de baja por en fermedad común hace un año. Este miercoles que entra tengo cita con el Evi. Mi trabajo actual es de Entrevistadora-encuestadora, con lo que tengo que estar todo el día sentada y no lo aguanto. Quisiera saber si tendría posibilidades de una incapacidad permanente Total con mis lesiones: Discopatía l4l5 leve y cambios degenerativos ya operada de hernia discal y tratada actualmente por la Unidad del Dolor, Fibromialgia, Endometriosis tb operada, y Trastorno adaptativo con ansiedad debido a mis problemas de salud. Dispongo de informes por la SS,
Quisiera saber tu opinión en cuestión a posibilidades,
Muchas gracias
un saludo
Creo que será complicado...ya que es probable que interpreten que tu profesión no requiere la realización de esfuerzos físicos. No obstante, no he visto los informes, y si entendieses que las limitaciones son SEVERAS, podría plantearse la incapacidad. De todas formas, llevas un año de baja, lo que acredita que realmente tienes un problema de salud importante.
EliminarSuerte!!
Muchisimas gracias Miiguel, tanto por tu opinion como por la prontitud en la respuesta.
ResponderEliminarUn saludo
Buenas tardes y antes que nada enhorabuena por tu blog.
ResponderEliminarA ver si soy capaz de explicarte mi caso yo he estado 365 días en IT, en todas las inspecciones he mostrado mi deseo de incorporarme de nuevo al trabajo pero los médicos me han ido pidiendo tranquilidad debido a mi patología (soy trasplantado de corazón hace un año y cuatro meses), al revisar la IT de los 365 días me dieron una prórroga de 180 días y me dijeron que si todo iba bien me podría incorporar sin ningún problema. Sin embargo el tiempo iba pasando y no me llamaban para revisión así que en el día de hoy me he presentado en la oficina de INSS y he preguntado que pasaba y cual ha sido mi sorpresa que me dicen que mi expediente no se ha enlazado bien de IT a la situación de prórroga y que estaba inactivo y que además hoy cumplía el plazo de la prórroga y que ya me tenían que abrir un expediente de IT permanente, me dicen que me tranquilice porque lo van a tramitar en cuestión de unos días....pero la consecuencia de todo esto es que a partir de hoy mi empresa deja de cotizar por mí y deja de complementar mis salarios hasta al 100% (gracias al convenio) y además yo no he solicitado ni quiero ninguna IT permanente yo solo quería el visto bueno médico para la incorporación, y aquí vienen mis preguntas que puedo hacer si el error de no llamarme en plazo para revisión ha sido del INSS?, como recupero la perdida económica que todo esto me va suponer?, que consecuencias pude tener esto de cara a que, Dios no lo quiera, dentro de unos meses yo empeore y tenga que solicitar con razón la IT permanente?, influye en algo que ya me la hayan denegado anteriormente?......un millón de gracias de antemano por tu atención y ayuda. Saludos y ánimos para seguir así.
Manuel Merino
Por partes:
Eliminar1) Si no quieres que te concedan la incapacidad permanente tienes dos opciones: no presentarte al reconocimiento médico de la EVI cuando te citen o, presentarte, con o sin informes médicos e insistir en que NO QUIERES LA INCAPACIDAD. Esto no impide que el día de mañana -incluso en un futuro muy reciente- puedas instar un nuevo procedimiento de incapacidad permanente.
2) Cabe, si te conceden la incapacidad permanente, presentar reclamación en sentido contrario -pero esto es infrecuente-.
3) Pero mi consejo es que, si son receptivos, te puedan conceder una incapacidad permanente revisable, en un periodo inferior a dos años, lo que conlleva la reserva del puesto de trabajo....
4) E incluso sería posible una "demora de calificación" que comportaría la prórroga de la baja médica 6 meses más.
En fin, desconozco tu profesión, pero con un trasplante, según que trabajos, mejor evitarlos.....suerte!!
Muchas gracias Miguel, mi profesión es Director de Certámenes en un recinto de celebración de Ferias y Congresos, lo quiero intentar.
EliminarMucha suerte!!!
EliminarHola de nuevo Miguel, perdona que te siga dando la lata con mi asunto pero mañana tengo la inspección y no tengo nada claro que consecuencias pude tener de cara al futuro el que me denieguen por petición mía la IP.
ResponderEliminarTe resumo de nuevo lo que me preocupa de todo este asunto, yo no he querido en ningún momento llegar a la apertura de expediente de IP, yo acepte una prórroga de la IT de 180 días porque me lo sugirió el médico y me dijo que me llamarían antes del que acabase el plazo para revisión y si todo iba como hasta ahora me incorporaría a trabajar sin ningún problema. El follón se monta cuando yo veo que el plazo de la prórroga está apunto de acabar y no me han llamado, entonces me paso por las oficinas del INSS a ver que pasa y el director de la oficina me dice que ha habido un fallo informático y que por eso no me han llamado y debido a eso ahora no hay tiempo de revisarme dentro del plazo de la prórroga de IT y se me tiene que abrir un expediente de IP, la apertura de este expediente es culpa del INSS y no mía, y la solución que me dan es que me van a tramitar la IP de forma urgente y que yo hable con el médico para me la denieguen y así poder reincorporarme al trabajo.
Entonces mi duda es de cara al futuro, si tengo que pedir dentro de unos meses la apertura de un nuevo expediente de IP porque el hecho de trabajar no vaya bien con las secuelas de mi enfermedad de que manera influye que ya haya una negativa a una IP anteriormente?, me dicen otros trasplantados que por mi patología ahora me la daría sin problema pero que si renuncio al ella o convenzo a médico para que me de el alta, la próxima vez tendré que demostrar un empeoramiento grave ya que anteriormente se me negó...no sé si me he explicado bien, resumiendo, me encuentro con la apertura de un expediente de IP, al que yo nunca he querido llegar, y no sé si pelear para que me lo denieguen me pude afectar negativamente en el futuro. Y me queda la duda de si debería demandar al INSS para que se anulen ese expediente y me revisen normalmente ya que el error de no citarme ha sido de ellos.
Mañana jueves 23 tengo la inspección te agradezco enormemente tu ayuda.
Un saludo, Manuel Merino
Del error del INSS, olvídate, seamos prácticos, ya que no prosperaría ninguna reclamación contra la entidad gestora por que te haya prorrogado la baja médica. Y centrándonos:
Eliminar-piénsate bien si puedes y debes, tras el trasplante, volver a trabajar. Es cierto que puedes plantear al médico de la EVI que ni quieres la incapacidad, pero también se puede plantear una incapacidad revisable en un año con reserva del puesto de trabajo.
- y, es cierto que si ahora no te conceden la incapacidad, en el futuro puede ser más difícil, o no. Eso no puede ser una traba para que te plantees el momento actual. Dentro de 2 meses, o 1 año o más tiempo, podrás, si lo crees necesario, iniciar un nuevo expediente de incapacidad.
Buenas tardes llevo desde el 2010 en Incapacidad permanente absoluta. En ésta 2 revisión me han propuesto para incapacidad permanente total y me dan 10 dias para alegar. Qué debo hacer? Me ha llegado hoy y mis lesiones físicas y psiquicas son las mismas al igual quw mis informes. Es un mero ardid del tribunal y aunque mandes una carta no te hacen ni caso y luego hay que ir a juicio o qué pasa? Que modelo de carta he de poner? me llevaría ud. El caso? Gracias
ResponderEliminarTienes que hacer un escrito muy sencillo, indicando lo que explicas, que las lesiones son las mismas, y por tanto tienes que seguir en situación de incapacidad permanente absoluta. Presenta esas alegaciones y espera a la resolución. Si te rebajan el grado hay que reclamar. Y sí, claro que te llevaría el caso. Un abrazo.
EliminarHola miguel te quería hacer una pregunta
ResponderEliminareste lunes tengo que pasar revisión medica en un centro concertado por el inss(Medical Osma) con las siguientes enfermedades tendría derecho a la incapacidad siempre he trabajado en la contruccion de oficial de 1ª
INSUFICIENCIA CARDIACA DIASTOLICA
HIPERTRIGLICERIDEMIA
ASMA
HIPERTENSIONAPNEES DEL SUEÑO
HIPETGLICEMIA
ESTEATOSI EPATICA
TRASTORNO DE ANSIEDAD Y PERSONALIDAD
ESCOLIOSI
OBESIDAD
CONDROMALASIA DE LA ROTULA
VERTIGO PERIFERICO
CERVICALGIA
HERNIA DIAFRAGMATICA
FIBROMATOSI PALMAR
En tratamiento psiquiátrico bueno en resumidas hecho una porquería,mi dia a dia es criminal me fatigo al andar se me duermen las extremidades al andar no mas que poner como lo ves para que me concedan la incapacidad
un saludo atentamenta
muy buen blog y gracias a ti nos abres los ojos delanta de todos lod problemas que nos pone el inss
GRACIAS
Hola!! Si existe, aunque solo sea un poquito de justicia, no tengo duda de que te reconocerán una incapacidad permanente total para tu profesión.
Eliminarmuchas gracias miguel por contestarme
Eliminargracias a ti por lo menos yo me as abierto los ojos ante las dudas que se nos plantea el dia de pedir una discapacidad
Hola Miguel, te comento mi caso
ResponderEliminaractualmente me encuentro en demora de calificacion de duracion maxima seis meses mas por haber pasado el periodo maximo de it 18 meses. el inss de oficio inicia una ip, la empresa en la que trabajo a partir de los 18 meses deja de cotizar por mi a la s.s.y me da de baja. actualmente estoy en pago directo con la mutua , he pedido pagar irpf voluntario en la cual la parte que va a la s.s. solo cubre la asistencia sanitaria
mi pregunta es quien paga la seguridad social en este tiempo de demora de calificacion , se que hay un convenio especial para poder pagarte tu mismo la seguridad social, si decido pagarmela y al final en inss resuelve con una ip, que pasaria? y si el inss resuelve con alta medica para trabajar dentro de seis meses la empresa se hace cargo de la s.s. durante la demora?
no se si me explico bien....creo que si no cotizo durante estos seis meses que puede durar la demora de calificacion perjudicara mi futura pension
muchas gracias
No te preocupes, no te perjudica:
ResponderEliminar1. Si acaba en IP el cálculo se efectúa con el momento en que cumpliste 18 meses hacia atrás. No hay perjuicio.
