Resumen sobre el Fondo de Compensación para Víctimas del Amianto
La retransmisión en vivo de "Fons de Compensació per a les Víctimes de l'Amiant" del canal "Col·lectiu Ronda Comunicació" ha aclarado muchos puntos sobre el esperado Fondo de Compensación. Este brevísimo resumen permite a quien sea víctima del amianto, saber como actuar.
Y, a continuación, el resumen con los puntos clave tratados en la sesión.
Finalidad del Fondo
El Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto, creado por la Ley 21/2022, y desarrollado por el Real Decreto 483/2025, tiene como objetivo principal compensar a las víctimas del amianto por los daños sufridos.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Los posibles beneficiarios se dividen en varios grupos:
- Personas con incapacidad permanente de cualquier grado por causa profesional relacionada con el amianto.
- Personas con sentencia judicial firme de indemnización que no se haya podido ejecutar por insolvencia de la empresa.
- Trabajadores expuestos al amianto que presenten mesoteliomas, cáncer de pulmón, cáncer de laringe o asbestosis (moderada o severa).
- Personas expuestas de forma ambiental o doméstica que padezcan mesotelioma o asbestosis severa o moderada.
- Causahabientes (cónyuges, parejas de hecho e hijos) de fallecidos por amianto.
Plazos de Prescripción
Aunque la redacción del Real Decreto es algo confusa, se establecen unos plazos iniciales:
- Para personas vivas con diagnóstico: Posiblemente la reclamación aplique para diagnósticos a partir del 18 de septiembre de 2020, aunque se intentará incluir casos anteriores.
- Para causahabientes de fallecidos sin reclamar: La fecha de fallecimiento debe ser posterior al 9 de noviembre de 2017.
Procedimiento para la Solicitud
¡Importante! Por ahora, solo las personas que estén cobrando una incapacidad permanente profesional por amianto pueden iniciar la solicitud. El resto de grupos deberán esperar a que el fondo reciba dotación presupuestaria.
El proceso general implica solicitar un certificado de diagnóstico en el departamento de salud y, posteriormente, presentar la solicitud del fondo en la seguridad social.
Cuantías de las Indemnizaciones
Las cantidades están fijadas según la patología:
- Mesotelioma: 96.621,24 €.
- Cáncer de pulmón 64.414,16; cáncer de laringe 48.310,62 y asbestosis: 32.207,08 €.
Si una sentencia judicial previa otorgaba una cantidad inferior, se respetará la cantidad de la sentencia.
Revisiones
El fondo contempla la posibilidad de revisión. Si la patología de un afectado empeora (por ejemplo, de asbestosis a mesotelioma), se podrá solicitar una nueva valoración para recibir la diferencia en la indemnización.
Enlaces Oficiales y de Interés
Para realizar la solicitud oficial o consultar la normativa, aquí tienes los enlaces clave:
- Solicitud en la Seguridad Social: Acceso al servicio para víctimas del amianto.
- Normativa Oficial: Real Decreto 483/2025, de 17 de junio.
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