01 julio 2013

¿ES COMPATIBLE LA INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA CON EL TRABAJO QUE PUEDA EFECTUAR EL PENSIONISTA?

Pues la respuesta al enunciado de esta entrada es positiva, ya que así lo viene entendiendo el Tribunal Supremo en una más que  consolidada doctrina, en la que haciendo prevalecer el derecho al trabajo del pensionista, considera compatible la declaración de gran invalidez o de incapacidad permanente en grado de absoluta con el trabajo que pueda efectuar el beneficiario, ya sea por cuenta propia o ajena, de carácter remunerado. A tal extremo ha llegado la doctrina del TS que el legislador, a través de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, declaró expresamente la compatibilidad descrita.De esta forma, una reciente sentencia del TS, ha venido a corroborar aquella doctrina, y en esta ocasión declara compatible,  a quien venía siendo perceptor de pensión de incapacidad permanente -inicialmente en grado de total y posteriormente en el de absoluta-, el percibo de la citada pensión con la actividad como administrador de una sociedad mercantil por la que el pensionista figuraba afiliado al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Y al respecto señala:

"....hemos de reiterar aquí la doctrina que plasmábamos en la sentencia de contraste, que se hacía eco de lo dicho en la STS de 30 de enero 2008 (rcud. 480/2007 ), y que ha sido reproducida en la STS de 14 julio 2010 (rcud. 3531/2009 ).

En ésta resumíamos la jurisprudencia de esta Sala IV en los puntos siguientes: " a) las dificultades que entraña el juicio de IPA y los amplios términos del art. 141.2 LGSS ) invitan a considerar que el maximalismo de la definición de IPA se relativice a la hora de tratar su compatibilidad con el trabajo; b) no existe disposición legal alguna que se refiera a la exigencia de que las actividades sean «superfluas, accidentales o esporádicas»; c) la literalidad del precepto - art. 141.2 LGSS /94 -apunta a la plena compatibilidad trabajo/pensión [«la pensiones ... no impedirán ... aquellas actividades... compatibles»], al no establecer límite alguno a la simultaneidad referida; d) la remisión al Reglamento se hace exclusivamente en el apartado primero del precepto , para la IPT; e) el derecho al trabajo no puede negarse a quien se encuentra en situación de IPA o GI, porque así lo reconoce el art. 35 CE y lo corroboran los arts. 141.2 LGSS [antes, art. 138.2 LGSS/74 ], 2 RD 1071/1984 y 18.4 OM 18/01/96; f) la opción interpretativa contraria llevaría a hacer de mejor condición al trabajador declarado en IPT [legalmente apto para cualquier actividad que no sea la profesión u oficio para la que haya sido declarado inválido] que al incapaz declarado en IPA [al que se le negaría toda actividad -e ingresos- extramuros de la marginalidad]; g) la incompatibilidad de que tratamos tendría un cierto efecto desmotivador sobre la reinserción social y laboral de quien se halla en IPA o GI, pues aunque las cotizaciones satisfechas por el nuevo trabajo habrían de tener eficacia respecto de prestaciones futuras, lo cierto es que la suspensión de la pensión por la percepción de ingresos debidos al trabajo ordinario privaría prácticamente de estímulo económico a una actividad que con todo seguridad ha de realizarse con considerable esfuerzo -psicofísico- por parte del inválido; y h) el art. 18.4 OMIL ha de ser considerado «ultra vires» respecto de la manifestación legal de compatibilidad que establece el art. 141.2 LGSS [recordemos que no se remite a desarrollo reglamentario alguno] y -por lo mismo- sus prescripciones carecen de eficacia jurídica ( SSTS 30/01/08 -rcud 480/07-, dictada por el Pleno de la Sala ; 10/11/08 -rcud 56/08 -; 23/04/09 -rcud 2512/08 -; 14/10/09 -rcud 3429/08 -; y 22/12/09 -rcud 2066/09 -)" .


407 comentarios:

  1. ¿ Es compatible la Incapacidad permanente Absoluta, con la actividad politica, remunerada o no ?

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  2. hola ,tengo 45 años y he cotizado los ultimos 6 años y medio en españa,tengo derecho a incapacidad permanente para trabajo habitual?Gracias!

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  3. Justito, pero sí!!! siempre y cuando te encuentres en situación de alta -en una empresa, como autónomo, etc...- o asimilada al alta -baja médica, desempleo, paro, etc..-

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  4. Hola Miguel,
    Una vez pasado el tribunal médico (EVI), enviada la carta con alta médica, tengo entendido que puedes en el Inss firmar la disconformidad en un plazo de 10 días, cual es el plazo para que ellos me contesten??
    En el caso, de ser un alta médica, podría recurrirlo por vía judicial, el tiempo que pasa desde ese momento hasta que sea el juício, yo tendría que incorporarme a mi puesto de trabajo? (Ya que no puedo y no voy a volver, aunque me quede en casa sin ninguna prestación)
    Supongo que no podría hablar con la empresa para que me arreglara para el paro ya que una vez llegue el juicio no estaría de alta no??
    Como podría arreglar para no volver al trabajo mientras no salga la sentencia del juicio y etc??
    Gracias!!!

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    1. El plazo para impugnar el alta médica es de 11 días. Pero no te preocupes, si es por resolución del INSS te indicará el plazo y el recurso, que no se inicia hasta que te notifiquen.
      Aunque reclames tienes que reincorporarte. Y sí, lo mejor es que acudas a tu empresa, plantees el problema y que sean ellos los que te despidan, con lo que podrías acceder a las prestaciones de desempleo.

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  5. Vale, en ese caso, podría tratar con ellos que me despidan, evidentemente sin ningún tipo de indenización, arreglandome los papeles para el paro. Y por otro lado seguir con el recurso por vía judicial, entiendo no? (Pensé que me perjudicaría al no estar en la empresa...pero veo que no ya que llegaría a un acuerdo con ellos y contaría como despido)
    Es así No??
    Muchísimas gracias por tu ayuda Miguel, y por este blog de gran ayuda, Un saludo

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  6. hola, tengo la invalidez absoluta Total. ¿Puedo ejercer como administrador de una empresa propia, con una mínima actividad o únicamente administrativa. Gracias

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    1. Tienes que aclararme si es una incapacidad permanente ABSOLUTA o TOTAL....y si es la total, que profesión tenías y las lesiones.

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  7. Buenas Tardes el miercoles dia 12 de febrero vino la respuesta negativa del tribunal medico,mi médico me comento que me incorporara a la empresa o que pusiera una reclamación vienda que era mas viable incorporarme y ver lo que ocurria cuándo me presenté a la empresa viendo mi estado me mandaron al médico de cabecera para que me diera la baja por recaida.Cuando llegué al médico pensando que me daria la baja otra vez me encuentro que aunque sólo he estado 5 meses de baja no me puede dar la baja hasta que no pasen 6 meses asi que voy a reclamar pero hasta el lunes no se puede,y tendrè que pedir favores tanto al médico de cabecera como al I.N.S.S porque las citas que me dieron el viernes están fuera de esos 4 dias que tengo para poder hacer todo .pues el médico me tiene que volver a hacer un informe nuevo que no sea el que entreguè para pasar el tribunal Estoy muy angustiada porque no sé si es así que tenga 4 dias para poder hacerlo,La empresa el jueves dia 13 me invitó a cojerme la cuenta y si doy algún paso en falso les voy a facilitar el despido que después de casi 30 años me fuera con una mano delante y otra detrás mi pregunta es la siguiente ¿qué plazo tengo para presentar la reclamación pues estoy en medio de un fin de semana?

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    1. Pero si te has reincorporado, que es obligatorio y conveniente que lo hagas, la empresa no tendrá motivo para despedirte.Pactad, por ejemplo, las vacaciones, para "arañar" tiempo. Y en referencia a los 4 días, procede contra las resoluciones del INSS ¿es tu caso? -el domingo no computa-....pero eso no impide que puedas presentar reclamación previa, y entonces el plazo es de 11 días. Ponte en manos de un abogado YA!!

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  8. Hola Miguel! Enhorabuena por tu blog y gracias por toda la ayuda que aportas. Tengo una consulta que hacerte: cuando me dieron la incapacidad permanente absoluta comencé a escribir, como hobby, un blog. Desde hace algún tiempo se ponen en contacto conmigo empresas para que haga publicidad de sus productos y me planteo la posibilidad de obtener algún ingreso extra con eso. Entiendo que no sería algo incompatible con mi incapacidad, pero que esos ingresos debería declararlos, ¿me puedes orientar un poquito en cómo debería afrontar todo esto? Siempre trabajé por cuenta ajena y no sé si para esto debería darme de alta como autónoma o de qué manera me debo organizar.
    Gracias de antemano.

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    1. Si la cantidad que has de percibir es inferior al importe anual del Salario Mínimo Interprofesional no comporta alta en el RETA, y por tanto no ha de ser ningún problema para que sea compatible con tu pensión. Envíame un mail a marenas@cronda.coop y te ampliaré la respuesta.

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  9. Anónimo2/3/14 12:40

    Tengo una pensión de invalidez absoluta desde hace diez años. ¿ Puedo ejercer en la vida política con remuneración o sin ella ? Lo de la remuneración no es por interés de lucro, simplemente por no tener que sacar de mi sueldo, gastos de desplazamiento, tfno., etc, Gracias de antemano por vuestra respuesta, Un saludo

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    1. sí, claro que sí...si es compatible con el trabajo, mucho más con una actividad política!!

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  10. Anónimo7/3/14 15:46

    hola miguel me gustaria saber si una incapacidad permanente absoluta es compatible con el trabajo de asesor gastronomico. muchas gracias espero ty respuesta

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    1. Si no supone un cambio en el estado de salud del beneficiario, entiendo qu sí, de acuerdo a la doctrina expuesta.

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  11. Hola Miguel, ante todo agradecerte que deposites tu tiempo y conocimientos en resolver nuestras dudas, muchas gracias.
    Es compatible una pensión incapacidad permanente absoluta con la actividad de regidor retribuida en un ente municipal?
    No me queda mu claro el siguiente concepto; "...siempre que no representen un cambio en la capacidad de trabajo del pensionista que pueda dar lugar a revisión por parte de la Entidad gestora. Si las actividades realizadas realizadas exceden las condiciones establecidas, serán incompatibles pudiendo suspenderse la pensión."

    Gracias

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    1. Sí, entiendo que es compatible...pero te pongo un ejemplo. Si me declaran una absoluta por una depresión mayor grave y, unos meses después, inicio un trabajo de dependiente -compatible-, pero me revisan y aquella depresión ahora es moderada, declararán mi mejoría...y puede que pierda la pensión.
      Sin embargo, con aquella misma enfermedad, me contrata una empresa por mi discapacidad en una empresa con un "contrato protegido" por que es una asociación de enfermos mentales...compatible. Otro ejemplo. Tengo una gran invalidez por una lesión medular que me confina a una silla de ruedas...e inicio un trabajo, como abogado, es compatible, ya que mi situación de salud no ha cambiado.

