01 septiembre 2016

LOS DIRECTIVOS DEL BBVA REHUYEN LA RECEPCIÓN DE UNA CARTA DE LA "MAREA DE MAREAS".

Más de un centenar de activistas de diversos movimientos sociales de Marea Pensionista, Marea Blanca, Coordinadora de trabajadores/as en paro de Catalunya, Assemblea Groga, etc., que se coordinan en la “Marea de Mareas” se han concentrado hoy martes 30 de agosto a partir de las once horas delante de las oficinas del BBVA del centro de Barcelona para protestar contra la ofensiva del BBVA que pretende, a través de las propuestas de su Servicio de estudios, presionar al nuevo gobierno que se forme para aplicar más recortes salariales a través de una nueva reforma laboral, rebajar en 2,3 puntos las cotizaciones sociales poniendo en riesgo la sostenibilidad de las pensiones, y el recorte de la prestación de desempleo de 24 a 18 meses a las personas sin empleo, entre otros recortes sociales.


En las oficinas de calle Vergara y Pza. Catalunya nº 9, los responsables de BBVA han rehuido recibir la Carta que una delegación de los movimientos sociales intentaba pacíficamente hacer llegar a la Dirección y accionistas del BBVA, dando muestras de una falta de educación y cortesía elemental, en coherencia con su gestión usurera y despreciativa de la ciudadanía.

En la concentración final frente a la oficina en Paseo de Gracia nº 25, los responsables de dicha oficina han cerrado la puerta a cal y canto y se han negado a recibir a una delegación de las personas concentradas y la Carta correspondiente.

Al finalizar la concentración, se ha dado lectura a la Carta a la Dirección del Banco y se ha informado de la voluntad de persistir en la denuncia y oposición a los objetivos antisociales del BBVA, llamando al boicot a dicho Banco y reivindicando una Banca Pública. También se ha invitado a los presentes a participar en el festival de marea de mareas que tendrá lugar el 1 de octubre en el “Parc Nou” de Prat de Llobregat.



Video concentración: https://youtu.be/xdpxF0vgZEY


Cabecera de la manifestación.

Leyendo el manifiesto.

Cierre de la sucursal.

28 agosto 2016

EL ACTUAL ARTICULADO DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN SEGÚN EL RDL 8/2015.

Tal y como ya hicimos con la regulación de la prestación de incapacidad temporal, ahora con la pensión de jubilación, señalamos en esta breve guía los artículos que regulan las diferentes modalidades de acceso a la misma según el nuevo articulado de la actual ley general de seguridad social (RDL 8/2015). En versión pdf para poder descargarla.

http://cronda.coop/




13 agosto 2016

UNA SENTENCIA RECONOCE UNA PENSIÓN A UN AFECTADO POR ELECTROHIPERSENSIBILIDAD.

Nota de prensa publicada en la web de Col.lectiu Ronda
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado a un ingeniero de telecomunicaciones empleado de ERICSSON y afectado de sensibilidad química múltiple (SQM) y electrohipersensibilidad (EHS) como incapacitado para permanecer expuesto a los campos electromagnéticos provenientes de redes WIFI o telefónos inalámbricos -entre otras fuentes de contaminación radioeléctrica- y le reconoce el derecho a percibir una prestación, contrariamente al criterio exhibido por el INSS.

La resolución, la primera de estas características en España, recuerda que, a pesar de que la EHS continua sin ser una patología plenamente reconocida, sí forma parte de la versión aprobada por el Ministerio de Sanidad español de la Clasificación Internacional de Enfermedades bajo el epígrafe de alergias no específicas y no procede, por tanto, negar sus consecuencias fisiológicas ni capacidad invalidante.

El pasado 2014, el Juzgado de lo Social número 11 de Madrid decidió desestimar el recurso interpuesto por un empleado de ERICSSON aquejado de sensibilidad química múltiple (SQM) y electrohipersensibilidad (EHS) contra la de decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de considerarlo apto para la práctica laboral y no afectado de reducciones anatómicas o funcionales.

Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido rectificar el criterio exhibido por el INSS y declarar al exempleado de la multinacional tecnológica en situación de incapacidad permanente total -es decir, no apto para la realización de su profesión habitual- al considerar que las patologías sufridas obligan al enfermo a evitar con la mayor diligencia las ondas electromagnéticas provenientes de “teléfonos inalámbricos, antenas de telefonía móvil, WIFI, que obligan a quien lo padece a reducir al máximo su exposición en el entorno doméstico y laboral”. Lo considera, por tanto, incapaz de desarrollar su profesión habitual como Ingeniero de Telecomunicaciones atendiendo al hecho de que desarrolla sus funciones “en un entorno en el que existen campos electromagnéticos, conexiones móviles y wifi radiofrecuencia”. Espacios con alta densidad de contaminación eléctrica y radioeléctrica que, según informe médico del Hospital de Guadalajara, provocan en el paciente diversas afectaciones “sobre todo referidas al sistema nervioso (cefalea, acúfenos, insomnio y otros tarstornos del suelo, astenia y fatigabilidad, cambios de ánimo, nerviosismo, irritabilidad o agresividad, alteración de la concentración y memoria reciente, etc.)”.

Avanzar hacia el reconocimiento
Para Jaume Cortés, abogado del Colectivo Ronda que ha representado al exempleado de Ericsson en su reclamación y uno de los mayores expertos jurídicos en el ámbito de la electrohipersensibilidad, la sentencia supone “un importante y significativo avance en la lucha contra la invisibilidad médica y administrativa de una patología grave que, según admite la propia OMS, afecta en mayor o menor grado a entre un 5% y un 10% de la población mundial sin que se estén tomando medidas efectivas para contener su creciente incidencia ni se deje de cuestionar reiterada e injustificadamente las alteraciones funcionales y anatómicas que puede ocasionar en personas con afectación severa, tal y como es el caso”.
Resoluciones como la dictada por el TSJM representan, según considera Cortés, una sólida advertencia “sobre el peligro que supone una exposición cada vez más intensa y descontrolada a todo tipo de campos electromagnéticos y redes inalámbricas sin que prime el elemental ejercicio del principio de precaución para establecer límites a esta exposición que resulten seguros para la salud humana, incluida la de personas con especial sensibilidad” Una petición que el pasado mayo de 2015 recibió un notable impulso con la firma por parte de 25 prestigiosos científicos de todo el mundo de la denominada “Declaración de Bruselas”. En este documento, los expertos médicos firmantes pedían “a todos los organismos e instituciones nacionales e internacionales que sean conscientes de este crítico problema de salud ambiental” al tiempo que recordaban “que la EHS y la SQM deberían ser plenamente reconocidas por las instituciones con responsabilidad sobre la salud humana” alertando sobre lo que consideran “una pandemia en perspectiva”.

Texto original de la web de Col.lectiu Ronda

PD. Por cierto, ya con anterioridad hemos conseguido en Col.lectiu Ronda otras sentencias en que se valoraba la HES como una enfermedad invalidante. En este casos la abogada fue mi compañera Paqui Ureña.

27 julio 2016

LA DURACIÓN DE LAS BAJAS MÉDICAS EN CATALUNYA: 23,72 DÍAS.



En la página web del INSS puede accederse a diversa información sobre prestaciones de seguridad social. Entre otras, puede obtenerse la "duración media de los procesos con alta" hasta el mes de abril de 2016. Pues bien, en Catalunya la duración es de 23,72 días, lejos de la media nacional, que es de 34,23 días. De hecho es la duración más baja por CCAA, con la única excepción de Navarra, que es de 21,72. Solo puedo decir una cosa: o en Catalunya somos gente que disfrutamos de muy buena salud o bien el trío ICAM-INSS-Mutuas "controlan" de forma absolutamente desproporcionada y brutal a los trabajadores catalanes en situación de baja médica. Ojo!!! no hago una comparativa con el resto de CCAA´S -también allí mutuas e INSS actúan con prepotencia contra los trabajadores en situación de baja médica-. Lo que quiero reflejar es que si casi un 25% de los procesos estatales de ITCC se han producido en Catalunya (96.608 sobre 371.682 en total), que haya una diferencia de más de 10 días de duración media no es justificable......Cada uno que saque sus propias reflexiones, pero está claro que el ICAM juega un papel decisivo en lo que nos está ocurriendo. Más información:





Compañeros de PAICAM y Marea Pensionista en la sede del ICAM.