2. Si ese periodo se utiliza para calcular una futura pensión puedes solicitar que no se tenga en cuenta -paréntesis, se llama-.
muchisimas gracias miguel
ResponderEliminarentiendo bien que no hay perjuicio si el proceso acaba en ip.
si es lo contrario me dices que hay que solicitar que no se tenga en cuenta- parentesis se llama..
en el caso de tener que calcular una futura pension, donde tendria que solicitarla, te lo digo porque en la tesoreria de la s.s. no tienen ni idea.
muchisimas gracias
Exacto. En cuanto al cálculo de futuro tienes varias posbilidades: solicitar al INSS un pre-cálculo de jubilación, realizarlo tu mismo con el programa "autocálculo" de la web del Ministerio de Empleo, o encargarlo a un especialista en la materia.
EliminarHola Miguel, muchas gracias por leer este mensaje y de antemano muchas gracias por toda la ayuda que puedas darme.
ResponderEliminarSoy teleoperadora y tengo un trabajo parcial de 6 horas, es mi profesión habitual desde hace unos 8 años.
Desde hace 15 meses tengo un dolor pélvico muy fuerte, estoy de baja desde enero 2013, pase por urología y me operaron de trigonitis, seguí con el dolor y en una ecografia me descubrieron una pubalgia y hernia inguinal, me operaron en octubre 2013 y al final fueron hernias bilaterales y me operaron de ambos abductores (Tenolisis de abductores).
En la cirugía de la hernia, y consta en el informe, tuvieron que cortar los nervios ilioinguinal y el iliohipogástrico.
Antes de la cirugía de las hernias, tengo un informe de un electromiograma donde consta daño leve del nervio ilioinguinal derecho.
He continuado con muchos dolores y ahora tengo mas dolor, son calambrazos o como descargas eléctricas en la ingle y quemonazos en el clítoris, esto a todas horas. Emoji
No puedo conducir coche sin pasar un infierno de dolor y calambrazos super fuertes, incluso pierdo la sensibilidad de toda la pierna derecha y tengo que frenar con la izquierda, es decir no puedo conducir un trayecto largo de 20 km diarios ni por asomo y sólo cojo el coche para ir a mis médicos o ha rehabilitación; deje de coger el metro hace años por la lumbalgia tan intensa que me provoca el estar de pie 2 minutos.
De los informes médicos tengo:
desde año 2008 fibromialgia
desde año 2010 alergia a antiinflamaotorios no esteroideos, Aines,(A todos) Tengo informe del alergólogo
del 2013 cirugía de hernias bilaterales con neurotomia de nervios ilioinguinal e iliohipogástrico
del 2013 de la Unidad del dolor, Diagnóstico confirmado de Neuralgia de nervios ilioginguinal y nervio iliohipogástrico derechos.
Y también tengo diagnosticado Síndrome Facetario Lumbar, desde el 2013, por la Unidad del dolor.
Me están haciendo bloqueos en la espalda y en la cadera derecha y no me curo, aunque si no cojo el coche los calambrazos son menos intensos.
Se acaba de agotar mi incapacidad temporal de 12 meses y me han concedido la prorroga de 6 meses mas.
Mi duda es si puedo solicitar desde ahora una incapacidad absoluta permanente, con la carta que me llegue por la prorroga.
Esto de la prorroga lo veo como alargar un proceso sin sentido para mi, la SS no tiene dinero y como la baja la paga la mutua, pues eso es lo que quieren, quitarse del medio un gasto que deberían de abonar ellos y luego el alta porque no hay dinero y a pelearme con ellos en juicios.
Y es que no aguanto ni el dolor en la pelvis ni en la espalda, son continuos y todos los días, ni tengo como movilizarme y llegar a mi curro todos los días. El trabajo esta a 6 km y ni puedo coger el coche por los calambrazos y el metro me es imposible por el dolor.
Aquí cura no hay, no puedo ni tener una vida normal ya que el dolor es permanente, son todos los días y aunque este sentada me da muy fuerte los quemonazos y no aguanto continuar sentada, me tengo que levantar y dar paseitos tomarme el tramadol y echarme en el sillón relax que es en el único sitio donde tengo alivio.
Quisiera saber si puedo optar a una incapacidad absoluta permanente y si puedo aprovechar la carta que me llegará por la prorroga o si por solicitarla tal vez tenga consecuencias negativas para mi, no se tal vez de rabia la SS me de el alta ,no se.
Gracias de antemano por ayudarme y si la respuesta es que puedo y tal vez debo de solicitar la incapacidad, si puedes recomendarme algún perito médico (Vivo en Madrid) y si me puedes decir que suelen cobrar los abogados de media por estos casos, te estaría muy agradecida.
Me plantearía un abogado si no es caro.
Muchas gracias Miguel un saludo
Tal y como lo describes tu situación es claramente de incapacidad permanente absoluta. De momento no necesitas ni abogado ni perito, espera al final del procedimiento -no es negativo que hayan dictado prórroga- y, no sería extraño, puede que en vía administrativa te reconozcan la pensión....cualquier duda, me escribes...suerte!!!
EliminarMuchas gracias Miguel, un abrazo enorme
ResponderEliminarHola Miguel perdona que abuse ¿Podría recurrir, o como se diga, la prorroga y con ese recurso pedir la incapacidad permanente? Podría hacerlo ahora en febrero con la carta de la prorroga? De verdad que no quiero 6 meses mas para estar de guerra con la S.S, empiezo la lucha desde ahora si se puede.
ResponderEliminarMuchas gracias de nuevo
Pero aunque recurras contra la prórroga, ese no es el camino adecuado. Insisto, es mejor esperar. De todas formas, puedes iniciar el trámite para solicitar la incapacidad. Comparece en el INSS de tu localidad y presenta la solicitud correspondiente. Más información:
Eliminarhttp://www.seg-social.es/Internet_1/Pensionistas/Servicios/Solicitudesdepresta34887/Pensionesotrasprest40968/Incapacidadpermanen41025/index.htm
Buenas tardes Miguel, enhorabuena por tu blogg, es muy interesante y me da mucha confianza, por ello me dirijo a ti.
ResponderEliminarVoy a intentar explicarte de la forma más breve y clara mi caso:
Tengo 40 años y soy interventora de una oficina bancaria. Me dieron de baja por Carcinoma Ductal infiltrante en mama izquierda, en la cual me hicieron una mastectomía con reconstrucción. Después de 1 año de baja, me concedieron la prórroga de los 180 días y cuando me quedaba un mes para finalizar dicha prórroga decidí solicitar por mi cuenta una incapacidad permanente. En la revisión por agotamiento de plazo me dieron el alta médica, por lo que actualmente estoy trabajando y con respecto a la solicitud de incapacidad he visto por mi sede electrónica que ha sido denegada: “POR NO ALCANZAR, LAS LESIONES QUE PADECE, UN GRADO SUFICIENTE DE DISMINUCION DE SU CAPACIDAD LABORAL, PARA SER CONSTITUTIVAS DE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE”. Aún no he recibido por escrito la resolución, por lo que desconozco el Dictámen Propuesta.
Para dicha solicitud de Incapacidad además de aportar toda la documentación médica que disponía(informes traumatólogo, oncólogo, cirujana, psiquiatra, psicólogas…) presenté un informe pericial de un Especialista en Psiquiatría donde consta como Antecedentes personales Somáticos: Cáncer de mama, Escoliosis, Relieves protusiones discales en la columna cervical, Dismetría MMII, Hernia discal L4-L5, parto con fallecimiento del feto por insuficiencia respiratoria y como antecedentes Psíquicos: Trastorno Depresivo, TOC Crónico, Insomnio primario, Síndrome Ansioso Depresivo y trastorno de ansiedad. Tengo concedido un grado de discapacidad del 48%.
En el Juicio Diagnóstico:
1. Trastorno Obsesivo Compulsivo (DSM IV, F42.8)
2. Trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo (F43.20)
3. Trastorno depresivo mayor, recidivante. Grave sin síntomas psicóticos. Crónico (F33.2)
Indicando que no me encuentro capacitada para llevar a cabo ninguna actividad de forma regular y normalizada.
Llevo años asistiendo a psiquiatra y psicóloga privados, sólo desde septiembre 2013 a Salud Mental de la Seguridad Social para oficializar mi situación, por lo que tengo poco historial en la SS (sólo 2 visitas y diagnóstivo: depresivo). Nunca me he dado de baja ni por depresión ni por ansiedad.
Mis preguntas son:
1. -¿Tengo probabilidades de obtener una incapacidad? ¿De qué tipo?
2. Por mi edad, 40 años, tengo miedo a que si me la conceden me la revisen después de los 2 años y perder mi puesto de trabajo. ¿Crees que si me la concedieran, sería revisable antes de los 2 años? ¿Cómo actúa el INSS en estos casos? ¿Cómo podría hacer para que fuese revisable antes y con reserva del puesto de trabajo??
3. Disculpa que insista tanto, pero tengo miedo a quedarme sin pensión y sin trabajo. Por lo que dudo mucho si recurrir o no la denegación. ¿Cómo ves mi caso?
MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO y un cordial saludo,
Hola, comprendo tu preocupación. Te contesto:
Eliminar1.- De todas las enfermedades que padeces -mejor dicho, de las secuelas que derivan de las mismas-, es el síndrome depresivo...si se confirma por especialista de la seguridad social que se trata de un trastorno depresivo mayor GRAVE, es incapacitante.
2.- Todas las incapacidades son revisables, y más aún cuando son mentales.
3.- No debes agobiarte. Si no quieres reclamar ahora, puedes pedir más adelante nuevamente la pensión e iniciar un nuevo procedimiento.
Hola, felicidades por el blog y gracias.
ResponderEliminarAcabo de recibir resolucion por IPTOTAL por las siguientes limitaciones:
Escoliosis evolucionada destroconvexa dorsal y levoconvexa lumbár grado 3 c n de lenke (angulos de coobs de 38 dorsal y 35 lumbar) hernia l5-s1 intervenida en dos ocasiones oir persistencia del dolor. Lumbociatalgia persistnte. Insuficiencia venosa?
Trabajo de funcionaria administrativa del SAS.
Me planteo solicitar IPABSOLUTA porque entiendo que si las lesiones son incapacitantes para mi trabajo habitual (ADMINISTRATIVA) tambien lo son para qualquier otro to de trabajo.