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  12. Hola Sr. Miguel tengo una pension absoluta permanente desde el 2002 tengo 61 años, me ha salido un trabajo en centro especial de trabajo de informador telefónico, tengo un lio mental ,ya que mi abogado dice: que debido a lo alta que tengo la pensión me la quitaránj. Y yO DEBIDO A MI SITUACIÓN ECÓNOMICA NO PUEDE PRESCINDIR DE LA PENSIÓN QUE ESTOY COBRANDO. que debo hacer muchas gracias
    saludos
    diego

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    1. Yo no me la jugaría, teniendo en cuenta tu edad, y como no conozco tu patología concreta, pero dices que tu abogado te aconseja que no trabajes, NO TE LA JUEGUES!!

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  13. Miguel creo que te han hecho ya esta pregunta pero no me queda claro, yo tengo una parte afectada físicamente y otra por un stress pos-traumático la verdad es que en el laboral por errores no percibo el 30% de faltas de medidas de seguridad en el trabajo después de más de 17 años salió el juicio penal aunque parte de los responsables no fueron enjuiciados Arquitecto Aparejador y el promotor por fallecimiento. Que aunque haya una sentencia en firme no creo que la cobre y es una cantidad importante pues entre otras cosas ha ocultado sus propiedades y otras cosas que hacen en estos casos. Lo que te que aún tengo una incapacidad permanente absoluta me quería dedicar a la política social y digo social porque entiendo que no mira mucho por toda la sociedad solo por una parte de ella. Una vez expuesto estas cosaste digo como regidor reciben sueldo de unos 1000€ aproximadamente, me gustaría saber si es posible acceder a este cargo y no dejar de recibir la pensión de invalidez tengo esta pensión desde hace más de 24 años, ¿me harían una revisión por recibir dinero por la dedicación a la política? Te digo que orado algo pues quede paralítico de la parte izq he mejorado aunque hay día que la presión me afecta sea física todos día y la psicológica depende ahora me afecta solo el pensar de volver a para por un tribunal, por otra parte creo que puedo ayudar a la creación de una sociedad mejor desde donde yo vivo, para ir ampliando esta visión.Perdona lo extenso de la pregunta si me pudieras ayudar te lo agradecería. te saluda. Valentín

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    1. Sí, es cierto, alguien ya preguntó al respecto, y le contesté que "sí, claro que sí...si es compatible con el trabajo, mucho más con una actividad política!!"....De todas formas, acude antes al INSS, habla con ellas y presenta por escrito una "solicitud de información sobre compatibilidad", explicando la situación, y espera a ver que te contestan.

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  14. Enhorabuena por el blog y gracias por toda la ayuda que aportas. hace dos años me han reconocido una invalides permanente por una enfermedad muy rara que me encontraron ,me reconocieron un 35 % de minusvalía y estoy recibiendo una pension .
    mi pregunta es : 1. de si encuentro un trabajo me van a quitar la pension /algo de esta pencion ¿
    2. para la revisión de 2 años del tribunal medico me van a mandar ellos una carta para presentarme o tengo que presentarme yo cuando cumplo estos 2 años .
    muchas gracias

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    1. Hola, te comento:
      1. Depende. Si tienes reconocida una incapacidad permanente en grado de total para la que era tu profesión habitual, podrías realizar sin mayores problemas otra profesión con requerimientos diferentes -si me aclaras esto te contestaré más exactamente-.
      2. Cuando llegue el plazo de revisión, es el momento en que sí tú lo estimas oportuno, por que te encuentres peor, puedes solicitar un grado superior de incapacidad. El INSS, normalmente, si la enfermedad es crónica, no suele llamar a revisión -aunque hay excepciones, claro-. Pero, en principio, puedes quedarte tranquilo.

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  15. Buenos días, Miguel. Tras 18+5 meses consecutivos de baja por tres operaciones de columna y previa revisión por Inspección Médica me han concedido una incapacidad total revisable de oficio. El problema es que yo soy funcionaria de carrera de la administración local de la escala general, es decir, que si no puedo desarrollar el trabajo más light a nivel de esfuerzo físico, cómo voy a desarrollar cualquier otro. Voy hacer una reclamación previa solicitando la absoluta y me gustaría conocer tu opinión sobre cómo lo enfocarías y sí crees q tengo opciones. Muchas gracias!

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    1. Entiendo el argumento que manifiestas, pero es extremadamente difícil que por una patología lumbar se declare una incapacidad permanente en grado de absoluta. Sí la hemos conseguido en aquellos casos en que acreditamos dolor severo, o claudicación a la marcha, necesidad de descanso en decúbito supino de forma reiterada, dolor neuropático, etc....

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  16. Muchas gracias por contestarme tan rápido ....Si tengo reconocida una incapacidad permanente en grado de total sin poder trabajar en mi profesión habitual . e visto un comentario que puedo ir al INSS a preguntar en que puedo trabajar y en que no .muchas gracias

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  17. Anónimo9/7/14 01:10

    ¿Puedo trabajar en una empresa de personas con minusvalía (tengo certificado del 36%)mientras me sale el juicio en el cual reclamo la incapacidad permanente total de mi profesión habitual? o por el contrario¿ tengo que estar sin trabajar porque sino me perjudicaría cara al juicio? El problema es que no tengo ningún ingreso y todavía falta algunos meses para el juicio.
    Gracias de antemano

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    1. Puedes trabajar, sin ninguna duda. De hecho, si lo que solicitas es una incapacidad permanente total. es decir, para tu profesión habitual, es probable que sea compatible ese nuevo trabajo -y nueva profesión- con la pensión.

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  18. Hola Miguel tengo 34 años he sufrido negligencias médicas en una operación de hernia de disco que casi me llevan al borde de la muerte me reventaron el saco dural y me tocaron el nervio L5,no se dieron cuenta y cerraron y para la habitación,el resto es bastante cruel...a día de hoy llevo 5 operaciones y paraplégico,evidentemente en silla,actualmente tengo reconocida la absoluta desde hace un mes,quería saber en que trabajos podría trabajar.Gracias y un saludo !

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    1. En cualquier trabajo que no suponga un cambio en tu estado de salud. Ahora bien, si te desplazas en silla de ruedas, no es un absoluta, es una gran invalidez, con el derecho al complemento por necesidad de 3ª persona. Aunque hayan pasado más de 30 días puedes recurrir, y te aconsejo que lo hagas, ya que el incremento de la pensión es como mínimo del 45%.

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  19. Buenas tardes Miguel, en primer lugar quisiera agradecerte todas estas informaciones que nos das en este blog, que nos son de muchísima utilidad a todos los neófitos, en estos temas de la Seguridad Social.

    Mi nombre es Pedro , tengo 45 años, y resulta que tengo desde que nací una malformación en el miembro superior derecho y resulta que a raiz de hace cuestión de 4 años vengo teniendo dolencias del tipo de dolor de espalda, cansancio de piernas y de brazos, y desde hace recientemente estos problemas se me han agravado teniendo transmisión de dolor ciático a ambas piernas con debilidad muscular en extremidades superiores e inferiores y latigazo eléctrico a dedos de ambas piernas entre otras causas, porque tambien sufro una hipoacusia en ambos oidos con estenosis de CAE en oido derecho y trauma acústico en oido izquierdo, por lo que tengo una discapacidad auditiva del 17 %.

    Pues bien, llevo trabajando ininterrumpidamente 18 años y el año pasado me hicieron unas resonancias magnéticas de columna y me sacaron:
    - Mielopatía cervical en dos tramos de la columna cervical.
    - Escoliosis dorsolumbar
    - Malformación de Raquis y MSD.
    - Discopatía lumbar
    - Protusiones D11-D12, D12-L1 y L5-S1
    - Colapso de neuroforámenes L5-S1
    He sido un gran deportista y he estado trabajando ininterrumpidamente durante 17 o 18 años, con sólo una baja de 4 dias en todo este tiempo.
    A principios de año me dieron una IT en el Servicio andaluz de Salud y al cabo de un mes y medio fui a inspección médica y me propusieron para IP, en mayo fui a tribunal del INSS y cual es mi sorpresa que me denegaron la IP por “las lesiones que padezco no suponen una disminución de mi capacidad laboral, al ser anteriores a mi afiliación a la Seguridad Social y al inicio de mi relación de trabajo, y no haber experimentado agravación que la disminuya o anule”.
    Una vez recibida la respuesta denegada, efectué la reclamación previa, la cual también me ha venido denegada a dia de hoy.
    Estoy a punto de recibir una prueba médica concluyente que distingue entre lesiones congénitas y degeneraciones por el paso del tiempo.
    Mi pregunta es: ¿Puedo solicitar de nuevo en la seguridad social me abran expediente de incapacidad permanente y pasar de nuevo por tribunal médico y ya aportar esta prueba para ver si me evito ir a los juzgados (dado que un juicio con la reclamación al supremo incluido me supondría alrededor de año y medio),o mejor todavía, puedo simultanear el llevar a tribunales a la Seguridad Social y a la misma par solicitar un nuevo expediente de IP?
    Esta pregunta la hago porque estoy desesperado y no quiero esperar la resolución de un juez, pues estoy en paro desde el año pasado y dentro de tres meses se me acaba el paro.
    Yo no digo que no tenga lesiones anteriores a la afiliación, pero esta se me han agravado y me han aparecido nuevas susceptibles de valoración.

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    1. Creo que se ha duplicado la pregunta,,,,

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    2. mi pregunta es la siguiente ,yo tengo una enfermedad que en su momento no tenia cura y era terminal con lo cual me dieron una pension de invalidez absoluta,con el paso de los años y los avances médicos dicha en enfermedad se ha hecho crónica pero no mortal,como en el momento de contraerla era autónomo mi base reguladora baja me quedo una pension ridícula q a pesar de revalorizarse no llega a 630 euros.Ahora mismo podría trabajar en algún trabajo que no se hicoiesen mucho esfuerzo,pero seguramente me la quitarían y según esta el mercado laboral de precario seria arriesgarse mucho y perder algo seguro dada mi situación . por lo q pregunto no habrá una actividad o régimen compatible o un baremo de ingresos para complementar esta pension de país tercermundista o en su defecto unas ayudas complementarias,luego no quieren que la economía sumergida no exista

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    3. que actividades sin animo de lucro o consideradas como hobbys si se pueden realizar con la incapacidad permanente absoluta para poder incrementar ingreson

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    4. Tendrías que concretar, pero te puedo decir:
      - actividades no remuneradas: plenamente compatibles, todas.
      - actividades remuneradas (es indiferente horario y salario): son compatibles todas aquellas que se puedan realizar aunque no se haya producido una mejora en el estado de salud.

