Destituida la antigua directora de la DGOiRS, Neus Rams, fue convocada la PAICAM con la nueva directora, Maria Sardà, y con la Laura Pelay, actual Secretària General del Departament de Salut. Asistí a la reunión en calidad de asesor jurídico.
La verdad es que las sensaciones fueron buenas, por lo menos creo que se escuchó a los afectados, y muy resumidamente, se le hicieron llegar las siguientes cuestiones:
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Que tras alta médica por SGAM/ICAM pueda el médico de familia expedir nueva
baja médica si concurre otro diagnóstico. Con Comín lo conseguimos, y
cuando cesó volvieron a las andadas.
- Que se ignoran los informes de SFC/FM y SQM. Que incluso ICAM se persona en las unidades especializadas para presionarlos.
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Los informes de los consultores psiquátricos del ICAM no son de recibo, y que están dando altas médicas, denegando incapacidades
y revisando grados, no solo en depresiones, también en esquizofrenias y
trastornos bipolares de características graves.
- La cuestión de género: que se valore correctamente la carga física/mental de los trabajos más feminizados.
También manifestamos:
- El derecho del paciente a que INSS/Mutua paguen los desplazamientos en control IT. Que informen.
- El acceso indiscriminado a la historia clínica.
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Posibilidad de establecer un protocolo tras alta médica para vigilancia
de la salud, con recomendaciones, etc...
Dos semanas después ha recibido PAICAM la respuesta oficial (acceso a la misma). De alguna cuestión creo que sí se ha dado una respuesta concreta, de la gran mayoría la respuesta es vaga, imprecisa y en la línea de la anterior Dirección. No obstante, sí se ha dado respuesta a una cuestión concreta de forma positiva y es que, cuando emita el ICAM alta por inspección, si concurre un nuevo diagnóstico -diferente al que motivó el alta médica- podrá ser el médico de familia quien dicte una nueva baja médica aunque no hayan transcurrido 6 meses desde aquel alta. Y eso no es poca cosa. De todas formas, para velar por su efectividad ponemos a disposición de los posibles afectados el documento oficial en que se refleja tal cuestión (DESCARGAR AQUÍ).
Gracias Miguel.
ResponderEliminarEs importante la información y sobretodo la publicación donde dice q se puede dar baja por otro diagnóstico para poder enseñarlo a los médicos e incluso al propio ICAM.
Aunque no se esfuercen en ayudar y sanear las actitudes de ICAM hacia las enfermas, este reconocimiento , q ya existía por ley y q no se cumplía, es un paso para dignificar el derecho de estar enferma y no tener q ir arriba y abajo con papeles (se hace muy duro y es un esfuerzo titánico en nuestras condiciones)
Mi caso lo lleva Colectivo Ronda, y me fue denegada una nueva baja por motivo diferente en el mes de mayo del 2018 y no creo lo que explica el ICAM, tampoco el Colectivo Ronda puso ningun recurso sobre este asunto mío.
ResponderEliminarNo hacemos reclamación contra la denegación de la baja médica, ya que no es un procedimiento especial y urgente -como sí lo es el de impugnación del alta médica- con lo que se puede llegar a tardar más de un año en ir a juicio.
Eliminarhola yo estoy de baja medica y me han pasado a seguridad social 6 meses, estoy en espera de la resolución pues pase el Icam el día 22 de enero 2019 mi pregunta es, ahora cobrare de la s.s. y la parte que me falta me la paga la empresa? pertenezco a la Generalitat de Catalunya y soy laboral. gracias
ResponderEliminarCorrecto.
EliminarLlevo dos visitas al ICAM por distinta patología después de más de 18 meses de IT por otra patología. Con dos informes de mi médico de familia que ni siquiera se han mirado. Las dos veces me han vuelto a explorar por la patología de la IT larga (por la que no iba).
ResponderEliminarDespués de leer la respuesta que has publicado, me queda la sensación de que a los que estamos en esta situación nos dejan en el limbo. El médico de familia tiene bloqueado nueva baja aunque sea por distinta patología, pero cuando vas al ICAM no te evaluan esa sino la anterior. Y así hasta que se cumplan los seis meses. Miguel,¿sirve de algo reclamar? ¿Y, una queja al Síndic serviría para algo más que "recomendaciones" de buena praxis, como he visto? Gracias
Es que es una situación diferente. De hecho, debería ser el INSS el único competente en supuestos como el tuyo para dictar una nueva baja médica...pero cómo no tienen médicos en Catalunya, nos toca pasar el filtro de la SGAM.
Eliminarbuenas noches Miguel.... no entiendo demasiado esto de lo que hablais de Catalunya. Yo vivo en Aragón y el motivo por el que te escribo es el siguiente:
ResponderEliminarMi hermana tiene capsulitis adhesiva en hombro izdo. Después de 545 días de baja y propuesta de oficio de incapacidad permanente se la han denegado. No solo concurre la patología de capsulitis sino tambien otras patologías cervicales y musculo-esqueleticas y no puede abordar las tareas fundamentales de su profesión de higienista dental como ayudante clínica de un odontólogo, con un alto compromiso de posturas cuello-hombros. Disfrutó de su mes de vacaciones y antes de finalizarlo la medico de cabecera le expidió nueva baja por depresión. Hoy mismo han recibido en la clinica dental un escrito del INSS en el que les advierten de que esta baja no tiene efectos económicos por ser de igual o similar patología que la anterior.
Existe una clasificación de enfermedades, CIE.9 y 10 donde se confirma que una depresión no tiene la misma ni similar patología que una capsulitis adhesiva.
Entonces esto va contra la propia Ley de la Seguridad Social, puesto que al ser una patología totalmente diferente a la anterior el único requisito sería 180 días cotizados dentro de los 5 últimos años. Cómo puede el INSS decir que es igual o similar patología. ¿Qué hacer en estos casos? Te agradecería tu respuesta. Un saludo
Pues hay que reclamar:
Eliminar1. Contra la denegación de la pensión, lo que me imagino que ha habréis hecho.
2. Presentar reclamación previa contra la resolución que deniega los efectos económicos, acompañando la documentación médica que acredita la concurrencia de la nueva -y diferente- enfermedad.
Muchas gracias por tu respuesta. Si, contra la denegación de la pensión hemos puesto la reclamación.
EliminarY en cuanto a esta nueva baja por una patología distinta, solo ha sido la Empresa la que ha recibido un escrito, no una resolución, en el cual le comunican que estan estudiando si tiene efectos economicos o no, por lo que de momento no les van a abonar el subsidio.
Entiendo que este escrito no genera que de modo automático la Empresa deje de abonar los salarios, por lo que si lo hace, podrían incurrir en un impago de salarios, no es así?
Vamos a esperar que mi hermana reciba la resolución sobre su nueva baja, si tiene o no efectos económicos para reclamar.
Ella está asustada porque la Empresa ha supuesto que no debe abonarle el salario.
Te sigo preguntando o informando. Gracias Miguel
No tiene derecho a percibir el salario si no hay prestación de servicios laborales.
EliminarHola! He compartido el enlace de esta entrada en el grupo de Facebook que se llama Personas con Artrodesis y otras Patologías... Y me preguntan si este documento sirve a nivel estatal o sólo en Catalunya... Podríais aclararme esto? Muchísimas gracias! Hacéis una gran labor!
ResponderEliminarEs solo para catalunya...si tenéis alguna cuestión específica de otras CCAA lo podemos mirar...
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