Que me aconsejas?
GRACIAS
Que por temas osteo-musculares no es fácil conseguir la incapacidad permanente en grado de absoluta, pero te animo a que lo intentes.
EliminarMe han dado prorroga de 180 días porque creen que puedo mejorar. Yo sé que no... puedo presentar esta reclamacion previa contra la prorroga?? Tengo miedo de que llegue el día y me tenga que reincorporar y yo no pueda cumplir.
ResponderEliminarNo cabe recurso en ese sentido -en realidad sí podrías, pero es muy extraño-. Si quieres anticipar trámites, persÓnate en el INSS y pide directamente la incapacidad permanente.
EliminarBuenas Miguel
ResponderEliminarMuchas gracias por responderme tan rápido el otro día. Necesito de nuevo tu ayuda.
Con respecto a mi consulta del 09 Febrero, comentarte que ya he recibido la Resolución con los motivos que te expuse. El cuadro clínico Residual es: Neoplasia de mama sin signos de recidiva en la actualidad, T.O.C. de larga evolución y trastorno adaptativo.
Me surgen las siguientes dudas:
1.- Por la respuesta que me diste, ¿No se tiene en cuenta mi informe pericial psiquiátrico?. Llevo tiempo en tratamiento farmacológico.
2.- ¿Puedo realizar el recurso administrativo por la denegación de solicitud de incapacidad y no el judicial?.
3.- En caso de no recurrir judicialmente ahora, ¿no me perjudicaría de cara a un proceso judicial futuro?.
4.- ¿Cuánto tiempo puede pasar hasta poder solicitar de nuevo la incapacidad?
5.- No he recurrido mi alta médica por cáncer de mama ¿tendría algún problema?
6.-En caso de tener concedida la incapacidad con una revisión en un plazo igual o inferior a 2 años, ¿cómo se protege el trabajador si revisan antes de los 2 años y resuelven después de los 2 años??
7.- Cuando revisan a partir de los 2 años, de cara a la empresa ¿ya no está obligada de primera hora a reservarme el puesto de trabajo??
Gracias por tu colaboración
Te comento:
ResponderEliminar1.- Sí, se valoran todas las enfermedades.
2.- Es que primero es obligatorio recurrir en vía administrativa.
3.- Depende....
4.- No hay plazo. Podrías el mes que viene, o dentro de 3 meses, o más tarde...
5.- No. Lo citarán en juicio, pero no es problemático.
6.- No se protege, se pierde la reserva del puesto de trabajo.
7.- Exacto, ya no existe esa obligación.
Buenas tardes de nuevo Miguel
ResponderEliminarPerdona este abuso por mi parte. Estoy en un momento crucial y creo que decisivo, muy agobiada y con mucha ansiedad por tomar una u otra decisión...
Por una lado no quiero perder los derechos que tengo adquiridos después de muchos años en mi empresa, pero por otro trabajo en una entidad de las intervenidas (con muchas restructuraciones, Ere incluido).
Con mis consultas de 09 y 17 del presente, creo que te he expuesto todo mi caso.
1.-En la respuesta 3.-Depende, me he quedado con la duda. Serías tan amable de extenderte más y decirme qué factores afectarían o por qué me perjudicaría en un futuro proceso judicial el no recurrir judicialmente ahora?. Es muy importante para mí esta aclaración.
2.- El informe pericial que tengo, ¿me puede servir como parte de mi historial médico para un proceso futuro?.
3- Por tu experiencia, de qué depende que resuelvan con reserva o no de puesto de trabajo??? Depende de cómo se enfoque en juicio? O del Juez?.
4.- Cuando revisan a partir de 2 años, es porque tienes menos probalidad de mejoría??
En definitiva, por todo lo que te he expuesto,
5.- Me recomiendas que siga hasta el final??
Si no es así, que recurra o no recurra?? de cara a un futuro.....
Se que por supuesto es mi decisión y responsabilidad, pero necesito el consejo de un experto con tu trayectoria.
Perdona mi insistencia, pero son muy importantes tus respuestas para orientarme.
Felicidades y muchas gracias de antemano
Te comento:
Eliminar1.- Si no recurres judicialmente, eso no implica que no puedas volver a plantearlo, y finalmente acudir a la vía judicial. En principio no influye. Que te diga "depende" es por que con tanta reforma, no sé si pueden acabar modificando algo que sí influya....pero de momento, tranquila en ese sentido. Puede plantearlo más adelante.
2.- La valoración de las secuelas ha de ser siempre actualizado, presente. Los informes se han de actualizar, y aún más los periciales.
3.- De la posible "mejoría" de las lesiones...es frecuente, en enfermedades mentales, períodos de revisión inferiores al año con expresa reserva del puesto de trabajo.
4.- Correcto.
5.- Te recomiendo...que estés tranquila, que afrontes el procedimiento si consideras que no puedes trabajar....y si no, ya lo plantearás en el futuro. No tengas prisa!!!.
HOLA MIGUEL,
ResponderEliminarSOY DE LA COMUNIDAD ANDALUZA. CONCRETAMENTE DE JAEN. HACE CASI TRES AÑOS Y MEDIO ME DIAGNOSTICARON UNA LEUCEMIA, ME DIERON LA BAJA INMEDIATAMENTE Y A LOS 7-8 MESES DE DECLARARON EN SITUACION DE INCAPACIDAD PERMANTE ABSOLUTA. ESO SI, YO NO INICIE NINGUN PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA INCAPACIDAD. POR TANTO, ME JUBILARON. HE ESTADO RECIBIENDO QUIMIO HASTA MAYO DEL AÑO 2013. TRAS UNAS PRUEBAS ME DIJO MI HEMATOLOGO QUE ESTABA EN REMISION COMPLETA. YO ME HE QUEJADO DE VARIAS SECUELAS QUE ME HAN QUEDADO COMO DOLORES ARTICULARES, PERDIDA DE VISION, CANSANCION CRONICO Y TAQUICARDIAS. ADEMAS, SEGUN UN ESTUDIO GENETICO QUE ME HICIERON, TENGO MUTACION EN EL TANDEM FLT3 IMPLICADA EN RECAIDAS GRAVES.
TODO ESTO ME IMPIDE VOLVER, DE MOMENTO, A MI PUESTO DE TRABAJO. MI HEMATOLOGO NO ME HA HECHO MUCHO CASO RESPECTO A ESTO. PARA EL ES UNA REMISION TOTAL, AUNQUE NO CURACION TOTAL.
ME LLAMARON DEL TRIBUNAL MEDICO EL MES DE ENERO 2014 Y ME HAN DECLARADO, BASANDOSE EN LOS INFORMES DE MI HEMATOLOGO, EN SITUACION DE NO INCAPACIDAD. MI PREGUNTA ES SI MERECE LA PENA RECURRIR ESTA RESOLUCION ESTANDO EN EL GRADO DE MEJORIA QUE ESTOY.
GRACIAS DE ANTEMANO.
Somos casi paisanos, mis padres -casi toda mi familia- son de Frailes. Te comento. En una incapacidad permanente lo que se valora no es en realidad la enfermedad, sino las secuelas que provoca. En tu caso, con DOLORES ARTICULARES, PERDIDA DE VISION, CANSANCIO CRONICO Y TAQUICARDIAS, es probable que tengas una importante repercusión funcional. No me dices cual es tu profesión, y eso es importante para valorar la incapacidad.
EliminarHOLA MIGUEL
ResponderEliminarTE CUENTO TENGO 36 AÑOS,EN 2010 DESPUES DE HABER ESTADO TRABAJANDO DESDE LOS 16 EN LA CONSTRUCCION TENGO LA ESPALDA HECHA AÑICOS EN 2010 ME OPERAN DE DOS HERNIAS DISCALES,L4-L5,L5-S1,Y TODO BIEN PASO POR EL TRIBUNAL Y ME DAN UNA TOTAL PARA LA PROFESION QUE ERA ALBAÑIL,LUEGO ENCUENTRO UN TRABAJO DE PORTERO EN UNA URBANIZACION MEDIA JORNADA Y ESTANDO AHI TRABAJANDO ME VUELVEN A OPERAR DE LAS MISMAS HERNIAS QUE EL AÑO ANTES ME HABIAN OPERADO CON LA SECUELA DE NERVIO CIATICO TOCADO Y PIE CAIDO(desde entonces llevo protesis en el pie equino) ESTOY DE BAJA UN AÑO Y NI SE ACUERDAN DE MI Y BUENO EMPIEZO OTRA VEZ A TRABAJAR Y AL AÑO ME VUELVEN A OPERAR OTRA VEZ UNA 3º YA ME FIJAN LA COLUMNA DE L4 HASTA S1 UNA ARTRODESIS EN LA COLUMNA OTRO AÑO DE BAJA Y EL DIA 13 DE FEBRERO PASE EL TRIBUNAL PARA SOLICITAR UNA ABSOLUTA Y HOY 20 DE FEBRERO ME MANDAN UN SMS QUE MAÑANA DIA 21 ME DAN EL ALTA PARA TRABAJAR.SI YO NO ESTOY PARA TRABAJAR TENGO DOLORES TREMENDOS COMO VOY A PONERME A HACER AHORA EL JARDIN DE LA COMUNIDAD O SUBIR LOS CUBOS LLENOS DE AGUA ARRIBA NO LO ENTIENDO¡¡TENGO CITA EL LUNES DIA 24 DE FEBRERO EN EL INSS QUE DEBO HACER??RECLAMO PARA QUE ME DEN LA ABSOLUTA,Y SI ES ASI COMO LO HAGO,GRACIAS
1) Sí, creo que es un patología osteo-muscular muy grave...presenta reclamación con el modelo que consta aquí -o en el formulario que te darán en la propia seguridad social- y pide la absoluta.