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  20. Miguel.
    Me acaban de conceder la absoluta y tengo miedo de que me envíen inspectores a casa o al portal para ver que actividades hago. ¿Es un hecho que sucede?
    Muchas gracias.

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    1. No, eso es algo que no sucede. De todas formas, hoy se puede compatibilizar la absoluta con actividades por cuenta propia o ajena, siempre y cuando no se produzca un cambio en el estado de salud del pensionista.

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  21. Buenas Tardes D. Miguel, gracias de antemano por su atencion y esfuerzo,

    Tengo una duda,.. hace 6 años sufri un accidente en el trabajo,... en aquel momento era operario en la construccion ( como media españa .. ),
    Debido a las lesiones ( me parti la espalda ), la mutua me propuso para una incapacidad total para el trabajo habitual, y el evi lo aprobo de inmediato ( como son los de la mutua los que pagan,... no ponen reparo ),
    desde entonces cobro una pension que me impide trabajar en el trabajo que tenia entonces,... pero si en otro trabajo, siempre que lo comunique al inss y no pongan problemas.
    Desde aquel momento,... tuve que reinventarme,... me forme, y consegui otro trabajo, en una empresa de asesoramiento en nuevas tecnologias y administracion de sistemas informaticos, durante este tiempo
    he podido compatibilizar los ingresos del trabajo con la pension.
    Hace un tiempo hize una oposicion para la administracion publica, me llamaron el otro dia, y acepte felizmente,... el trabajo seria como administrador de sistemas informaticos, pero mi sorpresa fue al ver el pliego de la declaracion jurada,

    Segun lei en la ley de incompatibilidades del funcionario publico, no seria compatible el percibo de ningun tipo de pension inss con el trabajo en la administracion, ( exceptuando profesores asociados en universidades y profesionales sanitarios ), en cambio segun la informacion que he podido conseguir en la web de la seg-social,
    dicen que es compatible con el trabajo ( en sectores distintos ).

    Seria Usted tan amable de aclararme este extremo? la verdad es que estoy confundido,.. y no se que hacer..

    Atentamente, y agradeciendo de antemano su atencion:
    Marcos





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    1. Que la incapacidad permanente y la pensión derivada de la misma es compatible con cualquier trabajo, por cuenta ajena o propia, en la empresa privada o en la administración pública, eso es seguro. Ahora bien lo que planteas, que es no permitir el acceso a una plaza pública por tener concedida una pensión, yo lo desconozco, y me parece absolutamente desproporcionado y discriminatorio. ¿Puedes pasarme la documentación por mail en pdf y te digo algo? marenas@cronda.coop

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  22. Buenos días, Miguel:

    Tengo 53 y llevo 22 con una IPA. He decidido con el apoyo de mi famila solicitar una revisión por mejoría a instancia de parte para intentartrabajar como autónomo y no depender del sistema hasta la jubilación.

    En un centro de información me han dicho que durante 22 años no he cotizado ni estoy en situación asimilada al alta. Y que en caso de verme obligado a solicitar una nueva revisión o llegada la propia jubilación, todos los cálculos me serian muy desfavorables.

    La decisión está tomada, voy a intentarlo, pues mi mente está enfermando deesde hace años por esta situación de dependencia, aunque legalmente la merezca.

    Solo quería conocer tu opinión, o si conoces de algun tramite previo para que ese tiempo de IPA sea considerado asimilado o sii conoces de alguna sentencia o ley que tenga esa situación en cuenta.

    Gracias Miguel. Jorge

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    1. Hola Jorge....pues si quieres -y puedes- trabajar, hazlo. NO ES NECESARIO QUE SOLICITES NINGUNA REVISIÓN DE TU PENSIÓN. Hoy es compatible, por ley, percibir la pensión de incapacidad permanente absoluta con el trabajo por cuenta propia o ajena, tal y como se explica en esta entrada.

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  23. Buenas Tardes Miguel y gracias de antemano.
    Estoy cobrando una pensión por incapacidad absoluta , por lo cual no me descuentan IRPF , cuando llegue la edad de cobrar la pensión por jubilación , me pasarían a descontar el IRPF?
    Nuevamente Gracias

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    1. No. Cuando llegues a la edad de jubilación te comunicarán que percibes la pensión de "jubilación por incapacidad" y seguriá teniendo las mismas características, entre ellas la exención de IRPF y el mismo porcentaje de pensión, el 100%. No te preocupes.

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    2. Muchas gracias, por tu pronta respuesta.

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  24. Hola Miguel, gracias por la labor que haces con tu blog. Tengo 43 años y 23 cotizados, he sido afectado por un ERE este mismo mes de noviembre. Ahora estoy en situación de desempleo y empezaré a percibir la prestación ( 2 años). Mi profesión es operador de planta química durante los últimos 12 años. Soy miope magno y he sido intervenido en múltiples ocasiones de desprendimiento de retina en ojo izquierdo, con mal pronostico visual <0.05 de agudeza. En ojo derecho agudeza 0.3. Mi última operación fue el 22 de enero y desde entonces no estuve de baja médica por temor al despido.Tengo intención de solicitar la incapacidad permanente desde el paro. Para estas situaciones de baja visión y demostrables con informes médicos y pruebas, es factible que se conceda?. He leido que para baremar utilizan la escala de Wecker, pero no es de obligado cumplimiento. Cómo ves la situación? Hacerlo desde el paro no me ayuda mucho no?. Gracias.

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    1. Con la escala de wecker y la agudeza visual que presentas estás en parámetros de absoluta -hay otros parámetros, como el reglamento de accidentes de trabajo de 1956, que llevan a la misma conclusión-. Puedes tramitarlo desde desempleo, eso no debe ser ningún problema. Te animo a que lo intentes, para mí es una absoluta.

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  25. Muchas gracias por tu pronta respuesta. Espero que se guien por la escala de Wecker y se pueda conceder por la via administrativa y así no tener que recurrir a la vía judicial. Ahora con los recortes del gobierno se están haciendo muchas tropelías con los débiles. Según tu amplia experiencia, deniegan incapacidades aún estando claras y fácilmente demostrable?. Un saludo.

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    1. Depende. Pero creo que tus lesiones son claras. Mucha suerte!!!

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  26. hola miguel!
    tengo una duda y es la siguiente:.padezco una lesion esquimiomedular por rotura de aorta, la cual me dificulta la marcha con normalidad,tambien dolores,fatiga cronica de pequeño grado y con todo ello algo de ansiedad y depresion.
    Me ha surgido la posibilidad de reincorporarme al mercado laboral 3 horas al dia y con una mensualidad simbolica,ejerciendo en una asesoria de recadero realizando tramites varios en la calle y administraciones,dispongo de vehiculo propio y targeta de aparcamiento lo cual me facilitara dicha funcion.
    Yo ya lo e comunicado al inss,estoy esperando respuesta, les he dicho en la carta que quiero aceptarlo porque pienso que me puede ser beneficioso tanto a nivel psicolocigo, como social.Ya que para colmo me he separado y estoy a cargo de 2 niños.
    cree usted que me lo aceptaran?

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    1. Es que la Seguridad Social no te ha de dar permiso -no lo dices, pero entiendo que tienes una incapacidad permanente-. Tu obligación es comunicar a la seguridad social el inicio de una actividad laboral si cobras una pensión, y ellos no te autorizan, aunque si pueden revisar la pensión....pero en principio creo que has de estar tranquilo.

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  27. hola miguel,

    bueno, yo lo comunique en el INSS y ellos mismo me dijeron que me esperara a la contestacion y despues de la misma que yo decidiera,aunque si queria tambien me podia dar de alta.
    En principio espero respuesta haber que me dicen ya que no querria exponer la pension ya que como digo es un complemento (sueldo trabajo)
    lo ve correcto?

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    1. Sí, sí, pero ya verás que la respuesta suele ser "aséptica", vamos, que no se suelen "mojar".

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  28. perdon, se me olvidaba, es una permanente absoluta.
    Gracias!!

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    1. Es compatible el trabajo por cuenta propia o ajena con esa pensión también -si el estado de salud del beneficiario no ha cambiado-.

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  29. Hola Miguel, te escribo de nuevo para ver si me puedes aclarar unas dudas. Te escribí el pasado dia 22 de noviembre, soy el que presenta lesiones oculares. Ayer fui a mi médico de familia para pedir la baja médica y poder iniciar el proceso de solicitar la incapacidad permanente. Me dice que no me da la baja porque estoy en situación de desempleo y que para solicitar la incapacidad, no hace falta estar de baja. Que yo ahora no tengo empresa. Le rebato, siempre desde la educación y el respeto, que yo sigo cotizando y pagando la seguridad social aunque esté en desempleo y percibiendo prestación. Me dice que no insista que no me da la baja, que si la quiero vaya al UVMI (unidad valoración medica incapacidades) no el EVI, para pedir la baja. Ahora ya no sé qué hacer. Voy directamente a la seguridad social y hago solicitud de incapacidad? Aunque no esté de baja?. Voy al UVMI a ver qué dicen?. El estar de alta y en desempleo no me ayuda en nada para el proceso. No quiero dar un paso en falso ahora que estoy a tiempo. Muchísimas gracias.

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    1. Creo que ya te lo dije, no es ni necesario ni importante que estés en situación de baja médica para tramitar la pensión...así que mi consejo -a pesar que tienes razón y en desempleo también se puede causar la incapacidad temporal- y solicita directamente la incapacidad permanente sin la baja médica.

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  30. En primer lugar darte las gracias por tu colaboración. Tengo una paga permanente hace 6 años en grado absoluta. Mis lesiones son: trastorno esquizoafectivo, déficit cognitivo, operación de dos hernias discales y condropatía rotuliana en ambas rodillas. Mi pregunta es: puedo trabajar sin que me repercuta en la paga en centros especializados en gente con discapacidades? Un saludo. Muchas gracias.

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    1. Tal y como explico en este "post" sí es posible. Otra cosa diferente es que tu estado de salud hubiese mejorado, pero si no es así, es plenamente compatible.

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  31. Buenas noches Miguel, tengo una incapacidad permanente absoluta recién estrenada sin retención fiscal, ¿me gustaría saber si podría dar conferencias, clases magistrales o escribir libros?. En caso afirmativo ¿tendría que hacer declaración de la renta?, ¿Cómo lo facturaría? Muchas gracias por la ayuda que nos prestas a todos.

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    1. Sí, claro que puedes. Las conferencias suelen facturarse en el momento de la percepción, reteniendo el pagador una cantidad en concepto de IRPF. Las clases dependerá de si están o no sujetas a contrato laboral. Los libros depende, tendrías que concretar un poco más. Cada año te remitirán los datos fiscales y decidirás, por que no tendrás obligación, si haces o no la declaración.

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  32. Enhorabuena y muchas gracias por la ayuda que presta. Estoy incapacitado con un 73 %, tengo concedida una pensión permanente absoluta por degeneración macular, miopía magna de alta graduación. En la actualidad estoy terminando el grado de fisioterapia. Mi pregunta es: cree usted que podría pedir la compatibilidad para ejercer por cuenta ajena o propia ? Mi trabajo anterior era encargado de mantenimiento en una empresa de servicios.
    Muchas gracias de nuevo

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    1. Sí, sí, claro que es compatible, sin ninguna duda.

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  33. Hola Miguel,
    He sido afectado por un ERE en el pasado mes de Octubre. Ahora estoy en situación de desempleo contributivo cobrando el paro (2 años). Mi profesión ha sido analista de telecomunicaciones durante los últimos 30 años.
    Debido a un accidente, ocurrido hace 20 años, tengo enucleado el ojo izquierdo y en el ojo izquierdo tengo diagnosticado Deficit Visual Muy Severo con una agudeza visual de 0,05 y con hemianopsia, todo esto con los correspondientes informes médicos de la misma seguridad social.
    Mi oftalmólogo y mi médico de cabecera me han sugerido solicitar la incapacidad permanente. Podrías por favor indicarme, basándonos en tu experiencia, si es factible que me la concedan y en qué grado seria?
    Muchas gracias.

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    1. Cumples criterios no ya solo para la incapacidad permanente absoluta, sino incluso para la GRAN INVALIDEZ. Mira esta entrada y la sentencia que comento:

      http://miguelonarenas.blogspot.com.es/2014/04/doctrina-del-tribunal-supremo-sobre-la.html

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  34. Buenos días señor Miguel, tengo Pensión absoluta y dices que es compatible con la Política en mi caso seria como concejal, (Que otro cargo político no electo puedo realizar) Puedo cobrar la Pensión + Dietas de concejal y no el sueldo de concejal, o que es lo que puedo gracias

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    1. Como ya contesté el 2/3/14. 3/6/14 y 7/6/14, sí.

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  35. Hola. Quisiera formularle una pregunta. Recibo una pensión de orfandad como inválido permanente en el grado de incapacidad permanente absoluta desde hace unos años. No tributo IRPF. El caso es que me he presentado a un concurso literario y no sé si en caso de ganar, el importe es compatible con el complemento a mínimos de mi pensión. Y, es más, ¿es compatible mi pensión con la actividad de escribir libros y publicarlos? ¿O solo son compatibles los premios literarios? Estoy hecho un lío. Gracias.

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    1. En principio es compatible, no debes preocuparte....¿eres Alejandro, verdad?

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    2. No, lo siento. No soy Alejandro. Gracias.

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  36. Anónimo2/2/15 12:51

    Hola. Quisiera volverle a formular una cuestión. Cómo le dije recibo una pensión de orfandad como inválido permanente absoluto, pero sólo tengo reconocido un 69% de invalidez. Quisiera saber si ésta pensión es compatible con el hecho de solicitar una ayuda o beca para un trabajo de investigación en el campo de la literatura. Muchas gracias por la atención.

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  37. Anónimo3/2/15 11:21

    Hola Miguel, tengo una incapacidad absoluta por accidente neurovascular que me produjo una hemiplejia severa. Con mucha rehabilitación he conseguido recuperarme bastante y he pasado varias revisiones en la Seguridad Social sin que hayan afectado a mi pensión.
    En el momento de sufrir el ICTUS estaba dado de alta como camarero en mi propio restaurante. Actualmente estoy estudiando en la universidad y me han ofrecido dar unas clases remuneradas en un programa para que los niños aprendan a programar. Estas clases durarían una hora y media un día a la semana.

    Mi idea es terminar la universidad y solicitar la reducción a incapacidad total (entiendo que de camarero no puedo trabajar de ninguna manera por mis problemas de equilibro por lo que la total no peligra) y trabajar de informático. Pero tengo miedo de que si acepto este "trabajo" puedan llamarme a revisión antes de que termine la carrera. Aún no lo tengo claro pero creo que no implica alta en seguridad social y no se si debería comunicarlo o no a la seguridad social.

    ¿Qué pasos me aconsejas dar?

    Muchas gracias

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    1. Qué hagas las clases sin ningún problema!!! Y lo de reducir a total la pensión, aunque trabajes, ya veremos...ya has visto que la ley permite la compatibilidad con la absoluta. Suerte!!

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  38. Hola Miguel,q tal.

    Yo tengo una ipt desde julio del 2014,pone q podrá ser revisada por agravacion o mejoria,me han ofrecido un empleo totalmente diferente al mio,pero el abogado del sindicato me dijo q si no trabajo en nada no me haran nunca revision,pir ser mi enfermedad cronica,y si trabajo pueden revisarme y dar el alta pir mejoria,aunque siga igual q cuando me cincedieron la ipt,puede ser verdad q el Inss te de el alta por ir a trabajar,siguiendo igual?y si no trabajas no te revisan nynca?haber si me pyedes ackarar esto.

    Gracias y un saludo

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    1. Cualquier incapacidad puede ser revisada, se trabaje nuevamente o no. Desconozco cuales son tus lesiones, el trabajo para el que estás incapacitado y el que ahora te ofrecen...si me das esos datos puedo intentar contestarte.

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  39. Anónimo2/3/15 19:42

    Hola Miguel a mi marido le han otorgado la incapacidad laboral permanente total por dos prótesis. De rodilla.Su profesión habitual era la de camarero ahora a los 55 años le han ofrecido un empleo como encargado gerente de un restaurante la duda es si esto seria compatible con la pensión que tiene que es muy baja 397 euros ya que solo computan los ultimos 9 años aunque tiene casi 40 cotizados. Le inhabilita esta pensión para ese puesto? El en realidad no haría funciones de camarero.

    Gracias por tu tiempo y por resolver nuestras dudas.

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    1. A mi entender son compatibles, ya que la profesión de camarero tiene unos requerimientos físicos completamente diferentes a los del encargado gerente, que es más bien un "gestor".

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  40. Anónimo9/3/15 23:37

    Puedo estudiar FP? El problema es que hay que hacer prácticas en empresa

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  41. Anónimo9/3/15 23:38

    Las prácticas en empresa son un convenio que no cotizan a la ss

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  42. Hola Miguel,

    En primer lugar gracias por aclararnos tantas dudas respecto este tema tan complicado. Tengo una pensión permanente absoluta des de hace tres años. Ahora me ha salido la oportunidad de publicar un libro pero me quieren hacer un contrato (estamos hablando de 350 euros) Puedo firmarlo sin que esto signifique perder la pensión? Y para más adelante, mi intención es seguir escribiendo y intentar percibir un poquito mas de ingresos, es posible? O ya me puedo olvidar de mi sueño?

    Sé que anteriormente ya te havian preguntado por el tema escribir libros, pero no me quedó muy claro...

    Muchas gracias!

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  43. tengo una absoluta por ansiedad de base distimica(depresiva) , puedo tjar en otro pais? y aqui en españa en que actividad remunerada podria?, gcias miguel

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    1. Con este tipo de patología deberías tener cuidado con realizar ninguna actividad retribuida.

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  44. Buenos días,
    Días atrás le pregunté sobre la actividad de los premios literarios, las ayudas a la investigación y la actividad de escribir en general, y usted me dijo que era compatible, pero no atiné a decirle que mi incapacidad permanente absoluta es por esquizofrenia esquizoafectiva. ¿Siguen siendo compatibles? ¿Hay algún atenuante entre estas actividades y la específica de trabajar con un contrato? ¿Usted cree que puedo seguir realizándolas? Muchas gracias.

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  45. Hola Miguel tu blog es fantástico, enhorabuena!!
    Tengo una IPA, además de un 43% de minusvalia y llevo así 8 años, por sentencia del juez. Es decir, la SS dijo NO y los llevamos a juicio y me dieron la IPA. El motivo es SFC en grado 3.
    La SS no la recurrió ante el TSJ.
    Tengo ahora 47 años y me planteo la posibilidad de trabajar desde casa con una empresa de mi antiguo sector, colaborando a efectos de web, programación etc. Es un trabajo que perfectamente podría desarrollar, desde mi silla y mi mesa sin problema alguno, pero me da miedo pensar que me quitan la pensión, ya que es la base de mi familia, pero justo justo, como casi todos.
    Cómo puedo formalizar mi situación sin que me entre el pánico ? qué opciones tengo? el salario de la nueva empresa sería bajo, unos 800€, pero suficientes para completar mi pensión.

    Gracias por tu atención

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    1. Lo primero es confirmar que la SFC sigue siendo del mismo grado que la que tenías durante el reconocimiento judicial de la pensión. El paso siguiente es comunicar a la seguridad social que iniciarás una nueva actividad laboral, pero que consistirá en teletrabajo -adjunto certificado o similar de la empresa describiendo el trabajo-.
      Suerte!!

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    2. .....perdona, e indica que no está sujeto a horario laboral, que puedes realizar la jornada de acuerdo a tu estado de salud.

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  46. hola y gcias por tus respuestas altruistas, TENGO PENSION 1300 EUROS MES POR INVALIDEZ Y AL QUEDAR VIUDA DE MARIDO TENIA 3100 EUROS MES BASE COTIZACION, ME CORRESPONDE GANAR ENTRE LAS DOS PENSIONES MAS DE LOS 2400 EUROS MES PENSION MAXIMA,
    me lo pagarán o debo renunciar a mi pension en favor de la de viuda ?, cuanto se cobra sin cargas familiares de cifra máxima mensual entre las dos pensiones???, gcias por tu respuesta

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    1. El importe máximo de la(s) pension(es) de un ciudadano es de 2560 euros/mes....en tu caso, el INSS te dejará optar por percibir ambas pensiones, pero no tengo tan claro que con la suma de ambas alcances el tope....o no lo excederías demasiado. En todo caso, el INSS te dejará que elijas el reparto de ambas pensiones -tienes que ver cual tiene un tratamiento fiscal más ventajoso-.

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  47. hola Miguel, soy Raúl, mi pareja tiene una pension absoluta permanente por incapacidad, queria saber si se puede cobrar viviendo en Francia?? ella tiene 35 años y cobra desde febrero de 2012, y como seria si le piden una revisión medica? gracias....

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    1. Sí, claro que puede residir en Francia y cobrar la pensión española. Si cambia de domicilio debe comunicarlo al INSS, que deberá dirigirse al organismo francés con responsabilidades en materia de prestaciones de seguridad social para efectuar la revisión a través de ellos.