Eliminar2) En cuanto a la reincorporación te aconsejo que leas esta entrada en el blog:
http://miguelonarenas.blogspot.com.es/2013/05/consejos-para-reincorporarse-al-trabajo.html
Buenas Miguel,.Enhorabuena por tu blog, yo trabajo en el sector eolico en una fabrica que de componentes quimicos , me han diagnosticado alergia a la resina epoxi tras presentar los papeles para la incapacidad total de la profesion habitual , resulta que el inss me la cataloga como enfernedad profesional pero no me concede la invalidez por que dice que "no se han agotado todos los medios terapeuticos" sin embargo la mutua dice que me da el alta y me tengo que incorporar sin mas tratamiento , debo presentar recurso al inss, que debo de hacer cuando el equipo de prevencion ya presento que no era apto para mi puesto de trabajo de ahi de pedir la incapacidad para la profesion habitual. Gracias de antemano
ResponderEliminarPor este orden:
Eliminar1.- te reincorporas al trabajo, y ya que han determinado que eres "no apto", o bien te cambian de puesto de trabajo o bien proceden a tu despido objetivo por ineptitud sobrevenida -con derecho a indemnización!!-.
2.- si te despiden, tramitas el paro. Si no te despiden, insistes en el cambio de puesto de trabajo o tramitas una nueva baja con la mutua.
3.- Y sí, reclama, claro que sí...si presentas alergia, ésta no remitirá...están muy duros, no lo dejes pasar que tienes toda la razón.
Miguel muchas gracias por este blog que es una puerta abierta a esta odisea.
ResponderEliminarServidora habla en nombre de mi marido que es mas perjudicado digo esto porque somos 5 en la familia y tenemos 3 menores de 16 años.
Pues bien desde que diagnosticaron la enfermedad por dolores y sincopes- Espondilitis anquilosante, Hernia discal cervical , sinusitis-(primera baja agotada mas de 365 sin paso por tribunal.) han transcurrido13 años en los cuales se han aprovachado en trabajar en distintos oficios (regímenes autónomo, general y agrícola)los cuales a tenido que ir dejando a medida que su enfermedad ha ido dejándole secuelas.epicondilitis bilateral, tendinitis calcificantes y Golnalgia bilateral con espinas tibiales
En el 2012 decidimos que la ya era hora de parar puesto que dada su afectación no le dejaba hacer nada y necesitaba ayuda para calzarse, peinarse y el dolor no paraba era continuo ni el tratamiento le ayudaba (cuando hacia algo que para el fuera un esfuerzo y para los demás era absurdo )solicitando la incapacidad permanente creyendo que le darían la absoluta .bien le hacen el computo de la pensión y se la conceden en el 55% total en peón agrícola. Él que ya tenia iniciado un proceso adaptativo a su estado se le incremento con la confusión del proceso. Pensé que lo mejor era probar de nuevo en otra profesión y después de darle animo para luchar quiso probar en el oficio de encargado en la misma empresa(para indicarles las lindes y mandar a los demás) en 2 dias fatal al 3º de baja las rodillas ya no podía ni andar aparte de todo lo demás . La baja le a durado el año y al revisarle la pensión cual es mi sorpresa que le contestan;El Equipo de Valoración de Incapacidades PROPONE al Instituto Nac… de la Seguridad Social, - NO MODIFICAR el grado de incapacidad permanente reconocido en su dia, si bien las secuelas que dieron origen a la declaración anterior supone la calificación de invalido permanente en el GRADO DE INCAPACIDAD TOTAL para su PRFESIÖN habitual de ENCARGADO EMPRESA AGRICOLA gr.Cot. 08.. Podrá ser revisada por agravación o mejoría. El contenido del dictamen propuesta elevándolo el 28 /01/ del2014. A definitivo.
No se que hacer ¿ Reclamo,… Juicio sin los recursos económicos? , otro empleo cundo ya ni sale de casa y tiene la dependencia solicitada desde el 2012?..... te pido que me muevas el volante a una dirección a la absoluta. Muchas gracias.
Reclama, claro que sí...en caso contrario tendrías que esperar a la fecha de revisión. Aquí me tienes para lo que necesites.
EliminarMuchisimas gracias lo haré.aunque leyendo todos los casos de arriva espuestos no creo que cambien de opinion adminitrativamente.Otra cosilla somos de Andalucía ¿Me podria servir el modelo que tienes al inicio?¿deveria adjuntar informes y fechas ? Y por ultimo que es eso del 75% de la Total (lo digo por los otros casos) Loli Valenzuela Gomez
ResponderEliminarPda; El ser de una persona rije en su interior con tu blog demuestras que te importa tu trabajo personal, profesionalmente, y que ante todo la Moral es ssuperior . Gracias otra ved.
Eres extraordinariamente amable conmigo, Loli, gracias. Te comento:
Eliminar- Sí, sí, te vale el modelo, y sí, es mejor que adjuntes fechas e informes....
- Lo del 75% hace referencia a que al trabajador al que se le reconoce una total percibe el 55%, hasta llegar a los 55 años, en que si no trabaja o realiza actividad alguna por cuenta propia, se le incrementa la pensión en un 20% más.
Eso de subsidiariamente.no?
ResponderEliminarLo debo de modificar un poco no? Puesto que el ya tiene la absoluta en dos oficios. Y...importa algo la edad para la absoluta?
Loli Valen:
Sí claro, elimina lo de subsidiario. Y estás en lo cierto, la edad, para establecer el porcentaje de la absoluta, es irrelevante.
EliminarHola Miguel, en encontrado este estupendo foro y en primer lugar sumarme a la posdata de la pregunta de una pregunta mas arriba ,concretamente de Loli .
ResponderEliminarMi pregunta es la siguiente, Hace un mes que el INSS me aprobó de oficio la incapacidad permanente total ,despues de 18 meses de baja por cirugía de aneurisma de aorta ascendente y recambio valvular aortico ,(en 1998 ya me cambiaron por 1ª vez de válvula aórtica ) pero aparte de esta patologias desgraciadamente hay más: Colitis Ulcerosa,bronquiectasias con hiperreactividad bronquial,epilepsia , protusion discal L-4,L5 y L5-S1 , tensión arterial alta y alto riesgo vascular .Por todo esto siempre estoy liado con algo ;Mi pregunta es,si pudiera optar a la incapacidad absoluta y si en principio ,haría la reclamación previa al INSS (son 30 dias habiles para reclamar y aun estoy en el plazo ) y esperaria el resultado ;si es rechazado iria por via judicial ....¿es asi?
Muchisimas gracias desde Málaga
Exacto!!! Y, sin haber visto tus informes médicos es arriesgado darte una opinión certera, pero creo que vale la pena que intentes la absoluta, especialmente por las cardiopatía....
EliminarEstimado Miguel, antes que nada felicitarte y agradecerte este blog tan interesante.
ResponderEliminarOs escribo desde Andalucía.
Mujer 39 años. Operaria en matadero de aves, expuesta a movimientos repetitivos, pesos, estrés térmico y psíquico. Sufre infarto en puesto de trabajo tras discutir con la mutua, ésta accede a considerarlo AT. Tras baja de 7,5 meses la mutua decide dar el alta con propuesta de incapacidad sin calificar.
Os pongo extracto del expediente enviado por la mutua al INSS:
Lesiones alegadas:
Paciente estable de riesgo vascular ( oclusión carotidea, implante de múltiples stent coronarios ) Se niega a realizarse pruebas prescrita por nuestro cardiólogo ante lo cual decidimos dar alta por informe propuesta y enviar al INSS para resolución definitiva, en nuestro ICL reflejamos su diagnóstico principal de Síndrome Coronario Agudo. En el hospital de la Seg. Social se le practicó revascularización percutánea de arteria coronaria derecha y arteria descendente anterior mediante implante de stents farmacoactivos 3 en la ADA y uno en la ACD, ha seguido tratamiento rehabilitador causando alta con ergonometría negativa a 7 mets y fracción de eyección conservada.
En otras alegaciones exponen todo lo anterior y al final recalcan en negrita:
Realizamos presentación del expediente de incapacidad sin propuesta.
Pasaré revisión en el EVI en los próximos días.
Agradeciendo una valoración sobre el caso, Cordiales saludos, Marí
Pues te lo quieren poner difícil, pero por prueba de esfuerzo y fracción de eyección no parece que sean parámetros invalidantes. Pero ahora no es esa la cuestión....entiendo que como mínimo no son aconsejables la realización de grandes esfuerzos ni de situaciones estresantes -hablas de riesgo psíquico- por lo que creo que es factible la incapacidad permanente total....ahora bien, está claro que el problema es que eres portadora de 3 stents, y que secuelas existen....acude a la EVI tranquila, y ya me dirás...
EliminarGracias por la opinión, ya os informaré. Saludos Mari.
EliminarQ blog!! Miguel eres grande!! Te cuento mi caso para ver si me das tu opinión. .7 año trabajando en un pequeño spa encargandome de todo evidentemente todo el dia dando masajes. Estoy operada de la columna de una escoliosis. .tengo placas barras y demas instrumental fijados en la.columna desde hace unos 15 años. .me dieron un 33 % de minusvalia .ahora tengo 28. Años.hace dos años me quede embarazada y mi estado empeoro..dolores de espalda..lumbociaticas crónicas y osteitis de puvis que me irradia a las piernas dificultandome hasta el andar..me incorpore al trabajo despues de la maternidad y un año muy duro varias bajas y aguantandolo pasandolo muy mal hasta que en sepiembre del año pasao me despiden estando de baja. Es entonces cuando empiezo a informarme y empiezo por solicitar informes y pedir una revision de la minusvalia me aumentan a un 43 %.He solicutado una incapacidad permanente y me la han denegado puesto que aun teniendo la minusvalía y los dias cotizados suficientes no consideran que tenga limitaciones para mi desempeño laboral. .vamos que estoy genial para star yo dando masajes mañana mismo voy ha recurrir y creo que de nuevo me dirán que.no.estoy dispuesta a demandar. .crees q tengo alguna posibilidad de conseguir la parcial? Me podrias recomendar algun abogado en Cantabria.?? Felicidades x el blog!!
ResponderEliminarSí, con las graves lesiones que padeces, yo creo que estás incapacitada para realizar tu trabajo habitual -sería un incapacidad permanente total para tu profesión habitual-. Lo siento, no conozco ningún abogado en Cantabria...Hace poco tuve un juicio, precisamente de incapacidad, en Donosti!!! Mucha suerte, te animo a que reclames!!
ResponderEliminarHola Miguel ,me han concedido la Incapacidad permanente total y para el calculo de la base reguladora me han cogido los 87 ultimas bases de cotización ,de las cuales las ultimas correspondientes a los últimos 15 meses tengo 0,00 de base de cotización (He estado de baja 18 meses y la incapacidad transitoria me la ha estado abonando el INSS) Mi pregunta es ,¿Que fecha es la que se elige como hecho causante en el calculo para IPT ?..Es que me resulta extraño que estando los 18 meses de baja solo hayan cogido 16 (hasta 11-2013 y he estado de baja transitoria hasta el 31 de 1-2014);Yo creía que la fecha del hecho causante que se toma es la fecha de baja temporal.