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  48. Hola Miguel, te expondré mi caso. Tengo 39 años y tengo una Incapacidad Permanente Absoluta para todo tipo de trabajo desde el 2010. Yo era Tripulante de Cabina de Pasajeros (auxiliar de vuelo u azafato). El motivo fue por un TEPA Bilateral ya que soy portador heterocigoto de variante molecular del factor II de coagulación y proceso infeccioso ya que soy seropositivo. Cobro una pensión de 2200€ y mi pensión es el sustento de toda mi familia. No es algo de lo que pueda mejorar, pues es una anomalía genética y lo otro no tiene cura, así que ante una revisión no debería de haber cambios, pero el temor siempre existe. Como hobby hago teatro amateur, y ahora me ha salido la oportunidad de hacer unas locuciones que para nada interfieren con mi estado. Realmente no es por el dinero, es por poder seguir sintiendome vivo y hacer cosas que puedo y me gustan, que serán puntuales. Me pueden disminuir la pensión?, me revisarán y pueden cambiar los terminos? Qué paso tendría que hacer ante el INSS, sería simplemente hacerles un escrito comunicándoselo y que para nada interfiere con mi estado? Muchas gracias por tu labor de antemano.

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    1. Estas locuciones estàn sujetas a contrato laboral y alta en seguridad social??

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  49. Hoy a las 1:53 PM







    Hola Miguel,




    He estado leyendo tu blog y me parece muy interesante. Tengo la invalidez absoluta para todo trabajo, la enfermedad fue resultado de moving en mi empresa con resultado de un brota psicótico y me quedé sin trabajar con sólo 38 años, después de algunos años me siento con ganas de volver a trabajar en otra empresa a jornada parcial, aunque mi enfermedad no ha remitido. Querría saber si es compatible la percepción de la pensión con un trabajo remunerado y dada de alta en la Seguridad Social, tengo mucho miedo a perder mi pensión ya que tengo muchos gastos y me vendría bien un dinero extra. Se oyen tantas cosas; incluso la abogada que me gestionó la incapacidad me dijo que por nada del mundo me diera de alta en la Seguridad Social pues de inmediato me quitarían la pensión, la cual necesito para pagar, entre otras muchas cosas,mi elevada hipoteca. también estoy interesada en saber si puedo hacer voluntariado en un país extranjero; Irlanda, para perfeccionar mi inglés, ya que desde que me quedé sin trabajo estudio en la Universidad e idiomas para estar preparada por si encuentro un trabajo que fuera compatible con mi pensión.




    Muchas gracias por adelantado y felicidades por tu generosidad.




    Sandy

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  50. Hola Miguel,
    Me acaban de aprobar una incapacidad permanente absoluta. Me indican los datos económicos de la pensión, pero me dicen que la pensión reconocida carece de efectos económicos. Hace tres semanas empecé a trabajar como profesor con un contrato temporal hasta junio y con 6 horas semanales de clase. ¿Qué significa lo de sin efectos económicos? ¿ Que la cobraré cuando deje de estar de alta en la escuela? Muchas gracias

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    1. No lo entiendo.....si quieres pàsame la resolución por mail a marenas@cronda.coop y te digo algo.

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  51. Hola Miguel,
    Lo primero felicitarte. Este blog es lo más clarificador que he encontrado respecto a este tema en la web (y soy buena buscadora)
    Tengo 47 años, soy autónoma y tengo un comercio. La semana pasada me han reconocido la absoluta por EP y estoy pendiente de notificación oficial, puesto que lo consulté por el portal. Por todos los comentarios anteriores, entiendo que la pensión es compatibe con la titularidad de un negocio y he decidido contratar una empleada que lleve el negocio por mi. Mi duda es si debo seguir de alta en el RETA como administradora, debido a que he leido que la compatibilidad es con cualquier actividad que no requiera cotización en la SS.
    En caso de que no tuviera que estar de alta, siendo persona física y la razón social seguiría siendo yo, ¿puedo firmar contratos o cualquier otra actividad que requiera mi firma o debo nombrar apoderado?
    Gracias de antemano por tu ayuda.

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    1. Sí es compatibe con la titularidad de un negocio, pero te aconsejo que no suponga tu presejcia física en el negocio y que no comporte, preferiblemente, tu alta en el RETA. No veo problemas por que "firmes" los contratos y similares inherentes a la titularidad del negocio.

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    2. Gracias Miguel. Lo del alta en el RETA ¿de quién o qué depende? Yo no tengo interés en darme de alta si no es necesario. Esta es mi duda principal. Mi intención es simplemente ser la propietaria y como mucho dar apoyo a mi empleada unos 15-30 días hasta traspasar funciones. ¿Qué determina que deba darme de alta o no en el RETA? ¿Es el hecho de ser persona física y no sociedad?
      Gracias de nuevo.

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    3. El alta en el RETA procede cuando se realiza la actividad de forma personal, habitual o directa. También si es una sociedad mercantil y eres administrador, socio mayoritario o, en definitiva, la persona con el control efectivo de la sociedad.....si continúas siendo la titular del negocio, despuñes de esos 15-30 días ya podrías cursar la baja en el sistema.

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  52. Sr, Arenas, estoy intentando plantearle una duda, pero no sé qué ocurre que no me sale publicada y tengo mucha urgencia.

    Escribí en el siguiente hilo:

    http://miguelonarenas.blogspot.com.es/2013/06/modelo-de-reclamacion-previa-para.html

    pero creo que no está activo.

    Estoy en "Demora de calificación" quisiera saber si a la inspección puedo llevar un Informe del Psicólogo o al no ser médico es irrelevante.

    Gracias

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    1. .....que sí.......ya te he contestado donde colgaste la pregunta.

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  53. Yo MIguel tengo 32 años, llevo 3 con una IPA, trabajaba en la construcción en el RETA. Mi incapacidad es psiquica (esquizofrenia simple vs trastorno esquizotípico) ¿¿podría trabajar en una actividad de manualidades como puede ser la cerámica??

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    1. Entiendo que sí. Pero antes de tomar la decisión es conveniente que consultes con un abogado la conveniencia o no de hacerlo.

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  54. Hola Miguel

    Se puede hacer un doctorado teniendo la IPA?
    Gracias!

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  55. Anónimo4/6/15 15:12

    Una persona de 57 alis con incapacidad permanente total puede ser administradir solidarii de una empresa? Muchas gracias y agradecida

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    1. En principio sí. Pero debería saber por que lesiones y para que profesión se declaró la incapacidad permanente total.

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  56. Buenos días Miguel,
    Si es posible quisiera que me contestaras a una duda que tengo. Te expongo mi caso, hace 5 años me diagnosticaron metástasis osea y me concedieron la incapacidad permanente absoluta para cualquier tipo de trabajo, percibo una pensión por ello. Decidí estudiar un módulo de informática de formación profesional y para que me concedan el título he de cursar 3 meses de prácticas en una empresa. Mi duda es: ¿Pueden quitarme la pensión si realizo esas prácticas?

    Esperando noticias,muchas gracias de antemano

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    1. No, claro que no van a quitarte la pensión, tal y como te he comentado por mail.

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  57. Hola Miguel, tengo recién reconocida una IPA por esquizofrenia y trastorno esquizoafectivo, podría ir a la universidad este próximo curso o me quitarían la pequeña pensión si percibiera beca. Gracias,

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    1. Claro que puedes cursar estudios universitarios y percibir la beca. No hay incompatibilidad alguna.

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    2. Pero pueden revisarla por ese motivo,? Si me adaptara,? Y no tengo obligación de devolver la ayuda,? He cotizado quince años,..GRACIAS

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    3. NO, de forma tajante. La incompatibilidad seria con un trabajo retribuido, y los estudios universitarios no lo son.

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  58. Estimado Sr. Miguel Arenas:
    En primer lugar, felicitarle por su blog, que es muy clarificador. Deseo también pedirle disculpas por la extensión de la consulta, que voy a tener que exponer en dos mensajes (si considera que es excesivamente larga comprenderé perfectamente que no desee atenderla).
    Soy perceptor de una incapacidad permanente absoluta por trastornos obsesivo-compulsivos desde Mayo de 2011.
    He escrito una novela y desearía publicarla, pero no sé si este hecho me puede acarrear alguna obligación, problema o incompatibilidad con la Seguridad Social.
    1.¿SERÍA COMPATIBLE LA INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA CON LA PUBLICACIÓN Y PERCEPCIÓN DE DERECHOS DE AUTOR DE LA NOVELA?.
    Mi novela fue escrita entre Agosto de 2006 y Septiembre de 2010, estando en situación laboral activa en el Régimen General y no siendo la labor de escritor mi actividad laboral habitual, pues era trabajador por cuenta ajena en un concesionario. Dispongo del Certificado del Registro de la Propiedad Intelectual fechado en Septiembre de 2010, fecha ésta en la que llevaba tres meses en situación de incapacidad temporal por la misma enfermedad que acabó derivando en la incapacidad permanente absoluta. Entiendo que con este Certificado demuestro que mi labor como escritor aficionado se llevó a cabo en fechas anteriores a la concesión de la incapacidad permanente absoluta, pero desconozco si el INSS aceptaría esto o se guiaría por la percepción económica de los derechos de autor que percibiría, ya que creo que estoy obligado a comunicar al INSS cualquier tipo de ingreso en el plazo de treinta días (y además también tengo entendido que el INSS y la Agencia Tributaria cruzan sus datos).
    Según indica el INSS en su página web, como usted bien sabe, “La pensión no impedirá el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del inválido y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo A EFECTOS DE REVISIÓN”. ¿ESTO QUIERE DECIR QUE ME LLAMARÍAN A REVISIÓN?.
    No obstante lo anterior (según información que he encontrado en Internet, correspondiente a la Facultad de Ciencias del Trabajo de la Universidad de Huelva), el criterio de aplicación del INSS 21/1997, reforzado por la nueva redacción que del artículo 143.2 de la Ley General de la Seguridad Social llevó a cabo la Ley 52/2003, de 10 de Diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social, plasma la situación de considerar el ejercicio de una PROFESIÓN por el incapacitado permanente absoluto como una mejoría del estado invalidante profesional (art. 143.2 LGSS) o lo que es lo mismo un cambio en su capacidad de trabajo a efectos de revisión (art. 141.2 LGSS). De lo anterior (continúa la información de la Facultad), se deducen las siguientes consecuencias:
    -”Si el pensionista de incapacidad permanente absoluta realiza UNA ACTIVIDAD QUE, POR SU ENTIDAD, CONSTITUYE UNA PROFESIÓN distinta de la que era habitual cuando le fue reconocida la pensión, hay que entender, según lo dicho, una modificación de su capacidad de trabajo y en consecuencia revisar el grado de calificación del estado invalidante profesional, considerándolo incapacitado permanente total para aquella profesión habitual, y adecuando al nuevo grado la pensión, que será compatible con la nueva actividad”.
    -”Si el pensionista de incapacidad permanente absoluta reanudase el ejercicio de la actividad que era la suya habitual cuando se le reconoció la pensión, procederá la suspensión de la pensión, si realmente no se constata una mejoría suficiente para declararlo apto para cualquier trabajo o sólo parcialmente incapacitado”.
    Quisiera hacer hincapié en que yo realicé la labor de escribir mi libro como aficionado y no como escritor profesional, entre los años 2006 y 2010, y que además tal labor fue realizada estando activo en el Régimen General, como trabajador de un concesionario, de modo que considero que no se me puede atribuir el estar realizando en estos momentos “UNA ACTIVIDAD QUE, POR SU ENTIDAD, CONSTITUYA UNA PROFESIÓN”. Gracias por su atención y su valioso tiempo.

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  59. Estimado Sr. Miguel Arenas:

    Soy jollot78. A continuación le remito el segundo mensaje.

    2.¿Debería darme de alta en el RETA?.

    Como usted bien sabe, el INSS indica en su página web, en el apartado “Régimen Especial de Trabajadores Autónomos”, “Campo de aplicación”, lo siguiente:

    “A los efectos de este Régimen Especial, se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo, aquél que realiza de forma HABITUAL, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar”.

    Yo no realizo en la actualidad ninguna actividad, pues el libro lo escribí antes de tener la incapacidad permanente. ¿Se consideraría el cobro de derechos de autor (en caso de que se publique mi libro) como una actividad a título lucrativo de forma HABITUAL, personal y directa?.

    3.Si es usted tan amable, me gustaría que me aclarase si tengo que solicitar compatibilidad en el INSS entre incapacidad permanente absoluta por trastornos obsesivo-compulsivos y publicar libro.

    En caso positivo:

    1º.¿Existe algún tipo de formulario, modelo o impreso del INSS que deba rellenar para realizar la consulta?.

    2º.En el caso de que no exista, ¿debo realizar yo mismo o un abogado un escrito solicitando al INSS que me indique si existe compatibilidad?.

    3º.¿Corro algún riesgo de que por el mero hecho de preguntarlo el INSS piense que estoy trabajando como escritor y me llamen a revisión?.

    4.Tengo entendido que debo comunicar al INSS cualquier tipo de ingreso en un plazo de treinta días.

    Si comunico que he percibido alguna cantidad en concepto de derechos de autor, ¿qué puede pasar?, ¿en estos casos suelen llamar a revisión aunque los ingresos no superen el SMI?.

    En el supuesto de que obtuviese una cantidad superior al SMI, ¿me tendría que dar de alta en el RETA aunque la labor de la cual provienen esos ingresos la haya realizado entre los años 2006 y 2010, cuando estaba en situación de activo en el Régimen General y lo de escribir el libro era una afición?.

    Por lo que he leído en las consultas que le realizan otros usuarios, no es aconsejable darse de alta en el RETA, pues el INSS deja de pagar la pensión, con lo cual tendría que embarcarme en un procedimiento judicial. En este caso, ¿la jurisprudencia me resultaría favorable, más aún teniendo en cuenta que yo en realidad no estoy realizando ningún trabajo en la actuallidad, sino que la labor de escribir el libro la realicé entre el año 2006 y el 2010?.

    Muchísimas gracias por su atención y su valioso tiempo.

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    1. 2. no, no tienes que darte de alta en el RETA.
      3. No, no tienes que solicitar la compatibilidad,
      4. No.
      Resumiendo, es compatible, sin tener que cursar alta en el RETA y sin que tengas que comunicar nada al INSS.

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  60. Una pension de incapacidad absoluta de clases pasivas reconocida en trámite judicial, lesiOnes en la columna por un accidente y depresion reactiva grave por el accidente, puede ser compatible con un trabajo de asesor en un ayuntamiento. Gracias

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    1. Necesitaría muchos más datos para contestarte, pero en principio mi respuesta es negativa. Aquí tienes más información:
      http://www.clasespasivas.sepg.pap.minhap.gob.es/sitios/clasespasivas/es-ES/Pensionistas/Paginas/Incompatibilidades.aspx

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  61. Hola Miguel. Tengo una incapacidad absoluta por desordenes psicologícos. Me están ofreciendo realizar cursos de manualidades para adolescentes de manera esporádica. Puedo realizarlos sin perjuicio a mi pensión?
    ¿Los facturo a mi nombre?
    Gracias por tu trabajo.

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    1. Deberías aclararme cual es la enfermedad por la que te concedieron la pensión. De todas formas, mejor que realices dicha actividad a título no lucrativo, como voluntariado, y te evitas cualquier problema.

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  62. Anónimo9/7/15 02:31

    Hola Miguel, gracias de antemano por tu tiempo, mi pregunta es la siguiente: soy pensionista por incapacidad permanente total de mi trabajo habitual (reparación de maquinas, cargas de peso y posturas forzadas), además reconocido grado de discapacidad 35 por lesiones en columna y quiero hacer unas oposiciones a auxiliar administrativo, es otro tipo de trabajo aunque el medico me ha dicho que tengo que estar sentado máximo dos horas ya entraría en caso de aprobarlas como discapacitado, ¿seria compatible este nuevo trabajo para que me respeten la pensión? muchas gracias

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    1. Sí, sí, no hay problema, es plenamente compatible.....mucha suerte con la oposición!!

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    2. Anónimo6/8/15 02:25

      Hola de nuevo Miguel, siguiendo el hilo anterior me surge una gran duda y es que voy a demandar al inss para que mi incapacidad permanente total sea absoluta ya que no puedo estar mucho rato sentado por dolores en ciatica y artrodesis lumbar, tengo informe medico que asi lo indica, pero entre demanda y juicio tengo examenes para oposicion auxiliar administrativo como te expliqué antes. La pregunta es que pasa si apruebo esa oposicion como discapacitado sabiendo que no voy a aguantar 8 horas sentado ni en broma, no duro ni dos dias. Me pasaran otra vez por el EVI para otra pension? y si es asi como se calcula si llevo 2 años de baja y 9 meses de pensionista, estoy superliado, hay respuesta a este enredo? muchisimas gracias

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    3. La base reguladora de la absoluta es la misma, actualizada eso sí, que la que se utilizó para concederte la pensión por la total.
      Para saber los efectos de la declaración de IPA respecto a la oposición habrá que acudir a las bases de la convocatoria.

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  63. Hola Miguel, tengo una incapacidad absoluta por charcot marie, soy joven y después de 5 años psicológicamente necesito trabajar. 1. Que trabajos puedo hacer? 2. Que salario máximo puedo cobrar para que no me quiten la pensión ? 3. Si puedo trabajar, porque no me dieron una total en vez de una absoluta? Muchas gracias

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    1. 1. cualquiera, pero que sea compatible con tu estado de salud.
      2. No hay límite en el salario.
      3. Por que la ley ha cambiado al respecto.

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  64. Y que pasos a seguir que hacer. A nivel con la empresa ( tipo contrato, límite de horas, informe del puesto de trabajo para INSS,..) y para la INSS ( pedir permiso, inspección del puesto de trabajo, reconocimiento para ver si soy compatible con el trabajo,...) tengo un 33% de discapacidad. Gracias de nuevo.

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    1. Exclusivamente comunicar al INSS la nueva actividad. Aquí tienes el formulario:
      http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/143258.pdf

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  65. Según el enlace que usted meta facilitado http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/143258.pdf
    Sería jubilación activa con una reducción del 50% de la pensión? O por ser una incapacidad absoluta se queda la pensión al 100%? Gracias

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    1. Sirve para ambos casos, pero cuando se percibe la absoluta es compatible ese nuevo trabajo con el 100% de la pensión.

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  66. Buenas tardes Miguel,
    Tengo 40 años,he sido comercial y dependienta 20 años, desde hace 1 tengo reconocida la incapacidad permanente absoluta por una insuficiencia renal crónica en estadío 4. Me he planteado estudiar pero tengo muchos problemas de concentracion, y me gusta la idea de poder trabajar en algo, pero no tengo claro que sería compatible para mi enfermedad, pues me afecta a muchas cosas fisica (cansancio por anemia) y psiquicamente (falta de concentración y depresión).
    Agradezco de antemano tu aclaración.
    Un saludo

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    1. Pues es difícil de decir, pero creo que serían aquellos trabajos realizados en centros especiales de trabajo, o que te permitan acceder a formas de tele-trabajo....pero sí te animo a que emprendas los estudios, claro que sí!!!

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  67. Buenas Miguel vuelvo a reescribir una pregunta porque no aparece aquí y ya no se si te ha llegado o no. Tenia 3 preguntas en relación a una incapacidad absoluta

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    1. Buenas Miguel como sospeché no s e envío correctamente mi consulta. Tengo 36 años y tengo un incapacidad para todo tipo de trabajo. Mi consultas eran las siguientes: 1° puedo invertir o comprar vender divisas con mi incapacidad. 2 en la ONCE me propusieron vender cupones y me dijeron que era compatible ¿es verdad? Y 3 con una enfermedad degenerativa y una agudeza de 0.4 podría pedil agravamiento o gran invalidez

      Muchas gracias y enhorabuena

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    2. 1º sí.
      2º sí.
      3º no, no cumples el requisito de gran invalidez.

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  68. ¡Hola Miguel! Enhorabuena por este blog que me ha servido de curso acelerado ante las dudas que nos están empezando a surgir. A mi marido le han diagnosticado en febrero un cáncer de pulmón en fase IIIA y ha recibido quimioterapia y, a día de hoy, acaba de ser operado y le quitaron un lobulo pulmonar, le resecaron vena pulmonar afectada y tambien algo del pericardio. todavía no tenemas los resultados. Todo ha ido muy bien y le da bastante bien la aspiro metía, respira bien. Su trabajo es de repartidor de electrodomesticos y tiene que hacer bastante esfuerzo moviendo lavadoras, neveras... está preocupado porque cree que le van dar el alta cuando pase el tiempo mínimo de IT.¿¿¿¿?????
    Somos de Asturias, tiene 55 años y lleva 31 años cotizados , estos últimos 20 en el régimen de autónomos y 5 de estos 20 habíamos subido la base de cotización a 2000 euros más o menos pero antes cotizó lo mínimo.