ResponderEliminarGracias y si me puedes decir de un abogado en Malaga
Es correcto lo que han hecho. Fijate que el art. 140.1 a) LGSS dice "Se hallará el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización del interesado durante los 96 meses anteriores al mes previo al del hecho causante". Por tanto, el mes del hecho causante y el anterior, no computan a efectos del cálculo de la base reguladora.
EliminarNo, no conozco ningún abogado en Málaga.....
hola soy un hombre de 34 años muy sufrido me dieron la incapacidad total para el trabajo habitual el 13 tengo revision y he empeorado puedo pedir que me lo aumenten a total? la pension es por sindrome del tunel carpiano en ambas manos y perdida motora y sensibilidad gracia
ResponderEliminarSí, puedes solicitarlo. Ahora bien, no conozco ningún supuesto de incapacidad permanente absoluta por síndrome del túnel carpiano.
EliminarHola, cuánto tiempo tienen para resolver una reclamación previa?
ResponderEliminarSi trata de alta médica, 7 días. Si se trata de cualquier otra prestación, incluida la incapacidad permanente, 45 días. La administración tiene la obligación de contestar siempre, aunque supere esos plazos....
EliminarSe trata de una incapacidad permanente. En ese caso, si la resolución no es la que busco tengo 30 días para interponer mi demanda judicial, pero estos se cuentan a partir de mi recepción de la resolución aunque haya pasado el periodo de 45 días? o de una vez cumplidos estos 45 días aunque no haya recibido resolución?
ResponderEliminarMuchas gracias!
Si no te contestan: cuenta los 30 días a partir del final de los 45 días...ahora bien si contestan antes es el día de notificación el que inicia el cómputo de los 30 días....y si contestan después, se reabre el plazo y cuenta a partir de ese momento.
EliminarBuenos días,
ResponderEliminarSoy ganadero autónomo de 60 años y debido a la artrosis tengo una movilidad nula en el hombro derecho diagnosticada por varios doctores y llevo casi un año de baja. ¿Que tipo de incapacidad permanente me recomiendas pedir? porque yo entiendo que si que podría desemepeñar otros trabajos distintos, pero no el de ganadero. ¿podría pedir incapacidad permanete total, y subsidiariamente parcial? Muchas gracias por tu ayuda.
Entiendo que es una incapacidad permanente total para la profesión habitual.....a la que correspondería un 75% de la base reguladora.
EliminarMuchas gracias por la respuesta. Un saludo
ResponderEliminarHola,llevo 9 meses de baja por accidente de trafico golpeado por detras,padezco de cervicoartrosis y cervicalgia agravada por el susodicho accidente,me dieron de alta el inss por estacionamiento lesional,recurrí el alta médica y lo denegaron,en primer grado estuve 172 dias de baja,me dieron de alta durante 24 días y volví a recaer por lo mismo,soy chapista y mi profesión exige esfuerzos y posturas las cuales me producen grandes limitaciones fisicas,tengo 61 años,en la resonancia me han diagnosticado poliespondilouncodiscartrosis,la enfermedad es degenerativa,ademas tengo restringido los antiinflamatorios por ser un enfermo renal cronico,padezco de hidronefrosis bilateral con gran afectacion funcional,que posibilidades tengo de que me concedan la ipt cualificada? Muchas graciad
ResponderEliminarEntiendo que bastantes...pero con la edad que tienes, y en función de tu actual situación laboral y los años que tengas cotizados -que desconozco-, también podrías plantear la posibilidad de jubilarte anticipadamente, siendo los porcentajes sobre base reguladora, seguramente, muy parecidos.
EliminarHOLA MIGUEL. gracias por ayudarnos de antemano ,tengo una fibrosis pulmonar y estoy iniciando tramites de trasplante y después de 6 meses de baja me han dado una permanente total revisable a los 6 meses en el ultimo informe medico mi neumólogo pone que no puedo realizar actividad laboral alguna,me fatigo con frecuencia y voy a rehabilitación respiratoria, y cada mes tengo que desplazarme a Barcelona por lo del posible trasplante .crees que debo recurrir la resolución y como debo de hacerlo como la plantilla tuya o quitando lo de permanente total ya que esa ya la tengo soy de Zaragoza si conoces a algún abogado podias decírmelo atentamente un saludo
ResponderEliminarSí, creo que ya te he contestado antes, pero para recurrir en vía administrativa puedes utilizar la plantilla....lo que me choca es lo de la "fibrosis"...¿está descartado el origen profesional?
Eliminaryo e trabajado 15 años como calefactor de calderas de carbón pero según mi neumólogo no le da importancia al carbón y en el informe pone mi oficio pero el evi no le a dado importancia tengo la total para mi oficio pero no para otros atentamente un saludo
ResponderEliminarCreo que deberías asesorarte bien, podría ser silicosis, y más si estuviestes expuesto al carbón.
Eliminarmi nombre es Jose mari y soy el de la fibrosis el 6 de mayo voy a Barcelona al valle hebron pero para entonces ya se a pasado los 30 días de recurso pero me gustaría estar en contacto contigo por si tengo que recurrir judicialmente gracias por todo
ResponderEliminarSuerte!!! Aquí me tienes para lo que necesites.
EliminarHola Miguel. Voy a solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente y quería hacerte una consulta.
ResponderEliminarTengo 54 años y he cotizado un total de 17 años pero no de forma contínua, sino primero un periodo de 10 años seguido de un periodo de varios años sin cotizar, y después 7 años cotizados hasta el día de hoy.
Mi pregunta es la siguiente:
Para el cálculo de la Base Reguladora la normativa dice que "se hallará el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización del interesado durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante"
¿Se cuentan los dos periodos trabajados como si fuera uno continuo, o me computarían los 84 meses recientemente trabajados (7 años) más 12 meses del periodo no trabajado como bases de cotización 0,00 y todo ello a dividir por 112?
Gracias
Como tu señalas: "...me computarían los 84 meses recientemente trabajados (7 años) más 12 meses del periodo no trabajado como bases de cotización 0,00 y todo ello a dividir por 112". Lo único es que si se te reconoce en el régimen general en los meses sin cotización se te aplica la base mínima mensual -750€-. Esta figura se llama integración de lagunas y está en el art. 140 LGSS.
EliminarGracias por tu respuesta, Miguel. Hay una cosa que no me ha quedado clara, dices "si se te reconoce en el régimen general en los meses sin cotización" ¿de qué depende que se me reconozca o no? Durante el período de "laguna" (varios años) no tuve obligación de cotizar.
ResponderEliminarSi trabajabas por cuenta ajena estabas en el régimen general, y se te aplica la integración de lagunas. Si estabas de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos no tienes derecho a la integración. ¿injusto, verdad?
EliminarHola Miguel , sobre DIABETES TIPO 1 de un menor de 6 años , ¿ sabes qué grado suele conceder la Consejería de Asuntos Sociales de Madrid ?
ResponderEliminar2ª PREGUNTA :para ayuda Familiar , me han requerido del INSS antes de 10 días (Naturales o Hábiles ) el Título de discapacidad , porque sólo les pude llevar la entrada en Registro porque no teníamps todavía fecha de inspección del interesado, ¿ si la cita primera que hay disponible por internet del INSS , es después de 10 días , pueden archivarme la solicitud si quieren?
Para la Tarjeta Transporte Público Joven, no le sirve si no le dan el 65%
Muchas gracias. y Felicidades por tu gran labor.
Lo siento, no sé cuales son los criterios sobre discapacidad en Madrid -aunque la norma que se aplica es la misma, la forma de aplicarla seguro que es distinta-.....En cuanto al requerimiento del INSS presenta la solicitud, pero creo que tendrás que volver a presentar la solicitud más adelante.
EliminarHola de nuevo, el pasado 6 de marzo os comenté mi caso.
ResponderEliminarPues bien ayer comprobé por internet que el expediente ya está resuelto.
Me han concedido una IPT.
Ahí van mis siguientes dudas:
Ya sé que es dificil pero tengo intención de presentar la reclamación previa, ya que, soy incapaz de dar el rendimiento continuo que requiere una jornada habitual, solo tengo estudios primarios y además con mi historial médico no creo que nadie se atreva a contratarme.
¿ Debo presentar algún informe pericial pagado por mí en la reclamación previa o es mejor presentarlo como prueba en la posterior demanda judicial ?
Pues supongo que como resuelve la misma persona no creo que cambie de criterio.
¿ Me corresponde algún tipo de indemnización al ser la causa de la incapacidad un accidente de trabajo ?
En caso afirmativo, ¿ Tengo que esperar a que se resuelva la reclamación previa y la posterior demanda judicial o puedo pedirlo ya al tener concedida la incapacidad ?
Muchas gracias por su atención.
Por intentarlo, no hay problema. No es necesario que te gastes el dinero en ningún informe pericial -mejor en el procedimiento judicial-....simplemente presenta escrito de reclamación previa señalando que consideras que es una absoluta, y explicas por qué.
EliminarMira el convenio que se te aplica para comprobar si tienes derecho a indemnización adicional...y valdría la pena estudiar si procede responsabilidad empresarial por el accidente.
Gracias por tu ayuda, siguiendo tus indicaciones, en la reclamación:
Eliminar¿ Ayudaría si le pido un informe aconsejando la IPA al médico de cabecera ?
Mirando el convenio ( Colectivo de Matadero de Aves y Conejos ) firmado el 15-07-2013 dice que corresponde indemnización.
¿ Puedo solicitarla ya, una vez que está aprobada la IPT ?
Más que aconsejar la IPA lo que debería hacer es decribir como interfieren las enfermedades que padeces en tu vida cotidiana. Y sí, ya puedes reclamar la indemnización de convenio!!!
EliminarGracias por responder tan rápido y eficazmente.
EliminarSe me olvidó comentar que no creo que haya nada que hacer en el tema de riesgos laborales, ya que, la inspección ¿ Ya hubiera actuado o informado no ?