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    1. Creo que le concederán la incapacidad permanente en grado de total (para la absoluta sin ver informes médicos no te puedo decir, y de todas formas es todo muy reciente.....hay que esperar a ver las secuelas finales). El cálculo de la base reguladora se efectúa en su caso con el promedio de los últimos 8 años, o sea, que bravo por subir la base de cotización, y percibirá el 75%. Pero de momento tiene que seguir de baja -con lo que sigue cobrando el subsidio, cotizando y mejorando su base-....no hay prisa entonces.

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  69. Antonio C.2/8/15 21:12

    Buenas tardes Miguel y enhorabuena por tu blog,te comento brevemente mi caso porque me gustaria saber tu opinión. Soy de Sevilla, tengo 33 años y soy conductor de autobús, llevo 14 meses de incapacidad temporal. Debido a varios ataques cervicales seguidos que sufrí, me diagnosticaron 2 hernias cervicales c5-c6 y c6-c7 y tras pasar por neurologo y cirujano me inscriben en el registro de demanda quirúrgica. Poco tiempo más tarde me ingresan en el hospital universitario y el diagnóstico es "sindrome medular pendiente de filiacion", en el cual me describen una afectacion a nivel central de via somestesica y una afectacion a nivel central de la via corticoespinal con afectación de los 2 miembros inferiores y el miembro superior derecho. Después de citarme varias veces para hacerme pruebas, dando todas negativas, han optado por mandarme unos electros para ver si también hay vías nerviosas periféricas dañadas. Después de todo este tiempo sigo solo con un tratamiento a base de relajantes musculares y antidepresivos. Hace 2 meses pasé por el inss, en el cual estuve 2 minutos y me dijo que 6 meses más y a los 18 meses ya veríamos. Me podrías dar tu opinión teniendo en cuenta mi profesión y las afectaciones que presento. Gracias , un saludo.

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    1. Es una incapacidad permanente en grado de total, y más teniendo en cuenta que realizas conducción con carácter profesional, y el grave riesgo que se puede generar.

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    2. Antonio C.10/8/15 13:14

      Gracias Miguel por tu opinión, pero en la última consulta que pasé con el neurocirujano me retiró la intervención quirúrgica cervical alegando en el informe que las afectaciones neurológicas que presento hacen desaconsejable dicha intervención. ¿Varía esto tu opinión sobre la incapacidad?

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    3. No, no cambian mi opinión, al contrario, refuerza la gravedad de las lesiones, po lo que sigo pensando lo mismo.

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    4. Antonio C.15/8/15 11:10

      Miguel por último me podrías decir , con 33 años que tengo, ¿a cuantos años se acojerian para calcularme la pension?.

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  70. Anónimo9/8/15 00:40

    Buenas Miguel, te felicito por tu blog, con tu ayuda nos hacemos una idea de por donde podemos reclamar en cada caso.Tengo reconocida Incapacidad permanente total para mi trabajo habitual y el medico me dice que puedo trabajar sentado con descansos cada dos horas, en la practica aguanto dos horas sentado y mis problemas de ciática y dolores de columna me obligan a levantarme o tumbarme ya no aguanto otras dos horas hasta la noche.
    En el servicio de empleo al buscar trabajo como discapacitado me dicen que si no puedo trabajar ni de pie ni sentado 8 horas eso se llama IPA y que lo pelee en los juzgados, te escribo el informe y me das tu opinión, muchas gracias.
    Paciente 41 años antecedentes de escoliosis idiopática de doble curva 40 grados y estenosis de canal lumbar.
    intervenido en febrero 2014 de canal lumbar, realizándose liberación neurológica y artrodesis instrumentada L4 a S1, evolución clínica y radiológica satisfactoria con menos dolor lumbar y radicular de MMII.
    A causa de su deformidad raquídea persiste dolor mecanico en todos los segmentos de bastante intensidad y dolor radicular en pierna izquierda según si realiza ciertos movimientos.
    El paciente no debe coger peso ni realizar esfuerzos ni permanecer periodos prolongados en bipedestación o sedestación y en general evitara aquellas actividades que incrementen el dolor.
    En tratamiento con tramadol.
    Continuar con piscina y andar según tolerancia

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    1. No quiero crearte falsas expectativas....es francamente difícil conseguir una absoluta con las lesiones que me indicas -y eso que son graves-. Pero el informe subraya la necesaria alternacia de posturas no la imposibilidad de sedestación.....

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    2. pues peor ya no se podría vivir no trabajar, el hecho de estar en sedestación empeora mis dolores crónicos, y cada 4 horas entre de pie y sentado tengo que acostarme 1, (dopado por el tramadol) hoy por hoy no me veo trabajando en nada, en fin, muchas gracias por tu opinión

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  71. Buenas, enhorabuena por tu blog, tengo una duda, soy pensionista por IPT y he leído en los derechos y deberes del pensionista que si cambio de domicilio hay que notificarlo al inss, realmente no voy a cambiar de domicilio sino que voy a estar unos meses en casa de mis padres en otra ciudad ya que tienen problemas de salud. si llega alguna notificación a mi domicilio me avisaría otro familiar, pero tengo la duda de si debo notificar el cambio temporal, muchas gracias.

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  72. Hola Miguel, enhorabuena por tu blog y gracias por tu esfuerzo en informarnos.

    Mi caso es el siguiente, me diagnosticaron hace 10 años Esquizofrenia, debido a la situación inicial de mi enfermedad luché para salir adelante trabajando encadenando trabajos temporales por mi familia hasta que la enfermedad, brote a brote me ha ido mermando las facultades para mantener un trabajo y cumplir un horario continuado con el estrés que eso me acarrea.

    El caso es que me concedieron la incapacidad permanente absoluta para todo trabajo hace 1 año y me quiero matricular a distancia en la UNED.

    Mi trabajo era de profesor de secundaria. Mi pregunta es si me puede perjudicar el hecho de matricularme en 2 asignaturas.

    Muchas gracias de antemano Miguel.

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    1. No, no, no te tienes que preocupar por seguir estudiando....es plenamente compatible.

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  73. Anónimo1/9/15 11:17

    Buenos días, primero que nada darte las gracias por escucharnos y ser tan amable. Mi situación es la siguiente: tengo declarada con sentencia judial firme una incapacidad permanente absoluta, por una problemática de asma severa de difícil control y síndrome de espalda fallida, tras siete operaciones, fibrosis medular, síndrome me cola de caballo, y colocación de estimulador medular. Tengo 38 años, se que puedo estudiar, pero por mi dificultad para caminar quiero hacerlo en una academia privada donde acuerdo mis horarios de asistencia en función de mi situación diaria. Es peluquería y requiere de prácticas de cara a un público, mi miedo es la inspección de trabajo y SS, Que en caso de inspección levanten un acta y se refleje k estaba haciendo una práctica laboral aunque sea formativa.

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    1. No hay problema en que realices actividades de formación y estudio. Lo que no creo que sea demasiado aconsejable es que tengas que trabajar de pié y con los brazos elevados y menos aún en una peluquería, en la que la presencia de productos químicos es inevitable -y en muchas ocasiones sin ventilación adecuada ni protección respìratoria-, que podría agravar tu asma.....Lo siento, pero tengo serías dudas sobre la conveniencia de esta actividad formativa y su repercusión respecto a tu estado de salud.

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  74. Anónimo1/9/15 11:18

    Puedo hacerlo??? Gracias

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    1. Si te refieres a la pregunta de 21/08/15 y respuesta del 24/08/15, sí, claro que sí.

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  75. Anónimo7/9/15 17:30

    hola una pregunta si tengo una pension por trastorno bipolar tipo 2 y a los dos años tengo revision y decido hacer un grado medio o superior de estudios eso queda reflejado en algun lado y puede suponer una mejoria y darme el alta y perder la pension.

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    1. No, no, el INSS no tiene conocimiento. Además, estudiar no es trabajar.....no hay problema....

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    2. Anónimo7/9/15 18:00

      esque como con la matricula se paga un seguro que va a la seguridad social me da miedo que salga en los papeles del tribunal medico ya que todo es a traves de la junta de andalucia. me recomendarias que estudiase? o me espero a pasar la revision a ver si me la dan definitiva o esto de las pensiones tengo que estar pasando revisiones cada dos años?

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    3. No te preocupes, son estudios, no trabajo. Es perfectamente compatible. Y sí, te recomiendo que estudies, y que no lo aplaces. En cuanto a las revisiones, no tienen por que ser cada dos años.....y teniendo en cuenta que tu enfermedad es crónica -y por lo tanto "previsiblemente definitiva"-, puede que ni te revisen.

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  76. Anónimo7/9/15 18:55

    Hola Miguel, hace casi un mes te envié una consulta y como no la veo contestada pienso que a lo mejor no la envié correctamente y no te ha llegado, por lo tanto te la vuelvo a enviar y espero que esta vez la recibas correctamente, la consulta decía lo siguiente:
    “Tengo 61 años con 37 años cotizados a la SS y en paro desde hace un año.
    Sufro Esclerosis Múltiple desde hace varios años, el último informe de neurología, de hace una semana, dice lo siguiente:
    EXPLORACIÓN
    -Esclerosis Múltiple Recurrente Remitente de Larga Evolucion.
    -EDSS 6.5
    -Trastorno de la marcha.
    -Marcha muy insegura. Precisa Asistencia y Ayuda Bilateral para caminar unos 20 metros sin descanso.
    -PC Normal, Balance Muscular globalmente disminuido en las 4 EE, 4+5. Sensibilidad preservada.

    También decirte que en Mayo pasado la CAM me certifico con una discapacidad del 80% con el baremo de Movilidad Reducida reconocido como positivo.

    Estoy pensando en solicitar la Incapacidad Permanente y quisiera preguntarte, si con esos datos del informe del neurólogo de la SS, el Certificado de Discapacidad de la CAM y basándonos en tu experiencia y conocimiento. ¿Crees que me darían la IP y si es así en qué grado crees que me la darían?
    Gracias por anticipado.

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    1. No solo creo que tienes derecho a la IP, es que además entiendo que ha de ser una absoluta como mínimo. No demores la solicitud.

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  77. Enhorabuena por tu buena voluntad Miguel!
    Es increíble a la de gente que has ayudado.
    Yo quiero también aprovechar esta ocasión que nos das para pedirte orientación.
    Soy una mujer de 38 años luchadora, activa y enamorada de la vida. Hace casi tres años me diagnosticaron cáncer de ovarios. Ahora en septiembre he hecho un año de baja temporal y me han concedido la incapacidad absoluta ya que el objetivo es cronificar la enfermedad ya que lo de curar es mas difícil... El caso es que toda la vida trabajando y ahora necesito hacer algo para mantener mi mente ocupada. He sido una muy buena profesional en el ámbito creativo, marketing y relaciones publicas y se me ha ocurrido alquilar una bajera y preparar diferentes talleres creativos donde la gente pueda venir a disfrutar a cambio de donativo para gastos. Necesito proyectos para seguir viviendo, pero no puedo seguir el ritmo de un trabajo ya que a veces estoy bien y a veces estoy mal...
    Como ves el tema de los donativos Miguel?
    Muchisimas gracias de antemano y un cordial saludo

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    1. Gracias por tus amables palabras. Lo veo muy bien, y te animo a que lo hagas. Mucha suerte!!!