En el expediente de incapacidad está aportado todo el " tocho " sobre riesgos laborales de la empresa. Además se trata de una empresa muy fuerte del sector e imagino que eso lo tendrán muy controlado, nos hicieron firmar todo tipo de cursos, informes, etc. sobre el asunto.
Os iré informando del tema, es decir, de la reclamación previa y demás.
Un abrazo y multitud de gracias.
Insisto, mira bien el tema de la "responsabilidad empresarial". Normalmente Inspección de Trabajo solo actúa a instancia de parte, es decir, mediante denuncia.
EliminarHola de nuevo, siguiendo tus consejos he pedido cita con la médico de cabecera para pedirle que si accede a hacerme el informe para adjuntarlo a la reclamación previa para pedir la IPA.
EliminarEn cuanto a la responsabilidad empresarial estuve consultando con los representantes sindicales y me dicen que no hay mucho que hacer que lo tienen todo controlado en relación a mi puesto de trabajo.
La duda que tengo ahora es sobre el tema de la indemnización por convenio.
Yo pertenecía a una ETT pero trabajaba en una empresa usuaria. Las condiciones salariales eran las de ésta última.
Entonces ¿ En lo que respecta a la indemnización estoy sujeta al convenio de las ETT o al convenio de la empresa usuaria ?
La indemnización por accidente de trabajo ¿ Es un concepto salarial o no ?
Investigo y deduzco que si lo fuera estaría sujeta al convenio de la empresa usuaria, pero si dicha indemnización no forma parte del salario estaría sujeta al convenio de la ETT. Lo digo porque creo que las cantidades difieren en ambos casos.
Esperando tu respuesta, Atte. Saludos. Mari.
Gracias por tu labor desinteresada, nos estás prestando una ayuda inestimable.
ResponderEliminarTe quería preguntar lo siguiente:
Las pensiones por incapacidad ¿son fijas para toda la vida (más la revalorización por el IPC, claro) o por el contrario se recalculan al llegar a la edad de jubilación en función de los años cotizados?
Gracias
Son "fijas". Lo que ocurre es que quien percibe una pensión de incapacidad, cuando cumple la edad de jubilación puede solicitar esta última prestación, y entonces elegir la más beneficiosa.
EliminarPor cierto, las pensiones ya no se revalorizan según IPC, sino sobre el factor de revalorización, que es más pequeño.
Resumen : El requerimiento de presentación del Título de Grado de discapacidad antes de 10 días lo recibo el día 20 de Marzo , la cita más próxima para entregarlo me la dan por internet en el INSS para el día 2 de Abril , si los 10 días son Naturales, ¿sí es posible se hayan sobrepasado , o son días Hábiles , o tienen en cuenta la fecha en que solicité la cita?
ResponderEliminarGracias y un saludo.
Los domingos no cuentan, por lo tanto estás en plazo. También puedes presentarlo por correo administrativo.
EliminarHola, buenos días Miguel mi nombre es Antonio y me gustaría de antemano felicitarte por este blog que nos resuelve dudas y nos da algo de claridad en nuestros casos. Comentarte que a mí me dieron una Invalidez Absoluta el 100% el 28 de Julio de 2012 por una serie de problemas de corazón lo cual derivo en una operación de triple bypass. Pasados cuatro meses de esta operación volví a trabajar en mi profesión, soy cocinero, y empezaron los episodios continuos de presión en el pecho lo que hacía que dependiese cada día una o dos veces de la cafinitrina. Los médicos me decían que podía seguir trabajando. Por mi cuenta pedí la incapacidad esperando que como mucho me concediesen el 55% tal y como están las cosas hoy en día me denegasen la incapacidad con lo cual mi sorpresa fue mayúscula. Después de pasar por el ICAM me mandaron a un centro llamado Cor Lleida especialistas en el corazón donde me hicieron las pruebas oportunas no queriéndome hacer la prueba de esfuerzo por temor a sufrir un episodio de infarto o similar. Yo después de esta visita me fui a trabajar como cada día y al cabo de uno días me llamaron al despacho del gerente donde trabajaba y me enseña un fax en el cual me dice que me han dado la Incapacidad absoluta y que tengo que dejar de trabajar en ese momento. Recibo la resolución por carta en mi domicilio con todos los datos oportunos y la cual añade un apartado que me indica que mi invalidez será revisada el 25/01/2014, llamándome a revisión el 24/03/2014, en esta visita se me deja bastante claro que me van a quitar la incapacidad Absoluta para cualquier trabajo y me darán en su lugar la Total con lo cual al tener 50 años se me quedara en un 55%,por que me comentan he mejorado.
ResponderEliminarEn el periodo que paso desde que me dieron la Incapacidad Absoluta hasta la fecha de revisión, me implantaron tres stents o muelles en el corazón dado que se me habían taponado los bypass que me hicieron, pasado un tiempo y no sé si debido al cateterismo que me hicieron para implantarme los stents, dado que fue por la ingle esta vez, me diagnosticaron un episodio de claudicaciones en la pierna izquierda por lo cual el único ejercicio continuo que puedo realizar es la bicicleta estática y sin ningún tipo de presión es decir al nivel de fuerza más bajo que puede ejercer. Pasados dos días me volvieron a enviar a Cor Lleida y esta vez me hicieron todas las pruebas aunque la de esfuerzo en la cinta andadora no duro mas de 1’30 minutos dado mi problema en la pierna izquierda y una artrosis en la pierna derecha que esa es otra cuestión. El hecho es que yo desde que estoy en esta situación he intentado cuidarme todo lo posible, ejercicio como te comente( el cardiólogo me ha dicho que sin forzar), dieta estricta, (nada de sal nada de grasas etc) y una vida de relax, que ayudado por mi familia he logrado que tenga una vida lo más normal posible después de “mis” enfermedades y tomarme 6 pastillas por la mañana 2 al mediodía y 7 por la noche, para controlar la diabetes tipo 2, colesterol, triglicéridos, la coagulación de la sangre, la presión arterial y alguna otra cosa más. Me gustaría si te es posible me ayudase a preparar el modelo de recurso y saber si tú podrías dado el caso representarme en mi ciudad o aconsejarme a algún colega tuyo para tal efecto. Darte las gracias de nuevo y felicitarte por tu espacio, es difícil encontrar a gente que ayuda a los demás hoy en día, cuando es más necesario. Un saludo Antonio
Sí, claro que te aconsejo reclamar. Para la reclamación previa puedes utlizar el modelo de esta misma entrada. Si quieres que te asesore yo, o cualquier compañera de mi equipo -este mes lo tengo a tope- puedes contactar en dmartinez@cronda.coop y solicitar hora de visita, indicando cuando recibistes la notificación.
EliminarHola,
ResponderEliminarHe solicitado incapacidad permanente absoluta y me ha venido denegada,voy a realizar la reclamación previa pero quería ponerla en manos de un abogado, me puede recomendar un buen profesional en Madrid
Gracias
Angel
http://www.adeia.es/
EliminarSAludos y muchas gracias de antemano por lo que he visto este es un punto de encuentro de personas ncesitadas y esa labor que usted hace es especial, no hay calificaciones para esto.
ResponderEliminarMi esposo tiene 57 años. Trabajo como agente inmobiliario gran parte del tiempo. Ahora esta trabajando de cartero rural,con un contrato fijo discontinuo que a veces tiene trabajo y a veces no. Hace mas de 15 años que se atiende por discartrosis y hernias discales.
Nosotros averiguamos si existia alguna forma de buscar que lo jubilaran y nos dijeron que el se podia presentar al INSS de forma presonal. Lo hicimos asi fuimos y recopilamos todas las pruebas que teniamos. LA resonancia de columna y todo o demas.Al cabo de unos dias fue citado y examinado por el EVI que nos envió una respuesta donde se nos niega esta posibilidad.Se informa que tiene como cuadro residual una discartrosis e hiperplasia prostatica benigna.
Nosotros hicimos la reclamacion previa dentro del plazo previsto. Y nos dijeron que teniamos 45 dias para aportar mas puebas y que nos darian respuesta es este plazo. El dia 17 de Enero vamos nuevamente a entregar el resultado de una nueva resonancia de columna lumbar aqui se informa que tiene lesion de la raiz de L-5. Pero para sorpresa nuestra al llegar a casa ya teniamos la respuesta denegandonos la incapacidad permanente por lo que no nos quedaba otra opcion que la via judicial.
Fuimos a ver a un abogado y nos aconsejo que vieramos a un medico forense. Le indico una electromiografia que informo que tiene una radiculopatia en C-6 ligera bilateral. Y otra radiculopatia moderada en L-5. Considero que esto no era suficiente para ir a un juicio y que fueramos a ver al abogado nuevamente.
Mi pregunta es una radiculopatia cronica moderada no es un daño sufiente en una persona que tiene que estar andando varias horas al día, que tiene que hacer esfuerzo mayor con la pierna derecha pues tiene dismunucion de la fuerza en la pierna izquierda. El forense nos dijo que debiamos esperar que durante su trabajo tuviera un cuadro de agudizacion y repetirle la prueba para demostarr que hay denervacion del musculo.
Yo estuve revisando el BOE y no aparece nada que diga esto solo que en caso de que exista radiculopatia ya era algo a tomarse en consideracion y que aportaba un determinado porcentaje de incapacidad. Esa es mi duda. Con el diagnostico de radiculopatia solo no es suficiente para que se le de un porcentaje de discapacidad?
EVIDENTEMENTE QUE SÍ!!! Tenéis toda la razón.
EliminarHola Miguel , he visto hoy tu blogg y me he quedado impresionado de lo que estas ayudando a personas que lo necesitan. Te cuento mi caso
ResponderEliminarTengo 57 años, en Octubre cumplo 58, llevo cotizado más de 38 años y siempre con cotizacion alta, en el máximo posible para una jubilación.
Con 2 años tuve una polio en la pierna derecha. Durante toda mi vida laboral no he tenido una baja y nunca solicite la discapacidad (a pesar de habermelo aconsejado reiteradamente mi familia).
Mi vida laboral se ha desarrollado en el ambito comercial, los 20 últimos años dentro del sector de maquinaria pesada, maquinaria para obra publica, que conlleva realizar el trabajo en el monte, en zonas a urbanizar, en obras o en el cauce de un rio. Tambien en las oficinas pero fundamentalmente a los clientes se les ve en el tajo.
Desde hace 10 años comienzo a sentir decaimiento, dolor muscular, en las articulaciones, frio...etc. Los medicos ver sintomas de artrosis, tambien artritis pero me derivan a neurologia donde concluyen que los sintomas sin descartar esas otras enfermedades son de un Sindrome Post Polio. Estas tareas coinciden con baja laboral desde Junio 2012 que concluye 1 año (18 meses debido a un error adtivo de ellos) despues con el inicio de expediente de Incapacidad Permanente a peticion de la propia Inspeccion medica.
Un mes despues me contestan que me la deniegan. Lo he puesto en manos de un abogado para recurrir e ir a solicitarlo en el juzgado.
Mi aspecto no es el de una persona paralitica, porque camino con cojera, pero tengo cada dia más problemas de cansancio general, dolores articulares, en la cadera, en las rodillas etc.
Con mi edad y con estos problemas nadie va a contratarme ( yo si fuera empresario tampoco lo haría) y me encuentro que despues de haber cotizado toda la vida ahora pasare a casi no cotizar ( no se si me pertenecen los 500 € ya que mi mujer trabaja y cobra neto 920 €) o no cotizar y afectara a mi jubilación si no me dan la Incapacidad.
Tengo alguna otra salida si no me la conceden ? puedo jubilarme ? pierdo mucho ?
Entiendo que la jubilación anticipada es la única salida si te deniegan la incapacidad permanente, pero no tengo suficientes datos para darte una respuesta clara respecto a la edad en que podrías jubilarte -no sé ni la fecha de la extinción de la relación laboral, o si eras autónomo, motivo del despido en su caso, etc...-.
Eliminarmi marido esta diagnosticado desde hace 1 año de esclerosis multiple, (tiene 48 años y más de 30 cotizados)con afectación neuropatica en el brazo y mano derecha, debe estar en tratamiento con interferón indefinido que provoca síndrome gripal, fiebre y mialgias después de cada inyección siendo la dosis a días alternos y el tratamiento indefinido, seria factible solicitar una invalidez?, actualmente le dieron de alta y está apuntado en el paro pero sin ningún tipo de prestacion
ResponderEliminarNo sé cual es us profesión, pero si no está percibiendo prestación alguna os recomiendo que solicitéis YA la incapacidad permanente -no tenéis nada que perder-.
Eliminarsu profesión desde siempre es comercial de empresa, tiene dificultad para escribir y utilizar el móvil y debe viajar frecuentemente
Eliminargracias por tu atención un saludo
Hola Miguel, soy autónomo de baja por enfermedad común, llevo así 11 meses hoy me han llamado del INS y me han citado, diciéndome que lleve los informes que tenga. Después de leer otros comentarios, creo entender que si me dan el alta debería alegar mi disconformidad en el plazo de cuatro días. A mí, me interesaría seguir de baja al menos 6 meses más para ver si mejoro y si no es así, solicitar la IP. Por ello, quisiera saber qué debo hacer si insisten en darme el alta. También si debo aportar todos los informes en esta primera cita o los puedo ir recopilando para otra posterior. Gracias.
ResponderEliminarUn cordial saludo.
En esta cita tienes que llevar todos los informes de que dispongas. La disconformidad en el plazo de cuatro días se interpone contra la resolución del INSS, pero también puedes interponer, si lo prefieres, reclamación previa, siendo el plazo de 11 días.
EliminarHola Miguel,
EliminarEn primer lugar, te agradezco tu rápida respuesta. Mi IT es por depresión y ansiedad. Tengo 57 años y llevo 12 de autónomo, la mutua es la que me paga la IT. Llevo 11 meses tratada por el médico de cabecera, nunca me ha visto el psiquiatra. El problema es que no tengo informe alguno que aportar ya que es la primera vez que estoy de baja así que me temo que aunque estoy igual o peor, me darán el alta. Me dices que puedo presentar la disconformidad o la reclamación previa ¿en qué se diferencian? ¿Hasta cuando me sigue pagando la mutua?
Mi profesión es la de comercial por lo que es imprescindible el uso de coche pero no me encuentro en condiciones de conducir debido a la medicación, así que no sé que hacer. Me aconsejas que intente solicitar la IP o que deje pasar 6 meses y pida de nuevo la IT. Resido en León.¿Conoces algún profesional que me pueda ayudar?Gracias por tu atención.
Un saludo.
No conozco a nadie en León. No te aconsejo reclamar si no tienes informe de especialista. Habla con tu médico de familia y que te derive cuanto antes al especialista en psiquiatria. Hasta entonces -y tras un seguimiento durante un tiempo determinado- no debes valorar la posible incapacidad permanente.
EliminarHola, Miguel, Soy de El Masnou y tengo 45 años. Llevo 18 meses( acaba el día 25.04.2014) de baja por cáncer de mama - tratada con quimio, mastectomía, extirparon 10 ganglios, radio...Me han hecho reconstrucción con colgajo DIEP. Me han quedado secuelas - movimiento reducido del brazo izquierdo, linfedema, menopausia brusca con astenia severa...Cobro por dos partes de la mutua y INSS. La mutua me mandó a 01.04.2014 inspección medica en ICAM. Me han dicho que van a proponer IP. Al mismo tiempo he recibido una carta de ICAM para el día 10.04.2014 para la valoración por INSS. Preguntando la doctora que me atendió si tengo que volver a la inspección me ha dicho que no tienen que vavorar me otra vez. Mi sorpresa fue que ayer 02.04 me llamaron de INSS para rellenar y firmar unos papeles para una nueva prologa de seis meses. Les comenté de lo ICAM y han dicho que no tiene nada que ver !!¿? ( no sabían que ya me han valorado allí ). Mi pregunta es - ¿ Me perjudica la prologa de 6 meses, la resolución que estoy esperando ( 3-4 semanas me han dicho)? y ¿ Pueden dar me la incapacidad permanente por trabajo habitual ( trabajo como ayudante cocina ) durante la última prologa o tengo que esperar otra inspección? Gracias
ResponderEliminarNo, lo de la prórroga no tiene por que perjudicarte. Y sí, entiendo que es una incapacidad permanente total para tu profesión habitual.
EliminarBuenas noches. Mis felicitaciones por su blog.
ResponderEliminarMi caso es el siguiente: tengo una incapacidad absoluta por las secuelas de un cáncer de colon metastásico (en el momento de la valoración no había evidencia de enfermedad) desde hace unos meses. La resolución dice que no se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría......antes de dos años.
Anteriormente me da una posible fecha de revisión justo a los 2 años de la incapacidad.
Entonces ¿no tengo derecho a la reserva del puesto de trabajo?. Me parecería muy injusto que me llamaran un día después y me declararan apta. Tengo 50 años. ¿Tendría que solicitar la incorporación antes si estoy en condiciones de trabajar? Muchas gracias
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Sí, es injusto, pero superado el plazo de 2 años no existe reserva del puesto de trabajo, aunque sí cabría reclamación contra la Administración por el daño causado.
EliminarHola, que tal? Acabo de ver el modelo que ofrece como reclamación previa, y tengo varias dudas, agradecería enormemente me pudiera orientar. El modelo de reclamación es valido para todas las reclamaciones de denegación de incapacidad?, lo digo porque a mi recientemente me han denegado la incapacidad permanente absoluta, y voy a hacer una reclamación, he ido a una abogado pero son muy caros, creo que al menos este primer paso, la reclamación previa a la via jurisdiccional, si podría gestionarlo yo mismo,,o debe hacerlo un abogado? o cree que es mejor dejarlo todo en manos de una abogado??, mi idea es hacer la reclamación, y si me la vuelven a desestimar, ir a juicio donde ahora si buscaría un abogado, que opina? gracias y un saludo, juan
ResponderEliminarPues lo mismo que tú. Hazte la reclamación previa con el modelo que he colgado, y si te desestiman la reclamación busca un asesor jurídico. Suerte.
EliminarHola Miguel, que tal, ha sido una suerte encontrar este blog con el que solo con los comentarios y sus respuestas ya te ayudan. Bueno le quería comentar un poco mi caso, he pedido la Incapacidad Permanente Total y no me la han concedido, padezco un Trastorno de la personalidad y depresión diagnosticado por el Psiquiatra que me trata desde hace mas de 10 años, , llevo mas de cuatro años en paro, los últimos años en activo ejerciendo como profesor de Educación Física, mi profesión habitual, gran parte de ese tiempo lo pase de baja, llegué a estar un año y medio de baja temporal, en dos ocasiones, finalmente fui expedientado, sanción que ya cumplí pero no he vuelto a trabajar entre otras cosas porque se que no podría soportar mas de una semana.
ResponderEliminarLa duda es en el apartado 4 del modelo de reclamación que " expone sobre estas líneas "Contingencia, Pretensión principal: Accidente de trabajo" en mi caso mis problemas no se si provienen de accidente de trabajo o de Enfermedad común como debería entonces redactar entonces este enunciado si no proviene de accidente de trabajo??, no obstante le sigo explicando mi caso, todos estos problemas mentales que padezco desde hace mucha tiempo, vienen de un hecho traumático que sufri hace 18años, quería comentarle si puedo incluir este suceso dentro de las lesiones que padezco, pues en gran medida, son consecuencia de éste lance, que me llevó a ser hospitalizado en dos ocasiones, supongo que los periodos de incapacidad temporal en lo que he estado también debería incluirlos, y por ultimo, en el apartado de su modelo de reclamación "Base Reguladora" 1. Para enfermedad común .....euros mensuales. Como se cual es la base reguladora de mi caso, debo incluir este apartado obligatoriamente??, Por ultimo, supongo que es mucha la distancia, pero por casualidad no conocerá un buen abogado en Málaga se lo agradecería enormemente, muchas, gracias, y un saludo.
Te comento:
Eliminar- la contingencia es enfermedad común.
- sí, incluye también el acontecimiento que me relatas, claro que sí. Y los periodos de baja médica. Cuanta más información y más detallada, mejor.
- el cálculo de la base reguladora es complejo. Como no sabemos cual es la tuya pon el importe de la pensión máxima -que seguro estarás por debajo de ella- y así no hay problema. 2.554,49 €/mes. Ya verás como te contestarán dándote la base correcta.