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  78. Hola Miguel! Me llamo camelia, soy rumana, llevo 9 años en España, trabajando sin interrupción, actualmente como autónoma.Quería hacerte una consulta: mi madre tiene dos operaciones de hernia discal , la primera co 36 años, la segunda en el mismo sitio diez años después. Tiene incapacidad laboral, no sé cómo funciona allí exactamente, solo se q no puede trabajar en ningún sitio, sino perdería su mísera pensión de 97€.... El caso es q le acaban d diagnosticar hoy un hemangioma en la columna vertebral. No m dio mucho de los médicos de allí, por lo que me gustaría traérmela aquí a España, darla de alta en la seguridad social , pagárselo como a mis trabajadores para q pueda tener acceso a la sanidad española, ojo no pido nada gratis, las dos veces q tuve q llevarla aquí a urgencias Porq se quedó bloqueada de la espalda, rellené los papeles en el hospital y posteriormente pague las facturas! Mi pregunta es: si allí está pensionada con incapacidad total, puede tener problemas si la doy de alta aquí?
    Muchas gracias por adelantado

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    1. No, que tenga una pensión en vuestro país no ha de ser obstáculo para poder causar alta en España.

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  79. Hola Sr. Miguel : Me llamo Sergio, llevo ya unos 4 años luchando contra la depresión, el psiquiatra me diagnostico Trastorno Depresivo Recurrente, con frecuentes ataques de ansiedad, y fobias diversas, desde hace dos años estoy en una Fundación para personas con discapacidad, hace 2 años me concedieron un 43%de discapacidad, en la misma Fundación me han hecho un contrato temporal para trabajar en una tienda de ropa, pero soy incapaz de concentrarme, falta de memoria, claustrofobia, angustia etc. Estando en situación de alta y trabajando presente hace un mes la solicitud la prestación de incapacidad permanente y me ha venido denegada, estoy desesperado, tengo 54 años y el contrato que tengo es por la Fundación ( Centro Especial de Trabajo ) con discapacidad y no me veo capaz de desarrollarlo en condiciones.
    Mi situación se agravo hace unos meses por el fallecimiento de mi hija ( 33 años ) por suicidio.

    Quisiera por favor me asesore si recurrir o que hacer.

    Muchas Gracias.

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    1. Sergio, necesitaría ver los informes médicos para darte una opinión.....si quieres puedo hacerte una visita y lo comentamos......

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    2. Gracias por su rápida respuesta, mirare esta semana que viene de ponerme en contacto con Usted por teléfono, soy de Lloret pero suelo bajar a Barcelona por motivos familiares.

      Un saludo, Sergio

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    3. También tenemos despacho en Mataró.

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  80. Buenas tardes, soy mujer de 51 años, desde hace 8 años con una minusvalía del 44% por leucemia linfática crónica, he solicitado la incapacidad y se me ha denegado, aparte también he presentado informes de condromalacia focal rotuliana de grado 4/4, la leucemia todavía sin tratamiento, la denegación lo mire por Internet, pero todavía no he recibido ninguna carta, que debo hacer, tengo que esperar?, soy desempleada desde hace dos años y medio y estoy cobrando el RAI (426 euros), mi ultimo trabajo durante doce años fue limpieza a fondo de vehículos, por el echo de tener una minusvalía puedo solicitar abogado de oficio?, en la actualidad lo solicite para otro tema y estoy en proceso de recurso, muchas gracias por todo

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    1. Tienes que esperar a recibir la resolución, claro, para saber el motivo de la denegación. Sí, claro que puedes solicitar abogado de oficio.

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  81. buenas tardes miguel,es la primera vez que entro a la pagina y quiero darte la enhorabuena,es de gran ayuda.recibo una pension por incamacidad permanente absoluta para todo trabajo, mi pregunta es: puedo invertir en renta variable con la pension que percibo?comprar y vender acciones?y tener una cuenta de valores con mas de un titular?muchas gracias.

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    1. Sí, sin problemas....eso no es una actividad laboral, y es plenamente compatible con la percepción de la pensión.

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  82. Buenas tardes, soy un hombre de 48 años, desde el 1990 percibo un Pensión de Invalidez Absoluta, por enfermad comun (Síndrome obtructivo de vena cava infefior con insuficiencia venosa en miembros inferiores por síndrome de hipercoagulabilidad sanguinez. Paresia del M.Ciatico-popliteo externo derecho. Neumonia por mycoplasma y síndrome de hipercoagualabilidad sanguínea.Trombctomia subclavia derecha fascictomia antebrazo. Implantación de cateter de Grenfield.
    El trabajo que realizaba entonces era de albañil de la construcción.
    A lo largo de estos años he estado estudiando diseño grafico e informática.
    Mi estado de salud no a variado desde entonces ni a más ni a menos, yo puedo andar normal puedo estar sentado varias horas mehjor que de pie por que de pie se me hinchan bastante la piernas por el tema de la coagulación, tomo Sintron.
    Mi pregunta es la siguiente:
    - ¿Puedo compatibilizar mi pensión de invalidez absoluta con una actividad relacionada con la informática, diseño grafico, limpieza de virus, instalación de aplicaciones, etc..., bien por cuanta propia o por cuenta ajena?
    Es que tengo miedo de que de comunicación a la seguridad social y me revisen o me quiten la pensión que llevo muchos años ya con ella y quiero hacer algo para no estar todo el día piensa que piensa y entretenerme en algo y estar distraido.

    Un saludo,

    Jesús

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    1. Compatible sí que lo es....el problema es que siendo tan joven, podrían revisar y dejarte en un grado de total, percibiendo entonces solo el 55%.....no sé si vale la pena arriesgarse....Lo importante es lo que tu dices, si estás igual, si no ha habido un cambio en tu estado de salud, sería plenamente compatible....pero, insisto, no sé si vale la pena arriegarse.

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  83. Hola buenas tardes.
    Mi pregunta es la siguiente. Me han dado un invalidez absoluta , es compatible cobrar la invalidez y el paro a la vez.
    GRACIAS

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  84. Buenas tardes, ¡GRACIAS! por tú respuesta tan rapida, el otro día en mi primera pregunta no te comente, que mi mujer tiene un tienda de regalos, electronica, etc..., mi pregunta era para poderle echar una mano a ella en los temas relacionados con la informática que es lo que quiero hacer si se puede compatiblizar con mi pensión de invalidez absoluta.
    Un saludo,
    Jesús

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    1. Ok. Pero no cambia lo que te comenté. Otra cosa es que el trabajo lo efectúes "desde casa", pero no te aconsejo la presencia física en la tienda.

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  85. Hola Miguel, tengo una IPA y me estoy preparando las oposiciones para Psicologo Interno Residente en el turno de discapacidad. Mi duda es, si consigo la plaza de residente (cobran unos 1.000€) que pasará con mi pensión? Y por otro lado, esos 1.000€ tendran retención de IRPF? Gracias

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    1. Desconozco las lesiones que dieron lugar a tu incapacidad permanente, no puedo decirte si es o no incompatible.

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    2. Lesiones en la visión

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    3. Si la deficiencia en la visión sigue siendo la misma -es decir, si no has mejorado-, la nueva actividad es compatible.

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  86. Hola a Todos:

    Padezco un trastorno mental grave, concretamente el diagnóstico es triple: trastorno esquizoafectivo, esquizofrenia residual y trastorno del control de impulso y de los hábitos. Tengo una discapacidad psíquica del 43 % y me han denegado la incapacidad permanente. He puesto una demanda judicial y estoy a espera de juicio. Es muy probable que el resultado sea incapacidad permanente total para mi puesto de trabajo, tecnico de laboratorio durante diez años en una empresa de investigación privada, un centro tecnológico. Además trabajé como analista de laboratorio, funcionario del grupo C, en una administración pública durante 4 meses. Me gustaría saber si el puesto de auxiliar de laboratorio, funcionario del grupo D, es compatible con la esta incapacidad permanente total, ya que es un puesto de trabajo de inferior categoría, con una titulación menor (graduado en ESO/FP1 frente a Bachillerato/FP2 del trabajo que he ido realizando, y las funciones son más mecánicas y menos intelectuales. Donde he preguntado no me han sabido responder ciertamente pero me han dicho que no me arriesgue porque está en juego mi pensión, ya que estoy tentado a presentarme a unas oposiciones a este grupo. La psiquiatra quiere que cobre la pensión de incapacidad total y trabaje en un centro especial de empleo. Agradezco su respuesta y me despido con un saludo.

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    1. Es difícil darte una respuesta, pero voy a "mojarme", por que creo que necesitas una respuesta contundente y clara. Dos cuestiones:
      1) Con ese diagnóstico creo que debería declararse una incapacidad permanente absoluta.
      2) Para mí, no son compatibles.
      Estoy con tu psiquiatra con que sería recomendable que trabajes en un centro especial de empleo, pero eso es compatible con la total y con la absoluta.

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  87. Hola Miguel, tengo una incapacidad absoluta por una enfermedad dejenerativa y 30 años. Si decido trabajar, mandando el aviso a la seguridad social, esta me lo puede denegar por incompatibilidad y mandar a revisión. Siendo una enfermedad dejenerativa y no teniendo mejoría, todo lo contrario, y con informes médicos actualizados, me pueden quitar la absoluta? Pasármela a total o quitármela? Supongo que si me la quitan abra que ir a juicio. Es jugármela mucho con la pensión? Gracias.

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    1. Podrías decirme de que enfermedad estamos hablando y en que proceso evolutivo estás??

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  88. Buenas tardes,acabo de cumplir 18 meses de baja y me han citado para inspección,tengo informes que mi diagnóstico según psiquiatra,medico de cabecera y mutua es de trastorno bipolar,trastorno de personalidad, trastorno de ansiedad,brotes psicoticos con alucinaciones ausitivas y visuales,estoy tomando xeplion 300,zyprexa,tranquimazin,neurontin,abilifi,rexer flash,dormidor y diazepan. Ustedes creen que me dejaran una incapacidad?? Gracias

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  89. Miguel, se puede trabajar con IPA cobro 745e y con eso no me llega final de mes, puedo trabajar sin qué me quiten la pensión completa

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Te contestaré lo más rápido que me sea posible, pero ten paciencia. Mi opinión no sustituye la de un profesional jurídico que pueda asesorarte directamente y examinar documentación.