....lo siento, no conozco ningún abogado en Málaga....pero sí en Granada. Los conocí hace poco en una visita que hicieron a nuestro despacho:
Eliminarhttp://www.abogadosenred.org/
Hola Miguel, muchas gracias por tus mensajes, me comentas que en ultimo apartado del modelo de reclamación que ofreces, el de la base reguladora, debo indicar en el apartado 1º, enfermedad común la cifra de 2.554,49 euros, no? o he entendido mal?, la otra opción es dejarlo sin poner nada, no?, También quería preguntarte por el párrafo inicial:
Eliminar"Que formulo RECLAMACION PREVIA en materia de incapacidad PERMANANENTE Y ABSOLUTA, para todo tipo de trabajo, subsidiariamente de INCAPACIDAD PERMANENTE Y TOTAL, para la profesión habitual derivada en ambos casos de ENFERMEDAD COMUN," lo redacto asi tal cual, no?, lo pregunto porque confundo que tipo de Incapacidad voy a solicitar, entiendo de esta manera que se solicita e primer lugar la Absoluta, y en su defecto la Total, no?, y por ultimo y esto creo que si es importante para mi caso, ya te he comentado lo de hecho que me sucedió hace 18 años q me recomiendas mencione en la reclamación, también en el transcurso de mi vida activa como profesional me pusieron un expediente disciplinario que en mi caso fue una persecución derivado creo en gran medida de mis problemas de salud que afectan a mi vida laboral, social, ..crees que debería también hacer referencia a que he sido expedientado en dos ocasiones o eso me puede perjudicar??, gracias, y un saludo, Juan, Adeu
Ok, pon esa base o no pongas nada, es indiferente. Per sí, es enfermedad común.
EliminarLa redacción que propones es la correcta y la petición es una principal, la absoluta, y otra subsidiaria, la total. Todo, debes explicarlo todo, incluido el tema de las sanciones si fueron motivadas por tu estado de salud.
Suerte!!
Hola, Miguel, muchas gracias otra vez por tu mensaje, solo quería plantearte creo que una ultima duda, voy a presentar todos los informes que tenga, supongo que la forma de entregarlo será hacer referencia en la reclamación al informe Ej: Adjunto informe nº 1, nº2, nº3.....) y luego adjuntar los informes aparte añadiéndoles a estos documentos un titulo en la parte superior Ej: Informen nº1, Informe nº 2..no?? perdona que pregunte estos detalle pero no me gustaría que no me aceptaran la reclamacion por error de forma.
EliminarY por ultimo, he estado mirando y tengo bastantes informes médicos, partes de baja etc, todo esto lo voy a presentar ahora, pero la duda es que todos estos informes no los presenté en el momento en que me evaluaron en Inspeccion Médica, solo presenté, porque lo desconocía, el ultimo informe médico, ¿debía haber presentado todos los informes en ese momento??, puedo solicitar entonces una reevaluación? y en caso positivo, ¿es recomendable solicitar una reevaluación medica y en que parte de la reclamación debería incluir esta reevaluación, o para la reevaluación hay que esperar al juicio??, muchas gracias, y un saludo, Juan
Sí, sí, numera todos los documentos, y sí, a la vista de los mismos, si lo consideran pertinente, podrían incluso citarte de nuevo -pero no es habitual-...No importa que sean documentos no presentados anteriormente.
EliminarHola Miguel, que tal? gracias por respuesta, pero en esta ultima , la del 11 de abril 2014, 09:24, hay algo que comentas que no entiendo bien, dices, todo, debes explicarlo todo, incluido el tema de las sanciones SI fueron motivadas por tu estado de salud", a ver, las sanciones lógicamente no me las pusieron por mi estado de salud ( legalmente no pueden sancionarte por tu estado de salud, no?) ellos, los que me sancionaron, arguyeron otras razones, retrasos, falta de asistencia injustificada, desobediencia por ej. pero la verdad es que fue un acoso laboral, esto no pude demostrar ni puedo demostrarlo ahora,, pero fui perseguido hasta que me apartaron del servicio, y la pregunta, ¿crees que debo seguir incluyendo los expedientes como hecho que ilustra mis problemas para seguir el ritmo laboral o no,?, yo creo que si tiene relación mis problemas de salud, he sido diagnosticado con Trastorno de la personalidad esto implica problemas de relación social etc,, pero pensará lo mismo la seguridad social??, gracias y un saludo
ResponderEliminarPues tu mismo das la solución a tu respuesta: "yo creo que si tiene relación mis problemas de salud, he sido diagnosticado con Trastorno de la personalidad esto implica problemas de relación social etc,,". Yo sigo aconsejándote lo mismo, preséntalos y explícalo en la reclamación que presentes.
EliminarHola Miguel, muchas gracias por tus respuestas, incluiré como me aconsejas los expedientes disciplinarios como consecuencia de mis limitaciones de salud; por ultimo solo quería preguntarte una cosa que olvidé, cual es el tiempo minimo que debo tener cotizado para que, en el mejor de los casos, me concedieran una pension por incapacidad permanente, yo cotizé 14 años y 10 meses, llevo sin cotizar desde septiembre de 2008, mejor dicho en Julio de 2010 coticé durante un mes, según mis años de cotización habría algún inconveniente para que me la dieran,?? lo pregunto porque he oído que hay que haber cotizado un minimo de 15 años para que te den una pension,, es cierto?? gracias, y un saludo, Juan
ResponderEliminarLos 15 años son exigibles cuando se accede desde la situación de "no alta"....entiendo que en tu caso, aplicando días de cotización extra por pagas extras sí tienes cotización suficiente.
Eliminaray, perdona lo ultimo, que es el "hecho causante", cual es la fecha del hecho causante?? gracias,
ResponderEliminarNormalmente es la fecha en que se causa derecho a la prestación de seguridad social.
EliminarHola Miguel, gracias por tus respuestas, olvidé hacerte una pregunta, creo que la pregunta del millón porque creo que no es fácil la respuesta pero parece que es un especialista en la materia espero que me pueda orientar; a ver, como ya he comentado me han denegado la Incapacidad Permanente, voy a reclamar y probablemente iré a juicio donde habrá que ver en que medida mi estado de salud me limita o impide trabajar, la duda es, yo tengo diagnosticado Trastorno de la personalidad, la primera vez que fui a consulta psiquiátrica me recetaron tratamiento farmacológico, pero no lo tomé pq un medico amigo mio me recomendó que no tomara nada,si seguí tratamiento psicoterapeútico, la pregunta es, puede la Seguridad social, llegado el caso de que mis lesiones sean motivo de incapacidad negármela porque no haber tomado el tratamiento farmacológico, ??, gracias y un saludo, juan
ResponderEliminarNo, entiendo que no.
EliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarHola Miguel, que tal, gracias por tu respuesta, perdona que te haga tantas preguntas, pero como sabe es éste un asunto importante y son muchas dudas; acabo de leer en un foro de abogados, donde un abogado aconseja a otra no incluir los informes médicos en la reclamación previa, si hacer referencia a las lesiones o limitaciones, pero reservar los informes para el dia de la vista, dice el abogado para no dar pistas, la pregunta es, ¿es correcto lo que dice ese abogado,? es mejor hacerlo asi, reservar los informes para después??, y si es asi, supongo que solo tendría que describir ls lesiones citando los informes médicos (fecha, facultativo...) pero sin presentarlos, no??, muchs gracias, y un saludo.
ResponderEliminarLas dos posibilidades son correctas....pero eso de "no dar pistas" es un poco, perdona la expresión, "peliculero"....Entiendo que tenemos que ir con la verdad por delante, y eso supone exhibir los informes médicos sin ningún problema!!
Eliminarperona no había leído tu respuesta, dices que "Los 15 años son exigibles cuando se accede desde la situación de "no alta"....entiendo que en tu caso, aplicando días de cotización extra por pagas extras sí tienes cotización suficiente.", No entiendo porque dices que si tengo cotización suficiente sino la tengo, o no entiendo bien que quieres decir con "cotización extra por pagas"??, en el caso de que no tuviera tiempo suficiente de cotización, podría seguir solicitando la incapacidad y si me la conceden después trabajar el tiempo que necesito hasta completar los 15 años??, gracias, saludos
ResponderEliminarTe explico. Para la incapacidad permanente cada año de trabajo a tiempo completo son 365 días + 60 días por las dos pagas extras. Lo que supone que algo más de 13 años y 6 meses de trabajo son 15 años de cotización -eso no se refleja en la vida laboral, es la doctrina de los "días cuota"-. Por eso afirmo que sí tienes cotización.
EliminarCompletamente de acuerdo, me parecía un poco raro, y lo que me comentaba de los 15 años que en mi caso sumando las pagas extras si cumpliría los requisitos, lo comentaba tb porque me extrañó que al abogado que me asesoró no me preguntó si cumplía los requisitos de cotización, tb me pareció raro, pero bueno, supongo que la INSS al denegarme la solicitud de incapacidad debería haber hecho referencia en caso de que no cumpliera ese requisito, no?, sino lo ha hecho entiendo que el motivo de la incapacidad es medico, muchas gracias por las aclaraciones y respuestas, un saludo
ResponderEliminarBuenas tardes Miguel, me acaban de rechazar una incapacidad permanente por Transtorno de ansiedad generalizada y episodio depresivo moderado sin sintomas somaticos, y las limitaciones Proceso Psicopatologico grado 1-2/4 , Ansiedad/Depresión cronificacion, alteración modeada de la capacidad de comunicación y de relación, llevo en tratamiento desde el año 1996 a base de pastillas, me pone NO, por no presentar reducciones anátomicas o funcionales que disminuyan su capacidad laboral, y por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de mi capacidad laboral, que puedo hacer?, y cómo lo puedo recurrir si Ud. lo ve conveniente, ya que llevo más de 20 años con esta enfermedad, que es lo que debo de hacer?, presentar yo mismo el recurso o tiene que ser mediante un abogado, ya que estoy en paro desde hace 4 meses. En espera de su respuesta le saluda atentamente Tomás.
ResponderEliminarTomás, puedes presentarte la reclamación previa sin necesidad de abogado,con el modelo que tienes en este blog. Adjunta documentación médica, especialmente del psiquiatra, que acredite que la enfermedad no es moderada, sino SEVERA ó GRAVE. Cuando te contesten, si vuelven a desestimar, tendrás que presentar demanda, ahora sí, con abogado, pero puedes tramitar uno del turno de oficio.
EliminarPor lo menos la reclamación previa preséntala!!!
buenas tardes
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